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DIRECTIVA 012 DE 2012 (Diciembre 21)
Con el objeto de garantizar un proceso adecuado en la emisión de las declaraciones sugeridas del impuesto predial unificado para la vigencia gravable 2013, es necesario que las entidades citadas en el encabezado de la presente directiva, reporten la siguiente información: * A 30 de diciembre de 2012 deberán informar a la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, los predios ubicados en Bogotá de propiedad o posesión del Distrito Capital, que se encuentran bajo su administración, así como las modificaciones o novedades que hayan experimentado dichos inmuebles en sus elementos físicos y jurídicos, de conformidad con la Ley 14 de 1983 y la Resolución No. 70 de 2011, expedida por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi. Por lo anterior, se deberá dar cumplimiento a los lineamientos importados en la presente Directiva al interior de cada una de las entidades que ustedes dirigen. Cordialmente, GUSTAVO PETRO U. Alcalde Mayor de Bogotá, D.C. Aprobado por: Fernando Augusto Medina Gutiérrez Victoria Eugenia Parada Orozco Revisado por: Pablo Ferando Verástegui Niño Jairo Eduardo Lemus García Marcela Múnera Rivera Efren González Rodríguez. Proyectado por: Manuel Salvador Ayala Adíes |