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ACUERDO LOCAL 017 DE 2016 (Octubre 03) Por el
cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras
Públicas para la Localidad 17 de La Candelaria 2017-2020 BOGOTÁ MEJOR PARA
TODOS “CANDELARIA
MEJOR PARA TODOS: PLATAFORMA TERRITORIAL PARA GARANTIZAR EL DESARROLLO
INCLUSIVO Y LA INNOVACIÓN SOCIAL” LA
JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE LA CANDELARIA, En
ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que
le confiere la Constitución Política de Colombia en sus artículos 324, el
decreto 1421 de 1993 en su artículo 69 Numeral 1 y artículo 22 del acuerdo
distrital 13 de 2000. ACUERDA: PARTE
I PARTE
GENERAL CAPÍTULO
I VISIÓN Artículo 1. Adopción
del plan. Se adopta el Plan de
Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de obras públicas para la localidad
de La Candelaria para el periodo 2017-2020 “CANDELARIA MEJOR PARA
TODOS: PLATAFORMA TERRITORIAL PARA GARANTIZAR EL DESARROLLO INCLUSIVO
Y LA INNOVACIÓN SOCIAL”, el cual constituye el referente de las acciones y
políticas de la administración local. Artículo 2. Visión. En el 2020, La
Candelaria será reconocida como el nodo turístico, cultural, patrimonial e
histórico más representativo de Bogotá. Esta localidad es ejemplo de coordinación
y articulación entre actores públicos, privados y de la sociedad civil, con el
fin de alcanzar el desarrollo social, económico, medioambiental y cultural del
territorio y sus habitantes, a partir del aprovechamiento ordenado y sostenible
de sus recursos, el reconocimiento y preservación del patrimonio, la
potencialización de los factores productivos y competitivos locales y el
respeto por la diversidad. Artículo 3.
Estructura del plan. El presente Plan de
Desarrollo Local en coherencia con el Plan de Desarrollo Distrital “Bogotá
mejor para todos” adopta sus fundamentos y estructura general. Las directrices y
políticas que orientan la acción articulada de la administración local en
procura de profundizar la visión del plan y que servirán de guía para la
definición de objetivos se organizan en torno a Pilares y Ejes. Los Pilares se
constituyen en los elementos estructurales, de carácter prioritario, para
alcanzar el objetivo central del Plan y se soportan en los Ejes Transversales.
Los Ejes Transversales son los requisitos institucionales para la
implementación de los Pilares, de manera que tengan vocación de permanencia. Pilares: 1. Igualdad de
Calidad de Vida. 2. Democracia Urbana. 3. Construcción de
Comunidad. Ejes Transversales: 1.
Desarrollo Económico basado en el conocimiento. 2. Sostenibilidad
ambiental basada en la eficiencia energética. 3. Gobierno legítimo,
fortalecimiento local y eficiencia. CAPÍTULO
II PILAR
1. IGUALDAD DE CALIDAD DE VIDA Objetivos,
estrategias, programas Artículo 4.
Objetivos. Serán objetivos de
este pilar: Objetivos
Específicos: 1. Promover espacios
de desarrollo integral y protección de derechos desde la gestación hasta la
adolescencia. 2. Incluir población
que se encuentra en el mayor grado de vulnerabilidad socioeconómica para el
fortalecimiento de su autonomía como individuos. 3. Garantizar espacios
con herramientas para desarrollar competencias para la formación de ciudadanos
más felices 4. Promover la
infraestructura cultural, patrimonial y recreativa de la Localidad de la
Candelaria para que promueva el disfrute de la oferta de bienes y servicios del
sector. Artículo 5.
