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DECRETO 396 DE 2002 (Septiembre 12) "Por el cual se efectúa una modificación en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, para la vigencia fiscal de 2002 con cargo al Fondo de Compensación Distrital" EL ALCALDE MA YOR DE BOGOTA D.C. en uso de sus atribuciones legales yen especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, el Decreto 714 de 1996 y el Decreto Reglamentario 396 de 1996 y, CONSIDERANDO: Que el articulo 63 del Decreto 714 de 1996, "Por el cual se compilan el Acuerda 24 de 1995 y el Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánica del Presupuesto Distrital", establece que podrán efectuarse modificaciones al Presupuesta mediante traslados presupuestales, créditos adicionales y cancelación de apropiaciones. Que de conformidad con lo dispuesto en el articulo 35 del Decreto 714 de 1996, con cargo al Fonda de Compensación Distrital, se podrán atender los faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento de las entidades en la respectiva vigencia fiscal. Que el Decreto Reglamentario 396 de 1996, en su articulo 2°, dispone que cuando durante la ejecución del Presupuesto Anual del Distrito Capital se hiciere indispensable utilizar los recursos del Fondo de Compensación Distrital para atender faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento, la Secretaria de Hacienda -Dirección Distrital de Presupuesta -estudiara, evaluara los requerimientos y preparara el acto administrativo correspondiente. Que conforme a lo dispuesta en e1 articulo 2°, del Decreto Reglamentario 396 de 1996, las operaciones presupuestales que afecten los recursos del Fondo de Compensación Distrital se harán mediante Decreta del Alcalde Mayor, previa expedición del certificado de disponibilidc3d presupuestal por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto. Que en merito de 10 expuesto, DECRETA: ARTÍCULO 1°. Trasládese en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal de 2002, la suma de Treinta y Tres Millones de Pesos ($33.000.000) Moneda Corriente, según el siguiente detalle: CONTRACREDITOS
CREDITOS
ARTICULO 2°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.PUBLIQUESE Y CUMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los 12 días del mes de septiembre del año dos mil dos (2002) EL ALCALDE MAYOR, D.C. ANTANAS MOCKUS SIVICKAS EL SECRETARIO DE HACIENDA, ISRAEL FAINBOIM YAKER NOTA: Publicado en el registro distrital 2716 del 16 de septiembre de 2002 |