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Decreto 270 de 2002 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
27/06/2002
Fecha de Entrada en Vigencia:
27/06/2002
Medio de Publicación:
Publicado en el registro distrital 2664 del 27 de junio de 2002
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DAM02702002

DECRETO 270 DE 2002

(Junio 27)

«Por el cual se modifican los Decretos 955 de 2001 y 072 de 2002".

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 64 del Decreto 714 de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Acuerdo 47 del 9 de diciembre de 2001 se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la Vigencia Fiscal comprendida entre el 1o. de enero y el 31 de diciembre del año 2002, el cual fue liquidado según el Decreto 954 del 31 de diciembre de 2001.

Que el Gobierno Distrital expidió el Decreto 955 de 2001, «Por el cual se suspenden unas apropiaciones del Presupuesto de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal de 2002».

Que es necesario levantar la suspensión aplicada a unas apropiaciones del Presupuesto de Inversión de la Secretaría de Hacienda, para permitir la ejecución de unos proyectos prioritarios contemplados en el Plan de Desarrollo y a la vez aplicarla a otros proyectos de la misma entidad en igual cuantía.

Que la modificación a realizar con el presente Decreto no afecta el monto total de la suspensión ordenada por el Decreto 955 de 2001 y sus Decretos modificatorios.

En virtud de lo anterior,

Ver Decreto Distrital 955 de 2001

Ver Decreto Distrital 72 de 2002

DECRETA:

ARTÍCULO 1o.- Levantar la suspensión en unas apropiaciones del Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, correspondiente a la vigencia fiscal del año 2002, así:

111

SECRETARÍA DE HACIENDA

 

01

DESPACHO

 

3

GASTOS

 

3 3

INVERSIÓN

2.785.791.720

3 3 1

DIRECTA

2.785.791.720

3 3 1 11

BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado

2.785.791.720

3 3 1 11 01

CULTURA CIUDADANA

662.619.000

3 3 1 11 01 03

Aportar de buena gana

662.619.000

3 3 1 11 01 03 7119

Fortalecimiento de la Hacienda Pública Distrital -plan antievasión

62.619.000

3 3 1 11 01 03 7199

Información tributaria al contribuyente

600.000.000

3 3 1 11 07

GESTIÓN PÚBLICA ADMIRABLE

2.123.172.720

3 3 1 11 07 33

Administración a la medida

2.123.172.720

3 3 1 11 07 33 0121

Aseguramiento de la calidad en los procesos de la Secretaría de Hacienda orientados al ciudadano y de mayor impacto

145.572.720

3 3 1 11 07 33 0138

Diseño e implantación de un sistema de costeo por productos como herramienta del presupuesto inteligente

147.600.000

3 3 1 11 07 33 6018

Diseño, montaje y puesta en marcha del sistema integrado de información

1.700.000.000

3 3 1 11 07 33 7118

Modernización institucional del Distrito Capital

30.000.000

3 3 1 11 07 33 7200

Fortalecimiento del sistema contable público del Distrito Capital

100.000.000

 

TOTAL SUSPENSlÓN LEVANTADA

2.785.791.720

ARTÍCULO 2o.- El monto correspondiente a la suspensión levantada de que trata el artículo 1o. del presente Decreto, se compensará con la suspensión de las siguientes partidas del Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Distrito Capital correspondiente a la vigencia fiscal del año 2002 así:

111

SECRETARÍA DE HACIENDA

 

01

DESPACHO

 

3

GASTOS

 

3 3

INVERSIÓN

2.785.791.720

3 3 1

DIRECTA

2.785.791.720

3 3 1 11

BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado

2.785.791.720

3 3 1 11 07

GESTIÓN PÚBLICA ADMIRABLE

2.785.791.720

3 3 1 11 07 33

Administración a la medida

2.785.791.720

3 3 1 11 07 33 3031

Construcción del refuerzo estructural de la torre A del CAD

1.671.654.720

3 3 1 11 07 33 7221

Construcción, dotación y organización documental del archivo de la Secretaría de Hacienda

1.114.137.000

 

TOTAL SUSPENSIÓN

2.785.791.720

ARTÍCULO 3o.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los veintisiete (27) días del mes de junio de dos mil dos (2002).

ANTANAS MOCKUS SIVICKAS

Alcalde Mayor

HÉCTOR ZAMBRANO RODRÍGUEZ

Secretario de Hacienda (E.)

Nota: Este Decreto fue publicado en el Registro Distrital 2664 de Junio 27 de 2002.