RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Proyecto de Acuerdo 129 de 2012 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2012
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

EL DIRECTOR ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO

PROYECTO DE ACUERDO 129 DE 2012

"Por medio del cual el "Centro de Zoonosis del Distrito Capital" se Convierte en el "CENTRO DE BIENESTAR ANIMAL DEL DISTRITO CAPITAL"; se crea el programa "ESTERILIZACIÓN A SU CASA" y se dictan otras disposiciones".

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

1. PRESENTACIÓN

En Bogotá, la práctica del sacrificio de animales domésticos es una constante, que no ha tenido ninguna alternativa en la mayoría de las administraciones, es un tema político abandonado. El distrito y las entidades se han escudado en la normatividad y en los costos implicados, para dejar el tema de la problemática del maltrato animal a un lado.

La mayoría de acciones destinadas a la prevención son realizadas por entidades privadas que trabajan en contra del maltrato animal: "El dilema de la superpoblación canina y felina es aún un problema sin solución en Latinoamérica, siendo las pseudo-técnicas de "eutanasia" las soluciones tradicionalmente empleadas desde hace al menos 40 años.

Al margen del dilema ético, estas técnicas, basadas en el sacrificio para el control (eutanasia), pueden ir desde la electrocución (cables o pistola), hasta el envenenamiento, inanición, ahorcamiento, sobredosis, etc. Todas estas formas de eutanasia han probado ser ineficaces como solución de largo plazo, pues mientras por un lado se mata a los animales abandonados, el conjunto de la población animal (con o sin dueño), continúa aumentando geométricamente, porque no se atacan LAS CAUSAS que originaron esta situación, sino únicamente las consecuencias.

La eutanasia (buen morir) ofrece sólo una solución aritmética al problema de la superpoblación animal. Cada animal sometido a eutanasia reduce sólo en un ejemplar la población, mientras que un perro o un gato se reproducen geométricamente, viendo en la esterilización una forma de reducción real de población, al contener los nacimientos de más ejemplares "callejeros" o sin dueño, que continúan con el ciclo de crecimiento poblacional de estos animales.

Definiciones:

Animales domésticos: Son semovientes de las especies bovina, porcina, ovina, equina, asnal, mular, caprina, canina, felinos y roedores que viven ordinariamente bajo la dependencia del hombre.

Campaña: Conjunto de medidas zoosanitarias para la prevención, control o erradicación de enfermedades o plagas de los animales en un área geográfica determinada.

Captura: Aprehensión material o física de un animal vago o peligroso para conducirlo al centro de zoonosis.

Control: Conjunto de medidas zoosanitarias que tienen por objeto disminuir la incidencia o permanencia de una enfermedad o plaga de los animales en un área geográfica determinada.

Epizootiología: Ciencia que se dedica a la salud y la enfermedad de las poblaciones animales dando preferencia a la prevención.

Poseedor: Persona mayor de edad y quien tiene bajo su propiedad y responsabilidad el cuidado de uno o más animales domésticos o mascotas.

Prevención: Conjunto de medidas zoosanitarias basadas en estudios epizootiológicos, que tienen por objeto evitar la presencia de una enfermedad o plaga de los animales.

Rabia: Enfermedad zoonótica que está presente en la saliva de los animales infectados y que su transmisión se hace por mordedura, contacto a través de herida o rasguño, o por el consumo de carne contaminada.

Tenedor: Quien bajo autorización del poseedor esta a cargo por un tiempo definido o indefinido el cuidado de uno o más animales domésticos o mascotas.

Zoonosis: Enfermedades de los animales que se trasmiten, natural o accidentalmente, a los seres humanos.

2. JUSTIFICACIÓN

El Decreto 2257 de 1986, por el cual se establece el manejo de las zoonosis en el país y que reza en su artículo 56: "Prohibición de transitar animales libremente en vías públicas y sitios de recreo", el cual legaliza que la entidad recolectora de los animales abandonados (Zoonosis), pueda realizarlo sin previo aviso, es decir, sin perifoneo; hace que la función de esta entidad no vaya encaminada a realizar un trabajo preventivo sino corrector y reactivo a través de la "eutanasia" como el medio más utilizado para evitar la masificación de perros y gatos en las calles.

Tanto la ley 9 de 19791, como el Decreto 2257 de 1986, han llevado a que entidades como Zoonosis se especialicen en ser centros de sacrificio colectivo de animales domésticos (perros y gatos abandonados), esto significa, que uno de los objetivos de este centro es cumplir con unas cuotas de recolección y exterminio. Con unas metas determinadas semanalmente de sacrificios y "eutanasias", así como de recolecciones en calles y plazas donde se encuentren ejemplares sin identificación y/o dueño.

La utilización de la eutanasia como pseudotécnica utilizada para el control del poblamiento excesivo de perros y gatos en las ciudades del mundo, ha demostrado ser un fracaso, toda vez que se observa que la densificación de estas especies es geométrica, mientras que vía recolección y sacrifico, la disminución es tan sólo aritmética. Esto quiere decir que mientras que se sacrifica un perro o un gato, una perrita o gata puede reproducir entre 2 y 3 cachorros más2.

