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Decreto 566 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
12/12/2011
Fecha de Entrada en Vigencia:
14/12/2011
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4792 diciembre 14 de 2011
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 566 DE 2011

(Diciembre 12)

"Por el cual se efectúa un traslado en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, para la vigencia fiscal de 2011 con cargo al Fondo de Compensación Distrital"

LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C., DESIGNADA

en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el numeral 3° del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 35 del Decreto Distrital 714 de 1996 y el artículo 2 del Decreto Distrital 396 de 1996, y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 35 del Decreto Distrital 714 de 1996, "Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y el Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital", establece que, con cargo al Fondo de Compensación Distrital se podrán atender los faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento de las entidades en la respectiva vigencia fiscal.

Que el artículo 63 del citado Decreto Distrital 714 de 1996 señala que, podrán efectuarse modificaciones al Presupuesto mediante traslados presupuestales, créditos adicionales y cancelación de apropiaciones.

Que el Decreto Reglamentario 396 de 1996, en su artículo 2° dispone que, cuando durante la ejecución del Presupuesto Anual del Distrito Capital, se hiciere indispensable utilizar los recursos del Fondo de Compensación Distrital para atender faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento, la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto - estudiará, evaluará los requerimientos y preparará el acto administrativo correspondiente.

Que adicionalmente, el mismo artículo 2º dispone que cuando las operaciones presupuestales afecten los recursos del Fondo de Compensación Distrital, se harán mediante Decreto del Alcalde Mayor, previa expedición del certificado de disponibilidad presupuestal por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto.

Que con cargo al rubro Fondo de Compensación Distrital se expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No.153 de 01 de diciembre de 2011.

Que el Concejo de Bogotá, D.C. requiere acreditar recursos en Gastos de Funcionamiento – Servicios Personales y Aportes Patronales al Sector Privado y Público, en varios rubros asociados a la nómina para cubrir faltantes y atender el pago de las obligaciones derivadas de la nómina a 31 de diciembre de 2011.

Que la Secretaría Distrital de Gobierno requiere acreditar recursos en Gastos de Funcionamiento – Gastos Generales en el rubro "Otras Sentencias Judiciales", para el pago de los fallos proferidos el Juzgado Tercero (3°) Administrativo de Descongestión – Circuito Judicial Administrativo de Bogotá y confirmado por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca - Sección Segunda - Subsección "D" del proceso instaurado por Diana Marina Vélez Vásquez contra la Alcaldía Mayor – Secretaría Distrital de Gobierno; y el Juzgado Treinta y Ocho (38) Administrativo del Circuito de Bogotá D.C. y confirmado por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca – Sección Tercera – Subsección A, del proceso interpuesto por Neyi Paola Rueda Ariza y Otros, contra el Distrito Capital.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO 1º. Trasladar en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal 2011, la suma de Setecientos Veinte Millones de Pesos ($720.000.000) Moneda Corriente, según el siguiente detalle:

CONTRACRÉDITOS

111

SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA

 

720.000.000

02

DIRECCIÓN DISTRITAL DE PRESUPUESTO

   

3

GASTOS

   

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

   

3.1.3

TRANSFERENCIAS PARA FUNCIONAMIENTO

   

3.1.3.02

OTRAS TRANSFERENCIAS

   

3.1.3.02.01

Fondo de Compensación Distrital

720.000.000

 
 

SUMAN LOS CONTRACRÉDITOS

 

720.000.000

CRÉDITOS

100

CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.

 

600.000.000

3

GASTOS

   

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

   

3.1.1

SERVICIOS PERSONALES

   

3.1.1.01

SERVICIOS PERSONALES ASOCIADOS A LA NOMINA

   

3.1.1.01.14

Prima de Vacaciones

160.000.000

 

3.1.1.01.21

Vacaciones en Dinero

54.000.000

 

3.1.1.03

APORTES PATRONALES AL SECTOR PRIVADO Y PUBLICO

   

3.1.1.03.01

Aportes Patronales Sector Privado

   

3.1.1.03.01.02

Pensiones Fondos Privados

120.000.000

 

3.1.1.03.01.03

Salud EPS Privadas

130.000.000

 

3.1.1.03.02

Aportes Patronales Sector Público

   

3.1.1.03.02.02

Pensiones Fondos Públicos

136.000.000

 

110

SECRETARÍA DISTRITAL DE GOBIERNO

 

120.000.000

3

GASTOS

 

 

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

 

 

3.1.2

GASTOS GENERALES

   

3.1.2.03

Otros Gastos Generales

   

3.1.2.03.01

Sentencias Judiciales

   

3.1.2.03.01.02

Otras Sentencias

120.000.000

 
 

SUMAN LOS CREDITOS

 

720.000.000

ARTÍCULO 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los 12 días del mes de Diciembre del año 2011

CLARA EUGENIA LÓPEZ OBREGÓN

Alcaldesa Mayor Designada

HECTOR ZAMBRANO RODRIGUEZ

Secretario Distrital de Hacienda

 NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4792 diciembre 14 de 2011