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Resolución 798 de 2002 Secretaría Distrital de Hacienda

Fecha de Expedición:
03/07/2002
Fecha de Entrada en Vigencia:
03/07/2002
Medio de Publicación:
Publicada en el registro distrital 2666 del 3 de julio de 2002
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RSH007982002

RESOLUCION 798 DE 2002

(Junio 28)

«Por la cual se modifica la Resolución 1195 del 17 de noviembre de 1998»

EL SECRETARIO DE HACIENDA DEL DISTRITO CAPITAL DE BOGOTÁ.

En uso de sus facultades legales y reglamentarias y en especial las que le confiere el inciso tercero del artículo 45 del Decreto Distrital 807 de 1993.

CONSIDERANDO:

Que la Resolución 1195 del 17 de noviembre de 1998, establece la nueva clasificación de las actividades económicas para el impuesto de industria y comercio en el Distrito Capital de Bogotá.

Que las Resoluciones 172 y 1367 del 18 de febrero de 1999 y 29 de diciembre de 2000 respectivamente, modifican parcialmente la Resolución 1195 de 1998, en cuanto a la descripción de algunos códigos de actividad y creando otros códigos.

Que para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes del impuesto de industria y comercio y conforme a lo dispuesto por el Concejo Distrital en Acuerdo 65 de 2002, se hace necesario modificar la descripción de algunas actividades, además de eliminar y crear otros códigos de actividad.

RESUELVE

ARTÍCULO 1º.- Modifícase la descripción de la siguiente actividad económica:

Código CIIU-AC-DC

Descripción de Actividad Económica

Tarifa 2002

(Por mil)

Tarifa 2003 y siguientes (Por mil)

22112

Edición de folletos, partituras y otras publicaciones

9.6

11.04

ARTÍCULO 2º.- Elimínese el siguiente código de actividad económica:

Código CIIU-AC-DC

Descripción de Actividad Económica Tarifa (Por mil)

Tarifa

(Por mil)

8000

Educación

7

ARTÍCULO 3º.- Adiciónese los siguientes códigos de actividades económicas:

Código CIIU-AC-DC

Descripción de Actividad Económica

Tarifa 2002

Tarifa 2003 y siguientes (Por mil)

8011

Educación preescolar

7

7

8012

Educación básica primaria

7

7

8021

Educación básica secundaria

7

7

8022

Educación media

7

7

8030

Servicio de educación laboral especial

8.4

9.66

8041

Establecimientos que prestan el servicio de educación preescolar y básica primaria

7

7

8042

Establecimientos que prestan el servicio de educación preescolar y básica (básica primaria y básica secundaria)

7

7

8043

Establecimientos que prestan el servicio de educación preescolar, básica (básica primaria y básica secundaria) y media

7

7

8044

Establecimientos que prestan el servicio de educación básica (básica primaria y básica secundaria)

7

7

8045

Establecimientos que prestan el servicio de educación básica (básica primaria y básica secundaria) y media

7

7

8046

Establecimientos que prestan el servicio de educación básica secundaria y media

7

7

8050

Educación superior

8.4

9.66

80601

Educación no formal (excepto programas de educación básica primaria, básica secundaria y media no gradual con fines de validación)

8.4

9.66

80602

Educación no formal impartida mediante programas de educación básica primaria, básica secundaria y media no gradual con fines de validación

7

7

22113

Edición de libros

8

8

ARTÍCULO 4º. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los veintiocho (28) días del mes de Junio del año 2002.

HÉCTOR ZAMBRANO RODRÍGUEZ

Secretario de Hacienda Distrital (E).

Nota: Esta Resolución fue publicada en el Registro Distrital 2666 de julio 07 de 2002.