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Proyecto de Acuerdo 167 de 2002 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
01/01/2002
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
No fue publicado
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PAC01672002

PROYECTO DE ACUERDO 167 DE 2002

"Por el cual se dictan normas sobre estímulos a la reconvención en tecnologías limpias al parque automotor publico y privado en Bogotá D.C."

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Teniendo en cuanta que la situación ambiental, en materia de calidad de aire en que se encuentra la ciudad de Bogotá D.C., en donde los niveles de contaminación atmosférica han llevado a que la administración Distrital asuma altos costos en equipos de control ambiental, diagnostico, reforestación, que hoy desbordan la capacidad económica y presupuestal de las entidades ambientales Distritales.

Que dado que la ciudad de Bogotá, debe dentro de sus obligaciones ambientales para con los habitantes y su entorno, adoptar y promover, sistemas de reconvención en cuanto al uso de equipos y sistemas que utilicen combustibles limpios y ecológicos por ende no contaminantes.

Que según el informe sobre el estado de los recursos naturales presentado por la Contraloría Distrital de Bogotá para el periodo 1998-2000 sobre el recurso aire en el tema de las Fuentes Móviles estableció:

Las fuentes móviles son el primer factor generador de contaminación del aire de Bogotá, las cuales generan el 100% de las emisiones de Monoxido de Carbono (CO) e Hidrocarburos (HC), el 82% de los Oxidos de Nitrógeno (NOx) y el 17% del Dióxidos de Azufre (SO2). Según cálculos de la Secretaría de Tránsito y Transporte, en el período 1997-1999 en las vías del Distrito Capital se ha incrementado el número de vehículos que circulan en Bogotá, de aproximadamente 750.000 vehículos, en 1997, a 995.788, en 1999. Se espera que para el año 2010, circulen en Bogotá cerca de 1.500.836 vehículos, de los cuales estarán matriculados en la ciudad cerca de 932.000.

La tabla 1.5, presenta un resumen de los principales factores que afectan negativamente la calidad del aire y que están relacionados con la contaminación generada por el parque automotor que circula por la ciudad.

TABLA 1.5

FACTOR

OBSERVACIÓN

Crecimiento acelerado del parque automotor

Entre 19997 y 1999 en la vías del Distrito Capital, se ha incrementado el parque automotor circulante en cerca del 33% y aproximadamente el 88% del parque automotor corresponde al vehículos particulares.

Deficiencia en el cubrimiento de la demanda por el sistema de transporte público

El 19% de los pasajeros se transporta en el 80% del parque automotor .correspondiente a los vehículos particulares- mientras que un 77% de los pasajeros utilizan el 17% corresponde al servicio público.__Deficiencias en la ampliación y mantenimiento de la red vial

El incremento del flujo vehicular no ha podido ser acompañado por la ampliación adecuada de la red vial Distrital cuyo atraso bordea los 25 años

Disminución de la velocidad de circulación La suma del incremento del parque automotor y el estado de la oferta vial ha ocasionado una disminución significativa de la velocidad vehicular

Obsolescencia del parque automotor

La antigüedad del parque automotor que circula por la ciudad contribuye al aumento de las emisiones, pues el bus corriente tiene una edad promedio de 14 años y la buseta corriente de 25 años

Hasta el año 2000 se iniciaron las acciones para hacer obligatoria la consecución de la certificación de emisión de gases

Los muestreos realizados establecen que sólo el 33% de los vehículos que circulan por la ciudad cumplen con la normativa de acuerdo con el modelo respectivo

Desconocimiento de los ciudadanos respecto a la incidencia de los automotores sobre los problemas de contaminación del aire.

No existen suficientes mecanismos de educación y divulgación dirigidos hacia el conocimiento de la calidad del aire, la incidencia de los vehículos en la misma, el papel que juegan las decisiones individuales en el proceso de contaminación y la existencia de normativas que deben ser cumplidas

Fuente: DAMA, Visión Ambiental Bogotá 2015, Plan Maestro de Gestión Ambiental del Distrito Capital.

En la tabla 1.6, se observa como se modifica la calidad del aire y la importancia relativa de las fuentes móviles, en particular del uso del transporte privado en la contaminación del aire de la ciudad, al comparar el comportamiento de las concentraciones de los principales contamimiantesen un día normal con el día en el que se implemento la jornada "Sin mi carro en Bogotá".

TABLA 1.6

MODIFICACIONES EN LA CALIDAD DEL AIRE SIN LA UTILIZACIÓN DEL

VEHÍCULO PARTICULAR EN LA CIUDAD

CONTAMINANTE

REGISTRO EN DÍA NORMAL

REGISTRO EN DÍA SIN CARRO

DES-CENSO %

CO

3.1 ppm

2.3 ppm

28

PM10

93.50 m g/m3

71.75 m g/m3

23

NO2

28.92 ppm

26.33 ppm

9

Fuente: Plan Maestro de Gestión Ambiental, Visión ambiental Bogotá 2015

Los efectos de la contaminaciòn atmosferica sobre la salud humana por gases como por particulas dados por la Secretaría Distrital de Salud para 1993 registró como la primera causa de consultas ambulatorias y de urgencias a las instituciones de salud, las molestias o problemas respiratorios de los cuales el 16.7% terminaron en diagnósticos de Infección Respiratoria Aguda (IRA) en menores de 1 año y un 2.5% IRA en niños entre 1 y 4 años. En los registros de la Unidad Primaria de Atención (UPA) de Puente Aranda, en cuanto a morbilidad por consulta externa para 1996 entre los menores de 1 año, las IRA ocuparon el primer lugar con un 29% de las consultas, más un 2.1% correspondiente a la bronquitis, enfisema y asma, mientras en el grupo de niños entre 1 y 4 años se registró un total de 25.2% de consultas por IRA y un 2.9% por neumonías.

