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Resolución 1358 de 2001 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU - Dirección General

Fecha de Expedición:
22/05/2001
Fecha de Entrada en Vigencia:
22/05/2001
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2486 del 3 de octubre de 2001
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RDG013582001

RESOLUCIÓN 1358 DE 2001

(Mayo 22)

"Por la cual se modifica la Resolución No. 386 del 14 de abril de 1999 y se dictan otras disposiciones «

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO DE BOGOTA D.C., en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Artículo 17 numeral 2 del Acuerdo 19 de 1974, y

CONSIDERANDO:

Que es función y atribución del Director de la entidad, dirigir y coordinar el trabajo de funcionarios y empleados, de conformidad con lo preceptuado por el artículo 17, numeral 2 del Acuerdo 19 de 1972.

Que en uso de dicha atribución el Director General de la entidad expidió la resolución No. 386 del 14 de abril de 1999 mediante la cual estableció el horario de trabajo en el Instituto de Desarrollo Urbano, así como su sistema de control.

Que por Directiva No. 001 de 2001, el Alcalde Mayor estableció algunas directrices con criterio de racionalidad y austeridad del gasto público, en relación con el horario en las entidades.

Que en el artículo 11 de la Resolución 386 del 14 de abril se estableció que la Dirección General modificará o variará el sistema de horario de algunos funcionarios del Instituto, cuando por necesidades del servicio así se requiera.

Que la Dirección General considera que la modificación o variación en el sistema de horario de algunos funcionarios puede ser autorizado por la Dirección Técnica de Apoyo Corporativo, teniendo en cuenta que a la misma compete el suministro oportuno y suficiente del recurso humano para el cumplimiento de las funciones encomendadas a la entidad.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.- Modificar el artículo 11º de la Resolución No. 386 del 14 de abril de 1999, el cual quedará así:

" La Dirección Técnica de Apoyo Corporativo podrá modificar o variar el sistema de horario de algunos funcionarios del Instituto, cuando por necesidades del servicio así se requiera".

ARTICULO SEGUNDO.- La Dirección Técnica de Apoyo Corporativo establecerá el horario de marcación para los funcionarios a quienes se le establezca un sistema de horario diferente al establecido en la Resolución No. 386 del 14 de abril de 1999.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los veintidós (22) días del mes de Mayo del año dos mil uno (2001)

MARIA ISABEL PATIÑO OSORIO

Directora General.