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Proyecto de Acuerdo 303 de 2017 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

MEMORANDO

PROYECTO DE ACUERDO No. ­­­­303 DE 2017


Ver Acuerdo Distrital 697 de 2017 Concejo de Bogotá, D.C.

 

POR MEDIO DEL CUAL SE INSTITUCIONALIZA LA CAMPAÑA “DIA BOGOTÁ LIMPIA” COMO PROMOCIÓN DE UNA ESTRATEGIA DE CULTURA DE ASEO, RECICLAJE Y ORNATO EN LA CIUDAD”

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

 

1. OBJETIVO GENERAL

 

El presente Proyecto de Acuerdo tiene por objeto institucionalizar el “DÍA BOGOTÁ LIMPIA”, durante la primera semana del mes de agosto, como herramienta de promoción de una estrategia de cultura ciudadana, de aseo, reciclaje, cuidado, ornato y embellecimiento de las fachadas y andenes de residencias,  establecimientos privados y  púbicos, instituciones educativas y hospitales  entre otras que ayude a mejorar la apariencia de la ciudad y que contribuye al mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes del Distrito Capital, así como el fomento de la protección del ambiente  a través de campañas de limpieza y reciclaje.

 

2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS

 

·         Contribuir con el mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos.

 

·         Contribuir con la protección de un ambiente sano.

 

·         Permite crear una cultura de sostenibilidad y acciones ciudadanas sostenibles.

 

·         Contribuir con la disminución de las basuras en el espacio público.

 

·         Contribuir con el mejoramiento de la imagen de la ciudad.

 

·         Contribuir con el fortalecimiento del turismo en la ciudad Capital.

 

·         Contribuir con la formación de valores ciudadanos como la sana convivencia y la participación ciudadana.

 

·   Incentivar prácticas de cultura ciudadana enfocadas hacia el embellecimiento de las fachadas de las viviendas urbanas del Distrito.

 

3. JUSTIFICACIÓN

 

Para los residentes y visitantes de la ciudad de Bogotá D.C., resulta evidente el creciente deterioro de la imagen de la ciudad, esta situación requiere tomar medidas de carácter urgente que agrupen el esfuerzo y  la participación de la administración Distrital, como de los ciudadanos en general, quienes son los protagonistas del escenario citadino y quienes serán los  directos beneficiados ante la puesta en marcha de acciones afirmativas encaminadas a  mejorar la apariencia de la ciudad.

 

Permitirá también esta estrategia, incrementar la participación ciudadana y lograr mayor sentido de apropiación y orgullo de sus barrios y sus instituciones por parte de las comunidades y mediante las jornadas de limpieza de las fachadas, de los barrios y de las Instituciones y empresas se logrará cumplir un proceso de transformación de lo local y crear una sensación de confianza y lazos entre los ciudadanos y serán cada vez comunidades más vibrantes.

 

La importancia de la creación de una estrategia  de sostenibilidad y acciones sostenibles como cultura ciudadana ambiental, de aseo, reciclaje, separación en la fuente, seguridad  y ornato, , embellecimiento y mantenimiento de las fachadas y los espacios públicos, además de ser de fácil apreciación general dentro de la comunidad, encuentra su asiento sociológico en una conocida teoría criminológica llamada “Broken Windows” nacida gracias a un experimento del psicólogo social  Philip Zimbardo en 1969, en el cual observó que al dejar dos autos estacionados en dos barrios de diferente estrato social observó detenidamente cual era la reacción de la comunidad residente en los mismos y pudo establecer que en el barrio de estrato bajo al dejar el auto con las puertas abiertas por un lapso de tiempo no muy largo, este fue desvalijado; no pasó algo muy diferente en el barrio de mejor estrato, pues si bien es cierto en un primer momento no encontró mayor  reacción, al  hacerle algunos daños y  romper los vidrios observó con sorpresa como fueron apareciendo más daños con la misma velocidad que en el barrio de contexto problemático, tal y como lo expone el artículo “The police and neighborhood safety” escrito por James Wilson y George Kelling1.

 

A partir de la tesis planteada por estos autores, se han desarrollado diferentes políticas públicas para el mejoramiento de los espacios públicos o comunales en varias ciudades del mundo, las cuales van encaminadas hacia la disminución del deterioro de los espacios comunes evitando que los daños menores vayan agravándose y convirtiéndose en un deterioro  ostensible del entorno, toda vez que resulta para la ciudadanía un motivo de incentivo estar rodeada de espacios libres de basuras y contaminación.

