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Decreto 503 de 2010 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
09/12/2010
Fecha de Entrada en Vigencia:
10/12/2010
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4556 de diciembre 10 de 2010.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 503 DE 2010

(Diciembre 09)

"Por el cual se modifican los decretos 124 del 18 de abril de 2008 "por el cual se homologa y nivelan salarialmente los cargos de la planta administrativa, adscrita al Sector Educativo del Distrito Capital y financiada con recursos del Sistema General de Participaciones" y el decreto 331 del 6 de Octubre de 2008 "Por el cual se modifica la Planta Administrativa de la Secretaría de Educación del Distrito"

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

En uso de las atribuciones conferidas por los numerales 3 y 9 del artículo 315 de la Constitución Política, el numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley 715 de 2001, los numerales 1 y 3 del artículo 38 del Decreto 1421 de 1993 y la Resolución 2171 de 2006 expedida por del Ministerio de Educación Nacional, y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 82 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, en concordancia con el artículo 2º del Decreto Distrital 330 de 2008, señalan que la Secretaría de Educación del Distrito es un organismo del sector central con autonomía administrativa y financiera, que tiene por objeto orientar y liderar la formulación y ejecución de políticas, planes y programas para garantizar el derecho a la educación y asegurar a la población el acceso al conocimiento y la formación integral.

Que como consecuencia de los procesos de incorporación realizados, de conformidad con lo establecido en la Ley 60 de 1993, el Decreto Distrital 608 de 1996, la Ley 715 del 2001, la Resolución No. 2225 del 02 de julio del 2004, modificada por la Resolución 4269 de 2004 y con la emisión del Concepto No. 1607 del 9 de diciembre de 2004, expedido por el Consejo de Estado, y que fue solicitado por el Ministerio de Educación Nacional, la Directiva Ministerial No. 10 del 30 de junio de 2005 y la Resolución No. 2171 del 17 de mayo de 2006, proferida por el Ministerio de Educación Nacional, el Gobierno Distrital profirió el Decreto 124 del 18 de Abril de 2008, "Por el cual se homologan y nivelan salarialmente los cargos de la planta administrativa, adscrita al Sector Educativo del Distrito Capital y financiada con recursos del Sistema General de Participaciones."

Que la Secretaría de Educación del Distrito profirió la Resolución No. 1200 del 18 de abril de 2008, "Por medio del cual se incorporan a los funcionarios que ocupan los cargos en la planta de personal administrativo, adscrito al sector educativo del Distrito Capital de Bogotá y financiado con recursos del Sistema General de Participaciones, conforme la homologación y nivelación salarial ordenada mediante Decreto 124 del 18 de abril de 2008".

Que el proceso de homologación y nivelación salarial se realizó con base en el estudio técnico de homologación de la planta de personal administrativo del Distrito Capital, presentado por la Secretaria de Educación del Distrito y aprobado por el Ministerio de Educación Nacional, mediante concepto técnico No. 2007EE49607 del 14 de noviembre del 2007, suscrito por la Directora de Descentralización del MEN.

Que el mencionado estudio técnico fue ajustado con base en las funciones desempeñadas por los funcionarios administrativos adscritos al sector educativo y financiado con recursos del Sistema General de Participaciones, con base en las certificaciones expedidas por los rectores de las respectivas instituciones educativas.

Que el ajuste del mencionado estudio fue aprobado por la Dirección de Descentralización del Ministerio de Educación Nacional, mediante oficio No 2009EE5216 del 9 de febrero de 2009.

Que estas modificaciones al estudio comportaron la realización de los trámites indicados por el Ministerio de Educación Nacional para llevar a cabo el proceso de homologación y nivelación salarial, esto es, mediante la expedición de un nuevo Decreto de Homologación General de Cargos que recoja los ajustes efectuados, y de la Resolución en la que se incorpore a los funcionarios detallando el cargo al cual ha sido homologado definitivamente y el grado salarial, así como proceder al acto de posesión sin solución de continuidad.

Que en consecuencia, estas modificaciones tienen efecto a partir del 18 de abril de 2008, fecha en la cual fue expedido el Decreto 124 de 2008 y la Resolución No. 1200 de 2008, para garantizar que no exista solución de continuidad en la homologación y nivelación salarial de los funcionarios que son objeto de las mismas.