Puede verse entonces, que se trata de una política ineficaz, tanto para solucionar el problema de salud pública, como de inversión en los costos de mantenimiento de estos centros3.

Es contradictoria la Normatividad de la Resolución 1311 de 2010 de la Secretaria de Salud, la cual establece que el periodo para los sacrificios de animales no enfermos es de 60 días, en los cuales pueden ser adoptados. Pero en el artículo cuarto establece un periodo de 3 días como plazo para que los animales sean adoptados, facilitando infringir la norma y manteniendo las prácticas de sacrificio como prioridad en la entidad.

Las disposiciones sobre la entrega de animales en donación, dados en la Modificación de la Resolución 1311 de 2010 de la Secretaria de Salud, que descentraliza Zoonosis en "COSOS" locales y en el "Depósito Público de Animales", exhortan a que la ciudadanía mantenga las prácticas de deshacerse de los perros y gatos que no deseen en los hogares, estimulando con ello el sacrificio y no la prevención de la superpoblación de animales domésticos, siendo apoyado por lo preceptuado en el artículo 3 de dicha norma que se refiere a aquellos animales que "No ostenten dueño o sean donados por el mismo"

La Problemática En Cifras: Según el Plan De Acción Nacional e Intersectorial para La Prevención, Vigilancia Y Control De Algunas Zoonosis Y Manejo Del Accidente Ofídico en Colombia (PANI-ZOO), realizado en Diciembre de 2010 "se han presentado tres casos de rabia humana, un caso procedente del departamento de Tolima (municipio de San Luis) y dos casos del departamento de Santander (municipios de Piedecuesta y Enciso). Sin embargo a la fecha no se encuentran brotes de rabia humana o animal (perros o gatos) activos en Colombia"4, con tan solo un caso registrado en Bogotá en los últimos años (ver, tabla 1).

Tabla 1: Disminuir las enfermedades transmisibles y la zoonosis

Casos de rabia humana

Unidad de medida: número de casos

Departamento

2005

2006

2007

2008

2009

Amazonas

Antioquia

Arauca

Atlántico

1

Bogotá, D.C.

1

Bolívar

Boyacá

Caldas

Caquetá

Casanare

Cauca

2

Cesar

Chocó

3

Córdoba

Cundinamarca

Guainía

Guaviare

Huila

La Guajira

Magdalena

2

1

Meta

Nariño

Norte de Santander

Putumayo

Quindío

Risaralda

San Andrés y Providencia

Santander

1

2

Sucre

Tolima

Valle del Cauca

Vaupés

Vichada

 

 

 

 

 

TOTAL NACIONAL

3

2

3

3

2

Fuente: Instituto Nacional de Salud - SIVIGILA

Nota: El dato para 2009 corresponde al acumulado a la semana número 51

Las consecuencias ético-morales de la aplicación de métodos como la Eutanasia, hace que no exista una legitimación de la ciudadanía a estas prácticas, en cuanto existen métodos más efectivos para la solución de las mismas problemáticas. En consecuencia tampoco existe aceptación de los centros que las practican, ni de las instituciones que las avalan.

Las actividades de Esterilización, prevención y masificación de actividades educativas del Centro Zoonosis, son muy bajas y de poca influencia en la ciudadanía, por cuanto la mayor parte del presupuesto de la entidad es destinado a la recolección y sacrificio de los animales (ver, tabla 2). No existen lugares acondicionados para la atención y bienestar de los mismos, tampoco automotores que garanticen la salud de los animales en su traslado.

Tabla 2: Cobertura esterilización canina, Distrito Capital.

Fuente: "ANÁLISIS DE LA POBLACIÓN CANINA EN EL DISTRITO CAPITAL, 2007" en Revista Investigaciones en Seguridad Social y Salud, N. 9 Enero-Diciembre de 2007

Los programas de esterilización de los Hospitales púbicos han demostrado ser ineficaces porque no abarcan las localidades ni priorizan lugares con mayor problemática de sobrepoblación, esto conlleva a que la ciudadanía no busque esterilizar a su perro o gato debido a costos de traslado y a supuestos culturales. No hay una política efectiva de esterilización que disminuya los costos a la ciudadanía y busque sensibilizarla en torno a sus beneficios.

PROBLEMA:

La falta de responsabilidad social tanto de las instituciones como de autoridades encargadas del control y regulación de animales domésticos en el distrito capital, ha llevado a mantener la Eutanasia en el centro Zoonosis, de la misma forma que mantiene programas de esterilización ineficientes en Hospitales del Distrito. Lo cual ha provocado una violación sistemática durante varios años de los derechos de los animales, sin que esto tenga una repercusión legal ni administrativa.

CAUSAS:

No existe un código de ciudadanía, que reglamente un castigo punible adecuado contra el maltrato animal doméstico, que obligue al ciudadano a evitar estas prácticas y que otorgue a las autoridades instrumentos de coacción para impedir las mismas.

No existe una normatividad reglamentada sobre la adopción y tenencia de animales domésticos.

