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RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 001 DE 2011 (Enero 20) "Por medio de la cual se modifica y adiciona la información para la evaluación y calificación de la Gestión Ambiental de la Resolución Reglamentaria No. 034 de diciembre 21 de 2009" EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las conferidas en los artículos 267, 268 y 272 de la Constitución Política de Colombia, la Ley 42 de 1993, el Decreto Ley 1421 de 1993 y el Acuerdo 361 de 2009 y, CONSIDERANDO Que el Contralor de Bogotá D.C., expidió la Resolución Reglamentaria No. 034 de diciembre 21 de 2009, "Por medio de la cual se prescriben los métodos y establece la forma, términos y procedimientos para la rendición de la cuenta y la presentación de informes, se reglamenta su revisión y se unifica la información que se presenta a la Contraloría de Bogotá D.C.; y se dictan otras disposiciones", la cual fue modificada por la Resolución Reglamentaria No. 019 de julio 8 de 2010. Que el Alcalde Mayor de Bogotá D.C. expidió el Decreto 456 de diciembre 23 de 2008, "Por el cual se reforma el Plan de Gestión Ambiental del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones" y el Decreto 509 de 17 de diciembre de 2009, "Por el cual se adopta el Plan de Acción Cuatrienal Ambiental-PACA del Distrito Capital 2009 – 2012 y se dictan otras disposiciones". Que en cumplimiento del artículo 19 del Decreto 456 de 2008, según el cual "La Secretaría Distrital de Ambiente elaborará y publicará el documento técnico de soporte del Plan de Gestión Ambiental del Distrito Capital cuyas líneas básicas se determinan en el presente Decreto, reformado para el período 2008 – 2038 (…)", la Secretaría Distrital de Ambiente expidió la Resolución No. 3514 del 19 de abril de 2010, remitida a la Contraloría de Bogotá, mediante oficio 201086643 recibido el 27 de octubre de 2010, con el correspondiente documento técnico de soporte, indispensable para diseñar la forma de rendición de la cuenta por parte de los sujetos de control, para la Evaluación de la Gestión Ambiental, puesto que dicho documento establece un diagnóstico de la actual situación ambiental, sus principales problemas, sus causas y efectos y los elementos disponibles de una línea base ambiental. Que uno de los capítulos estructurales del Informe Obligatorio sobre el Estado de los Recursos Naturales y del Ambiente en Bogotá, vigencia 2010, está referenciado a la Evaluación de la Gestión Ambiental, Local y Distrital. Que la Dirección Sector Ambiente, mediante comunicación No. 2010100531 del 10 de diciembre de 2010, solicitó a la Dirección de Planeación, la modificación de la Resolución Reglamentaria No. 034 de 2009, con el propósito de ajustar la metodología para conceptuar y evaluar la Gestión Ambiental de los sujetos de Control, acorde al Plan de Gestión Ambiental del Distrito Capital adoptado mediante Decreto Distrital 456 de 2008, el Documento Técnico de Soporte y demás normatividad vigente. Que se hace necesario modificar la Resolución Reglamentaria No. 034 de 2009, en el sentido de suprimir los documentos electrónicos correspondientes a los Informes de Gestión Ambiental CBN-1111, CBN-1112, CBN-1113 y CBN-1114 y adicionar a la misma, la metodología para la evaluación y calificación de la Gestión Ambiental de los sujetos de control, así como, los Formatos Electrónicos CB-1111, CB-1112, CB-1113 y CB-1114 para la rendición de la cuenta anual por parte de los mismos. RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Adicionar la Resolución Reglamentaria No. 034 de 2009, la cual tendrá un título y un artículo nuevo, relacionados con la información que deben rendir los sujetos de control sobre su gestión ambiental, del siguiente tenor: DE LA INFORMACIÓN PARA LA EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LA GESTIÓN AMBIENTAL ARTÍCULO 49-A. INFORMACIÓN PARA LA EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LA GESTIÓN AMBIENTAL. Para efectos de la evaluación y calificación de la gestión ambiental los sujetos de control deberán presentar a la Contraloría de Bogotá, D.C., dentro del término señalado para la rendición de la cuenta anual, la información requerida a través de los Formatos Electrónicos que se encuentran en el Anexo D de la presente resolución y en el SIVICOF, clasificada en los siguientes grupos: Grupo 1: Entidades Distritales que forman parte del SIAC y por consiguiente su instrumento de planeación ambiental es el PACA, y las acciones del PIGA se incluirán específicamente en la estrategia "Fortalecimiento institucional".1 Las acciones de sus proyectos misionales no deberán registrarse nuevamente en el PIGA, salvo los casos en que las entidades así lo consideren pertinente. Formato CB-1111.
