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CIRCULAR 4 DE 2011 (Febrero 01)
Con el propósito de fortalecer la estructura de la gerencia jurídica de las entidades y organismos del Distrito Capital, en el año 2007 fue adoptado el Modelo de Gerencia Jurídica Pública por medio del Decreto Distrital 581 del 18 de diciembre de dicho año, por el cual se estableció que corresponde a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., liderar la formulación, la adopción, el seguimiento y la ejecución de las políticas para el fortalecimiento de la gerencia jurídica del Distrito en materia de defensa judicial y prevención del daño antijurídico, determinando que las entidades, y organismos distritales, de todos los niveles y sectores, incluidas las empresas de servicios públicos domiciliarios, oficiales o mixtas, los órganos de control y entes autónomos, debían implementar y dar cumplimiento a las políticas y directrices, que en la materia adopte la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. Asimismo, se determinó que se conformaría un Comité Jurídico Dístrital como un espacio de socialización del conocimiento, análisis y evaluación respecto de asuntos jurídicos que tienen impacto o especial relevancia para el Distrito Capital, que requieren orientación sobre las acciones que fueren procedentes para enfrentarlos, convocado a través de la Dirección Jurídica Distrital. Es así como desde el año 2008 se ha venido convocando a las entidades y organismos de los diferentes sectores del Distrito Capital, para discutir dentro del marco del citado Comité, los temas que por su especial importancia requieren de coordinación para la adopción de medidas que permitan superar las problemáticas presentadas de manera integral y transversal a la Administración. Por lo anterior y en cumplimiento de los objetivos del Modelo de Gerencia Jurídica Pública, a continuación se fija la siguiente agenda para las reuniones del Comité Jurídico Distrital durante el año 2011.
Las reuniones del Comité se realizarán en las fechas programadas a partir de las 9:00 am, en la Sala de Juntas de la Dirección Jurídica Distrital, y dadas las particularidades de cada tema, se podrá extender la invitación a los funcionarios de las áreas técnicas que se relacionen con los asuntos a tratar. La asistencia de los Jefes de las Oficinas Jurídicas es obligatoria e indelegable, de conformidad con el artículo 9 del Decreto 581 de 2009(Sic). Cordialmente, YURI CHILLAN REYES Secretario General |