Las entidades distritales destinadas para tratar el problema de la sobrepoblación de animales domésticos se han concentrado en masificar el sacrificio de los mismos y no han buscado fortalecer las alternativas de educar a la población, para realizar campañas de adopción y esterilización.

Las políticas de esterilización de los Hospitales Públicos del Distrito son ineficaces y llegan muy poco a la población, haciendo que las esterilizaciones sean de carácter privado.

3. CREACIÓN DEL "CENTRO DE BIENESTAR ANIMAL DEL DISTRITO CAPITAL" Y EL PROGRAMA "ESTERILIZACIÓN A SU CASA"

Porque el abandono, control, regulación y sacrificio de animales domésticos en la ciudad de Bogotá es una situación de salud pública pero también ética y moral que tiene una solución definitiva y menos onerosa para el distrito.

De acuerdo con las cifras presentadas por el Director del Centro de Zoonosis de Bogotá para el año 2011, la cantidad de animales que llegaron a éste centro fue de 10.203, las cuales fueron tratadas de la siguiente forma:

ACTIVIDADES CENTRO DE ZOONOSIS 2011

ACTIVIDAD

NÚMERO

PORCENTAJE

Adopción

2.372

23%

Devolución a dueños

786

8%

Entrega a defensores de animales

1.328

13%

Eutanasia

5.275

52%

Muertos en jaula

442

4%

TOTAL

10.203

100%

Fuente: Cifras proporcionadas por el Director de Zoonosis Distrital, Dr. Guillermo Urquijo 13 de Febrero de 2012.

Si se estima que el valor de cada eutanasia oscila alrededor $150 mil pesos, junto con las actividades semanales del centro de zoonosis que están alrededor de 105 sacrificios, el costo de los mismos seria de $20 millones a la semana y más de $900 millones de pesos al año; sólo en el tema de sacrificios, sin contar con las demás actividades que se realizan, junto con los gastos administrativos y de personal, para el proceso de recolección y de atención a usuarios.

La re conceptualización de centros como Zoonosis en centros de Bienestar Animal donde el Estado a través de las entidades distritales promueva la protección, el cuidado y la prevención de la sobrepoblación de animales domésticos, logrará que se solucione el problema de la densificación de las posibles enfermedades contagiosas, pero también creará una cultura bogotana en la que el ciudadano observará a los animales que conviven con él, de una manera diferente, es decir con la responsabilidad que le compete.

Así mismo, la adaptación de vehículos/buses para realizar campañas masivas de esterilización, vacunación, y prevención por parte de las entidades encargadas es más exitosa puesto que evita costos de desplazamiento a la población más afectada, que en su mayoría no posee recursos para trasladar el perro o gato hasta los Hospitales Públicos.

Las entidades relacionadas con la materia de este proyecto realizarán actividades de educación al ciudadano en lugar de recolecciones salvajes, dirigidas a sectores donde esta problemática sea mayor. Es evidente que las campañas de esterilización y educación se pueden concentrar en barrios y localidades donde exista mayor nivel de abandono, disminuyendo costos. Esto se puede realizar haciendo que el personal existente, tanto en el "Centro De Bienestar Animal" como en los hospitales Públicos del Distrito, instruyan a los habitantes, en especial de sectores marginados a que esterilicen a los animales que los acompañan; y a sectores con un mayor nivel socioeconómico a que adopten perros y gatos abandonados.

4. OBJETIVOS DEL PROYECTO

GENERALES:

1. Establecer medidas para acortar los tiempos definidos en la resolución 1311 de la Secretaría de Salud en el proceso de sacrificio de animales como estrategia de control de la población canina y felina sin hogar, abandonada o callejera, así como el sistema de cuotas de recolección, dentro de un tiempo determinado con el fin de llegar a un punto cero de sacrificio (salvo en aquellos casos que por su condición de salud así lo requieran).

2. Cambiar la razón social del Centro "Zoonosis Distrito Capital" que se llamará en adelante "CENTRO DE BIENESTAR ANIMAL DEL DISTRITO CAPITAL", el cual promoverá la protección, el cuidado y la prevención de la sobrepoblación de animales domésticos.

3. Realizar a través de la Secretaria de Salud, el programa "CENTROS DE ESTERILIZACIÓN MOVIL" cuyo desarrollo se llevará a cabo por el "Centro De Bienestar Animal Distrito Capital", en convenio con los Hospitales públicos del Distrito Capital,

ESPECIFICOS:

1. Promover la esterilización focalizada y efectiva, direccionando las entidades mencionadas en el proyecto a combatir la problemática de la sobrepoblación en los lugares más afectados. POLITICA PÚBLICA EFICIENTE. (ver tabla 3. Recursos dentro del Programa 625 "Vigilancia en Salud Pública")

Tabla 3 :PLAN OPERATIVO ANUAL DE INVERSIONES 2012

Secretaria Distrital de Salud/Fondo Financiero Distrital de Salud.