Estrategias. Nuestra infancia será
prioridad, garantizando su cuidado a través de la dotación de jardines
infantiles con herramientas que potencien su desarrollo adecuado en ambientes
seguros y protectores para su crecimiento. Se desarrollarán
acciones que permitan la prevención de factores de riesgo, la promoción de
factores de protección y atención oportuna e integral frente a diferentes
formas de violencia que afectan a los niños y niñas de la localidad. Se protegerá a la
población adulto mayor que se encuentra en condición de pobreza y
vulnerabilidad socioeconómica a través de la entrega de subsidios que permitan velar
por el cumplimiento de los objetivos propuestos en la Política Pública para el
envejecimiento y la vejez en el Distrito Capital. Se proveerá de ayudas
técnicas a la población en condición de discapacidad para facilitar su
recuperación, rehabilitación e inclusión social, eliminando toda práctica que
conlleve a marginación y segregación de cualquier tipo. La población en edad
escolar podrá mejorar sus condiciones de permanencia, disminuyendo gradualmente
las brechas que actualmente existen en especial para las más vulnerables a
través de innovaciones pedagógicas para el desarrollo de habilidades y
destrezas para el trabajo y la vida en sociedad. Promoción,
reconocimiento y valoración de las artes, el deporte, y la cultura en general
para el desarrollo de ciudadanos integrales que fortalezcan la identidad y el
sentido de pertenencia con la localidad de la Candelaria. Artículo 6. Programa:
Desarrollo integral desde la gestación hasta la adolescencia. Este programa
contempla acciones orientadas a la población infantil conducente a la
adecuación y dotación de espacios que posibiliten su desarrollo creativo,
además de la implementación de acciones de promoción para el restablecimiento
de los derechos de los niños, niñas que se encuentren en riesgo, situación o
condición de amenaza y/o vulneración. Artículo 7. Programa:
Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente. Desde este programa
se desarrollarán acciones integrales orientadas a garantizar el goce efectivo
de los derechos, la inclusión social y el respeto de la dignidad de las
personas, especialmente aquellas en condición de pobreza extrema y que se
encuentran en mayor grado de vulnerabilidad socioeconómica en la ciudad. Artículo 8. Programa:
Inclusión educativa para la equidad. El programa busca generar
acciones que contribuyan a superar la brechas de desigualdad que afectan la
educación preescolar, primaria, secundaria y media, procurando el desarrollo
del pensamiento crítico y habilidades de investigación que generen
colectivamente impactos que favorezcan a la transformación de sus entornos y
ambientes de aprendizaje con calidad. Artículo 9. Programa:
Mejores
oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el
deporte. Por medio de este
programa se pretende ampliar las oportunidades y desarrollar las capacidades de
los ciudadanos de la localidad para promover el disfrute de todas las formas en
que los ciudadanos construyen y hacen efectivas sus libertades culturales,
recreativas y deportivas. Artículo 10. Metas e
indicadores por Programa.
CAPÍTULO
III PILAR
2. DEMOCRACIA URBANA Objetivos,
estrategias, programas Artículo 11.
Objetivos. Serán objetivos de
este Pilar: 1. Aumentar el acceso y
aprovechamiento a espacios públicos sostenibles 2. Mejorar el acceso y
aprovechamiento del estado de la malla vial local Artículo 12.
Estrategias. Las estrategias
contempladas para el logro de los objetivos señalados son: Se desarrollarán
acciones para el aprovechamiento del estado de la oferta vial y de espacio público
que propenda por su conservación y adecuación para mejorar la movilidad, el
fácil acceso y disfrute de los ciudadanos en el territorio con mayores
oportunidades de calidad de vida. Artículo 13.
Programa: Espacio público, derecho de todos. El programa busca
potenciar la igualdad en calidad de vida y la igualdad democrática aportando a
la felicidad ciudadana a través de la consolidación de espacios para el
disfrute y el encuentro de la ciudadanía en equilibrio con el entorno y el
medio ambiente. Artículo 14.
Programa: Mejor movilidad para todos. El programa Mejor
movilidad para todos contribuye a la democracia urbana porque mejora la calidad
de la movilidad para todos los usuarios: peatones, personas en condición de
discapacidad, ciclistas, usuarios del transporte público colectivo e individual
y usuarios del transporte privado. Artículo 15. Metas e
indicadores por Programa.
CAPÍTULO
IV PILAR
3. CONSTRUCCIÓN DE COMUNIDAD Objetivos,
estrategias, programas Artículo 16.
Objetivos. Serán objetivos de
este Pilar: 1. Incrementar la seguridad
ciudadana de la Localidad de la Candelaria en la prevención del delito, para
promover la convivencia pacífica y el bienestar en el territorio. 2. Fomentar y promover el buen comportamiento
ciudadano donde confluya un interés colectivo sobre el adecuado uso y
apropiación de los espacios públicos y la cultura ciudadana. Artículo 17.
Estrategias. Las estrategias
contempladas para el logro de los objetivos señalados son: Se fortalecerán las
capacidades operativas en la gestión de seguridad y convivencia mediante la
adecuación de infraestructura y medios tecnológicos con los que se cuentan,
para beneficio y protección de la comunidad. Se desarrollarán
acciones de prevención y reducción de factores que facilitan la ocurrencia de
actividades delictivas, además del expendio, consumo de sustancias psicoactivas
fortaleciendo los esquemas de corresponsabilidad ciudadana. Artículo 18.