Que mediante oficio 2008EE53057 del 9 de octubre de 2008, el Ministerio de Educación Nacional emitió concepto sobre la aplicación del Decreto 1746 de 2006 al mencionado proceso de homologación y nivelación de funcionarios administrativos financiados con recursos del Sistema General de Participaciones, adscritos al Sector Educativo en el Distrito Capital, y para el efecto señaló:

"De conformidad con las disposiciones legales, la jurisprudencia y los hechos enunciados en la consulta, en criterio de este Ministerio y el análisis que en su oportunidad realizó el Consejo de Estado, que dio lugar al proceso de homologación para los funcionarios administrativos del sector educativo en la descentralización de la educación ordenado por las leyes 60 de 1993 y 715 de 2001, el Decreto 1746 de 2006 no es una limitante a los procesos de homologación y nivelación salarial de las plantas administrativas, adscritas al sector educativo de las entidades territoriales certificadas y financiadas con recursos del SGP.

Igualmente consideramos necesario reiterar que: el proceso de homologación de cargos del sector educativo se fundamenta en los criterios establecidos en el concepto emitido por el Consejo de Estado y en las disposiciones contenidas en las leyes 60 de 1993 y 715 de 2001 disposiciones (sic) se aplican de manera especial en el sector educativo y son anteriores a la expedición del decreto 1746 de 2006; el estudio técnico de homologación de cargos y nivelación salarial de la planta de personal administrativo de la Secretaría de Educación de Bogotá debe elaborarse con base en el concepto No. 2007EE 49607 del 14 de noviembre de 2007, suscrito por la Directora de Descentralización de este Ministerio".

Que mediante el Decreto 331 del 6 de Octubre de 2008 se modificó la planta administrativa de la Secretaría de Educación del Distrito, incorporando 34 cargos de profesionales universitarios, código 219 grado 18, dentro de los cargos administrativos adscritos al sector educativo del Distrito Capital de Bogotá y financiados con recursos del Sistema General de Participaciones.

Que por lo anterior, se hace necesario armonizar y unificar la planta de personal administrativo adscrita al sector educativo y financiado con recursos del Sistema General de Participaciones, contenida en los Decretos 124 del 18 de abril de 2008 y 331 de octubre 6 de 2008.

Que para dar cumplimiento al fallo de tutela proferido por el Juzgado Treinta y Cuatro Administrativo de Bogotá y confirmado por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca-Sección Tercera-Subsección A, mediante el cual se ordenó la homologación y nivelación salarial del señor FERNANDO GÓMEZ QUIROGA, funcionario administrativo de la Secretaría de Educación del Distrito, se expidió el Decreto 056 de 2010.

Que para dar cumplimiento al fallo de tutela proferido por el Juzgado Sesenta y Uno Civil Municipal de Bogotá, mediante el cual se ordenó la homologación y nivelación salarial de la señora ANA LUCIA BARONA PARRA, funcionaria administrativa de la Secretaría de Educación del Distrito, se expidió el Decreto 282 de 2010.

Que para dar cumplimiento al fallo de tutela proferido por el Juzgado Cincuenta y Siete Penal Municipal de Bogotá, modificado parcialmente por el Juzgado Quinto Penal del Circuito con funciones de conocimiento, mediante el cual se ordenó la homologación y nivelación salarial del señor DIOGENES CUESTA PEREA, funcionario administrativo de la Secretaría de Educación del Distrito, se expidió el Decreto 421 de 2010.

Que para dar cumplimiento al fallo de tutela proferido por el Juzgado Treinta y Nueve Administrativo del Circuito de Bogotá D.C., y confirmado por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca Sección Cuarta Subsección "B", mediante el cual se ordenó la homologación y nivelación salarial del señor JAIME ZACARIAS ALAYON, funcionario administrativo de la Secretaría de Educación del Distrito, se expidió el Decreto 228 de 2010.

Que para dar cumplimiento al fallo de tutela proferido por el Juzgado Doce Civil del Circuito de Bogotá, mediante el cual se ordenó la homologación y nivelación salarial de la señora ELIZABETH LOZANO TRUJILLO, funcionaria administrativa de la Secretaría de Educación del Distrito, se expidió el Decreto 248 de 2010.

Que mediante el oficio No. 2251 del 7 de Septiembre de 2009, ampliado por el oficio 2995 del 18 de noviembre de 2010, la Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital expidió concepto técnico favorable para la modificación a la homologación y nivelación salarial de la planta de personal administrativo de la Secretaría de Educación del Distrito financiada con recursos del Sistema General de Participaciones – SGP, precisando que en la homologación y nivelación salarial referida "no hay desmejora en sus condiciones laborales, ni salariales, ya que a ninguno de los funcionarios se les disminuyó el grado salarial en el cual se encuentran posesionados".