Política: CIUDAD DE DERECHOS

1.476.200.089.000

Programa: BOGOTÁ SANA

176.751.008.000

Proyecto: 625: VIGILANCIA EN SALUD PÚBLICA.

46.938.875.000

TOTAL SDS/FFDS

1.508.101.634.000

Fuente: Presupuesto: Bogotá, Distrito Capital 2012, Anexo 3.

2. Realizar jornadas de información, sensibilización, orientación y cultura sobre la protección y el programa de "Esterilización y Tenencia de Animales Domésticos", previas a las campañas de "Esterilización a su casa", por el "Centro De Bienestar Animal Distrito Capital" en convenio con los Hospitales públicos por medio de los "CENTROS DE ESTERILIZACIÓN MOVIL" (ver tabla 4. Recursos dentro de la Política "Ciudad de Derechos")

Tabla 4 :RESOLUCIÓN 015 DE 2011

Presupuesto de ingresos, gastos e inversión de los 22 Hospitales distritales

Vigencia fiscal 2012

Política: CIUDAD DE DERECHOS

1.419. 689.000

TOTAL

1.419. 689.000

Fuente: Presupuesto: Bogotá, Distrito Capital 2012, Anexo 2.

3. Adoptar la política de educación ciudadana sobre la "Tenencia Responsable de Animales Domésticos", se retendrán los perros que no cumplan con lo dispuesto en el acuerdo 79 de 2003 (código de Policía de Bogotá D.C.) cuando se infrinja las normas sobre limpieza en los lugares públicos y, de no ser recuperados por los mismos entrarán en la política de adopción.

4. Informar a la ciudadanía sobre la "Tenencia Responsable de Animales Domésticos" que contenga todo sobre la normatividad de Protección y Tenencia de animales domésticos, la cual será difundida a toda la ciudadanía por los canales con que cuentan la Secretaria de Salud y la Secretaria de Gobierno para tal fin, y serán difundidos por el personal del programa "Esterilización a su casa" en cada una de las jornadas que realice.

5. SIMULACIONES Y EVALUACIÓN DE IMPACTO

Supuestos:

En la realización de este proyecto hemos decidido realizar una simulación sobre los posibles escenarios de aplicar o no proyectos de choque para observar lo que sucede con el comportamiento de la problemática de sobrepoblación de perros abandonados, para esto partimos de un modelo de entradas y salidas estadísticas utilizando el programa ITHINK 9.1.

* La población base de perros abandonados que se estima existe en la actualidad en Bogotá corresponde a 90.000 perros a Junio de 20115, 45000 machos y 45000 hembras, medida que abarca los perros abandonados y los que nacen en la calle.

* El número de eutanasias que se contemplan en el modelo es de 1353 mensuales utilizando más recursos de los destinados actualmente.

* El número de esterilizaciones es de 1556 que es la cifra mensual de los 20.000 aproximados para el año 20116.

* El costo de una eutanasia es de $150.000 pesos mientras el de una esterilización es $90.000 pesos.

* 300 abandonos al mes.

* 150 adopciones al mes.

* Natalidad de 60 perritos por hembra de la calle en promedio durante toda su vida que se estima entre 5 a 7 años por su estado de abandono.

Para la evaluación que juega el proyecto sobre el impacto social, se plantean cuatro escenarios alternativos, observado en un periodo de 10 años es decir 120 meses:

Escenario 1: En este contexto se observa un programa de control a la expansión de perros abandonados basado solamente en eutanasias, que como se estableció es de 1353 mensuales.

La proyección indica que manteniendo un sistema de sacrificios la población de perros abandonados muestra una gráfica creciente a 10 años y un ritmo constante en los próximos 5 años; de esta forma se entiende porque el programa de sacrificios masivos no ha funcionado desde la década de los ochentas cuando se implantó en la ciudad (Ver, Gráfico 1).

Fuente: Elaboración propia, Programa Estadístico Ithink 9.1

Escenario 2: En este contexto se plantea un programa que prescinde de los sacrificios y solo utiliza el método de esterilización para afrontar el problema de sobrepoblación de perros abandonados, que como se recuerda es de 20.000 al año.

La gráfica cambia radicalmente de tal forma que describe una función decreciente en especial a partir del segundo año, lo que muestra que este método es más práctico y contribuye a la consolidación de una política pública efectiva (ver. Gráfica 2)

Fuente: Elaboración propia, Programa Estadístico Ithink 9.1

Escenario 3: En este contexto se usa la combinación de programas como la esterilización, la adopción y la prevención de abandono a modo de políticas de choque sin realizar sacrificios, recordando que las esterilizaciones son 20.000 al año y las adopciones se promedian en 1800 anuales.

En esta gráfica se observa también una función decreciente, pero tendiente a la meta de equilibrio del número de población canina en menos tiempo, antes de un año el sistema sería establemente decreciente. (ver, Gráfica 3)

Fuente: Elaboración propia, Programa Estadístico Ithink 9.1

La Gráfica 4 muestra el contraste entre la aplicación de programas, y la efectividad que tiene a corto plazo la suspensión del sistema de sacrificios, si se mantienen programas de esterilización, adopción y campañas de prevención de abandono.