Programa: Seguridad y convivencia para todos. El programa articula
una estrategia integral de seguridad y convivencia ciudadana complementada con
la promoción de buenas prácticas ciudadanas que propenden por el cuidado
colectivo del espacio público y la protección de los derechos humanos,
fortaleciendo la infraestructura institucional y propiciando el acceso a la
justicia de toda la población. Artículo 19. Metas e
indicadores por Programa.
CAPÍTULO
V EJE TRANSVERSAL:
SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL BASADA EN LA EFICIENCIA ENERGÉTICA Objetivos,
estrategias, programas Artículo 20.
Objetivos. Serán objetivos de
este Eje Transversal: 1. Recuperar el sentido de
pertenencia de forma pluridimensional en torno al patrimonio ecológico y vivo
presente en la localidad. 2. Restaurar las estructuras eco
sistémicas de la localidad para promover la cohesión social. 3. Promover la apropiación de
espacios públicos sostenibles con embellecimiento verde y paisajístico Artículo 21.
Estrategias. Las estrategias
contempladas para el logro de los objetivos señalados son: Se realizarán
campañas para la protección y cuidado de árboles y/o arbustos que permita
concientizar a la ciudadanía de la reconstrucción ecológica y social del
paisaje urbano local, partir de la participación ciudadana y la coordinación
interinstitucional. Se promoverá la
implantación de cobertura vegetal y flora natural para restaurar funciones y
estructuras eco sistémicas en concordancia con el desarrollo urbano de la
localidad, de tal forma que se fomente la apropiación del territorio, la
inclusión social y la reactivación del uso del espacio público por la
comunidad. Se habilitarán
espacios subutilizados con cobertura vegetal que permitan la ampliación de la
recreación pasiva de los ciudadanos, mejorando las condiciones del hábitat
local. Artículo 22.
Programa: Recuperación y manejo de la Estructura Ecológica Principal. Reconocimiento del
patrimonio vivo aun presente dentro de la localidad, la apropiación de la
población y el sentido de pertenencia de los recursos naturales. De tal forma
que se promueva su recuperación, conservación y protección para generaciones
futuras. Artículo 23. Metas e
indicadores por Programa.
CAPÍTULO
VI EJE
TRANSVERSAL: DESARROLLO ECONOMICO BASADO EN EL CONOCIMIENTO* Objetivos,
estrategias, programas Artículo 24.
Objetivos. Serán objetivos de
este Eje Transversal: 1. Fortalecer el modelo empresarial
turístico de la localidad a través de estrategias de transferencia tecnológica,
formación para el trabajo y fortalecimiento de la capacidad instalada de la
Localidad de La Candelaria. 2. Contribuir a la conservación,
protección y uso del patrimonio cultural y turístico de la localidad, a través
de la adopción de estándares de calidad y sostenibilidad turística. 3. Estimular la oferta turística
de la Localidad de la Candelaria a través de la promoción del desarrollo de
capacidades productivas basadas en la innovación, el talento y la creatividad
de la ciudadanía. Artículo 25.
Estrategias. Las estrategias
contempladas para el logro de los objetivos señalados son: Se promoverá el
desarrollo de alianzas de transferencia tecnológica para la identificación de
segmentos, actividades, productos y/o servicios que caracterizan la actividad
turística local y que promueven las ventajas competitivas del territorio. Se desarrollarán
acciones orientadas a mejorar la capacitación de recursos humanos y desarrollo
de emprendimientos que permita mejorar los instrumentos y servicios de
actividad turística ofrecidos por el territorio local. Se fortalecerá la
articulación entre empresarios y comunidad local para la promoción de la
organización y formalización laboral y empresarial dentro del ecosistema
productivo turístico local. Artículo 26.
Programa: Consolidar el turismo como factor de desarrollo, confianza y
felicidad para Bogotá Región A través de la red turística,
de la cadena de valor del turismo y la recuperación de atractivos turísticos,
la Localidad de La Candelaria se posicionará frente a otras alternativas
turísticas de la ciudad, contribuyendo a elevar el sentido de pertenencia de
los residentes y a potencializarlos como los mejores anfitriones, a través de
la transferencia del desarrollo de habilidades para la promoción de productos y
servicios turísticos locales en el marco de los principios de apropiación
social del territorio, sostenibilidad, inclusión, diversidad y gestión del
conocimiento. Artículo 27. Metas e
indicadores por Programa.
