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Resolución 2 de 2001 Secretaría Distrital de Tránsito y Transporte

Fecha de Expedición:
10/01/2001
Fecha de Entrada en Vigencia:
10/01/2001
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2366 del 5 de abril de 2001
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RTT000022001

RESOLUCIÓN 002 DE 2001

(Enero 10)

"Por medio de la cual se determina el valor de las tasas para los servicios que presta la Secretaría de Tránsito y Transporte"

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL FONDO DE EDUCACIÓN Y SEGURIDAD VIAL FONDATT DE LA SECRETARIA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE SANTA FE DE BOGOTÁ D.C.

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los decretos números 266 y 267 de 1991, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 3º del Decreto 266 del 9 de mayo de 1991, establece en su ordinal 5º que es función de la Junta Directiva del FONDATT fijar las tasas por los servicios que presta el FONDO.

Que así mismo y según lo consagrado en el ordinal 2º del artículo 18º del Decreto 267 del 9 de mayo de 1991, también hacen parte del patrimonio del FONDATT, los recursos provenientes de la prestación de servicios de la Secretaría de Tránsito y Transporte, correspondiente a la Junta Directiva del Fondo reglamentar el valor de los importes respectivos.

Que en sesión de Junta Directiva del Fondo de Educación y Seguridad Vial Fondatt, celebrada el día nueve (9) de diciembre de 1999, sus miembros por unanimidad delegaron en el Director Ejecutivo, la facultad para fijar mediante resolución, las tasas para los servicios que presta el FONDATT y la Secretaría de Tránsito y Transporte.

Que atendiendo los preceptos contenidos en la Ley 242 de 1995, las tasas para los servicios que presta el Fondatt y la Secretaría de Tránsito y Transporte para el año 2001, se reajustarán de acuerdo con el Índice de Precios al Consumidor "I.P.C" certificado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística "DANE" acumulado a 31 de diciembre de 2000, y ajustando por exceso o por defecto a la centena más próxima, el valor resultante de la liquidación de la nueva tasa.

En mérito de lo expuesto, la Directora Ejecutiva del Fondo de Educación y Seguridad Vial FONDATT,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO.- Las tasas para los servicios que presta la Secretaría de Tránsito y Transporte y/o el FONDATT directamente o a través de terceros que tienen suscrito contrato de concesión con la entidad para la vigencia del año 2001, con excepción del servicio de estacionamiento autorizado en vía pública, denominado "ZONAS AZULES", se reajustarán de acuerdo con el índice de precios al consumidor "I.P.C", certificado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística "DANE", acumulado a 31 de diciembre de 2000, y ajustando por exceso o por defecto a la centena más próxima, el valor resultante de la liquidación de la nueva tasa.

ARTÍCULO SEGUNDO.- La presente resolución rige a partir del día quince de enero de 2001 y deroga las normas que le sean contrarias.

Dada en Santa Fe de Bogotá D.C. a los diez (10) días del mes de enero del año dos mil uno (2001)

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

CLAUDIA VÁSQUEZ MERCHÁN

Directora Ejecutiva del Fondatt

Secretaria de Tránsito y Transporte.

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 2366 de 5 de abril de 2001.