Fuente: Elaboración propia, Programa Estadístico Ithink 9.1

FLUJOGRAMA DE ENTIDADES Y ACTIVIDADES

Gráfico 1: Flujograma de Entidades y Actividades

6. NORMATIVIDAD

Normatividad Mundial

* Declaración Universal de los Derechos de los Animales de 1989:

Es el documento base, donde se proclaman los "Derechos Fundamentales de los animales", entre los que se encuentran la igualdad, el respeto que deben recibir de los humanos, el no exterminio ni explotación, atención médica y científica, no maltrato ni actos crueles, libertad de vivir en su ambiente, no a la privación de la libertad, no al abandono, no comercialización de especies protegidas, no experimentación, alimentación y cuidados básicos por parte de su dueño o tenedor; así mismo, condena todos aquellos actos que atenten directamente contra la vida del animal o le generen un sufrimiento, así como las muertes masivas de animales injustificadas (razones de caza deportiva), entre otros.

* Declaración Universal sobre Bienestar Animal – DUBA –

Este documento, propone a naciones unidas, que aquellas naciones incluidas en este organismo elevarán a norma supranacional el cuidado y preservación de la vida animal en toda su extensión y con las implicaciones que ello conlleva.

Normatividad Nacional

* Constitución Política de 1991: "El Estado Social y Democrático de Derecho asumido por Colombia en la Constitución Política de 1991 establece que se debe garantizar la vigencia de un orden justo con todas las formas y expresiones de vida, así como reconocer y proteger la biodiversidad"

* Ley 84 de 1989 del Congreso de la República:

Adopta las normas internacionales sobre protección animal y define los deberes de los propietarios y/o tenedores de animales domésticos, prohibiendo las prácticas crueles de maltrato y asesinato, así como la limitación de la libertad de los animales, entre otras consideraciones.

* Ley 9 de 1979 del Congreso de la República: "Reglamenta los procedimientos de investigación, prevención y control de las zoonosis y la aprehensión y observar animales sospechosos de enfermedades transmisibles, ordenar y efectuar vacunaciones de animales y personas cuando lo estimen necesario y ordenar aprehensiones individuales o masivas de animales sospechosos para someterlos a observación en sitios adecuados, para su eliminación sanitaria o para su tratamiento".

* Decreto 2257 de 1986 del Congreso de la República: "establece el manejo de las zoonosis en el país y que reza en su artículo 56 - Prohibición de transitar animales libremente en vías públicas y sitios de recreo-, el cual legaliza que la entidad recolectora de los animales abandonados (Zoonosis), pueda realizarlo sin previo aviso, es decir sin perifoneo. Hace que la función de esta entidad no vaya encaminada a realizar un trabajo preventivo sino corrector y reactivo a través de la eutanasia"

* LEY 715 DE 2001 del Congreso de la República: "Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los artículos 151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud, entre otros". En especial el Capítulo 2

* LEY 746 DE 2.002 del Congreso de la República: "De Las Contravenciones Especiales Con Respecto A La Tenencia De Ejemplares Caninos. La tenencia de ejemplares caninos en las viviendas urbanas y rurales requiere que las circunstancias de su alojamiento en el aspecto higiénico y sanitario, de alimentos y custodia, sean las adecuadas, y que no se produzca ninguna situación de peligro o incomodidad para los vecinos u otras personas en general, o para el propio animal.

Queda prohibido dejar las deposiciones fecales de los ejemplares caninos en las vías, parques o lugares públicos. Los propietarios o tenedores de los ejemplares caninos son responsables de recoger convenientemente los excrementos y depositarlos en bolsas de basura domiciliaria, o bien en aquellos lugares que para tal efecto destine la autoridad municipal".

Normatividad Distrital

* Política de Salud Ambiental para Bogotá D.C.7: En esta política dada para el año 2011, se establece en la sección "Eventos transmisibles de origen zoonótico", cuyo objetivo general es: mejorar la calidad de vida y salud de los habitantes de la región capital a través de intervenciones integrales sobre los determinantes que generan enfermedades compartidas entre el hombre y los animales.

* Resolución 1311 de 2010 de la Secretaria de Salud Distrito Capital: Es evidente que la Resolución 1311 de 2010 de la Secretaria de Salud necesita ser reglamentada, a través de planes, programas y proyectos que estipulen tareas administrativas, tiempos y presupuesto para migrar evolutivamente de los sacrificios animales a actividades de prevención de reproducción, sin embargo, en ésta se encuentran los lineamientos determinantes de la política de protección animal, encaminada a eliminar los sacrificios y a propender por una cultura de tenencia responsable.

Empero, la normatividad debe ser más estricta, ningún ente debe avalar las donaciones de animales en ninguna instancia y mucho menos, como excusa para mantener la eutanasia indiscriminada y sin ningún periodo dado para promover la adopción.

* Acuerdo 79 de 2003 (código de Policía de Bogotá D.C.)

