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ACUERDO LOCAL 1 DE 2012 (Agosto 24) Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para la Localidad de Suba 2013-2016 BOGOTÁ HUMANA "SUBA HUMANA: INCLUYENTE, PARTICIPATIVA Y TRANSPARENTE" LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE SUBA, En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en su artículos 324, el decreto 1421 de 1993 en su artículo 69 Numeral 1 y artículo 22 del acuerdo distrital 13 de 2000. CONSIDERANDOS: Que de acuerdo al articulo 69 del decreto ley 1421 de 1993, la constitución, la ley, los acuerdos del consejo y demás normas son atribuciones de las Juntas Administradoras Locales. Adoptar el plan de desarrollo local, en concordancia con el plan general de desarrollo del distrito. Que es deber de la Junta Administradora Local, estudiar, analizar y debatir los proyectos presentados por el alcalde local de conformidad. Que a las Juntas Administradoras Locales, les corresponde decidir sobre la aprobación de los planes de desarrollo locales de acuerdo con lo establecido en el decreto ley 1421 de 1993. Que el acuerdo 13 de 2000, fija los procedimientos para la aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control del plan de desarrollo para las diferentes localidades. ACUERDA: Parte I PARTE GENERAL Adopción del Plan y Estrategia General Se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas y el Plan Plurianual de Inversiones para la Localidad de Suba, para el periodo 2013-2016, que contiene los objetivos, las metas, estrategias y políticas que guiarán las acciones del gobierno local para elevar las condiciones de bienestar de la ciudadanía y sentar las bases de un cambio de enfoque de la acción pública. En este sentido en el Plan se identifican las intervenciones prioritarias que se llevarán a cabo con el propósito de remover condiciones de segregación e inequidad relacionados con las capacidades de las personas, disminuir situaciones de exclusión y riesgos ambientales y fortalecer una gestión pública orientada a apoyar las aspiraciones colectivas de la ciudadanía. El gobierno Local de Suba, "Suba Humana: Incluyente, Participativa y Transparente "propone orientar sus esfuerzos y acciones hacia la creación de un escenario en donde las familias que habitan en la Localidad, cuenten con entornos más seguros, saludables y limpios, donde los ciudadanos se relacionen con el gobierno local de manera directa y democrática, para influir de manera vinculante en la orientación de las políticas públicas y la materialización de sus derechos. Para ello se partirá de un ejercicio coordinado de concurrencia, subsidiariedad y complementariedad, entre el nivel local y el nivel distrital, en el que se superponga por medio de la democracia directa un escenario donde se afiance la política del amor, con la consolidación de la confianza y la solidaridad. Las decisiones tomadas por la Administración Local, se basaran tanto en la información suministrada durante la implementación de aquellos mecanismos e instrumentos técnicos y políticos, necesarios para la programación de la inversión, así como la proyectada por los sistemas de información utilizados para el seguimiento del Plan de Desarrollo Local (PDL); De esta forma se garantizará la elaboración de presupuestos orientados a resultados que contribuyan a un manejo eficiente, responsable y equitativo de las finanzas públicas, que propenda por la ampliación real de las capacidades y derechos de los habitantes de la localidad. Capítulo I Visión ARTÍCULO 1.- Visión. Consolidar a la Localidad de Suba como un territorio de derechos, en el que se reafirma y reconoce a sus ciudadanos como actores fundamentales del desarrollo humano, transformadores de su realidad, con conciencia de sí mismos, del otro, de lo público, y con la capacidad de valorar y proveer alternativas de solución a las diversas problemáticas locales. Suba será, además, un territorio en el que se articulen los objetivos del nivel Local y Distrital y se consoliden las agendas políticas y alternativas que promuevan el cambio social, en cumplimiento de la visión de Ciudad plasmado en el Plan de Desarrollo Distrital: "Bogotá Humana". De esta forma se constituirá una comunidad incluyente, que valore sus recursos naturales, avanzando hacia un modelo de crecimiento urbano basado en la sostenibilidad ambiental, la revitalización de los espacios urbanos y rurales como expresión del uso democrático e incluyente del suelo, que promueva y genere las condiciones locales necesarias para la custodia y defensa de lo público, construyendo así una localidad diferenciada a partir de su riqueza patrimonial, su legado histórico, cultural y arquitectónico, en la que las propuestas y alternativas de cambio se articulen realmente, a través de la participación ciudadana como el camino para la creación de un territorio vivo, humano y ambientalmente sostenible, para las subanas y subanos, con la posibilidad de instituirse como un modelo para el desarrollo de la Ciudad y la Nación. ARTÍCULO 2.