Que mediante el oficio No. 2010EE524561 del 21 de septiembre de 2010, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda emitió la certificación de viabilidad presupuestal a la modificación de homologación de cargos de la planta de personal administrativo de la Secretaría de Educación del Distrito, financiada con recursos del Sistema General de Participaciones, consignada en los Decretos 124 y 331 de 2008.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el Decreto 124 del 18 de abril de 2008, "Por el cual se homologan y nivelan salarialmente los cargos de la planta administrativa, adscrita al Sector Educativo del Distrito Capital y financiada con recursos del Sistema General de Participaciones" y el Decreto 331 del 6 de Octubre de 2008, "Por el cual se modifica la planta administrativa de la Secretaria de Educación del Distrito".

ARTÍCULO SEGUNDO: Homologar y nivelar salarialmente, sin solución de continuidad, los siguientes cargos administrativos de la Secretaría de Educación del Distrito, financiados con recursos del Sistema General de Participaciones, con los símiles de la Planta de cargos del Nivel Central, sin que con ello se amplíe la planta de cargos de la Secretaría de Educación, quedando la Planta de cargos, así:

CUADRO DE CARGOS A HOMOLOGAR Y NIVELAR SALARIALMENTE

DENOMINACION

CODIGO

GRADO

No

DENOMINACION

CODIGO

GRADO

No

NIVEL PROFESIONAL

 

 

46

 

 

 

46

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

222

24

1

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

222

24

1

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

18

43

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

18

43

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

7

2

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

7

2

NIVEL TECNICO

 

 

24

 

 

 

24

TÉCNICO OPERATIVO

314

19

23

TÉCNICO OPERATIVO

314

19

23

TÉCNICO OPERATIVO

314

7

1

TÉCNICO OPERATIVO

314

7

1

NIVEL ASISTENCIAL

 

 

1.520

 

 

 

1520

SECRETARIO EJECUTIVO

425

27

14

SECRETARIO EJECUTIVO

425

27

14

SECRETARIO

440

27

18

SECRETARIO

440

27

18

SECRETARIO

440

24

254

SECRETARIO

440

27

167

SECRETARIO

440

24

87

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

27

527

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

27

527

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

24

376

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

27

272

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

24

104

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

20

224

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

27

165

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

24

19

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

20

40

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

17

2

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

27

1

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

20

1

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

14

99

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

27

73

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

24

11

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

20

13

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

14

2

CONDUCTOR

480

27

1

CONDUCTOR

480

27

1

CONDUCTOR

480

20

1

CONDUCTOR

480

27

1

CONDUCTOR

480

14

4

CONDUCTOR

480

27

3

CONDUCTOR

480

14

1

TOTAL

 

 

1590

 

 

 

1590

La planta de cargos administrativos de la Secretaría de Educación del Distrito, financiada con recursos del Sistema General de Participaciones-SGP quedará conformada así:

DENOMINACION

CODIGO

GRADO

No

NIVEL PROFESIONAL

46

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

222

24

1

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

18

43

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

7

2

NIVEL TECNICO

24

TÉCNICO OPERATIVO

314

19

23

TÉCNICO OPERATIVO

314

7

1

NIVEL ASISTENCIAL

1520

SECRETARIO EJECUTIVO

425

27

14

SECRETARIO

440

27

185

SECRETARIO

440

24

87

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

27

1038

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

24

134

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

20

54

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

14

2

CONDUCTOR

480

27

5

CONDUCTOR

480

14

1

TOTAL CARGOS

 

 

1590

ARTÍCULO TERCERO: La nivelación salarial ordenada mediante el presente Decreto, estará a cargo de la Secretaria de Educación del Distrito como organismo del Sector central con autonomía administrativa y financiera, con sujeción a lo dispuesto en el artículo 3 de la resolución 2171 de 2006 del Ministerio de Educación Nacional y las demás disposiciones vigentes sobre la materia.

ARTÍCULO CUARTO: La nivelación salarial de cada funcionario administrativo, se realizará mediante acto administrativo individualizado en el que se especificara el grado salarial al cual es definitivamente nivelado y la asignación respectiva, acto que será notificado personalmente a cada interesado.

ARTICULO QUINTO: Los gastos que ocasione el cumplimiento del presente Decreto se imputarán con cargo al presupuesto del Sistema General de Participaciones-SGP, de conformidad con las normas nacionales atinentes a la materia, entre ellas las leyes 812 de 2003, 998 de 2005, 1110 de 2006 y 1151 de 2007 y 1260 de 2008.

ARTICULO SEXTO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias y modifica en lo pertinente los Decretos Distritales 124 y 331 del 2008.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 9 días de diciembre de 2010

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor

CARLOS JOSE HERRERA JARAMILLO

Secretario de Educación Disrital

BEATRIZ ELENA ARBELAEZ MARTINEZ

Secretaria de Hacienda Distrital

SANDRA LILIANA BAUTISTA LOPEZ

Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital

NOTA: Registro Distrital 4556 de diciembre 10 de 2010.