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Decreto 351 de 2002 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
15/08/2002
Fecha de Entrada en Vigencia:
15/08/2002
Medio de Publicación:
Publicado en el registro distrital N° 2695 del 15 de agosto de 2002
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DAM03512002

DECRETO 351 DE 2002

(Agosto 15)

«Por el cual se efectúa una modificación en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, para la vigencia fiscal de 2002 con cargo al Fondo de Compensación Distrital».

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL,

En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, el Decreto 714 de 1996, y el Decreto Reglamentario 396 de 1996 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 63 del Decreto 714 de 1996, «Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y el Acuerdo 20 de 1996, que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital», establece que podrán efectuarse modificaciones al Presupuesto mediante traslados presupuestales, créditos adicionales y cancelación de apropiaciones.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Decreto 714 de 1996, con cargo al Fondo de Compensación Distrital, se podrán atender los faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento de las entidades en la respectiva vigencia fiscal.

Que el Decreto Reglamentario 396 de 1996, en su artículo 2o., dispone que cuando durante la ejecución del Presupuesto Anual del Distrito Capital se hiciere indispensable utilizar los recursos del Fondo de Compensación Distrital para atender faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento, la Secretaría de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto - estudiará, evaluará los requerimientos y preparará el acto administrativo correspondiente.

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 2o. del Decreto Reglamentario 396 de 1996, las operaciones presupuestales que afecten los recursos del Fondo de Compensación Distrital se harán mediante Decreto del Alcalde Mayor, previa expedición del certificado de disponibilidad presupuestal por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto.

En virtud de lo anterior,

DECRETA:

ARTÍCULO 1.- Trasládese en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal de 2002, la suma de mil novecientos veinticuatro millones ciento treinta mil setecientos once pesos ($1.924.130.711) Moneda Corriente, según el siguiente detalle:

CONTRACRÉDITOS

111

SECRETARÍA DE HACIENDA DISTRITAL

 

02

DIRECCIÓN DISTRITAL DE PRESUPUESTO

1.924.130.711

3

GASTOS

 

3 1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

 

3 1 3

TRANSFERENCIAS PARA FUNCIONAMIENTO

 

3 1 3 02

OTRAS TRANSFERENCIAS

 

3 1 3 02 01

Fondo de Compensación Distrital

1.924.130.711

 

SUMAN LOS CONTRACRÉDITOS

1.924.130.711

CRÉDITOS

106

UNIDAD EJECUTIVA DE SERVICIOS PÚBLICOS «UESP»

1.924.130.711

3

GASTOS

 

3 1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

 

3 1 1

ADMINISTRATIVOS Y OPERATIVOS

 

3 1 1 02

GASTOS GENERALES

 

3 1 1 02 07

Sentencias Judiciales

1.924.130.711

 

SUMAN LOS CRÉDITOS

1.924.130.711

ARTÍCULO 2.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los quince (15) días del mes de agosto de dos mil dos (2002).

ANTANAS MOCKUS SIVICKAS

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

ISRAEL FAINBOIM YAKER

Secretario de Hacienda

NOTA: Publicado en el Registro Distrital No. 2695 de Agosto 15 de 2002.