Grupo 2 : Entidades Distritales que no forman parte del SIAC, pero que son ejecutoras complementarias del PGA del Distrito y su instrumento de planeación ambiental es el Plan Institucional de Gestión Ambiental –PIGA-. Formato CB-1112.
Grupo 3: Alcaldías Locales – Fondos de Desarrollo Local, que conforme al artículo 3 del Decreto Distrital 539 de 2006, hacen parte de la estructura organizacional de la Secretaría de Gobierno y cuyo instrumento de planeación ambiental es el Plan Ambiental Local –PAL-. Formato CB-1113.
Grupo 4: Entidades que con base en el artículo 1º del Decreto 456 de 2008, no ejecutan sus proyectos en el marco del Plan de Desarrollo Distrital, determinándose que sus acciones e inversiones ambientales no están regidas por PDD, PGA, PACA, PIGA y/o PAL. Formato CB-1114.
PARÁGRAFO. - Se adopta el "ANEXO E" denominado METODOLOGÍA PARA LA EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LA GESTIÓN AMBIENTAL, el cual será aplicado por los auditores una vez revisada y verificada la información reportada en la cuenta anual registrada a través de SIVICOF.ARTÍCULO 2 SEGUNDO. Suprimir los informes de gestión ambiental correspondientes a la cuenta anual y los documentos electrónicos CBN-1111, CBN-1112, CBN-1113 y CBN-1114 previstos en los artículos 22, 23, 25, 26 y 27 de la Resolución Reglamentaria No. 034 de 2009. ARTÍCULO TERCERO. Modificar el Anexo B de la Resolución Reglamentaria No. 034 de 2009, en el sentido de suprimir los documentos electrónicos relacionados con los informes de gestión ambiental relacionados en el artículo anterior y adicionar los formatos electrónicos CB-1111, CB-1112, CB-1113 y CB-1114, contenidos en el Anexo D. ARTÍCULO CUARTO. DEROGATORIA Y VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente los artículos 22, 23, 25, 26 y 27 y el Anexo B de la Resolución Reglamentaria No. 034 de 2009 y demás disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D. C. a los 20 días del mes de enero del año 2011 MIGUEL ÁNGEL MORALESRUSSI RUSSI Contralor de Bogotá, D.C. ANEXO B DESCRIPCIÓN DEL CONTENIDO DE FORMATOS ELECTRÓNICOS FORMATOS ELECTRÓNICOS ADICIONALES
ANEXO D FORMATOS ELECTRÓNICOS GESTIÓN AMBIENTAL De conformidad con lo mencionado en el TÍTULO IV-A de la resolución de rendición de cuenta vigente, la Contraloría de Bogotá, D.C., presenta los formatos electrónicos CB-1111, para los sujetos de control del Grupo1, CB-1112, para el Grupo 2, CB-1113, para el Grupo 3 y CB-1114, para el Grupo 4, así: CB-1111: GRUPO 1 – ENTIDADES DISTRITALES QUE FORMAN PARTE DEL SISTEMA AMBIENTAL DEL DISTRITO CAPITAL – SIAC- Y SU INSTRUMENTO DE PLANEACIÓN AMBIENTAL ES EL PACA INFORMACIÓN GESTION AMBIENTAL PLAN DE ACCIÓN CUATRIENAL AMBIENTAL - PACA ENTIDAD: ____________________ GRUPO SIAC: _________________ INFORMACIÓN PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL DEL DISTRITO CAPITAL –PGA- Decreto Distrital 456 de 2008 1. INFORMACIÓN PROYECTOS DEL PACA
2. INFORMACIÓN GESTIÓN PROYECTOS DEL PACA
1. Preservación, 2. Conservación, 3. Mejoramiento, 4. Protección, 5. Otros, especifique en columna de observaciones 3. INFORMACIÓN INVERSIÓN PROYECTOS DEL PACA
4. INFORMACIÓN CONTRACTUAL DE PROYECTOS PACA
*EN EJECUCIÓN (E), TERMINADO (T) O EN LIQUIDACIÓN (L) 5. CUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO DE ECOEFICIENCIA INSTITUCIONAL PGA 5.1 PLAN DE ACCION ANUAL INSTITUCIONAL PIGA
5.2 PROGRAMAS DE GESTIÓN AMBIENTAL
