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DECRETO LOCAL 14 DE 2015 (Noviembre 3) "Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la vigencia fiscal 2015". EL ALCALDE LOCAL DE ENGATIVÁ En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y CONSIDERANDO: Que el tercero inciso del artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010 estipula sobre, los traslados presupuestales: "…Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital, para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el Proyecto de Acuerdo respectivo a la JAL. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.Que el Proyecto "1229 Promoción Formación y apropiación deportiva y recreativa" ha alcanzado por componentes el 95% de Ejecución meta Planta de Desarrollo Local de Engativá para el cuatrenio, y a 31 de diciembre de 2015 algunos de estos componentes han superado ésta meta. Que se encuentran disponibles $ 410.821.291.oo, en el proyecto "1229 Promoción, Formación y apropiación deportiva y recreativa", debido a que a 31 de Diciembre 2015 se han comprometido recursos de ésta vigencia que alcanzan a realizar las actividades requeridas para el logro de la meta Plan de Desarrollo del Cuatrenio del 95%. Que el Proyecto 1222 "Rehabilitación y mantenimiento de la malla vial y el espacio público" requiere de carácter urgente, ser fortalecido económicamente dado que el Contrato de suministro de materiales, retiro de escombros, suministro de emulsión asfáltica y suministro de agua para riego, se encuentra vigente a Noviembre de 2015, pero se agotaron los recursos para estos suministros y para el funcionamiento de la Maquinaria Amarilla de propiedad del Fondo de Desarrollo Local de Engativá. Que las prestaciones de servicios de operarios del mantenimiento de la malla vial y el manejo de la maquinaria, se vencen el mes de Noviembre de 2015 y requieren ser adicionados a 31 de Enero de 2016, con el fin de dar continuidad en la operación de la maquinaria amarilla y el avance de los trabajos de mantenimiento de la capa asfáltica, trabajos que han permitido la atención inmediata de los requerimientos de la comunidad y la continuidad de la intervención de más kilómetros carril. Que se requieren trasladar $410.821.291.oo que se encuentran disponibles en el Proyecto "1229 Promoción, Formación y apropiación deportiva y recreativa" al proyecto 1222 "Rehabilitación y mantenimiento de la malla vial y el espacio público". Que mediante oficio No. 2-2015-51743 del 19 de Octubre de 2015 la Secretaría Distrital de Planeación, emite concepto previo y favorable sobre el traslado presupuestal relacionado con los gastos de inversión, en tanto el contracrédito y crédito no causan afectaciones negativas en el avance de las metas contempladas en el plan de desarrollo local. Que mediante oficio No. 2015EE277288 del 3 de Noviembre de 2015 la Dirección Distrital de Presupuesto, emite concepto favorable a la modificación presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Inversión vigencia 2015 por valor de $410.821.291.oo.. Que para el presente traslado se expide el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 1099, del 09 de octubre de 2015. Que en mérito de lo anteriormente expuesto, DECRETA: ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese un contracrédito al Presupuesto de Gastos e Inversiones de la vigencia 2015 del Fondo de Desarrollo Local de Engativa conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos e Inversiones de la vigencia 2015 del Fondo de Desarrollo Local de Engativa conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Se expide en Bogotá D.C., a los 3 días del mes de noviembre de 2015. CARLOS MAURICIO NARANJO PLATA Alcalde Local de Engativá NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5707 de noviembre 4 de 2015. |