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Decreto 140 de 2010 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
08/04/2010
Fecha de Entrada en Vigencia:
08/04/2010
Medio de Publicación:
N.P.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 140 DE 2010

(Abril 08)

Derogado por el Decreto Distrital 053 de 2011

"Por el cual se determina la integración de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural"

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA, D.C.,

En ejercicio de sus atribuciones legales y de conformidad con lo dispuesto en el art. 56 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 96 del Acuerdo 257 de 2006,

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO. Los miembros de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, serán:

- El (la) Alcalde (sa) Mayor o su delegado (a) que será el Secretario (a) Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

- El (la) Director (a) de Patrimonio del Ministerio de Cultura.

- El (la) Director (a) de Patrimonio y Renovación Urbana de la Secretaría Distrital de Planeación.

- El (la) Presidente (a) de la Sociedad Colombiana de Arquitectos Seccional Bogotá.

- El doctor Alberto Saldarriaga Roa.

PARAGRAFO. El (la) Director (a) General del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural asistirá a las sesiones de la Junta Directiva con voz pero sin voto y actuará como Secretario de la misma el Subdirector General del Instituto.

ARTICULO SEGUNDO. El presente Decreto rige a partir de su expedición y deroga el Decreto Distrital N° 560 de 2006.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los 8 días del mes de abril de 2010

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor