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DECRETO LOCAL 000003 DE 2016 (Febrero 15) Derogado por el art. 5, Decreto Local 000004 de 2016. LA ALCALDESA LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE En uso de sus facultades legales y en especial la que le confiere Decreto Ley 1421 de 1993 y el Artículo 19 del Decreto N°.372 de 2010, y CONSIDERANDO: Que en cumplimiento de lo estipulado en el Decreto Distrital N° 372 de agosto de 2010, artículo 31° Modificaciones Presupuestales, Numeral 1° Traslados Presupuestales, Inciso 2 el cual reza: “los traslados presupuestales del mismo agregado se harán mediante decreto expedido por el Alcalde Local…”. Que mediante Circular CONFIS N° 05 de 2015, se emitió el Concepto previo favorable a los Proyectos de Presupuesto de Ingresos y Gastos e Inversión de los Fondos de Desarrollo Local para la vigencia 2016, fijando como monto para el Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe la suma de $ 128.080.107.000 ml. Que mediante Decreto Local N° 9 del 18 de diciembre de 2015 se liquidó el Presupues-to Anual de Ingresos y Gastos de la Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe para la vigen-cia fiscal de 2016, en la suma de $128.080.107.000 ml. Que en el Artículo 2° del Decreto Local N°. 9 de 2015, el cual fijó el Presupuesto Anual de los Gastos de la Alcaldía Local Rafael Uribe Uribe para la vigencia fiscal 2016, en el código 3.1.2 GASTOS GENERALES, rubro 3.1.2.02.05.01 Mantenimiento Entidad, que-dó la suma de $756.848.000. Que igualmente en el Artículo 2° del Decreto Local N°. 9 de 2015, el cual fijó el Presu-puesto Anual de los Gastos de la Alcaldía Local Rafael Uribe Uribe para la vigencia 2016, en el código 3.1.8 OBLIGACIONES POR PAGAR, rubro 3.1.8.02.02.05.01 Man-tenimiento Entidad, no quedó con Reserva presupuestal, la suma de $263.209.000 ml, correspondiente a cuentas pendientes por pagar de la vigencia 2015, en razón al yerro presentado ya que el Proyecto de Presupuesto para el año 2016, se trascribió mal el valor correspondiente a las Cuentas por Pagar. En esta diferencia, dejando sin respaldo el valor total que ha de dejarse en ese rubro para cumplir con las obligaciones a cargo del Fondo de Desarrollo Local Rafael Uribe Uribe. Que por lo anteriormente expuesto, se hace necesario modificar el Decreto Local N°9 del 18 de diciembre de 2015 realizando un traslado presupuestal del código 3.1 GAS-TOS DE FUNCIONAMIENTO, rubro 3.1.2.02.05.01 Mantenimiento Entidad al código 3.1.8. OBLIGACIONES POR PAGAR, rubro 3.1.8.02.02.05.01 Mantenimiento Entidad por la suma de $263.209.000 ml., para resolver el yerro antes mencionado y contar con el respaldo presupuestal, para cumplir con el total de las obligaciones a cargo del Fon-do de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe. Que la presente modificación no altera el valor del presupuesto Anual de Ingresos y Gastos de la Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe vigencia fiscal 2016. Que en mérito de lo anterior, la Alcaldesa Local de Rafael Uribe Uribe, DECRETA ARTÍCULO 1°. Modificar el Artículo 2° del Decreto Local N° 9 del 18 de diciembre de 2015, de conformidad con las anteriores consideraciones. ARTÍCULO 2°. Efectuar el traslado presupuestal conforme al siguiente cuadro: TRASLADO PRESUPUESTAL
ARTÍCULO 3°. Los demás artículos del Decreto Local N°. 9 del 18 de diciembre de 2015, se mantiene de la misma forma y vigencia. ARTÍCULO 4°. El presente decreto local, rige a partir de la fecha de su publicación. Dado en Bogotá D.C., a los 15 días del mes de febrero del año 2016. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. DIANA MABEL MONTOYA REINA Alcaldesa local de Rafael Uribe Uribe NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5778 de febrero 19 de 2016 |