CAPÍTULO
VII EJE
TRANSVERSAL: GOBIERNO LEGÍTIMO Y EFICIENTE Objetivos,
estrategias, programas Artículo 28.
Objetivos. Serán objetivos de
este Eje Transversal: 1. Garantizar el ejercicio de
atribuciones administrativas que la ley le ha asignado a las Juntas Administradoras
locales. 2. Fortalecer la gobernabilidad
democrática local para atender de manera eficaz y eficiente las demandas de la
población 3. Garantizar el control urbano
dentro de la localidad, verificando que las obras adelantadas se ejecuten de
conformidad con lo autorizado en la licencia urbanística. 4. Promover el acceso a
información confiable, oportuna, accesible, segura, completa y verificable
sobre la gestión pública. 5. Fortalecer las organizaciones,
instancias y expresiones sociales ciudadanas para el desarrollo de capacidades
y la orientación a resultados en los procesos de gestión participativa del
desarrollo local 6. Promover la participación
ciudadana en las decisiones de la Localidad para facilitar los procesos de
control social sobre la gestión publica Artículo 29.
Estrategias. Las estrategias
contempladas para el logro de los objetivos señalados son: Fortalecimiento de la
función administrativa del gobierno local en la prestación de servicios al ciudadano
a través de la disposición de recurso humano calificado para el apoyo a gestión
pública, además de desarrollar acciones mediante el uso de la tecnología y la
información para el suministro de información confiable, oportuna, accesible,
segura, completa y verificable. En cumplimiento de la
normatividad vigente se realizarán las acciones correspondientes para el
cumplimiento de las normas vigentes sobre desarrollo urbano, uso del suelo y
reforma urbana. Promoción de acciones
para el establecimiento de roles y reglas de juego compartidas en la
cualificación de las organizaciones e instancias de participación que permita
un mejoramiento de la toma de decisiones y la incidencia en la gestión
participativa del desarrollo local, favoreciendo la construcción del inventario
social local para el desarrollo de las dinámicas participativas de la comunidad
en el territorio. Implementación de
acciones para el ejercicio de derechos y deberes por parte del ciudadano local
en el seguimiento a los procesos de planeación, seguimiento y evaluación de las
acciones del gobierno local a través de la rendición de cuentas. Se propenderá por el
desarrollo de inversiones para la construcción de la sede de la Alcaldía Local
y para la adquisición de predios que permitan la construcción y/o ampliación de
equipamientos para el disfrute de la comunidad de la Localidad de la
Candelaria. Se promoverá la
participación ciudadana de las personas en condición de vulnerabilidad social
principalmente de los grupos poblacionales LGBTI, afro descendientes y grupos
étnicos. Artículo 30.
Programa: Gobernanza e influencia local, regional e internacional. Mediante este
programa se busca propender por una estructura administrativa local fortalecida
para la atención oportuna de las necesidades de la ciudadanía local,
incentivando el compromiso de los servidores(as) públicos para sumar esfuerzos
con el fin de mejorar la capacidad de respuesta en el territorio y el
cumplimiento de su quehacer misional. Artículo 31. Metas e
indicadores por Programa.
PARTE
II PLAN
DE INVERSIONES CAPÍTULO
VIII PLAN
PLURIANUAL DE INVERSIONES Artículo 32.
Financiación. El Plan de inversiones
se financiará en la Administración Local con Ingresos Corrientes,
Transferencias y Recursos de Capital, entre los que se destacan las Multas,
Venta de Activos Fijos, recaudo de fotocopias y otros ingresos no tributarios. Artículo 33. Plan
plurianual de inversiones 2017-2020 por Pilar/Eje.
