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DECRETO
161 DE 2017 (abril
5) "Por
medio del cual se hace un nombramiento" EL
ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso
de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 20 de la
Ley 1797 de 2016 y el Decreto Nacional 1083 de 2015, y, CONSIDERANDO: Que mediante el Acuerdo Distrital 641 del 6 de abril de 2016, el Concejo de Bogotá, D.C. efectuó la reorganización del "Sector Salud de Bogotá, Distrito Capital" y ordenó la fusión de las Empresas Sociales del Estado adscritas a la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá. Que el artículo 3 del citado Acuerdo,
estableció un período de transición de un año contado a partir de su expedición
y mediante Decreto Distrital 171 de 2016 se efectuó la designación de los
Gerentes de transición. Que el artículo 20 de la Ley 1797 de 2016
establece: "Los Gerentes o Directores de las Empresas Sociales del Estado
serán nombrados para periodos institucionales de cuatro (4) años, el cual
empezará con la posesión y culminará tres (3) meses después del inicio del
periodo institucional del Presidente de la República, del Gobernador o del
Alcalde. Que una vez aprobada la estructura
organizacional y la planta de personal de la Subred Integrada de Servicios de
Salud Sur Occidente, es procedente nombrar a la doctora VICTORIA EUGENIA MARTÍNEZ PUELLO, identificada con la cédula de
ciudadanía No. 30.772.851, en el cargo de Gerente Empresa Social del Estado
Código 085 Grado 09. Que en mérito de Io
expuesto, DECRETA: Artículo
1º.-
Nombrar a partir del 7 de abril de 2017 y hasta el 31 de marzo de 2020, a la
doctora VICTORIA EUGENIA MARTÍNEZ PUELLO, identificada con la cédula de ciudadanía
No. 30.772.851 en el cargo de Gerente Empresa Social del Estado Código 085
Grado 09 de la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E. S. E. Artículo
2º.
Notificar a la doctora VICTORIA EUGENIA MARTÍNEZ PUELLO, el contenido del
presente Decreto a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la
Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. Artículo
3º.-
Comunicar a la Secretaría Distrital de Salud y a la Dirección de Talento Humano
de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del
presente Decreto, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de
esta última Secretaría. Artículo
4º.
- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. PUBLÍQUESE,
NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado
en Bogotá, D.C., a los 5 días mes abril de 2017 ENRIQUE
PEÑALOSA LONDOÑO Alcalde
Mayor de Bogotá, D.C |