- Ejes Estratégicos. Las directrices y políticas que orientan la acción del PDL de Suba, "Suba Humana: Incluyente, Participativa y Transparente", se fundamentan en los propósitos establecidos en el Plan de Desarrollo Distrital "Bogotá Humana". Es por esta razón que el Plan de Desarrollo Local se organiza en torno a los mismos ejes establecidos en el Plan Distrital: 1. Una ciudad que reduce la segregación y la discriminación: el ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo. 2. Un territorio que enfrenta el cambio climático y se ordena alrededor del agua. 3. Una Bogotá en defensa y fortalecimiento de lo público. De esta manera se busca que desde lo local se contribuya efectivamente a disminuir la exclusión social; minimizar los impactos generados por el cambio climático; proteger la estructura ecológica principal de la ciudad y del territorio local, como plataforma para la implementación de un nuevo modelo de crecimiento urbano, cimentado en la sostenibilidad ambiental; y, mejorar el nivel de resguardo de lo público. Capítulo 2 Eje uno Una ciudad que supera la segregación y la discriminación: el ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo Objetivos, estrategias, programas ARTÍCULO 3.- Objetivos. En desarrollo de este eje y en el cumplimiento de los objetivos del Plan de Desarrollo Distrital "Bogotá Humana", y en la búsqueda de solución a los problemas y necesidades identificados y priorizados en los Encuentros Ciudadanos y Cabildos efectuados, tanto por la Administración Central y Local, como por el Consejo de Planeación Local (CPL) y los Diagnósticos Sectoriales y Locales realizados, se promuevan las acciones tendientes a la reducción de las condiciones de desigualdad social, económica y cultural de las familias de la localidad, para lo cual se propone alcanzar los siguientes propósitos: 1. Contribuir con la reducción de la desigualdad y la discriminación asociada a condiciones étnicas, (raizales, indígenas, Rrom, palenqueros negros y afrocolombianos) y culturales, de género y orientación sexual, en la localidad, principalmente dirigido hacia la primera infancia. 2. Lucha contra distintos tipos de discriminación y violencias por condición, situación, identidad, diferencia, diversidad o etapa del ciclo vital 3. Ampliar las capacidades de la ciudadanía en la apropiación de saberes. 4. Garantizar la defensa, protección y restablecimiento de los Derechos Humanos. 5. Propiciar la construcción de un territorio que garantice el acceso equitativo a la ciudad. 6. Mejorar el nivel de acceso a la justicia formal, no formal y comunitaria. 7. Implementar programas de participación ciudadana dirigidos a toda la comunidad, involucrando a todos los actores locales en la búsqueda del mejoramiento de las condiciones de desigualdad social, económica y cultural. ARTÍCULO 4.- Estrategias. Para contribuir con el propósito de reducir las condiciones sociales, económicas y culturales que inciden en la segregación y discriminación, la administración local implementará las siguientes estrategias: 1. Fortalecer la capacidad de gestión local, para que las acciones impacten positivamente, de forma integral y coherente en las problemáticas y necesidades de los habitantes; dando continuidad a las líneas de acción que en este mismo sentido hayan abordado los sectores, los grupos poblacionales y el nivel local, de manera articulada con la caracterización de problemáticas identificadas en los Encuentros Ciudadanos, Cabildos y Diagnósticos, donde se materialicen las propuestas ciudadanas como un aporte fundamental para su solución. 2. Garantizar espacios y ambientes adecuados, accesibles y seguros para el desarrollo de la primera infancia. 3. Promover actividades culturales, artísticas y de actividad física en el territorio, en el ejercicio de la garantía de sus derechos. 4. Implementar acciones que propendan por la defensa y materialización del derecho a la salud como componente fundamental, para la dignidad humana y la transformación social. 5. Fortalecer y promover programas y espacios recreativos, deportivos, culturales y artísticos de la localidad, en todas las etapas del ciclo vital con enfoque diferencial, garantizando el fortalecimiento de liderazgos comunales y barriales para la sostenibilidad de los procesos. 6. Promover programas y estrategias que permitan la consolidación de la agenda local ambiental, posicionando la gobernanza del agua, la estrategia de basura cero y el turismo local. 7. Implementar campañas de formación ciudadana tendientes al fortalecimiento de las dinámicas de control social ciudadano, la democracia directa y participativa, a fin de garantizar la transformación social con impacto positivo en el mediano y largo plazo. ARTÍCULO 5.- Programa: Garantía del desarrollo integral de la primera infancia Este programa tiene como propósito principal que los niños y las niñas de la localidad sean atendidos por medio de acciones integrales en respuesta a las necesidades de protección, alimentación, cuidado, educación y recreación en la localidad desde la primera infancia. Para ello se implementarán acciones de promoción del desarrollo integral desde la primera infancia; se realizarán actividades de promoción del buen trato y prevención de violencias en niños y niñas, tanto en Jardines infantiles, planteles educativos, como en el ámbito familiar, fomentando la corresponsabilidad de las familias, maestros, maestras, cuidadores y cuidadoras y otros agentes educativos y culturales, en la generación de condiciones para el desarrollo integral de los niños y niñas de la localidad; y se dotarán los espacios determinados para su atención integral, con base en las características particulares de la localidad, en condiciones accesibles y seguras, que permitan el disfrute, la creación artística y cultural, además de las actividades físicas en el territorio. ARTÍCULO 6.- Programa: Construcción de saberes. Educación inclusiva, diversa y de calidad para disfrutar y aprender. Con el propósito de garantizar el derecho a una educación con calidad y gratuidad, así como la búsqueda de la excelencia en la formación integral de los habitantes locales en edad escolar, el fortalecimiento de la educación media y la ampliación del acceso a la educación superior; se proporcionarán elementos pedagógicos en el marco del proyecto escolar, para salidas pedagógicas, bibliotecas, laboratorios, mobiliarios deportivos y urbanos. Así mismo, se realizarán programas de capacitación orientadas a la pruebas de estado y al acceso de educación para jóvenes y adultos no escolarizados ARTÍCULO 7.- Programa: Territorios saludables y red de salud para la vida desde la diversidad. Con el propósito de garantizar el desarrollo de las políticas públicas en el territorio local y en atención a la existencia de diferentes grupos de población residentes en el territorio, el PDL, contribuirá en la generación de condiciones de equidad e igualdad de oportunidades para sus habitantes en materia de salud; para ello se ejecutarán acciones encaminadas al fortalecimiento y promoción de la salud y la prevención de la enfermedad por ciclo vital, con enfoque diferencial. De la misma manera se desarrollarán acciones complementarias para el control de vectores, se apoyará la educación en salud en el marco de los derechos sexuales y reproductivos por ciclo evolutivo, así como la promoción de la salud en el ámbito escolar, en conjunto con la promoción y prevención en el lugar de ocupación o labor para población en condiciones especiales y/o de discapacidad. ARTÍCULO 8.- Programa Bogotá Humana con igualdad de oportunidades y equidad de género para las mujeres En la búsqueda de una Bogotá Humana, segura y libre de violencias contra las mujeres, con igualdad de oportunidades, el programa se propone contribuir en la prevención de todo tipo de violencia contra la mujer, visibilizando las distintas formas de violencia y discriminación de las que son víctimas, mediante la formación en derechos, la promoción de la equidad de género y las rutas de acceso a la justicia y protección. ARTÍCULO 9.