Posteriormente el DAMA en 1997, realizó un estudio cuyo objetivo era el de buscar la relación entre la contaminación del aire por óxidos de nitrógeno, óxidos de azufre, ozono y partículas, y la incidencia de Infección Respiratoria Aguda (IRA) y recurrente en la población infantil, menor de 5 años en la localidad de Puente Aranda.

El estudio encontró que la población infantil de la zona de Puente Aranda tiene incidencia superior de episodios de IRA y enfermedades respiratorias en general, que lo reportado en otras poblaciones en la literatura mundial. Aún cuando el registro de contaminantes en los cuatro meses de duración del estudio, encontró que los niveles de SO2, NO2 y O3 se encontraron dentro de la norma, siendo el PM10 el único contaminante por encima de los niveles permitidos por la EPA y la OMS el estudio considera que la alta contaminación en lo que se refiere al PM10 hace posible que estas partículas sean vehículo facilitador, para que concentraciones relativamente bajas de NO2 y SO2 generen riesgo claro de aumento en problemas respiratorios de la población estudiada.

Que conforme a los estudios de las entidades anteriores y con el fin de optimizar el uso de combustible no productores de contaminantes y limpios, como el gas natural, que por sus características físico químicas especiales, respecto a la no producción de sustancias nocivas, permiten que se promocionen tecnologías limpias que faciliten la aplicación de procesos productivos ambientalmente sostenibles.

Con el fin de estimular la reconvención de los sistemas de combustión de los automotores de servicios públicos y privados tanto de autobuses, taxis, automotores de carga o de uso particular, se establecerán incentivos tributario, para los propietarios, como a las empresas que asuman estos cambios tecnológicos.

Que conforme a la Ley 99 de 1993, artículo 1º. Para el logro de un desarrollo humano sostenible, se requiere de consideraciones ambientales, por parte del Consejo Distrital, en relación con la adopción de mecanismos y estrategias que prevengan el crecimiento de la contaminación causadas por el parque automotor en la ciudad de Bogotá D.C., tendiente a promover una cultura de desarrollo, mejorar la calidad de vida y alcanzar y una producción limpia y sana.

Que dentro del contexto del Decreto 948 del 5 de junio de 1995, reglamentario de la Ley 99 de 1993 y modificado por el Decreto 2107 del 30 de noviembre del mismo año, el cual contiene el reglamento de producción y control de la calidad del aire, se definen las acciones y mecanismos para que mejore y preserve la calidad del aire, evite y reduzca el deterioro medio ambiental y los recursos naturales y la salud humana, ocasionados por las emisión de contaminantes químicos y físicos el aire, a fin de mejorar la calidad de vida de la población Bogotana y de sus áreas circunvecinas para procurar su bienestar por medio de la adopción de tecnologías limpias en las fuentes móviles ya mencionadas.

Cordialmente,

LEO CESAR DIAGO CASASBUENAS

Concejal de Bogotá D.C.

PROYECTO DE ACUERDO

"Por el cual se dictan normas sobre estímulos a la reconvención en tecnologías limpias al parque automotor publico y privado en Bogotá D.C."

EL CONSEJO DE BOGOTÁ D.C.

en ejercicio de sus facultades Constitucionales y Legales

ACUERDA

ARTICULO PRIMERO: Por razones ambientales, el parque automotor publico y privado de transporte y carga o de uso particular, que adopte o reconvierta el sistema de combustión de gasolina por el de gas tendrá un descuento en el impuesto de rodamiento a partir de la reconvención.

PARAGRAFO: En todos los casos, el descuento estará sujeto a las siguientes condiciones:

1-Para los modelos 1970 a 1985, siempre y cuando se haga antes del 31 de marzo de 2003.

2-Para los modelos 1975 a 1985, siempre y cuando se haga antes del 3º de Junio de 2003.

3-Para los modelos 1995 a 2001, siempre y cuando se haga antes del 31 de diciembre del 2003.

ARTICULO SEGUNDO: A partir de la fecha en que se apruebe el presente acuerdo, la Secretaria de Transito del Distrito tendrá Tres (3) meses, para realizar los estudios y cálculos correspondientes, que determinen el monto del incentivo a aplicar a los automotores de uso publico y privado de pasajeros o carga o uso particular, que se descontara del impuesto de rodamiento, teniendo en cuanta la tabla del parágrafo del artículo primero.

ARTICULO TERCERO: El estimulo que se determine para las empresa de buses de servicio publico de pasajeros, será aplicado al sistema transmilenio y tendrá dos (2) puntos adicionales si se instala en la totalidad del parque automotor.

PARAGRAFO: El beneficio anterior se aplicara a las empresas diferentes del sistema transmilenio, si adoptan en la totalidad del parque automotor la reconvención del sistema de combustión de gasolina por el del sistema de gas.

ARTICULO CUARTO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE

Dado en Bogotá D.C. a los---------días del mes ----------del 2002.