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Decreto 519 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
24/11/2011
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/11/2011
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4781 noviembre 28 de 2011
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 519 DE 2011

(Noviembre 24)

Derogado por el art. 4, Decreto Distrital 231 de 2018

Por el cual se crea el Comité para la Administración del Centro Administrativo Distrital -C.A.D.- y se dictan otras disposiciones

LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C., DESIGNADA

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por los numerales 3° y 6° del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Distrital 031 del 31 de enero de 2002 se creó el Comité de Administración del Centro Administrativo Distrital -C.A.D., integrado por funcionarios/as que en esa fecha hacían parte de las Entidades Distritales que allí funcionaban, y se señalaron sus funciones.

Que en la actualidad ha cambiado el número y la denominación de los Organismos Distritales que funcionan en el Centro Administrativo Distrital -C.A.D.

Que se hace necesario actualizar las disposiciones para el funcionamiento del Comité de Administración del Centro Administrativo Distrital -C.A.D.- y definir las responsabilidades del mismo.

Que se requiere designar al/la encargado/a de la gestión administrativa del Centro Administrativo Distrital -C.A.D.-, así como la respectiva asignación de las funciones que deberá realizar, a efecto de garantizar el buen uso, mantenimiento, seguridad, salubridad y convivencia pacífica en el C.A.D.

Que se requiere definir la instancia encargada de proponer, revisar y aprobar los proyectos que atenderá la Secretaría Distrital de Hacienda con cargo al rubro MANTENIMIENTO CAD-3-1-2-02-05-02-0000-00, que permitan garantizar y mejorar el uso, mantenimiento, seguridad, salubridad y convivencia pacífica del C.A.D.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º.- Integración del Comité de Administración del Centro Administrativo Distrital -C.A.D.-. El Comité de Administración del Centro Administrativo Distrital -C.A.D.- estará integrado por los/as siguientes funcionarios/as de la Administración:

1. El/la Director/a de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Hacienda, quien lo presidirá.

2. El/la Subdirector/a Administrativo/a, Financiero/a y de Control Disciplinario del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público, quien obrará como Secretario/a del Comité.

3. El/la Secretario/a General de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.

4. El/la Subsecretario/a de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Planeación.

5. El/la Secretario/a General de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.

6. El/la Subdirector/a de Gestión Corporativa y Control Disciplinario del Departamento Administrativo del Servicio Civil.

7. El/la Director/a Distrital de Servicio al Ciudadano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C.

8. El/la Secretario/a General del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal.

9. El/la Director/a de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.

10. El/la Director /a Administrativo/a y Financiero/a del Concejo de Bogotá.

Parágrafo. El Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - DADEP- comunicará al Comité de Administración del Centro Administrativo Distrital -C.A.D.- los organismos del Distrito Capital que ocuparán las áreas que se encuentren disponibles en el C.A.D., quienes formarán parte del Comité de Administración, a través del/la Subdirector/a Administrativo/a, Financiero y de Control Disciplinario de la entidad o quien haga sus veces.

Artículo 2º.- Sesiones. El Comité se reunirá ordinariamente por lo menos una vez cada tres meses y extraordinariamente cuando lo convoque el/la Presidente/a y/o el/la Secretario/a del Comité.

Artículo 3º.- Deliberación y votación. El Comité sesionará válidamente con la asistencia del/la Presidente/a y de la mayoría absoluta de sus miembros, y sus decisiones se tomarán con el voto de la mitad más uno de los miembros asistentes. La asistencia a las reuniones es obligatoria y la participación es indelegable.

Artículo 4º.- La gestión administrativa del edificio público Centro Administrativo Distrital -C.A.D.- estará a cargo del/la Subdirector/a Administrativo/a de la Secretaría Distrital de Hacienda, o quien haga sus veces.

Artículo 5º.- Funciones del Comité. Serán funciones propias del Comité las siguientes:

1. Adoptar el "Reglamento y manual de convivencia" para garantizar el uso, mantenimiento, seguridad, salubridad y convivencia pacífica en el Centro Administrativo Distrital -C.A.D., consultando en lo que corresponda a las autoridades y Entidades competentes.

2. Proponer, revisar y aprobar el presupuesto de gastos que atenderá la Secretaría Distrital de Hacienda con cargo al rubro MANTENIMIENTO CAD-3-1-2-02-05-02-0000-00, que permitan garantizar y mejorar el uso, mantenimiento, seguridad, salubridad y convivencia pacífica del C.A.D.

3. Verificar el cumplimiento del reglamento de uso, mantenimiento, seguridad, salubridad y convivencia pacífica por parte de los Organismos Distritales que funcionan en el Centro Administrativo Distrital -C.A.D.