- Programa: Lucha contra distintos tipos de discriminación y violencias por condición, situación, identidad, diferencia, diversidad o etapa del ciclo vital Con la implementación de este programa en la Localidad de Suba, pretende disminuir los niveles de discriminación, los diferentes tipos de violencia contra las diversas minorías existentes en el territorio, mediante acciones dirigidas hacia la promoción de la convivencia inter étnica, la realización de eventos con énfasis en jóvenes y la constitución de redes protectoras de niños(as), adolescentes, jóvenes y mujeres para la promoción de la lucha contra la estigmatización y la violencia; Asimismo, subvencionar a los adultos mayores en situación de vulnerabilidad y la implementación de estrategias conducentes a la prevención de la violencia y la delincuencia en poblaciones en situación de riesgo (jóvenes, barristas, "parches") y a la prevención de actos de violencia contra las mujeres. ARTÍCULO 10.- Programa: Bogotá Humana por la dignidad de las víctimas. Fortalecer las políticas públicas de prevención, protección, atención, asistencia, y reparación integral a las víctimas del conflicto armado residentes en la localidad, con acciones de gestión social relacionadas con el desarrollo de proyectos de vivienda, en coordinación con las diferentes instancias de Gobierno, que contribuyan con el restablecimiento socio-económico y derechos de las víctimas en la Localidad, en coordinación con el Gobierno Distrital. ARTÍCULO 11.- Programa: Bogotá, un territorio que defiende, protege y promueve los derechos humanos. Este programa se encamina a fortalecer la inclusión y la justicia formal, informal, comunitaria y la resolución alternativa de conflictos, con la implementación de acciones y programas de gestión, acompañamiento y promoción de derechos y deberes, la prevención de violencias, fomento del uso de las rutas de acceso a la justicia, mecanismos de protección para la población en alto estado de vulnerabilidad, al igual que campañas de comunicación cultural y pedagógica sobre los derechos de las victimas, la paz y la reconciliación en la Localidad. ARTÍCULO 12.- Programa: Ejercicio de las libertades culturales y deportivas. Se fortalecerá el disfrute libre y activo de los corredores culturales y recreativos para los habitantes de la localidad, mediante la promoción de procesos de estímulo, formación, investigación, creación y divulgación artística y cultural para los jóvenes, adecuación, dotación y ampliación tanto de espacios públicos y culturales locales, como de mobiliario deportivo en parques y zonas verdes. De la misma manera se realizarán programas de derechos culturales, actividades artísticas y patrimoniales en espacios públicos, dirigidos a la apropiación por parte de los habitantes de los territorios culturalmente significativos de la localidad, apoyo a las iniciativas de las escuelas de formación deportiva y fomento de programas y actividades lúdicas, deportivas, recreativas, capacitación artística informal y aficionada por ciclo vital, principalmente dirigidos hacia personas en situación de discapacidad y vulnerabilidad. ARTÍCULO 13.- Programa ruralidad humana. Promover la revitalización del hábitat rural de la localidad, mediante acciones de asesoramiento y acompañamiento de los habitantes para el acceso a soluciones de vivienda. ARTÍCULO 14.- Programa: Vivienda y hábitat humanos. El objeto de este programa se dirige a contribuir en el mejoramiento integral de barrios y vivienda, mediante la realización de acciones y gestiones encauzadas a acompañar a la comunidad en procesos de acceso a soluciones de vivienda barrial y rural, al igual que a bienes y servicios provistos por el Gobierno Distrital, en coordinación con las diferentes instancias competentes del Gobierno Nacional, para la promoción de los procesos de regularización de barrios. Capítulo III Eje dos Un territorio que enfrenta el cambio climático y se ordena alrededor del agua Objetivos, estrategias, programas ARTÍCULO 15.- Objetivos. Serán objetivos de este eje: 1. Promover acciones de sensibilización, promoción y prevención para la recuperación, preservación y conservación de los espacios del agua. 2. Implementar campañas de sensibilización y prevención de los efectos del cambio climático e identificar el deterioro de ecosistemas en el ámbito local 3. Favorecer y apoyar en lo local iniciativas sociales de manejo y aprovechamiento integral de residuos y su articulación al proceso de formalización de recicladores. 4. Apoyar campañas orientadas al cumplimiento de las normas sobre vertimientos y emisiones contaminantes, disposición de residuos sólidos, tóxicos o peligrosos, ruido, contaminación visual, fomentando la responsabilidad Social Ambiental, orientada hacia los diferentes actores de la localidad, tanto públicos como privados. 