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Resolución 65 de 2002 Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos - U.E.S.P.

Fecha de Expedición:
22/05/2002
Fecha de Entrada en Vigencia:
22/05/2002
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2642 del 24 de Mayo de 2002
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RUE000652002

RESOLUCIÓN 65 DE 2002

(Mayo 22)

Por la cual se fijan las tarifas del servicio público domiciliario de aseo para el Distrito Capital de Bogotá, de acuerdo con el plan de transición tarifaria, para el mes de abril del año 2002.

EL GERENTE DE LA UNIDAD EJECUTIVA DE SERVICIOS PÚBLICOS, UESP,

en uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial de las previstas en los Decretos Distritales Nos. 782 y 783 de 1994 y 142 de 2000, expedidos por el Alcalde Mayor y la Ley 142 de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 632 del 29 de diciembre del 2000, modificó la Ley 286 de 1996 en cuanto al período de transición para el desmonte de los subsidios previsto en la Ley 142 de 1994, en el sentido de que éste no podrá exceder el 31 de diciembre del año 2005.

Que en cumplimiento de la citada Ley 632 de 2000 y de las Resoluciones CRA Nos. 153 y 156 de 2001, la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos, UESP, dió inicio a la transición tarifaria en el servicio de aseo en el Distrito Capital, aplicando el desmonte de los subsidios de las tarifas a los usuarios de estratos 1, 2 y 3, mediante la Resolución No. 69 expedida el 29 de Junio de 2001 por la UESP para el efecto.

Que la Comisión, expidió la Resolución CRA No. 164 de 2001, en la cual dispuso: «...fijar el Costo de Recolección y Transporte por tonelada (CRT) máximo para el Distrito Capital en cuarenta y tres mil cuatrocientos treinta y tres pesos ($43.433) (pesos de diciembre de 1999) y, con base en éste, la entidad tarifaria la local deberá calcular las tarifas máximas de prestación del servicio de aseo, de acuerdo con los demás componentes y valores contenidos en la regulación vigente, así como en las demás normas que expida la CRA, a partir del 14 de octubre de 2001.»

Que en consecuencia de lo anterior, mediante la Resolución No. 84 del 11 de octubre de 2001 la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos, UESP, ajustó el plan de transición tarifaria, realizando un desmonte gradual, tanto de subsidios como de sobreprecios del 20% anual, iniciando en el año 2001 y terminando en el año 2005 y señaló, las tarifas del servicio estándar que se deberán alcanzar en diciembre de cada año para los diferentes tipos de usuarios, y fijó además las tarifas a aplicar durante los meses de noviembre y diciembre de 2001.

Que la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, expidió la Resolución 200 del 21 de diciembre de 2001, «Por la cual se fija la tasa de actualización para las tarifas de los Servicios Públicos Domiciliarios de Acueducto, Alcantarillado y Aseo,» en cuyo artículo tercero estableció: «Variación por actualización. Las personas prestadoras de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo actualizarán sus tarifas, a partir del 1 de enero del 2002, en el mes en el que el acumulado del IPC Nacional sea como mínimo del 3% (... )».

Que de acuerdo con la cifra oficial divulgada por el DANE, para el mes de abril, se alcanzó el 3.73% acumulado, superior al IPC Nacional mínimo del 3% fijado por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, para el efecto del ajuste de las tarifas por concepto de indexación.

Que de conformidad con la Circular No. 1 del 16 de mayo de 2002 expedida por la CRA, se determinó que las personas prestadoras de los servicios públicos de agua, acueducto, alcantarillado y aseo, pueden aplicar la tarifa actualizada, sobre los consumos que se generen, a partir del día 15 del mes de mayo de 2002.

Que, en consecuencia, procede fijar las tarifas del servicio público domiciliario de aseo para el Distrito Capital de Bogotá, para el mes de abril del año 2002, sin la indexación alcanzada en el mes de abril, y de acuerdo con el plan de transición tarifaria señalado mediante la Resolución No. 84 del 11 de octubre de 2001 emitida por la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos, UESP.

Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Fijar las tarifas para el mes de abril de 2002, que se aplicarán al servicio público domiciliario de aseo en el Distrito Capital de Bogotá, expresadas en precios corrientes, que se señalan a continuación:

Tarifas Abril ($/usuario/mes)

Usuarios Residenciales

 

ESTRATO 1

1.861

ESTRATO 2

3.292

ESTRATO 3

5.992

ESTRATO 4

8.949

ESTRATO 5

17.796

ESTRATO 6

30.477

Pequeños Generadores

 

ESTRATO 1

12.047

ESTRATO 2

15.892

ESTRATO 3

18.617

ESTRATO 4

24.062

ESTRATO 5

32.819

ESTRATO 6

45.928

Grandes Generadores

 

ZONA 1

26.895

ZONA 2

32.098

ZONA 3

36.465

ARTÍCULO SEGUNDO.- La presente Resolución rige desde su publicación.

Dada en Bogotá, D.C., a los veintidós (22) días del mes de mayo de dos mil dos (2002).

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

JUAN LUIS MESA ECHEVERRI

Gerente (E.)