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Proyecto de Acuerdo 12 de 2001 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--//2001
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo de Bogotá
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PAC00122001

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS, PROYECTO DE ACUERDO 012 DE 2001

POR EL CUAL SE MODIFICA EL NOMBRE A UNOS PLANTELES EDUCATIVOS OFICIALES EN EL DISTRITO CAPITAL DE BOGOTA.

El Departamento de Cundinamarca tenía funcionando en el Distrito Capital tres establecimientos educativos: Liceo Femenino de Cundinamarca Mercedes Nariño, Colegio Departamental Silveria Espinosa de Rondón y Colegio Departamental Integrado de Fontibon, los cuales pretendían ser cerrados por la necesidad que argumentaba el Gobernador de Cundinamarca en la utilización de las plazas de maestros y personal administrativo, en municipios de su departamento.

Con lo anterior se pretendía desconocer la responsabilidad de Cundinamarca con Bogotá, según lo consagra el Artículo 322. de la Constitución Nacional "Santa Fe de Bogotá, capital de la Republica y del Departamento de Cundinamarca, se organiza como distrito capital." Igualmente afectar el proceso educativo de innumerables jóvenes que vienen estudiando en estos establecimientos educativos.

Como fue de publico conocimiento, se organizó una campaña liderada por la comunidad educativa de los planteles mencionados para evitar el cierre de los mismos, en la cual el Concejo de Bogotá tuvo una activa participación.

Se logro que el Congreso de la República interviniera y fue así como la ley 715, del 21 de diciembre del 2.001, en su artículo 109 establece:

"Traspaso del servicio en Bogotá. Con el fin de garantizar la continuidad en la prestación del servicio educativo en los colegios Liceo Femenino de Cundinamarca Mercedes Nariño, Silveria Espinosa de Rondón y Colegio Departamental Integrado de Fontibon, la administración y las plantas de dichos colegios, serán transferidos del Departamento de Cundinamarca al Distrito Capital. El Distrito Capital financiará el servicio con los recursos del Sistema General de Participaciones se le asigne por población atendida, y se autoriza al gobierno Nacional para que se reconozca al Departamento de Cundinamarca el valor correspondiente al avalúo de los mencionados inmuebles. Para el perfeccionamiento de lo anterior, y sin suspender la continuidad del servicio educativo, se suscribirá un convenio interadministrativo entre las entidades territoriales.

PARÁGRAFO: Para los efectos del presente artículo el Departamento de Cundinamarca conservará las plazas liberadas de personal docente y administrativo de los colegios relacionados a fin de distribuirlas según las necesidades del servicio, y que financiará con los recursos que reciba del sistema general de participaciones de conformidad con la presente ley."

Con lo anterior se garantizo la continuidad de los establecimientos educativos mencionados y de los estudios de miles de jóvenes que se encuentran matriculados en los mismos.

Se hace necesario buscar fortalecer el sentido de pertenencia de las comunidades educativas de los tres colegios transferidos al Distrito Capital de Bogotá, por lo cual se presenta la siguiente propuesta de modificación de nombre de estos establecimientos educativos a esta Honorable corporación:

1. El Colegio Departamental SILVERIA ESPINOSA DE RONDON, se le cambia la palabra departamental por Distrital, quedando COLEGIO DISTRITAL SILVERIA ESPINOSA DE RONDON.

2. El Liceo Femenino de Cundinamarca "Mercedes Nariño" se denominará LICEO FEMENINO DISTRITO CAPITAL "MERCEDES NARIÑO".

3. El Colegio Departamental integrado de Fontibón se denominara Colegio Distrital PEDRO MARTINEZ. Esta propuesta para el cambio de nombre al Colegio departamental Integrado de Fontibon se hace para efectuar un reconocimiento a las innumerables jóvenes que participaron en la continuidad de sus establecimientos educativos, logrando para ellas una victoria en su lucha de propósitos loables para la sociedad, que igualmente hizo en su momento por un joven campesino en la Batalla de Boyacá.

Pedro Martínez según relata la historia, fue un Joven soldado campesino, que participo en él ejercito patriota para expulsar a los españoles y lograr la independencia, este niño que su corta edad logro una asaña en su participación en la batalla de Boyacá, fue quien capturó al General BARREIRO y lo puso a disposición de la autoridad de ese momento.

Sobre este particular el libro HISTORIA DE COLOMBIA PARA LA ENSEÑANZA SECUNDARIA, de Jesús Maria Henao y Gerardo Arrubla, menciona:

"Según boletín del ejercito sobre la batalla de Boyacá, el soldado del Iº de rifles PEDRO MARTINEZ aprehendió a Barreiro, y que después de la batalla anochecía ya cuando Martínez tomo prisionero a Barreiro que se hallaba oculto en unos barrancos cerca del río. El prisionero pretendió defenderse pudo escapar los golpes de lanza que le dirigió el soldado, gracias a la coraza aunque fue herido levemente en la garganta; al verse perdido Barreiro le ofreció a cambio de su libertad una faja de onzas de oro que tenía en el cinto, diciéndole al aprehensor "yo soy el general Barreiro toma y suéltame". "Siga adelante, si no lo arreamos" fue la respuesta imperativa de Martínez, y lo presento al vencedor. (Boletín de historia y antigüedades 1.903)"

Con esto se pretende rendir un homenaje a la participación decidida de las niñas y jóvenes que fueron un baluarte para el logro de la permanencia de los establecimientos educativos mencionados, que igual para ellas y para el joven Martínez, con sus acciones lograron dar un ejemplo a la sociedad y demostrar la fortaleza de una juventud, en momentos diversos de nuestra historia.

Igualmente esta denominación es un homenaje a muchos jóvenes soldados que buscan un mejor país, teniendo en cuenta las actuales circunstancias.

Dentro de las facultades de esta Honorable Corporación se encuentra: Articulo 12. del decreto ley 1421, Corresponde al concejo distrital: No. 1. Dictar normas necesarias para el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito.

Por lo anteriormente expuesto, ponemos en consideración de la Honorable Corporación, el presente proyecto de Acuerdo, el cual busca fortalecer el sentido de pertenencia con nuestra ciudad y la convivencia ciudadana.

Cordial saludo.

JOSE ABEL VALOYES CHAVERRA.

CONCEJAL DE BOGOTA.

JORGE ERNESTO SALAMANCA C.

CONCEJAL DE BOGOTA.

COLIN CRAWFORD

CONCEJAL DE BOGOTA.

 

PROYECTO DE ACUERDO 012 DE 2001

"POR EL CUAL SE MODIFICA EL NOMBRE A UNOS PLANTELES EDUCATIVOS OFICIALES EN EL DISTRITO CAPITAL DE BOGOTA."

EL HONORABLE CONCEJO DE BOGOTA, DISTRITO CAPITAL,

en uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el Decreto Ley 1421 de 1.993, Artículo 12, numeral 1.

ACUERDA:

ARTICULO 1º. Modifíquese el nombre de los Siguientes planteles Educativos:

  • Liceo Femenino de Cundinamarca Mercedes Nariño por LICEO FEMENINO DISTRITO CAPITAL "MERCEDES NARIÑO".
  • Colegio Departamental Silveria Espinasa de Rondón por COLEGIO DISTRITAL SILVERIA ESPINASA DE RONDON.
  • Colegio Departamental lntegrado de Fontibón por COLEGIO DISTRITAL PEDRO MARTINEZ.

ARTICULO 2. El presente Acuerdo, rige a partir de su publicación.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

Dado en Bogotá, a los del año 2.002