5. Promover la recuperación, preservación, monitoreo y control de factores que afectan la calidad del agua de las micro cuencas y subcuenca del río Bogotá. 6. Fomentar y apoyar procesos participativos de gestión para la recuperación de ecosistemas, acciones de formación ambiental orientadas a la resignificación y protección del territorio del agua, y aquellas iniciativas de la comunidad que susciten la apropiación del espacio público y la conservación de los espacios del agua. 7. Impulsar iniciativas integrales de resignificación, recuperación, preservación y conservación de los espacios del agua, la conectividad entre cerros, humedales, vallados y el río Bogotá. 8. Recuperar y mantener la malla vial local para el mejoramiento de la movilidad y acceso de la población a los diferentes sistemas de transporte de la Ciudad. ARTÍCULO 16.- Estrategias. Para contribuir al propósito de la ciudad de consolidar un territorio ordenado alrededor del agua, capaz de enfrentar el cambio climático, se implementarán las siguientes estrategias: 1. La estrategia que guía la política cultural de la Localidad, parte del reconocimiento de su valor patrimonial, cultural e histórico y de su potencial para aportar en la garantía de los derechos ciudadanos y el mejoramiento de la calidad de vida, en donde los esfuerzos se orientan en asegurar que las acciones culturales, contribuyan a potenciar las capacidades de desarrollo de las personas. 2. Orientar las acciones hacia la constitución de un territorio sostenible, basado en la recuperación, protección y conservación del ambiente, garantizando la calidad de vida de sus habitantes actuales y futuros. 3. Promover la participación de todos los habitantes de la localidad, fortaleciendo y ampliando sus conocimientos sobre el uso sostenible de la biodiversidad, la apropiación ambiental, la recuperación y renaturalización de los recursos hídricos, el control ambiental del suelo de protección, las áreas intervenidas por minería y las áreas de posible ocupación ilegal. 4. Ampliar el conocimiento de la comunidad sobre la Gestión Local del Riesgo, implementando acciones de sensibilización, fortalecimiento de la misión institucional local del riesgo y aquellas encaminadas a reducir o mitigar las condiciones de riesgo de sectores específicos de la localidad. 5. Generar nuevos dinamismos socioeconómicos y culturales, fomentando y promoviendo actividades de turismo en el paisaje urbano y rural de localidad. ARTÍCULO 17.- Programa: Recuperación, rehabilitación y restauración de la estructura ecológica principal y de los espacios del agua. La Administración Local, a través de este programa, fortalecerá la recuperación y renaturalización del medio ambiente local, los espacios del agua, el control ambiental del suelo de protección, de áreas intervenidas por minería y aquellas susceptibles de ocupación ilegal, junto con la apropiación por parte de sus habitantes de la estructura ecológica y ambiental de la Localidad. Para ello se desarrollarán campañas y acciones para la sensibilización, promoción, prevención y el desarrollo de procesos de gestión participativos, tendientes a la recuperación física de ecosistemas y se apoyarán proyectos de investigación y educación ambiental, dirigidos a la comunidad orientados hacia la gobernanza del agua, en el marco de la ética ambiental. ARTÍCULO 18.- Programa: Movilidad Humana. Este programa está orientado a mejorar la movilidad y la calidad de vida de la comunidad, interviniendo las vías de la malla vial local, con el fin de construir, rehabilitar, recuperar y adecuar aquellas que se encuentren en estado de deterioro y la atención de las emergencias viales. Igualmente la construcción y mejoramiento de andenes y zonas de espacio público, adecuación de parques vecinales y de bolsillo; De la misma manera, la promoción de campañas para la movilización peatonal y ciclo rutas, favoreciéndose el disfrute de los espacios públicos y de uso recreativo por parte de los habitantes de la localidad. ARTÍCULO 19.- Programa: Gestión integral de riesgos. De manera coordinada con el nivel central, se buscará que los territorios sean menos vulnerables frente a los riesgos y cambio climático y que sus habitantes sean resilientes frente a esta problemática. En este sentido se ejecutarán acciones encaminadas a fortalecer la capacidad de la Gestión Local del Riesgo mediante el suministro de la dotación necesaria, fomentando y ampliando el conocimiento de la comunidad en el tema, promoviendo redes y rutas protectoras, convocando la solidaridad y la corresponsabilidad social en la prevención y protección frente al riesgo; también se asesorará a los habitantes en procesos de reasentamiento y se ejecutarán obras menores para reducir y mitigar el riesgo en áreas identificadas en la localidad. ARTÍCULO 20.