 

Es así como en nuestra ciudad resulta pertinente buscar un fortalecimiento de la conciencia y la educación ciudadana que conlleve a la disminución de espacios públicos deteriorados a través de la cooperación armónica de la comunidad residente en cada sector y la administración.

 

Todo esto se verá fortalecido además con la ejecución del nuevo esquema de aseo y reciclaje próximo a ser implementado en el Distrito y el desarrollo del articulado del plan de desarrollo Distrital “Bogotá Mejor para Todos” que en su artículo 82 dispone:

 

Artículo 82. Instrumentos de Gestión Social para proyectos de recuperación de espacio público. En espacios públicos deteriorados y con condiciones de inseguridad en la ciudad, la administración podrá a través de instrumentos de gestión social y económica vincular o delegar a vecinos y comerciantes del sector a intervenir el desarrollo de proyectos que permitan su recuperación integral con el apoyo permanente de las Alcaldías Locales y la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia.”

 

El anterior artículo empodera a las comunidades locales y a las entidades de todo tipo para que tengan una participación activa dentro de este tipo de procesos de recuperación de espacios deteriorados y para que sea la administración quien esté a cargo de proveer las herramientas para que esto se cumpla de carácter social y económico que permitan que este se cumpla.

 

De esta manera, si la tendencia apunta siempre a que la ciudad esté limpia, sin basuras y sin espacios deteriorados, cada vez más, los ciudadanos sentirán la necesidad de mantener sus zonas comunes y fachadas de la mejor manera posible, elevando su concepción del estándar de belleza y siendo cada vez más cuidadosos por ende en el mantenimiento de los mismos.

 

El sentido de esta iniciativa se exacerba con el ideal de movilización masiva y de involucrar a toda la ciudadanía en torno a la búsqueda del embellecimiento de todos los espacios de la ciudad hasta lograr una transformación que haga de nuestra Bogotá una cuidad vibrante, fiel reflejo de la pujanza y trabajo de sus habitantes.

 

La estrategia se ejecutará mediante el diseño de una campaña que permita desarrollar prácticas de cultura ciudadana enfocadas en los ejes: ambiental, aseo, seguridad y ornato  por parte de los propietarios de las viviendas, con el fin de promover el cuidado, la limpieza y el mantenimiento de las fachadas y andenes de sus viviendas y de los espacios públicos aledaños a estas, así como de fomentar la cultura del reciclaje y separación en la fuente como ejes centrales del fortalecimiento de políticas públicas de salud, ambiente sano  y seguridad.

 

Existen zonas de la ciudad donde estas campañas deben hacerse con mayor intensidad o tratamiento diferencial, pues dependiendo de la localidad las necesidades varìan ostenciblemente, es el caso de localidades de especial cuidado y protecciòn, tales como La Candelaria, la cual es objeto de especial proteccion por parte de Instituto Distrital de Patrimonio Cultural (I.D.P.C.), que ha venido ejecutando programas como el de recuperaciòn cromatica de las fachadas, para este tipo de localidades la Administraciòn coordinarà de manera oportuna el despliegue y articulaciòn con la campaña DIA BOGOTA LIMPIA”.


La Secretaria Distrital de Hábitat, la U.A.E.S.P., Secretaria Distrital de Cultura, con el acompañamiento de las Secretarías Distritales de Ambiente y Educación, deberán diseñar el plan de acción que permita promover esta estrategia mediante actividades culturales, pedagógicas, académicas y ambientales, las cuales se desarrollarán durante las jornadas “DÍA BOGOTÁ LIMPIA”. De igual forma, se requiere contar con propuestas metodológicas que incluyan jornadas de capacitación, actualización, teóricas, académicas, de experiencias compartidas.

 

Con el objetivo de fortalecer esta iniciativa surge la necesidad de construir el presente proyecto de acuerdo que beneficiará a todos los habitantes de la ciudad, ya sea directa o indirectamente, a través de un cambio en la cultura de la participación ciudadana, la calidad de vida de los habitantes así como la mejora en la calidad del ambiente, y por consiguiente en la salud de los bogotanos.