Cifras en millones de
pesos de 2016 Proyección de
recursos 2017 – 2020 por Pilar/ Eje y programa
Cifras en millones de
pesos de 2016
Cifras en millones de
pesos de 2016
Cifras en millones de
pesos de 2016
Cifras en millones de
pesos de 2016
Cifras en millones de
pesos de 2016
Cifras en millones de
pesos de 2016 Artículo 34. Articulación
interinstitucional para la preservación del patrimonio histórico y cultural, el
mejoramiento y la recuperación del Centro de Bogotá. En concordancia con
el Plan de Desarrollo Distrital, la Administración Local propenderá por la
articulación de esfuerzos y acciones encaminadas a coordinar el desarrollo y
preservación del patrimonio histórico y cultural para la recuperación y
mejoramiento del Centro de Bogotá D.C., contemplando la participación ciudadana
del sector comunitario, comercial y educativo en concordancia con el Plan de la
Gerencia Centro de Bogotá D.C. Artículo 35. Enfoque
de Derechos Humanos El presente Plan de
Desarrollo y cada una de las políticas, planes y programas que lo implementen,
tendrán un enfoque basado en Derechos Humanos-EBDH- como herramienta
transversal y estratégica tanto de la Política Pública Local como de la
Planeación Territorial. En consecuencia, las acciones que se ejecuten en
desarrollo de este Plan, serán diseñadas, formuladas, implementadas y evaluadas
con base en el EBDH. Artículo 36.
Mecanismos de coordinación interinstitucional previstos para la ejecución del
plan. El presente Plan ha
sido elaborado en consonancia con las disposiciones de la ley del Plan de
Desarrollo Distrital y particularmente aquellas que versan sobre las políticas
distritales. El Consejo Local de
Gobierno y los Comités sectoriales y Comisiones Intersectoriales de la
Administración Distrital constituyen los principales medios e instrumentos de
coordinación de la planeación distrital, para el efecto se tendrán en cuenta
entre otros mecanismos convenios interadministrativos, asociaciones público –
privadas y otros previstos en la ley. Para efectos de
proyectar a la Localidad de la Candelaria hacia la región, la Administración
Local desarrollará iniciativas para la concurrencia, coordinación y cooperación
a nivel distrital y nacional, de tal manera que los programas que se encuentran
contenidos en el presente plan se puedan ejecutar armonizándolos con los
programas del Plan de Desarrollo Distrital a través de todos los instrumentos
que estén previstos en la ley. Se propenderá por la
articulación de acciones para la adecuada identificación de los riesgos
relacionados con las amenazas naturales que puedan afectar la localidad de la
Candelaria, de tal forma que se tomen las medidas oportunas y adecuadas de
mitigación correspondiente, incluyendo la participación de los actores locales
prioritarios. Artículo 37.
Ejecución. La
ejecución del plan de inversiones se realizará de acuerdo con lo establecido en
el plan plurianual, en el evento que los ingresos proyectos no alcance los
niveles requeridos o se requiera realizar modificaciones al avance de los
programas, las inversiones se ajustarán en los presupuestos anuales de acuerdo
a la importancia estratégica de cada programa. Artículo 38. Anexos. Los siguientes anexos
hacen parte integral del Plan de Desarrollo Local “CANDELARIA MEJOR
PARA TODOS: PLATAFORMA TERRITORIAL PARA GARANTIZAR EL DESARROLLO INCLUSIVO
Y LA INNOVACIÓN SOCIAL” Anexo 1: Documento
técnico base para la construcción del Plan de Desarrollo Local Anexo 2: Plan
plurianual a nivel de meta plan de desarrollo Artículo 39. Vigencia (sic) COMUNIQUESE,
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado
en Bogotá, a los 03 días del mes de octubre del año 2016. CARLOS
FERNANDO ASPRILLA LARA Presidente JAL JOSUÉ
DARÍO RODRÍGUEZ ACOSTA Secretario JAL EL ALCALDE LOCAL
DE LA CANDELARIA, En uso de las facultades legales y en especial de las que
le confiere el Decreto Ley 1421 de 1993, artículos 81 y 89 numerales primero y
segundo: sanciona el Acuerdo Local No. 17 de 2016 POR EL CUAL SE ADOPTA EL
PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL, AMBIENTAL Y DE OBRAS PÚBLICAS PARA
LA LOCALIDAD 17 DE LA CANDELARIA, 2017-2020, BOGOTÁ MEJOR PARA
TODOS “CANDELARIA MEJOR
PARA TODOS: PLATAFORMA TERRITORIAL PARA GARANTIZAR EL DESARROLLO INCLUSIVO Y LA
INNOVACIÓN SOCIAL” Dado
en Bogotá, D.C. a los seis (06) días del mes de octubre de dos mil dieciséis
(2016). MANUEL
CALDERÓN RAMÍREZ Alcalde Local de La Candelaria NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5939 de octubre
21 de 2016. |