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Decreto Local 7 de 2015 Alcaldía Local de Ciudad Bolívar

Fecha de Expedición:
21/08/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
31/08/2015
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5662 de agosto 31 de 2015.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 007 DE 2015

 

(Agosto 21)

 

“Por medio del cual se efectúa el ajuste al Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la vigencia fiscal 2015, por efectos del cierre presupuestal 2014”.

 

EL ALCALDE LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR (E)

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que de acuerdo con el Decreto No. 372 del 30 de agosto de 2010, “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local- F.D.L.”, en su artículo 31, y Resolución No. SDH-000383 del 15 de septiembre de 2010, “Por medio de la cual se adopta el Manual del proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local -FDL”, y la Resolución SHD 000383 de 2010 “Manual Operativo Presupuestal para los Fondos de Desarrollo Local”, establece el procedimiento necesario para el Ajuste por Cierre Presupuestal para una vigencia.

 

Que el artículo 36 del Decreto 372 de 2010, determina que el Alcalde Local por Decreto incrementará o reducirá el monto de las Obligaciones por Pagar para Llevarlas al valor real, siempre y cuando no se superen las partidas aprobadas por la JAL.

 

Que de conformidad con lo estipulado en la Circular conjunta 02 de 2014, se establece el ajuste de las Obligaciones por Pagar de funcionamiento e inversión programadas para la vigencia 2015, al valor realmente constituido.

 

Que, mediante oficio Nº 2015EE148363 del 05 Junio de 2015, la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, informa que el Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar debe realizar un ajuste presupuestal por $232.052.160.

 

Que de acuerdo con las cifras de cierre de vigencia 2014, el ajuste consiste en reducir las Obligaciones por Pagar de Gastos de Funcionamiento en $232.052.160, a fin de igualarlas al monto real constituido a 31 de diciembre de 2014.

 

Que, mediante oficio Nº 2015EE215042 del 21 de agosto de 2015, la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto emite concepto favorable al Ajuste de las obligaciones por pagar del FDLCB, programadas en el presupuesto de Funcionamiento e Inversión de la Vigencia 2015.

 

Que la presente modificación presupuestal la ampara el Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 729

 

Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

Ver Acuerdo Local 048 de 2014.

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°: Efectúese un ajuste en el Presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2015, por la suma de DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES CINCUENTA Y DOS MIL CIENTO SESENTA PESOS ($ 232.052.160) M/CTE, conforme al siguiente detalle:

 

CODIGO

NOMBRE

REDUCIR

3.

GASTOS

232.052.160

3.1.8

OBLIGACIONES POR PAGAR

232.052.160

3.1.8.02

GASTOS GENERALES

232.052.160

3.1.8.02.01

Adquisición de Bienes

103.241.000

3.1.8.02.01.02

Gastos de Computador

24.000.000

3.1.8.02.01.03

Combustible, Lubricantes y Llantas

66.741.000

3.1.8.02.01.04

Materiales y Suministros

12.500.000

3.1.8.02.02

Adquisición de Servicios

128.811.160

3.1.8.02.02.05

Mantenimiento y Reparaciones

128.811.160

3.1.8.02.02.05.0001

Mantenimiento Entidad

128.811.160

TOTAL

232.052.160

 

ARTÍCULO 2° El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Expedido en Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de agosto del año 2015.

 

CRISTÓBAL PADILLA TEJADA

 

Alcalde Local de Ciudad Bolívar (E)

 

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5662 de agosto 31 de 2015.