 

Las entidades enunciadas deberán garantizar la participación de integrantes de asociaciones hoteleras, el observatorio de turismo, la Cámara de Comercio de Bogotá, Instituciones Educativas de Nivel Superior, Instituciones Educativas del Distrito y miembros de la Sociedad Civil, en la construcción, ejecución y evaluación de las actividades que se desarrollarán en marco de las jornadas institucionales “DIA BOGOTA LIMPIA”.

 

4. CONTEXTO INTERNACIONAL

 

TIRANA – ALBANIA

 

“Cuando Albania surgió del régimen comunista en la década de 1990, se embarcó en un programa de modernización y crecimiento.

 

Un legado de su tiempo tras la cortina de hierro está cambiando ahora, como las plazas monótonas y bloques de edificios viejos comunistas cerca de las ruinas se están transformando, dándole una nueva cirugía estética e imagen luminosa y colorida.

 

Un nuevo estilo albanés de urbanismo ha comenzado a emerger en el siglo XXI.”2

 

Este caso resulta en todo sentido interesante cuando de renovación urbana se trata, pues en esta ciudad predominaban los bloques olvidados de edificios construidos en los años treinta, los cuales estaban notoriamente deteriorados y hacían de la ciudad un paisaje gris y triste símbolo de la época comunista que había transcurrido en los últimos largos años.

 

Es así como para el año 2000 se comenzó con un tímido proceso de restauración cuyo objeto se situaba en alguno (sic) edificios de la administración, esto comenzó a suceder bajo la administración de Edi Rama y poco a poco dicha actividad restauradora fue incrementándose y extendiéndose hacia otras zonas grises de la ciudad, tal y como anota el artículo <<A bright and colorful new style of urban design emerges in Albania>>

 

Según este articulo tan pronto como fueron apareciendo los colores vibrantes en las fachadas, se comenzaron a observar reacciones en los ciudadanos y aunque no necesariamente todo el mundo estaba contento con el cambio se fue generando una sensación de pertenencia con el espacio público y de responsabilidad con el mantenimiento del mismo.

 

Por otra parte y no menos importante se comenzó a notar que no solo se trataba de pintura, también la renovación urbana se empezó a notar en la reposición de lámparas, mobiliario urbano y jardinería, que a su vez permitieron que estos espacios públicos empezaran a ser ocupados, usados y disfrutados por familias y gente joven que otrora por carecer de sensación de seguridad no podían hacerlo.

 

Es así, como hoy en día Tirana se ha convertido en un destino turístico bastante apetecido, gracias a su carácter de libre espacio de intercambio artístico y cultural, lo cual se ve aún más fortalecido e impulsado al convertir estos procesos de transformación en una política de inversión para el desarrollo por parte de su administración.

 

“BRITAIN IN BLOOM”

 

Existen en el mundo otras iniciativas como el concurso “GRAN BRETAÑA EN FLOR”, el cual premia el esfuerzo de las comunidades residentes en los pueblos, villas y ciudades de Gran Bretaña, que cada año se reúnen en un número aproximado de 200.000 voluntarios que participan activamente en labores de limpieza y embellecimiento de jardines en torno a un concurso para elegir a la comunidad mejor ornamentada y limpia.

 

Este concurso tiene tres ejes centrales excelencia de jardinería, responsabilidad ambiental y participación de las comunidades y su objetivo es elegir a la comunidad mejor mantenida y ornamentada a nivel de jardinería.3

 

5. CONTEXTO NACIONAL

 

En nuestro país existen ejemplos tan importantes como el de la ciudad de Leticia, capital del Departamento del Amazonas, donde se despliega la propuesta: “La ciudad más limpia no es la que más se barre sino la que menos se ensucia”.

 

Con esta iniciativa la Policía Nacional presente en el Amazonas con la especialidad de Policía de Prevención ciudadana, ha realizado un proceso de motivación y promoción del cuidado de sus espacios comunes dentro de los habitantes de los diferentes barrios de la ciudad, campaña que ha impulsado la participación activa y la generación de valores de convivencia y cultura ciudadana.

 

Por medio de esta iniciativa se realizan actividades de recolección de basuras, limpieza de áreas verdes y de caminos comunales, logrando una contribución con la seguridad, la salud pública y el ambiente sano de los sectores donde se realizan las intervenciones.

