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Decreto 075 de 2001 (Enero 31) "Por el cual se modifica el Decreto 1148 de 2000" EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 64 del Decreto 714 de 1996, y CONSIDERANDO: Que el Gobierno Distrital expidió mediante el Decreto 1086 de 2000, el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la Vigencia Fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2001, el cual fue liquidado mediante Decreto 1148 de 2000. Que debido a la donación realizada por la Embajada del Japón en la República de Colombia, a la Personería de Bogotá, D.C., ingresarán al Tesoro Distrital unos recursos con el fin de contribuir en la ejecución del proyecto No. 1177, denominado "Protección y Promoción de los Derechos Humanos" apropiado en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de dicha entidad. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del Acuerdo 20 de 1996 los Recursos de Asistencia o Cooperación Internacional de carácter no reembolsable se incorporarán al Presupuesto como Donación de Capital mediante Decreto del Gobierno previa certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor. Que dichos recursos fueron girados a la Tesorería Distrital de la Administración Central para que sean ejecutados por la Personería de Bogotá. En virtud de lo anterior, DECRETA: Artículo 1º.- Adicionase el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos del Distrito Capital para la Vigencia Fiscal de 2001 en la suma de ciento veintiocho millones cuatrocientos noventa y nueve mil ochocientos cuarenta pesos ($128.499.840) moneda corriente, según el siguiente detalle: ADMINISTRACIÓN CENTRAL
Artículo 2º.- Adicionase el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la Vigencia Fiscal de 2001 en la suma de ciento veintiocho millones cuatrocientos noventa y nueve mil ochocientos cuarenta pesos ($128.499.840) moneda corriente, según el siguiente detalle:ADMINISTRACIÓN CENTRAL
Artículo 3º.- Remítase copia del presente Decreto a la Secretaría de Hacienda y demás oficinas competentes.Artículo 4º.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los treinta y un (31) días del mes de Enero de dos mil uno (2001) Alcalde Mayor, ANTANAS MOCKUS SIVICKAS; Secretario de Hacienda, ISRAEL FAINBOIM YAKER. NOTA: Publicado en el registro distrital numero 2321 de enero 31 de 2001 |