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Acuerdo 32 de 2001 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
09/06/2001
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/06/2001
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2458 del 24 de agosto de 2001
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 32 DE 2001

(Junio 9)

«Por el cual se dictan normas para la Realización de Ferias del Libro Callejeras en el Distrito Capital».

EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.,

En ejercicio de sus atribuciones Constitucionales y Legales, en especial las conferidas mediante el numeral 13 y 25 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993,

ACUERDA:

Ver el Acuerdo Distrital 277 de 2007

ARTÍCULO PRIMERO.- La Alcaldía Mayor promoverá la realización de por lo menos dos ferias del libro callejeras al año, como fomento y apoyo al libre comercio de libros en Bogotá. Igualmente promoverá la realización de ferias del libro callejeras en las localidades.

ARTÍCULO SEGUNDO.- La Alcaldía Mayor expedirá el reglamento interno de dichas ferias del libro callejeras.

ARTÍCULO TERCERO.- El uso del espacio público para la realización de las ferias del libro callejeras se someterá a lo establecido en las normas vigentes sobre la materia.

ARTÍCULO CUARTO.- El presente Acuerdo rige a partir de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los nueve (9) días del mes de junio de dos mil uno (2001).

 

MARÍA VICTORIA VARGAS SILVA

Presidente

Concejo de Bogotá, D.C.

 

MANUEL VICENTE LÓPEZ LÓPEZ

Secretario General

Concejo de Bogotá, D.C.

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

ANTANAS MOCKUS SIVICKAS

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE.

Agosto 24 de 2001.