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Decreto Local 1 de 2016 Alcaldía Local de Suba

Fecha de Expedición:
04/01/2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
13/01/2016
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5753 de enero 13 de 2016
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 001 DE 2016

 

(Enero 4)

 

“Por el cual se aclara el encabezado, la numeración y  los artículos 1, 2 y 3  del Decreto Local No. 011 del 24 de diciembre de 2015”.

 

EL ALCALDE LOCAL DE SUBA

 

En ejercicio de las facultades que le confiere el Artículo 19 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que se expidió el Decreto Local No. 011 de 2015, cuyo objeto es liquidar el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión de la Alcaldía Local de Suba para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del 2016.

 

Que en el encabezado del citado decreto se evidencia un error de digitación que hace necesaria su aclaración para efectos de que sea concordante con lo estipulado en el manual operativo presupuestal del Distrito Capital Resolución SDH No. 226 del 8 de Octubre de 2014, página 265 formato 23, “Decreto de Liquidación del Presupuesto Local”.

 

Que en artículo Segundo del decreto No. 011 de 2015,  se evidencia un error de digitación que hace necesaria su aclaración para efectos de que sea concordante con lo estipulado en el manual operativo presupuestal del Distrito Capital Resolución SDH No. 226 del 8 de Octubre de 2014, página 265 formato 23, “Decreto de Liquidación del Presupuesto Local”.

 

Que en artículo Tercero del precitado decreto,  se evidencia un error de digitación en el texto y otro en  los códigos de las imputaciones presupuestales Obligaciones por Pagar, Gastos Generales , Seguros, Seguros entidad, Seguros de Vida Ediles, Seguros de Salud Ediles, Servicios Públicos, Energía, Acueducto y Alcantarillado, Aseo y Teléfono. Lo que hace necesaria su aclaración.

 

Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO  PRIMERO: Aclarar el encabezado del Decreto Local 011 del 24 de diciembre de 2015, el cual quedará así:

 

DECRETO LOCAL No. 011 (Diciembre 24 de 2015) “Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Suba para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016”.

 

ARTÍCULO  SEGUNDO. Suprimir el artículo primero del Decreto Local 011 de 2015 en concordancia con lo estipulado en el manual operativo presupuestal del Distrito Capital Resolución SDH No. 226 del 8 de Octubre de 2014, página 265 formato 23, “Decreto de Liquidación del Presupuesto Local”.

 

ARTÍCULO  TERCERO: Aclarar el artículo segundo del precitado decreto, el cual quedará así:

 

ARTÍCULO PRIMERO: “Fijar el Presupuesto Anual de Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Suba para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2016 por la suma de NOVENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL PESOS M/CTE. ($ 96.644.227.000,oo),  conforme al siguiente detalle”:

 

ARTÍCULO  CUARTO: Aclarar el artículo tercero del decreto local  011 de 2015, el cual quedará así:

 

ARTÍCULO SEGUNDO: “Fijar el Presupuesto Anual de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Suba para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2016 por la suma de NOVENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL PESOS M/CTE. ($ 96.644.227.000,oo), conforme al siguiente detalle”:

 

ARTÍCULO  QUINTO: Aclarar el artículo tercero  del decreto local 011 de 2015, en lo que corresponde a los códigos de las imputaciones presupuestales Obligaciones por Pagar, Gastos Generales , Seguros, Seguros entidad, Seguros de Vida Ediles, Seguros de Salud Ediles, Servicios Públicos, Energía, Acueducto y Alcantarillado, Aseo y Teléfono, el cual quedará así

 

ARTÍCULO SEGUNDO:

 

3.1.8

OBLIGACIONES POR PAGAR

1.295.657.000.00

3.1.8.02

GASTOS GENERALES

1.295.657.000.00

3.1.8.02.01

Adquisición de Bienes

226.230.554.00

3.1.8.02.01.02

Gastos de Computador

60.113.421.00

3.1.8.02.01.03

Combustibles Lubricantes y Llantas

60.500.000.00

3.1.8.02.01.04

Materiales y Suministros

105.617.133.00

3.1.8.02.02

Adquisición de Servicios

1.069.426.446.00

3.1.8.02.02.01

Arrendamientos

84.358.334,00

3.1.8.02.02.03

Gastos de Transporte y Comunicación

30.137.618,00

3.1.8.02.02.04

Impresos y Publicaciones

40.435.694,00

3.1.8.02.02.05

Mantenimiento y Reparaciones

585.059.270,00

3.1.8.02.02.05.0001

Mantenimiento Entidad

585.059.270,00

3.1.8.02.02.06

Seguros

165.321.686,00

3.1.8.02.02.06.0001

Seguros Entidad

135.004.586,00

3.1.8.02.02.06.0004

Seguros de Vida Ediles

15.000.000,00

3.1.8.02.02.06.0005

Seguros de Salud Ediles

15.317.100,00

3.1.8.02.02.08

Servicios Públicos

32.507.443,00

3.1.8.02.02.08.0001

Energía

4.506.340,00

3.1.8.02.02.08.0002

Acueducto y Alcantarillado

16.759.419,00

3.1.8.02.02.08.0003

Aseo

418.130,00

3.1.8.02.02.08.0004

Teléfono

10.823.554,00

3.1.8.02.02.17

Información

131.606.401

 

ARTÍCULO SEXTO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE  Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D.C., a los 04 días del mes de enero del año 2016.

 

MIGUEL ANTONIO CORTES GARAVITO

 

ALCALDE LOCAL DE SUBA (E.)

 

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5753 de enero 13 de 2016