En este acuerdo se establecieron como comportamientos que favorecen la salud y la protección de los animales, aquellos que se refieren a mantenerlos con condiciones mínimas de bienestar para ellos, proveyéndoles salud a través de controles médicos y vacunación, así como asistencia en caso de enfermedad y la su remisión a los sitios de medicina especializada, medidas de tenencia responsable, como aquellos accesorios para sacarlos a pasear, así como normas referentes al comportamiento de los animales y los paseadores en el espacio público

* Concepto 081 de 2003 de la Secretaría General del Distrito Capital

"El Distrito Capital estudia la posibilidad de lograr una mayor protección de los animales en su territorio, para lo cual, está analizando la opción más conveniente respecto a la realización de estas tareas por medio de un comité intersectorial conformado por diversas entidades distritales y las Asociaciones Defensoras de Animales de carácter privado. Por otra parte, en la Capital existen diferentes organizaciones no gubernamentales que propenden por la protección de los animales y que están registradas en la oficina de Personas Jurídicas de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor, entre las que se pueden mencionar Asociación Defensora de Animales y del Medio Ambiente ADA, Sociedad protectora de Animales, Asociación de ayuda a animales desamparados, Fundación para el bienestar animal San Francisco de Asís, entre otras; así se puede concluir que la suma de actividades de las entidades distritales y de los particulares garantiza mínimamente la protección de animales en la ciudad.

Por lo anteriormente expuesto se puede concluir que en el Distrito Capital, el tema relativo a la protección de animales está siendo atendido, lo que no obsta para que se sigan realizando esfuerzos en este sentido. Sin embargo, como ya se expuso es potestad del Distrito determinar la forma más conveniente para realizarlo.

* Artículo 31. Programa Bogotá Humana Ambientalmente Saludable (2012-2016)

El programa define y desarrolla procesos articulados de prevención y respuesta interinstitucional e intersectorial en salud ambiental a partir de la implementación de las ocho líneas de intervención del plan distrital de salud ambiental, y del mejoramiento de las condiciones ambientales que inciden en la calidad de vida y en la salud de los habitantes de la ciudad.

Se implementará la política pública de protección de la fauna doméstica, buscando mejorar la situación de estos animales y generando conciencia sobre la necesidad de su protección y cuidado, en el marco de la salud ambiental de la ciudad.

Proyecto de este Programa:

Bogotá humana con la fauna doméstica: Promover la protección de la fauna doméstica a través de la construcción e implementación de una política pública, que permita adecuar albergues para el manejo y protección de los animales, optimizar los procesos de salud pública y promover estrategias de educación y comunicación. Se implementará el proyecto con la participación activa de las organizaciones sociales líderes en protección animal.

7. CRONOGRAMA "CENTRO DE BIENESTAR ANIMAL DEL DISTRITO CAPITAL" Y "ESTERILIZACIÓN A SU CASA"

Objeto

Tiempo

Convenio con Hospitales distritales para la compra y adaptación de vehículos/buses para crear los "CENTROS DE ESTERILIZACIÓN MOVIL" donde se realicen las esterilizaciones y campañas en las distintas localidades de la ciudad.

1 año

Convenio con Hospitales distritales para realización de jornadas de sensibilización previas a la visita del "CENTRO DE ESTERILIZACIÓN MOVIL"

1 año

Fuente: El cronograma está basado en el realizado para el centro de Bienestar Animal, La Perla de Medellín, Colombia, 2008.

8. FUENTES DE FINANCIACIÓN DEL PROYECTO

FUENTES DE FINANCIACIÓN DEL PROYECTO

ACTIVIDADES Y / O COMPONENTES

NOMBRE DE LAS FUENTES DE FINANCIACIÓN

TOTAL FINANCIACIÓN POR ACTIVIDAD Y / O COMPONENTE

Gastos administrativos

SDS

100%

Gastos de Operación

SDS

100%

En este sentido la financiación estará dada en un 100% por la Alcaldía Mayor de Bogotá a través de la SDS, por convenio del Centro de Bienestar animal Distrito Capital, y de los Hospitales Públicos, toda vez que se sustituyen los costos de sacrificio, por los de esterilizaciones y adquisición de los vehículos de "Esterilización a su casa"

Referencias:

* "ANÁLISIS DE LA POBLACIÓN CANINA EN EL DISTRITO CAPITAL, 2005" en Revista Investigaciones en Seguridad Social y Salud, N. 9 Enero-Diciembre de 2007

* Fundación Veterinaria para la Seguridad Social de la Mascota, "ANÁLISIS DE LA POBLACIÓN CANINA EN EL DISTRITO CAPITAL, 2005

* Instituto Nacional de Salud – SIVIGILA

* Ministerio Protección Social, Instituto Nacional de salud, INVIMA, ICA; "Plan De Acción Nacional E Intersectorial para La Prevención, Vigilancia Y Control De Algunas Zoonosis Y Manejo Del Accidente Ofídico En Colombia (Pani-Zoo)" Emergencia Ola Invernal, Diciembre 28 de 2010.

