Cargando el Contenido del Documento | |
Por favor espere... |
DIRECTIVA 016 DE 2011 (Julio 29)
La Procuraduría General de la Nación, mediante la Directiva 007 de 2011, estableció algunos lineamientos relacionados con la publicación de los procesos contractuales en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública –SECOP, así: "(…) 1. ADVIERTE a los representantes legales de las entidades estatales definidas en el artículo 2º de la Ley 80 de 1993 y a los ordenadores del gasto, sobre su obligación constitucional y legal de dar publicidad a los procesos contractuales de conformidad con lo establecido en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 2474 de 2008. 2. PREVIENE a los representantes legales y ordenadores del gasto de la entidades estatales, que están obligados a verificar que las entidades a su cargo, se encuentren debidamente registradas en el Portal Único de Contratación www.contratos.gov.co. En caso de no ser así, deberán seleccionar los funcionarios, que tendrán bajo su responsabilidad la administración de la información, así como asegurar que adelanten el proceso de capacitación y la presentación y aprobación del examen para la obtención del código de aprobación, procesos todos que se adelantan en línea, en la página web: www.contratos.gov.co. 3. REITERA que el representante legal de la Entidad correspondiente, deberá enviar el Formulario de Autorización de Usuarios en el Portal que se encuentra en la siguiente página: Formulario de Autorización de Usuarios, al correo electrónico: permisos@contratos.gov.co. Vía correo electrónico, cada persona recibirá un usuario y una clave que le permitirá publicar información en el Portal. Una vez registrados, deberán proceder a publicar la información de sus procesos contractuales bajo las reglas establecidas en el Estatuto General de Contratación1." Por otra parte, la Coordinadora del Programa Agenda de Conectividad de la Estrategia Gobierno en Línea, del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones informó, mediante oficio número 470049, que en cumplimiento de la Directiva 007 de la Procuraduría General y del concepto emitido por el Departamento Nacional de Planeación en oficio PRAP-CP-2011-8010269321, el manual de interoperabilidad que integra los sistemas Contratación a la Vista-CAV y el Sistema Electrónico para la Contratación Pública –SECOP entre el Distrito Capital y la Nación no será actualizado. Por lo expuesto, de manera atenta, se informa que cada una de las Entidades Distritales, en cumplimiento de la normatividad vigente, deberá ingresar directamente al Sistema Electrónico para la Contratación Pública -SECOP la información de sus procesos contractuales, incluidos los de mínima cuantía, recientemente reglamentado por el Decreto Nacional 2516 de 2011. Lo anterior, teniendo en cuenta que el Canal de Interconexión entre el Sistema de Contratación a la Vista y el Sistema Electrónico para la Contratación Pública SECOP, se inhabilitará a partir del 1° de Agosto del año en curso. Es de anotar que, las directrices relacionadas con la solicitud de usuario y el registro directo de la información en el SECOP son emitidas por el Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, no obstante, se solicita comedidamente, que se informe del resultado de dicha actividad a la Dirección Distrital de Servicio al Ciudadano de la Secretaría General. Sin perjuicio de lo anterior, las Entidades y Organismos del Distrito Capital deberán continuar incorporando la información de sus procesos contractuales en Contratación a la Vista y actualizando la información y el estado de los procesos y contratos reportados en este sistema.2 Contratación a la Vista se mantendrá como mecanismo de control, seguimiento, unificación, publicidad y herramienta de trabajo del Distrito Capital en materia contractual; así mismo, se continuará emitiendo diariamente los boletines informativos de contratación a la ciudadanía en general y garantizando la consolidación estadística en línea y en tiempo real de la ejecución presupuestal de la ciudad, la salvaguarda de la información y el archivo electrónico contractual del Distrito Capital desde el año 2003. Finalmente, les manifiesto que los lineamientos impartidos mediante esta Directiva deberán ser socializados al interior de su entidad u organismo y velar por el estricto cumplimiento de las disposiciones legales sobre la materia. Cordialmente, CLARA EUGENIA LÓPEZ OBREGÓN Alcaldesa Mayor Designada NOTAS DE PIE DE PÁGINA: 1 Se adjunta copia de la Directiva 07 de 2011, expedida por la Procuraduría General de la Nación.2 La única publicación valida a la luz del artículo 8° del Decreto 2474 de 2008 es la realizada en el SECOP.
Proyectó: Rosa Elisa García/ Janeth Caicedo Revisó: Juan Carlos Molano Kishel/ Dolly Arias Casas. Aprobó: Juan Carlos Molano Kishel/ Dolly Arias Casas. / Camilo José Orrego Morales/ Beatriz Helena Hincapié Molina |