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Decreto 2334 de 1999 Nivel Nacional

Fecha de Expedición:
23/11/1999
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/11/1999
Medio de Publicación:
Publicado en el Diario Oficial No. 43.795 de Noviembre 26 de 1999
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 2334 DE 1999

(Noviembre 23)

Derogado por el art. 83, Decreto Nacional 066 de 2008

"Por el cual se adiciona el artículo 4° del Decreto 855 de 1994".

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1°. Adiciónase el artículo 4° del Decreto 855 de 1994 con el numeral 19, cuyo texto es el siguiente:

"19. La construcción de obras públicas cuyas características especiales tengan relación directa con la defensa y seguridad nacionales, previo concepto favorable del Ministro de Defensa Nacional".

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a los 23 días de noviembre de 1999.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro del Interior,

Néstor Humberto Martínez Neira.

El Ministro de Defensa Nacional,

Luis Fernando Ramírez Acuña.

NOTA: Publicado en el Diario Oficial No. 43.795 de Noviembre 26 de 1999.