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Resolución 834 de 2012 Ministerio del Trabajo

Fecha de Expedición:
22/05/2012
Fecha de Entrada en Vigencia:
31/05/2012
Medio de Publicación:
Diario Oficial 48447 de mayo 31 de 2012
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 00000834 DE 2012

(Mayo 22)

por la cual se crea un Subcomité del Comité Sectorial del Sector Público.

EL MINISTRO DEL TRABAJO,

en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por los numerales 1 y 4 del artículo 2º y los numerales 2 y 11 del artículo 6° del Decreto-ley 4108 de 2011 y en desarrollo de la Ley 278 de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que en el marco jurídico de la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, que trata el artículo 56 de la Carta Política y la Ley 278 de 1996 y del Comité Sectorial del Sector Público, a que alude la Resolución 1501 de 2001, modificada parcialmente por la Resolución 469 de 2008, en la mesa de trabajo realizada por dicho Comité el 9 de mayo de 2012, se discutió la situación de los servidores públicos vinculados en empleos de carrera administrativa mediante nombramiento en provisionalidad, frente a la Sentencia de la Corte Constitucional C-249 de 2012, que declaró inexequible el Acto Legislativo 4 de 2011;

Que con el fin de analizar la situación laboral de dichos servidores públicos a nivel nacional y territorial se decidió conformar un Subcomité del Comité Sectorial del Sector Público, de carácter temporal, con la participación de la Comisión Nacional del Servicio Civil, el Departamento Administrativo de la Función Pública, el Ministerio del Trabajo y las organizaciones sindicales del sector público, el cual deberá presentar alternativas de solución a dicha problemática, a los miembros del Comité Sectorial del Sector Público;

En mérito de lo expuesto, este Despacho,

RESUELVE:

Artículo  1°.. Crear un Subcomité del Comité Sectorial del Sector Público, con carácter temporal, que tendrá por objeto analizar la situación laboral de los servidores públicos vinculados en empleos de carrera administrativa mediante nombramiento en provisionalidad, con ocasión de la declaratoria de inexequibilidad el Acto Legislativo 4 de 2011.

Artículo 2°. Integración. El Subcomité del Comité Sectorial del Sector Público estará integrado por:

1. La Directora de Derechos Fundamentales del Trabajo, del Ministerio del Trabajo, doctora Melva Gregoria Díaz Better.

2. La Directora Jurídica del Departamento Administrativo de la Función Pública, doctora Claudia Patricia Hernández León.

3. La Subdirectora de Empleo y Seguridad Social del Departamento Nacional de Planeación, doctora Bibiana Quiroga Forero.

4. Modificado por el Articulo  1 de la Res. Min Trabajo 877 de 2012. El Comisionado de la Comisión Nacional del Servicio Civil, doctor Fridole Ballén Duque.

5. El representante de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), doctor Francisco Maltes Tello.

6. El representante de la Confederación General de Trabajadores (CGT), Ricardo Vanegas.

7. El representante de la Confederación de Trabajadores de Colombia (CTC), Miguel Enrique Morantes.

8. El representante de Unión Nacional de Trabajadores del Estado y los Servidores Públicos de Colombia (Utradec), Tulio Roberto Vargas.

9. El representante de la Federación Nacional de Servidores Públicos (Fenaser), Jorge Peña.

10. El representante de la Internacional de Servicios Públicos (ISP), Juan Diego Gómez.

11. El representante de Unión Nacional de Trabajadores del Estado y los Servicios Públicos (Unete), Ricardo Díaz.

12. EL representante de la Federación Nacional de Trabajadores al Servicio del Estado (Fenaltrase), William Reyes.

Artículo 3°. Actividades del Subcomité del Comité Sectorial del Sector Público. El Subcomité del Comité Sectorial del Sector Público deberá iniciar su labor dentro del mes siguiente a la expedición de la presente resolución, para realizar entre otras, las siguientes actividades:

1. Analizar las cifras que presenta la Comisión Nacional del Servicio Civil frente al número de empleos de carrera administrativa, provistos mediante nombramiento en provisionalidad que actualmente se encuentren en proceso de convocatoria.

2. Estudiar los efectos de la Sentencia C-249 de 2012.

3. Proponer al Comité del Sector Público alternativas de solución a la actual problemática y, en especial, analizar la situación de los servidores públicos vinculados en empleos de carrera administrativa mediante nombramiento en provisionalidad, que tengan la calidad de prepensionados, madres o padres cabeza de familia y personas en situación de discapacidad.

Artículo 4°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá D. C., a los 22 días del mes de mayo del año 2012

El Ministro del Trabajo,

RAFAEL PARDO RUEDA.

(C. F.).

NOTA: Publicada en el Diario Oficial 48447 de mayo 31 de 2012