Cargando el Contenido del Documento | |
Por favor espere... |
DECRETO 167 DE 2010 (Mayo 04) Derogado por el art. 2, Decreto Distrital 239 de 2013 "Por el cual se determina la integración de la Junta Directiva del Instituto de Desarrollo Urbano - IDU" EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 56 del Decreto Ley 1421 de 1993, DECRETA: Artículo 1°. Los miembros de la Junta Directiva del Instituto de Desarrollo Urbano serán:
Parágrafo. El (la) Director (a) General del Instituto de Desarrollo Urbano asistirá a las sesiones de la Junta Directiva con voz pero sin voto y actuará como secretario(a) de la misma el (la) Subdirector (a) General Corporativo (a) de la Entidad. Artículo 2°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga el Decreto Distrital 65 de 2009. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los 4 días de mayo de 2010 SAMUEL MORENO ROJAS Alcalde Mayor |