**Repetir el formato las veces necesarias en el ítem "RESIDUOS NO CONVENCIONALES" Nota 1: Tenga en cuenta que el cumplimiento misional de algunas entidades, se realiza en varias sedes, por lo tanto, los datos deben ser la consolidación de todas ellas. Nota 2: En la casilla "VIGENCIA" se debe registrar la información generada en los últimos cuatro años. 6. SEGUIMIENTO Y CONTROL PIGA’s (SOLO APLICA PARA LA SECRETARÍA DISTRITAL DE AMBIENTE) Informe de seguimiento y control de los planes de acción anual de los PIGA’s presentados por las entidades distritales, con la relación de los indicadores de ecoeficiencia de energía, agua, residuos y criterios ambientales para las compras y gestión contractual. Nota 3: Adicione las filas requeridas para el suministro completo de la información en cada uno de los cuadros antes relacionados. CB-1112: GRUPO 2 – ENTIDADES DISTRITALES QUE NO FORMAN PARTE DEL SIAC PERO SON EJECUTORAS COMPLEMENTARIAS DEL PGA DEL DISTRITO CAPITAL Y SU INSTRUMENTO DE PLANEACIÓN AMBIENTAL ES EL PIGA CUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO DE ECOEFICIENCIA INSTITUCIONAL - PIGA ENTIDAD: ____________________________ CUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO DE ECOEFICIENCIA INSTITUCIONAL PGA 1. PLAN DE ACCION ANUAL INSTITUCIONAL PIGA
2. PROGRAMAS DE GESTIÓN AMBIENTAL
**Repetir el formato las veces necesarias en el ítem "RESIDUOS NO CONVENCIONALES" Nota 1: Tenga en cuenta que el cumplimiento misional de algunas entidades, se realiza en varias sedes, por lo tanto, los datos deben ser la consolidación de todas ellas. Nota 2: En la casilla "VIGENCIA" se debe registrar la información generada en los últimos cuatro años. Nota 3: Adicione las filas requeridas para el suministro completo de la información en cada uno de los cuadros antes relacionados. CB-1113: GRUPO 3 – ALCALDÍAS LOCALES - FONDOS DE DESARROLLO LOCAL Y SU INSTRUMENTO DE PLANEACIÓN AMBIENTAL ES EL PAL INFORMACIÓN GESTION AMBIENTAL PLAN AMBIENTAL LOCAL - PAL ALCALDÍA LOCAL - FDL: ____________________________ INFORMACIÓN PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL DEL DISTRITO CAPITAL –PGA- Decreto Distrital 456 de 2008 1. INFORMACIÓN PROYECTOS DEL PAL*
2. INFORMACIÓN GESTIÓN PROYECTOS PAL*
1. Preservación, 2. Conservación, 3. Mejoramiento, 4. Protección, 5. Otros, especifique en columna de observaciones 3. INFORMACIÓN INVERSIÓN PROYECTOS PAL*
4. INFORMACIÓN CONTRACTUAL DE PROYECTOS PAL*
*EN EJECUCIÓN (E), TERMINADO (T) O EN LIQUIDACIÓN (L) * Nota: Teniendo en cuenta que las localidades no han conformado sus PAL, puesto que se encuentran en proceso de formulación y por lo tanto, no han sido adoptados mediante Decreto Local, como lo establece el numeral 3 del Artículo 7 del Decreto 509 de 2009 y hasta tanto no se surta este trámite, en el cuadro anterior se reportará la gestión ambiental en el marco de los proyectos ambientales incluidos en los respectivos Planes de Desarrollo Local vigentes. **Nota: Las columnas señaladas solamente se diligenciarán cuando el PAL se adopte mediante acto administrativo. 5. CUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO DE ECOEFICIENCIA INSTITUCIONAL PGA PROGRAMAS DE GESTIÓN AMBIENTAL
**Repetir el formato las veces necesarias en el ítem "RESIDUOS NO CONVENCIONALES" Nota 1: Tenga en cuenta que el cumplimiento misional de algunas entidades, se realiza en varias sedes, por lo tanto, los datos deben ser la consolidación de todas ellas. Nota 2: En la casilla "VIGENCIA" se debe registrar la información generada en los últimos cuatro años. Nota 3: Adicione las filas requeridas para el suministro completo de la información en cada uno de los cuadros antes relacionados. CB-1114: GRUPO 4 – ENTIDADES QUE CON BASE EN EL ARTÍCULO 1º DEL DECRETO 456 DE 2008, NO EJECUTAN SUS PROYECTOS EN EL MARCO DEL PLAN DE DESARROLLO DISTRITAL, DETERMINÁNDOSE QUE SUS ACCIONES E INVERSIONES AMBIENTALES NO ESTÁN REGIDAS POR PDD, PGA, PACA, PIGA Y/O PAL. ENTIDAD: ____________________________ PROGRAMAS DE GESTIÓN AMBIENTAL
**Repetir el formato las veces necesarias en el ítem "RESIDUOS NO CONVENCIONALES" Nota 1: Tenga en cuenta que el cumplimiento misional de algunas entidades, se realiza en varias sedes, por lo tanto, los datos deben ser la consolidación de todas ellas. Nota 2: En la casilla "VIGENCIA" se debe registrar la información generada en los últimos cuatro años. Nota 3: Adicione las filas requeridas para el suministro completo de la información en cada uno de los cuadros antes relacionados. ANEXO E METODOLOGÍA PARA LA CALIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LA GESTIÓN AMBIENTAL De conformidad con lo mencionado en el TITULO IV-A de la resolución de rendición de cuenta vigente, la Contraloría de Bogotá, D.C., pone a disposición de los auditores de los Sujetos de Control el presente instructivo que pretende orientar la metodología para calificar la Gestión Ambiental, una vez revisada y verificada la información reportada en la Cuenta Anual registrada a través de SIVICOF. MODELO DE CALIFICACIÓN El siguiente modelo pretende calificar los resultados de la gestión ambiental distrital obtenidos a través de la ejecución de las acciones orientadas tanto a recuperar y conservar como a controlar, proteger y prevenir el deterioro de las áreas de importancia ambiental, las cuales fueron programadas y ejecutadas en la vigencia analizada. La calificación dada a la gestión ambiental será producto del análisis, evaluación y verificación, por parte de los auditores del ente de control, de la información anual suministrada por los sujetos de control de la Contraloría de Bogotá, la cual es presentada a través de SIVICOF. Los auditores calificarán los resultados de la gestión ambiental identificados, con el uso de la ponderación porcentual del valor obtenido una vez se haya efectuado la evaluación. El porcentaje calculado por cada nivel se sumará y se promediará aritméticamente para obtener la calificación final para la gestión conforme con los siguientes criterios: CRITERIOS PARA LA CALIFICACIÓN DE LA GESTIÓN AMBIENTAL GRUPO 1 – ENTIDADES DISTRITALES QUE FORMAN PARTE DEL SISTEMA AMBIENTAL DEL DISTRITO CAPITAL – SIAC- Y SU INSTRUMENTO DE PLANEACIÓN AMBIENTAL ES EL PACA
Fuente: Contraloría de Bogotá. Dirección Sector Ambiente, 2010 Nota. El aspecto a calificar * solo debe ser tenido en cuenta por los auditores de la SDA. CRITERIOS PARA LA CALIFICACIÓN DE LA GESTIÓN AMBIENTAL GRUPO 2 – ENTIDADES DISTRITALES QUE NO FORMAN PARTE DEL SIAC PERO SON EJECUTORAS COMPLEMENTARIAS DEL PGA DEL DISTRITO CAPITAL Y SU INSTRUMENTO DE PLANEACIÓN AMBIENTAL ES EL PIGA
CRITERIOS PARA LA CALIFICACIÓN DE LA GESTIÓN AMBIENTAL GRUPO 3 – ALCALDÍAS LOCALES - FONDOS DE DESARROLLO LOCAL Y SU INSTRUMENTO DE PLANEACIÓN AMBIENTAL ES EL PAL**
** Teniendo en cuenta que las localidades no han conformado sus PAL, puesto que se encuentran en proceso de formulación y por lo tanto, no han sido adoptados mediante Decreto Local, como lo establece el numeral 3 del Artículo 7 del Decreto 509 de 2009 y hasta tanto no se surta este trámite, en el cuadro anterior se reportará la gestión ambiental en el marco de los proyectos ambientales incluidos en los respectivos Planes de Desarrollo Local vigentes. CRITERIOS PARA LA CALIFICACIÓN DE LA GESTIÓN AMBIENTAL GRUPO 4 – ENTIDADES QUE CON BASE EN EL ARTÍCULO 1º DEL DECRETO 456 DE 2008, NO EJECUTAN SUS PROYECTOS EN EL MARCO DEL PLAN DE DESARROLLO DISTRITAL, DETERMINÁNDOSE QUE SUS ACCIONES E INVERSIONES AMBIENTALES NO ESTÁN REGIDAS POR PDD, PGA, PACA, PIGA Y/O PAL
NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4586 de enero 25 de 2011. NOTA DE PIE DE PÁGINA: 1. Decreto 509 de 2009, Artículo 8o.Inciso 2. |