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Resolución 59 de 1989 Empresa de Energía de Bogotá S.A. E.S.P.

Fecha de Expedición:
13/10/1989
Fecha de Entrada en Vigencia:
13/10/1989
Medio de Publicación:
Registro Distrital 548 de Enero 11 de 1990
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

REL000591989

RESOLUCIÓN 059 DE 1989

(Octubre 13)

Por el cual se reforman los artículos Primero y Segundo de los Estatutos de la Empresa.

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE BOGOTÁ

En uso de sus funciones legales y estatutarias, y

CONSIDERANDO:

Que las crecientes necesidades y las perspectivas existentes sobre la utilización de diversas fuentes energéticas hacen necesario adecuar el objeto de la Empresa y su denominación, de modo que corresponda a una más amplia prestación del servicio público de energía.

Que se requiere dotar a la Empresa de capacidad para participar e intervenir en la atención de tales necesidades, a fin de lograr una mayor cobertura en la prestación del servicio de energía y de contribuir a la vez a un manejo integrado de las fuentes energéticas, que redunde en el uso racional de los recursos.

Que el desarrollo de nuevos recursos energéticos, y de las tecnologías para su mejor aprovechamiento abre la posibilidad de que las entidades operadoras y distribuidoras de energía, con inversiones menos intensivas en el uso del capital, pongan a disposición del usuario tales recursos a menor costo.

Que el artículo quinto de los Estatutos vigentes en su letra a) establece que corresponde a la Junta Directiva "Dictar y reformar los Estatutos de la Empresa".

Que el Concejo de Bogotá expidió el Acuerdo número 15 de 1988, cuyo artículo 34 autorizó la modificación de los Estatutos de la Empresa de Energía Eléctrica de Bogotá para cambiar su objeto social y su nombre a Empresa de Energía de Bogotá.

Ver el Decreto Distrital 467 de 1993

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO -. El artículo Primero de los Estatutos de la Empresa quedará así:

"La Empresa de Energía de Bogotá es un Establecimiento Público Descentralizado del Distrito Especial de Bogotá con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, organizado en virtud de los Acuerdos números 10 y 129 de 1959 y 34 de 1967, expedidos por el Concejo Distrital de Bogotá, cuyo domicilio es la ciudad de Bogotá, y que tiene por objeto la prestación del servicio de energía proveniente de cualquier fuente, la cual podrá desarrollar en lugares distintos de su domicilio".

ARTÍCULO SEGUNDO -. El Artículo Segundo de los Estatutos de la Empresa quedará así:

"En desarrollo de su objeto, la Empresa podrá realizar cualquier clase de actos o contratos, tales como adquirir, gravar o enajenar bienes muebles e inmuebles, constituir o aceptar cauciones reales o personales; celebrar contratos de crédito interno y externo; girar y negociar en cualquier forma efectos de comercio o civiles; solicitar, adquirir y negociar toda clase de concesiones, privilegios y títulos de propiedad industrial y, en general, realizar todas las operaciones, actos y funciones que convengan a sus fines o que le asignen las normas legales aplicables, así como participar como socia o accionista en sociedades o compañías, sea en su acto de constitución o con posterioridad, junto con personas naturales o jurídicas, privadas o públicas, para el mejor cumplimiento de su objetivo".

ARTÍCULO TERCERO-. En lugar de "Empresa de Energía Eléctrica de Bogotá", todas las referencias al nombre completo de la Empresa contenidas en sus Estatutos, en especial en los Artículos Tercero y Vigésimo Cuarto, dirán en adelante "Empresa de Energía de Bogotá".

ARTÍCULO CUARTO-. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y en el Registro Distrital.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a 13 de octubre de 1989.

ANDRÉS PASTRANA ARANGO,

PRESIDENTE

HERNANDO ENRIQUE GÓMEZ VARGAS,

SECRETARIO

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 548 de Enero 11 de 1990