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RESOLUCIÓN 05 DE 2016 (Abril 13) “Por la cual se aprueba el presupuesto de las Empresas Sociales del Estado, para la vigencia fiscal 2016 en el marco del Acuerdo Distrital 641 de 2016.” EL CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS En ejercicio de sus facultades legales, y en especial con las conferidas en el Decreto Distrital 714 de 1996, el Decreto Distrital 195 de 2007 y el articulo 25 del Acuerdo 17 de 1997, y CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo No. 17 de 1997 del Concejo Distrital, se transforman los Hospitales en Empresas Sociales del Estado del orden distrital. Que como Empresas Sociales del Estado, están sujetas al régimen presupuestal de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito, conforme a lo estipulado en el Artículo 3º del Decreto Distrital 714 de 1996, en el Decreto Distrital 195 de 2007 y en el Artículo 25 del Acuerdo 17 de 1997. Que conforme a lo estipulado en el artículo 10° literal (e) del Decreto Distrital 714 de 1996 y en el artículo 28° del Decreto Distrital 195 de 2007, corresponde al CONFIS aprobar y modificar mediante resolución el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas. Que según lo establecido en el acuerdo Distrital 641 de 2016 “por el cual se efectúa la reorganización del sector salud de Bogotá, D.C., se modifica el acuerdo 257 de 2006 y se expiden otras disposiciones”, se reorganizó el sector salud y se fusionan las 22 Empresas Sociales del Estado en las 4 Empresas Sociales del Estado denominadas Subredes Integradas de Servicios de Salud E.S.E. Que es necesario aprobar y consolidar el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la vigencia fiscal 2016 para estas Empresas Sociales del Estado denominadas Subredes Integradas de Servicios de Salud E.S.E. Que el CONFIS en la sesión No.03 del 31 de marzo de 2016, mediante Resolución N° 02 aprobó el ajuste por cierre presupuestal de la vigencia 2015 en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de los veintidós (22) Hospitales Distritales - Empresas Sociales del Estado para la vigencia fiscal 2016. Que de acuerdo con la agrupación de las Empresas Sociales del Estado establecida por el Acuerdo 641 de 2016, el presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones se consolida en una sumatoria de los presupuestos estimados para lo que resta de la vigencia de 2016 de las 22 Empresas Sociales del Estado que se fusionan en las 4 Empresas Sociales del Estado denominadas Subredes Integradas de Servicios de Salud E.S.E., conforme al siguiente detalle: Presupuesto de Ingresos y Rentas de las 4 Subredes Integradas de Servicios de Salud E.S.E vigencia 2016
Fuente: SHD- SDS Presupuesto de Gastos e Inversión de las 4 Subredes Integradas de Servicios de Salud E.S.E vigencia 2016
Fuente: SHD- SDS Que el CONFIS en la sesión No. 04 realizada el día 12 de abril de 2016, aprobó el presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de las 4 Empresas Sociales del Estado denominadas Subredes Integradas de Servicios de Salud E.S.E., resultado de la Fusión y efectuó las siguientes recomendaciones: * En consideración al artículo 3 del Acuerdo 641 de 2016, las Juntas Directivas de Transición, antes del 30 de junio de 2016, deberán aprobar, previo concepto de la Secretaría Distrital de Salud y de la Secretaría Distrital de Hacienda, los ajustes presupuestales una vez se realice el proceso de conciliación tendiente a establecer los derechos, las obligaciones y las cuentas por pagar que hayan afectado el presupuesto de cada una de las Empresas Sociales del Estado fusionadas. * Para el propósito anterior, también se deberá efectuar el cruce y depuración de las Cuentas por Cobrar y Cuentas por Pagar entre las Empresas Sociales del Estado que componen cada Subred. * Las Empresas Sociales del Estado solamente podrán tomar decisiones de ejecución sobre saldos de apropiación disponible * Las Empresas Sociales del Estado deberán efectuar la revisión de la proyección consolidada de recaudo de acuerdo con los ingresos corrientes para la vigencia 2016 y en caso de ser necesario tomar la decisión de suspender el gasto con el fin de mantener el equilibrio presupuestal. * Que las Empresas Sociales del Estado deberán efectuar el pago oportuno de nómina y demás gastos prioritarios (cajas menores, seguros, servicios públicos, entre otros) con el objeto de no alterar la prestación del servicio público de salud. Que la aprobación del presupuesto de rentas e ingresos y de gastos e inversión de las 4 Empresas Sociales del Estado denominadas Subredes Integradas de Servicios de Salud E.S.E., se efectuó de acuerdo con las recomendaciones de las Secretarías Distritales de Salud y Hacienda. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Aprobar el presupuesto de rentas e ingresos las 4 Empresas Sociales del Estado denominadas Subredes Integradas de Servicios de Salud E.S.E, resultado de la fusión de acuerdo al siguiente detalle: Presupuesto de Ingresos y Rentas de las 4 Subredes Integradas de Servicios de Salud E.S.E vigencia 2016
Fuente: SHD-SDS ARTÍCULO SEGUNDO. Aprobar el presupuesto de gastos e inversiones de las 22 Empresas Sociales del Estado que se fusionan en las 4 Empresas Sociales del Estado denominadas Subredes Integradas de Servicios de Salud E.S.E, resultantes de la fusión, de acuerdo al siguiente detalle: Presupuesto de Gastos e Inversión de las 4 Subredes Integradas de Servicios de Salud E.S.E vigencia 2016
Fuente: SHD -SDS ARTÍCULO TERCERO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá D.C., a los 13 días del mes de abril del año 2016. BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZ Secretaria Distrital de Hacienda ANDRÉS ORTIZ GÓMEZ Secretario Técnico NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5817 de abril 19 de 2016 |