- Programa: Basura cero. Mediante la integración y articulación con los diferentes sectores del nivel distrital y en alianza con el sector privado, las empresas prestadoras del servicio de aseo, las organizaciones de reciclaje identificadas en la localidad, se realizarán campañas de reciclaje, se apoyarán iniciativas sociales de manejo y/o aprovechamiento integral de residuos y se generarán pactos de responsabilidad Social Ambiental con residentes, gremios e industrias. ARTÍCULO 21.- Programa: Bogotá Humana ambientalmente saludable. Con el propósito de contribuir con el mejoramiento del ambiente en la ciudad y en la localidad, este programa enfocará sus esfuerzos en la realización de campañas de sensibilización y educación ambiental de los habitantes, en cumplimiento de las normas vigentes sobre vertimientos y emisiones contaminantes, la disposición de residuos sólidos, tóxicos o peligrosos, el ruido y la contaminación visual. Adicionalmente se desarrollaran actividades orientadas a la recuperación ambiental de humedales, las reservas forestales y la renaturalización de quebradas, mantenimiento del arbolado urbano, para crear espacios donde se promueva la imagen de los potenciales locales, se promocione el turismo y el paisaje urbano local. Capítulo IV Eje tres Una Bogotá que defiende y fortalece lo público Objetivos, estrategias, programas ARTÍCULO 22.- Objetivos. Serán objetivos de este eje: 1. Promover la convivencia y seguridad ciudadana, a través de la generación de espacios y procesos sostenibles de participación de las organizaciones sociales, a nivel local. 2. Recuperar la confianza ciudadana en la Administración Local a través de un trabajo coordinado y transparente entre instituciones y ciudadanía, fomentando la ética y eficiencia de la gestión pública, con acciones para promover el control social y la implementación de mecanismos de comunicación y socialización de la gestión pública, brindando canales de retroalimentación por parte de la administración Local. 3. Contribuir en mejorar el nivel de participación de la ciudadanía mediante el apoyo a procesos de participación ciudadana y formas de organización social y comunitaria, fomentando la participación incidente y decisoria de la ciudadanía sobre los asuntos públicos locales y ciudadanos, fortaleciendo sus capacidades, brindando las herramientas desde la Administración Local con principios de calidad y oportunidad. 4. Aportar en la construcción de territorios seguros y de paz, implementando acciones para la prevención de delitos, la violencia y las conflictividades, contando con la participación activa de la ciudadanía y la coordinación con la fuerza pública, los órganos de justicia y otros actores públicos y privados, con el fin de promover una cultura de convivencia pacífica, fundada en la autorregulación, la corresponsabilidad y la solidaridad. ARTÍCULO 23.- Estrategias. Las estrategias contempladas para el logro de los objetivos señalados son: 1. Promover la vigilancia y cumplimiento de los derechos constitucionales, así como las normas inherentes al espacio público vigentes y que tutelan el Distrito Capital y la Localidad. 2. Salvaguardar la igualdad para un buen y mejor vivir de los grupos étnicos y culturales, raizales, indígenas, Rrom, palenqueros negros y afrocolombianos en la Localidad. 3. Garantizar el ejercicio pleno de derechos de las personas con enfoque diferencial de género. 4. Promover el incremento de capacidades y coyunturas incluyentes para los habitantes de la localidad, en el control social para el cuidado de lo público y su articulación con el control preventivo. 5. Enfocar la Planeación Local y el Presupuesto Participativo hacia la superación de la segregación y discriminación social, económica, espacial y cultural. 6. Realizar actividades orientadas al apoyo de las organizaciones locales, con el objeto de fortalecer y promover el desarrollo de la participación ciudadana. ARTÍCULO 24.