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Decreto 348 de 2013 Nivel Nacional

Fecha de Expedición:
04/03/2013
Fecha de Entrada en Vigencia:
05/03/2013
Medio de Publicación:
Diario Oficial 48723 de marzo 5 de 2013
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 348 DE 2013

(Marzo 04)

Por el cual se modifica la estructura de la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de Juegos de Suerte y Azar (Coljuegos)

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

En ejercicio de sus facultades constitucio­nales y legales en especial las conferidas por el artículo 189, numeral 16 de la Constitución Política, el artículo 54 de la Ley 489 de 1998 y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110 del Decreto número 111 de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que el inciso final del artículo 2° del Decreto-ley número 4144 de 2011 dispuso que la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar será ejercida por el Vicepresidente de Desarrollo Organizacional de la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de Juegos de Suerte y Azar (Coljuegos).

Que el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar, de conformidad con lo previsto en el artículo 1° del Decreto-ley número 4144 de 2011, se encuentra adscrito al Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Que para efecto de asegurar el adecuado cumplimiento de las funciones asignadas al Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar y facilitar su manejo presupuestal, se considera necesario asignar al Presidente de la Empresa Industrial y Comercial del Estado Adminis­tradora del Monopolio Rentístico de Juegos de Suerte y Azar (Coljuegos), el manejo de los recursos que el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar y su Secretaría Técnica requieran para asumir eficiente y oportunamente las funciones que les han sido asignadas.

Que la Junta Directiva de Coljuegos, en reunión celebrada el 8 de febrero de 2013, como consta en el Acta número 014-2013, decidió someter a aprobación del Gobierno Nacional, la modificación de su estructura,

DECRETA:

Artículo 1°. Adición. Adiciónase el artículo 11 del Decreto número 4142 de 2011, con un numeral, así:

18. Ordenar los gastos y celebrar los contratos y convenios necesarios para el cumpli­miento de los objetivos y funciones del Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar y su Secretaría Técnica, dentro de los límites legales”.

Artículo 2°. Elaboración del presupuesto. Coljuegos deberá incluir anualmente, dentro de su Presupuesto, el rubro destinado a cubrir todos los gastos que requiera el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar y su Secretaría Técnica, para garantizar el eficiente y oportuno cumplimiento de las funciones a ellos asignadas en virtud del Decreto-ley número 4144 de 2011 y las normas que lo complementen y adicionen.

Artículo 3°. Vigencia y derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y adiciona el artículo 11 del Decreto número 4142 de 2011.

Dado en Bogotá D.C., a los 4 días del mes de marzo del año 2013

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Mauricio Cárdenas Santamaría.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Elizabeth Rodriguez Taylor.