* Secretaría Distrital de Salud, "Comportamiento De La Población Canina Del Distrito Capital Analizando Tasas De Fecundidad, Natalidad Y Mortalidad Y La Relación Hombre-Animal" 1998

* Presupuesto: Bogotá, Distrito Capital 2012

PÁGINAS WEB:

* www.Concienciaanimal.com

* http://www.soho.com.co/zona-cronica/articulo/un-dia-en-la-perrera/4803

* http://web1.page.tl/La-Perla.htm , Página oficial de Centro de Bienestar ANIMAL, LA PERLA, Medellín, Colombia

LEYES, DECRETOS Y ACUERDOS:

* Declaración Universal sobre Bienestar Animal – DUBA

* Constitución Política de 1991

* Ley 9 de 1979 del Congreso de la República

* Decreto 2257 de 1986 del Congreso de la República

* LEY 715 DE 2001 del Congreso de la República

* LA LEY 746 DE 2.002 del Congreso de la República

* Acuerdo 79 de 2003 (código de Policía de Bogotá D.C.)

* Resolución 1311 de 2010 de la Secretaria de Salud Distrito Capital

* Concepto 081 de 2003 de la Secretaría general del Distrito Capital

Cordialmente,

CÉSAR GARCÍA VARGAS

Concejal de Bogotá D.C.

PROYECTO DE ACUERDO 129 DE 2012

"Por medio del cual el "Centro de Zoonosis del Distrito Capital" se Convierte en el "CENTRO DE BIENESTAR ANIMAL DEL DISTRITO CAPITAL"; se crea el programa "ESTERILIZACIÓN A SU CASA" y se dictan otras disposiciones".

EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.,

En uso de las facultades legales que le confiere el Decreto Ley 1421 de 2003 artículo 12 y El Acuerdo Distrital 348 de 2008, en sus artículos 3, 34, 35 y 36.

CONSIDERANDO:

Que La Declaración Universal de los Derechos de los Animales de 1989, plantea:

1. Todo animal posee derechos.

2. El reconocimiento por parte de la especie humana de los derechos a la existencia de las otras especies de animales constituye el fundamento de la coexistencia de las especies en el mundo,

3. Que el hombre comete genocidio y existe la amenaza de que siga cometiéndolo.

4. El respeto hacia los animales por el hombre está ligado al respeto de los hombres entre ellos mismos,

5. Que la educación debe enseñar, desde la infancia, a observar, comprender, respetar y amar a los animales.

Que El Estado Social y Democrático de Derecho asumido por Colombia en la Constitución Política de 1991 establece que se debe garantizar la vigencia de un orden justo con todas las formas y expresiones de vida, así como reconocer y proteger la biodiversidad.

Que Colombia suscribió en Agosto de 2008 la Declaración Universal sobre Bienestar Animal – DUBA – que exhorta a los Estados, gobiernos y pueblos a que promuevan y adopten procesos legislativos para la protección de todos los animales en sus territorios.

Que la Ley 84 de 1989, por la cual se crea el Estatuto Nacional de Protección Animal, establece en su artículo primero que "los animales tendrán en todo el territorio nacional especial protección contra el sufrimiento y el dolor, causados directa o indirectamente por el hombre".

Que la Resolución 1311 de 2010 de la Secretaria de Salud, articulo 2, establece que "se reducirá progresivamente el método de sacrificio de animales como estrategia de control de la población canina y felina sin hogar, abandonada o callejera. Igualmente, se disminuirá gradualmente el sistema de cuotas de recolección, para aumentar así mismo las esterilizaciones y castraciones caninas y felinas como método efectivo de control poblacional y prevención de las enfermedades zoonóticas"

Que el Concepto 081 de 2003 de la Secretaría general del Distrito Capital expone "que en el Distrito Capital de Bogotá el tema relativo a la protección de animales está siendo atendido, lo que no obsta para que se sigan realizando esfuerzos en este sentido, por lo que se seguirán estudiando las diferentes estrategias para cumplir cabalmente con la función y mandato legal de la protección integral de los animales"

Que el acuerdo 79 de 2003 (código de Policía de Bogotá D.C.) establece en el artículo 34 "Recoger y depositar en los lugares y recipientes de basura, por parte del dueño o tenedor del animal doméstico o mascota, los excrementos que se produzcan durante su desplazamiento en el espacio público".

A C U E R D A:

ARTÍCULO 1. Ordenar suspender en un plazo máximo de 12 meses la eliminación o sacrificio mediante la utilización de sobredosis de anestésicos barbitúricos o cualquier otro método a los animales que se declaren sin dueño, o que no son reclamados por sus propietarios en el Centro de Zoonosis.

ARTÍCULO 2. Adoptar a partir de la fecha los programas de esterilización castración, adopción y educación, de conformidad a lo establecido en la Resolución 1311 de 2010 de la Secretaria de Salud; como únicas actividades permitidas, en los términos expresados en el artículo 1.

