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Resolución 3281 de 2015 Ministerio de Educación Nacional

Fecha de Expedición:
13/03/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Diario Oficial 49455 de marzo 16 de 2015.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 3281 DE 2015

 

(Marzo 13)

 

Por la cual se delega la función prevista en el literal b) del artículo 11 de la Ley 1697 de 2013

 

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL

 

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 4 del artículo 15 y 211 de la Constitución Política, el artículo de la Ley 489 de 1998, el Decreto 5012 de 2009, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 15 de la Constitución Política consagra que, para los efectos tributarios o judiciales y para los casos de inspección, vigilancia e intervención del Estado, podrá exigirse la presentación de libros de contabilidad y demás documentos privados, en los términos que señale la ley.

 

Que el artículo 211  (sic) de la Constitución Política autoriza a las autoridades administrativas para delegar en sus subalternos o en otras autoridades las funciones que expresamente les señale la ley, y en desarrollo de lo allí dispuesto, el artículo de la Ley 489 de 1998, autoriza expresamente a los Ministros para delegar “… la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente…”.

 

Que la Ley 1697 de 2013 creó la estampilla Pro Universidad Nacional de Colombia y demás universidades estatales de Colombia y en su artículo 11 estableció que la dirección y administración del Fondo Nacional de las Universidades Estatales de Colombia corresponde al Ministerio de Educación Nacional, quien deberá velar porque ingresen efectivamente al Fondo los recursos provenientes de dicha estampilla.

 

Que en concordancia con lo anterior, el artículo de la Ley 1066 de 2006 estableció que los servidores públicos que tengan a su cargo el recaudo de obligaciones a favor del Tesoro Público deberán realizar su gestión de manera ágil, eficaz, eficiente y oportuna.

 

Que el artículo 11 del Decreto 1050 de 2014, señala que el Cobro Administrativo Coactivo de los recursos por estampilla Pro Universidad Nacional de Colombia y demás universidades estatales de Colombia, se realizará de conformidad con el procedimiento establecido por el artículo de la Ley 1066 de 2006 y estará a cargo de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), según lo señalado en el artículo de la Ley 1697 de 2013, sobre el acreedor de la obligación tributaria creada.

 

Que, en consecuencia, se hace necesario delegar la función de adelantar los trámites administrativos necesarios para velar por el efectivo ingreso de los recursos provenientes de la contribución parafiscal establecida en la Ley 1697 de 2013 al Fondo Nacional de las Universidades Estatales de Colombia, incluida la facultad para celebrar acuerdos de pago, así como la de dar traslado de la información correspondiente a la DIAN para lo de su competencia.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°. Delegar al cargo de la Subdirección de Gestión Financiera del Ministerio de Educación Nacional, la competencia otorgada por la ley, para adelantar los trámites administrativos necesarios para velar por el efectivo ingreso de los recursos provenientes de la contribución parafiscal establecida en la Ley 1697 de 2013 al Fondo Nacional de las Universidades Estatales de Colombia, incluida la facultad para celebrar acuerdos de pago, así como la de dar traslado de la información correspondiente a la DIAN para lo de su competencia.

 

Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su comunicación.

 

Expedida en Bogotá D.C., a los 13 días del mes de marzo del año 2015

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

La Ministra de Educación Nacional

 

Gina María Parody D’Echeona