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Acuerdo 13 de 1996 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
29/08/1996
Fecha de Entrada en Vigencia:
17/09/1996
Medio de Publicación:
Registro Distrital 1252 del 17 de septiembre de 1996
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Definición de vínculos para la Norma:

ACUERDO 13 de 1996

(agosto 29)

por el cual se suprime una Unidad Administrativa Especial y se conceden unas facultades.

El Concejo de Santa Fe de Bogotá, Distrito Capital, en uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el ordinal 9º del artículo 12º del Decreto 1421 de 1993,

ACUERDA

Artículo 1º.- Suprímase la Unidad Administrativa Especial, creada por el Acuerdo 11 de 1983, con el objeto de coordinar los programas de inversión del denominado Proyecto "CIUDAD BOLIVAR"

Artículo 2º.- Facúltase al Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá, por el término de 30 días, contados a partir de la fecha de promulgación del presente Acuerdo, para adoptar las medidas presupuestales y administrativas necesarias y suficientes para la supresión y liquidación de la Unidad Administrativa Especial a que se refiere el artículo anterior, y especialmente para la siguientes:

  1. Destino y disposición de los bienes de propiedad de la Unidad Administrativa Especial suprimida.

  1. Reconocimiento, liquidación y pago de los derechos, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales de los servidores públicos y trabajadores oficiales, que sean desvinculados con arreglo a las disposiciones legales vigente.

  1. Garantía de cumplimiento de las obligaciones que la Unidad Administrativa Especial haya contratado hasta la fecha de la firma del presente Acuerdo.

Artículo 3º.- El Alcalde Mayor dentro de su competencia resolverá en el término de tres meses la situación de los servicios públicos y trabajadores oficiales al servicio de la Unidad Administrativa suprimida.

Artículo 4º.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 29 agosto de 1996.

El Alcalde Mayor, AURELIJUS RUTENIS ANTANAS MOCKUS. El Presidente, TELESFORO PEDRAZA ORTEGA. El Secretario General, WILLIAM PIEREZ YUNES

NOTA: El presente Acuerdo aparece publicado en el Registro Distrital No. 1252 de Septiembre 17 de 1996.