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Resolución 283 de 2014 Veeduría Distrital

Fecha de Expedición:
22/12/2014
Fecha de Entrada en Vigencia:
22/12/2014
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5730 de diciembre 09 de 2015.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 283 DE 2014

 

(Diciembre 22)

 

“Por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución 129 de 2012 “Por la cual se establecen y se adoptan, el propósito, la misión, la visión, los objetivos y las políticas institucionales de la Veeduría Distrital y se ordena su divulgación, socialización y sensibilización”.

 

LA VEEDORA DISTRITAL,

 

en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las conferidas por el Acuerdo 24 de 1993, modificado por el Acuerdo 207 de 2006, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Entidad, mediante Resolución 129 del 1 de septiembre de 2012, estableció y adoptó los elementos de la plataforma estratégica de la Entidad, su misión, visión, objetivos y políticas institucionales, alineados con el Plan de Desarrollo Económico y De Obras Públicas 2012-2016 “Bogotá Humana”.

 

Que la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor, a finales de 2013 y en ejecución del Plan de Trabajo establecido para la implementación del Sistema Integrado de Gestión (SIG) en las Entidades Distritales, determinó los lineamientos para la construcción e implementación de la política y los objetivos del SIG.

 

Que en el Comité Directivo, realizado el 16 de diciembre de 2014, se presentaron y aprobaron las modificaciones propuestas a la Visión y a la Política del Sistema Integrado de Gestión de la Entidad.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Modificado por el art. 3, Resolución 313 de 2016. Modificar la Visión establecida en el Artículo Primero de la Resolución 129 de 2012, la cual quedará así:

 

VISIÓN

Ser una Entidad respetada por su capacidad técnica para fortalecer el control preventivo, recuperar la confianza en las instituciones e incidir en todos los escenarios de la gestión pública.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Modificar el literal 7 de las POLÍTICAS INSTITUCIONALES incluidas en el Artículo Primero de la Resolución 129 de 2012, en lo relativo a la definición de la Política del Sistema Integrado de Gestión, la cual quedará así:

 

POLÍTICA DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN

 

La Veeduría Distrital, como organismo de vigilancia y control que promueve la transparencia y contribuye a la prevención de la corrupción en la gestión pública distrital, busca la satisfacción de necesidades y expectativas de los usuarios y partes interesadas, con el cumplimiento pleno de los requisitos legales y organizacionales del Sistema Integrado de Gestión.

 

Acorde con lo anterior, la Veeduría Distrital en el desarrollo de su misión se compromete con:

 

* La identificación y prevención de las condiciones y factores que afectan o pueden afectar la salud y seguridad del personal, para garantizar un ambiente de trabajo adecuado.

 

* La protección, confidencialidad, integridad, disponibilidad y autenticidad de los activos de información.

 

* La administración y conservación de los documentos de archivo producidos en el ejercicio de su gestión, así como la preservación de la memoria institucional.

 

* La prevención de la contaminación y la mitigación o compensación de los impactos ambientales generados con su quehacer misional.

 

La Veeduría Distrital fortalece el desarrollo de su personal y promueve un ambiente de responsabilidad social y la participación de los usuarios y partes interesadas, destinando los recursos necesarios para elevar los niveles de eficacia, eficiencia y efectividad y el mejoramiento continuo de su Sistema Integrado de Gestión.

 

ARTÍCULO TERCERO: Los demás artículos de la Resolución 129 de 2012 no incluidos en la presente Resolución continúan vigentes.

 

ARTÍCULO CUARTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 22 días del mes de diciembre del año 2014.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

ADRIANA CÓRDOBA ALVARADO

 

Veedora Distrital

 

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5730 de diciembre 09 de 2015.