Parágrafo: Los vehículos dispuestos para la recolección y el transporte de los caninos y felinos sin hogar, abandonados o callejeros, deben contar con espacios adecuados que impidan la mezcla de caninos y felinos, hembras en celo con machos, animales de tamaño grande con animales de tamaño mediano o pequeño, animales adultos con cachorros, o animales sanos con animales visiblemente enfermos. Para tal fin, se realizarán los ajustes necesarios para garantizar la seguridad y protección de los animales, tanto en la recolección como en el transporte.

ARTÍCULO 3. El "Centro de Zoonosis Del Distrito Capital" pasará a ser "Centro de Bienestar Animal Distrito Capital".

ARTICULO 4 El Centro de Zoonosis recibirá animales en donación, y sin embargo, sólo en los siguientes casos, iniciará de inmediato con el procedimiento de sacrificio:

a. Heridas graves, lesiones irreversibles o de consideración.

b. Enfermedades no zoonóticas terminales o padecimientos crónicos.

c. Vejez avanzada, según criterio médico veterinario y condiciones de vida, raza, sexo, talla y otros factores del animal.

d. Zoonosis no tratables o curables.

e. Animales mordedores o agresivos.

ARTICULO 5. La secretaría de Salud a través del "Centro De Bienestar Animal del Distrito Capital" en convenio con los Hospitales públicos Distritales crearán "CENTROS DE ESTERILIZACIÓN MOVIL", donde se promoverá la esterilización focalizada y efectiva dirigida a combatir la problemática de la sobrepoblación de animales domésticos a través del programa "ESTERILIZACIÓN A SU CASA"

Parágrafo: El programa "ESTERILIZACIÓN A SU CASA" será la combinación de actividades del "Centro De Bienestar Animal del Distrito Capital" en convenio con los Hospitales público Distritales, buscando llegar a las comunidades más afectadas por la problemática de "sobrepoblación de animales domésticos" a través de los "CENTROS DE ESTERILIZACIÓN MÓVIL" que serán vehículos/buses que contarán con las condiciones necesarias para realizar esterilizaciones a perros y gatos, también para realizar las diferentes campañas masivas de salud pública de protección animal, cercanas a la residencia de los ciudadanos.

ARTICULO 6. El "Centro De Bienestar Animal del Distrito Capital" en convenio con los Hospitales públicos realizará operaciones previas de difusión, sensibilización y orientación a las jornadas de "Esterilización a su casa"

ARTICULO 7. Se adoptará la política de educación ciudadana sobre la "Tenencia Responsable de Animales Domésticos", se retendrán los perros que no cumplan con lo dispuesto en el acuerdo 79 de 2003 (código de Policía de Bogotá D.C.) cuando se infrinjan las normas sobre limpieza en los lugares públicos, y de no ser recuperados por los mismos entrarán en la política de adopción.

Parágrafo: La secretaria de Salud y la Secretaria de gobierno del Distrito Capital dispondrán en un plazo no mayor a 6 meses de una política pública sobre "Tenencia Responsable de Animales Domésticos" que contenga todo sobre la normatividad al respecto, la cual será difundida a toda la ciudadanía por los canales con que cuentan estas entidades para tal fin, y serán difundidos por el personal del programa "Esterilización a su casa" en cada una de las jornadas que realice.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Presidente

Secretario de Despacho

Fecha

GUSTAVO PETRO

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

NOTAS DE PIE DE PÁGINA

1 "Establece reglamentar los procedimientos de investigación, prevención y control de las zoonosis y la aprehensión y observar animales sospechosos de enfermedades transmisibles, ordenar y efectuar vacunaciones de animales y personas cuando lo estimen necesario y ordenar aprehensiones individuales o masivas de animales sospechosos para someterlos a observación en sitios adecuados, para su eliminación sanitaria o para su tratamiento".

2 http://web1.page.tl/La-Perla.htm , Pagina oficial de Centro de Bienestar ANIMAL, LA PERLA, Medellín, Colombia, "En un año una perrita puede dar a luz hasta 776 crías"

3 Resolución 1311 de 2010 "Los estudios y las experiencias de otras ciudades de Colombia y del mundo han demostrado que el sacrificio, como método de control zoonótico y poblacional, es costoso e ineficaz , se requiere propender a la masificación de las acciones como la esterilización para la totalidad de esta población, con o sin dueño, considerando que una hembra canina, en su primera camada y a través de su descendencia, puede dejar una población superior a los 5.000 caninos y que una hembra felina, en similar comportamiento, puede dejar una población cercana a los 500.000 felinos"

4 Ministerio Protección Social, Instituto Nacional de salud, INVIMA, ICA; "Plan De Acción Nacional E Intersectorial para La Prevención, Vigilancia Y Control De Algunas Zoonosis Y Manejo Del Accidente Ofídico En Colombia (Pani-Zoo)" Emergencia Ola Invernal, Diciembre 28 de 2010.

5 http://su-vida.com/node/1004, Organizaciones defensoras de animales.

6 "Estadísticas Línea de Eventos Transmisibles de Origen Zoonótico" , Secretaria de Salud, 2011

7 Secretaria Distrital De Salud, Dirección De Salud Pública "Hacia la construcción de una política integral de salud ambiental Política de Salud Ambiental para Bogotá D.C.". 2011, pp. 129