4. Adoptar el reglamento para el uso de los parqueaderos internos y externos del Centro Administrativo Distrital -C.A.D.

5. Valorar, revisar y proponer la ocupación de las áreas que se encuentren disponibles en el Centro Administrativo Distrital -C.A.D.- por cuenta de los Organismos Distritales.

6. Las demás que garanticen el adecuado funcionamiento y la prestación de los servicios en el Centro Administrativo Distrital -C.A.D.

7. Darse su propio reglamento.

Parágrafo.- La responsabilidad por las decisiones adoptadas en el Comité de Administración del Centro Administrativo Distrital -C.A.D.- recae exclusivamente en sus integrantes.

Artículo 6º.- Funciones de la Secretaría del Comité de Administración del Centro Administrativo Distrital -C.A.D.-. El/la Subdirector/a Administrativo/a, Financiero y de Control Disciplinario del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público -DADEP-, en su carácter de Secretario/a del Comité de Administración del Centro Administrativo Distrital -C.A.D.- cumplirá las siguientes funciones:

1. Convocar al Comité de Administración del Centro Administrativo Distrital -C.A.D., con una periodicidad trimestral o cuando se considere necesario.

2. Elaborar, distribuir y mantener el registro de las actas de cada sesión del Comité de Administración del Centro Administrativo Distrital -C.A.D.

3. Coordinar con las Entidades responsables, la elaboración y distribución de los informes y los documentos de trabajo, correspondientes a las sesiones del Comité de Administración del Centro Administrativo Distrital -C.A.D.

4. Coordinar los demás aspectos que sean necesarios para el correcto funcionamiento y operación del Comité de Administración del Centro Administrativo Distrital -C.A.D.

Artículo 7º.- Funciones del/a encargado/a de la gestión administrativa del Centro Administrativo Distrital -C.A.D.-. Serán funciones del encargado de la gestión administrativa del Centro Administrativo Distrital -C.A.D.-:

1. Cumplir y hacer cumplir dentro del Centro Administrativo Distrital -C.A.D.- las decisiones y las disposiciones que adopte y apruebe el Comité, las cuales se establecerán a través de los manuales, reglamentos, instructivos, formatos y circulares adoptadas por el Comité.

2. Impulsar los trámites que sean necesarios para legalizar y ejecutar los contratos o los convenios para el mantenimiento del Centro Administrativo Distrital C.A.D.

3. Atender las quejas y solicitudes que presenten los/as usuarios/as respecto del funcionamiento del Centro Administrativo Distrital -C.A.D.

4. Presentar a consideración del Comité, por intermedio del//a Secretarío/a del mismo, los planes, programas y estrategias que en su criterio deban adoptarse dentro del Centro Administrativo Distrital -C.A.D.- para que éste de cabal cumplimiento a las funciones que le corresponden.

5. Presentar al Comité un informe trimestral de labores.

6. Solicitar al/la Presidente/a o al/la Secretario/a del Comité, la realización de sesiones extraordinarias, cuando así lo estime conveniente.

Artículo 8º.- Aprobación de propuestas. La Secretaría Distrital de Hacienda informará con la debida antelación al Comité sobre los proyectos y las obras que se requieran, y que tengan relación con los edificios y las áreas comunes del Centro Administrativo Distrital –C.A.D.-, a efecto que se tomen las medidas pertinentes con el fin de minimizar el impacto que sobre los/as usuarios/as y los/as funcionarios/as generen las obras a realizar, en aras de garantizar siempre el buen servicio a la ciudadanía.

Parágrafo°.- Los Organismos del Distrito Capital que ocupan u ocupen áreas del Centro Administrativo Distrital -C.A.D.-, y que hayan sido entregadas en legal forma a cada una de ellas, en ejercicio de su facultad contractual, llevarán a cabo con recursos de sus presupuestos los procesos contractuales relacionados con el uso, mantenimiento, preservación, conservación, elementos de seguridad, salubridad y convivencia pacífica de las respectivas áreas.

Artículo 9º.- Legalización de áreas entregadas. Para actualizar la entrega de áreas efectuada a los Organismos Distritales que funcionan en el Centro Administrativo Distrital -C.A.D.- se deberá suscribir el acta a la cual se refiere el Artículo 6º del Acuerdo 18 de 1999, en la cual se discrimine las áreas del Centro Administrativo Distrital -C.A.D.- que están bajo la administración de cada uno de ellos; este trámite se debe hacer ante la Subdirección Inmobiliaria del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público -DADEP-.

Artículo  10º.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto Distrital 031 de 2002 y demás disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de noviembre del año 2011.

CLARA EUGENIA LÓPEZ OBREGÓN

Alcaldesa Mayor Designada

HÉCTOR ZAMBRANO RODRÍGUEZ

Secretario Distrital de Hacienda

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4781 de noviembre 28 de 2011