- Programa: Bogotá Humana: participa y decide. La apuesta de este programa es garantizar que en la construcción del Presupuesto Local, se cuente con la participación activa de la ciudadanía. En función de ello se ejecutarán acciones orientadas a fortalecer las capacidades de las diferentes expresiones y movimientos sociales, estructuras comunitarias, Juntas de Acción Comunal, así como aquellas nuevas formas de organización social. Se fomentará y apoyará la educación alrededor de la participación, la comunicación pública y social, la gestión cultural comunitaria, la logística para la conformación de espacios cívicos de deliberación y construcción de las políticas públicas, la ejecución de agendas locales de movilización relacionadas con el ordenamiento del territorio en torno al agua, las redes de control social, la conformación e implementación de agendas grupales y procesos poblacionales y sectoriales, así como la comunicación alternativa y diversa. ARTÍCULO 25.- Programa: Bogota decide y protege el derecho fundamental a la salud de los intereses del mercado y la corrupción. En contribución con el propósito distrital de lograr una Bogota que decide en Salud, el programa en lo local promoverá la participación social en la planeación local, el control social de resultados y la exigibilidad jurídica y social del derecho de los ciudadanos a la salud. ARTÍCULO 26.- Programa: Territorios de vida y paz con prevención del delito. Con la real certeza de lograr unos territorios protectores de vida, con poblaciones libres de violencia y delitos, se promoverá y apoyará la generación y consolidación de espacios de participación ciudadana en temas de seguridad (Juntas Zonales de Seguridad, Comités, Mesas, entre otros); Igualmente, se promoverá la instalación y operación del Sistema de Información Local (SIL); Se apoyarán los procesos de autorregulación y corresponsabilidad ciudadana para la seguridad, al igual que la construcción sostenible de pactos de convivencia locales. Se motivará la participación e iniciativas ciudadanas, con el fortalecimiento de las gestiones de seguridad local, la realización de acciones tendientes al mejoramiento de relaciones entre la ciudadanía y la fuerza pública, las actividades de promoción de la convivencia frente a situaciones de control urbano y acciones dirigidas a la disminución del consumo de sustancias psicoactivas sobre todo en los jóvenes. Capítulo V Metas e Indicadores por Eje y programa ARTÍCULO 27.- Metas e indicadores del plan por Eje y Programa. Metas anuales
Metas anuales
Metas anuales
Parte II PLAN DE INVERSIONES Capítulo VI Plan Plurianual de Inversiones ARTÍCULO 28.- Financiación El financiamiento del PDL de Suba, es competencia exclusiva del ámbito distrital, así mismo la Administración de la Localidad de Suba adelantará diferentes acciones orientadas a garantizar una gestión fiscal y financiera eficiente, potenciando las fuentes de ingreso existentes en el marco de las normas vigentes a nivel local. Proyección recursos disponibles Plan Plurianual de Inversiones 2013 - 2016 Por Eje (Miles de pesos 2012)
Plan Plurianual de Inversiones 2013 - 2016 Por Eje y programa (Miles de pesos 2012)
(Miles de pesos 2012)
(Miles de pesos 2012)
ARTÍCULO 29. Ejecución El financiamiento del Plan de Desarrollo Local de Suba, proviene del Nivel Central Distrital y para su ejecución, la Administración de la Localidad de Suba adelantará diferentes acciones orientadas a garantizar una gestión fiscal y financiera eficiente, potenciando las fuentes de ingreso existentes en el marco de las normas vigentes a nivel local, realizando una ejecución plurianual durante la vigencia del presente plan. ARTÍCULO 30.- Fíjense las metas, programas indicadores durante la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero de 2013 a 31 de diciembre de 2016. ARTÍCULO 31.- Adelantar un proceso de acompañamiento y control del plan de desarrollo local. ARTÍCULO 32.- El presente acuerdo rige a partir de su fecha de sanción, previa publicación y deroga, modifica o suspende las disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Ponentes: José Yamid Sanmiguel Paulino Gutiérrez Castillo Dado en Bogotá D.C., a los veinticuatro (24) días del mes de Agosto de dos mil doce (2012). Cordialmente, ALEXANDER BUSTOS CARRERO Presidente - JAL Sancionado en Bogotá D.C., a los veintisiete (17) días del mes de Agosto de dos mil doce (2012). MARISOL PERILLA GÓMEZ Alcaldesa Local de Suba NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4960 de septiembre 6 de 2012. ANEXO Plan Plurianual de Inversiones 2013 - 2016 Por Eje, programa y meta EJE 1 (Miles de pesos 2012)
EJE 2 (Miles de pesos 2012)
EJE 3 (Miles de pesos 2012)
NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4960 del 6 de septiembre de 2012. |