 

“Bajo ese lema, La Policía Nacional en el Amazonas a través de la especialidad de Policía de Prevención Ciudadana, ha dado inicio en el 2016, a una serie de campañas tendientes a motivar y promover en los habitantes de la ciudad, el cuidado por su entorno y el sostenimiento de los logros que se vayan alcanzado, motivando en los habitantes de los distintos barrios de la ciudad, una participación activa y dinámica en tareas y acciones de ornato y embellecimiento que involucren a toda la ciudadanía, teniendo como incentivo el sentido de pertenecía y mejoramiento de la calidad de vida en sus sectores en lo que respecta a convivencia, salubridad y tranquilidad ciudadana, además de promover una cultura amigable con el medio ambiente.

 

En esta ocasión fueron los habitantes del barrio “La Isla de La Fantasía” quienes de la mano con La Policía de Prevención emprendieron en horas de la mañana, las tareas de recolección de basuras, limpieza de zonas verdes y caminos por los cuales regularmente los niños y niñas transitan, a fin de erradicar posibles focos de inseguridad; igualmente en horas de la tarde se desarrollaron actividades deportivas de integración y recreación con los moradores de este sector de la ciudad.

 

Ministerio de Defensa Nacional Policía Nacional, Oficina de Comunicaciones Estratégicas- Departamento de Policía Amazonas.”4

 

6. MARCO JURÍDICO

 

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA

 

Artículo 1º. Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general."

 

Artículo 2°. Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.

 

Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.

 

ARTICULO 58. Modificado por el art. 1, Acto Legislativo No. 01 de 1999. Se garantizan la propiedad privada y los demás derechos adquiridos con arreglo a las leyes civiles, los cuales no pueden ser desconocidos ni vulnerados por leyes posteriores. Cuando de la aplicación de una ley expedida por motivos de utilidad pública o interés social, resultare en conflicto los derechos de los particulares con la necesidad por ella reconocida, el interés privado deberá ceder al interés público o social.

 

La propiedad es una función social que implica obligaciones. Como tal, le es inherente una función ecológica.

 

El Estado protegerá y promoverá las formas asociativas y solidarias de propiedad.


Por motivos de utilidad pública o interés social definidos por el legislador, podrá haber expropiación mediante sentencia judicial e indemnización previa. Este se fijará consultando los intereses de la comunidad y del afectado. En los casos que determine el legislador, dicha expropiación podrá adelantarse por vía administrativa, sujeta a posterior acción contenciosa-administrativa, incluso respecto del precio.

 

ARTICULO  79. Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo.

 

Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines.

 

ARTICULO  82. Es deber del Estado velar por la protección de la integridad del espacio público y por su destinación al uso común, el cual prevalece sobre el interés particular.

 

Las entidades públicas participarán en la plusvalía que genere su acción urbanística y regularán la utilización del suelo y del espacio aéreo urbano en defensa del interés común.

 

ARTICULO  311. Al municipio como entidad fundamental de la división politico-administrativa del Estado le corresponde prestar los servicios públicos que determine la ley, construir las obras que demande el progreso local, ordenar el desarrollo de su territorio, promover la participación comunitaria, el mejoramiento social y cultural de sus habitantes y cumplir las demás funciones que le asignen la Constitución y las leyes.

 

ACUERDO 79 DE 2003, "Por el cual se expide el código de policía de Bogotá D.C."

 

ACUERDO 465 DE 2016, “Por el cual se adopta el plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas para Bogotá D.C. 2016 - 2020 “Bogotá mejor para todos”

 

ACUERDO 257 DE 2006 en su artículo 53 establece dentro de las funciones del I.D.P.A.C., las siguientes:

 

Artículo 53. Objeto y funciones básicas del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal. El objeto del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal es garantizar el derecho a la participación ciudadana y propiciar el fortalecimiento de las organizaciones sociales, atendiendo las políticas, planes y programas que se definan en estas materias.

 

El Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal tiene las siguientes funciones básicas:

 

a. Fomentar la cultura democrática y el conocimiento y apropiación de los mecanismos de participación ciudadana y comunitaria.

 

b. Diseñar y gestionar estrategias e instrumentos que concreten las políticas en materia de participación y organización de la ciudadanía.

 

c. Diseñar y promover la estrategia que garantice la información suficiente para una efectiva participación ciudadana.

 

d. Formular, orientar y coordinar políticas para el desarrollo de las Juntas de Acción Comunal en sus organismos de primer y segundo grado, como expresión social organizada, autónoma y solidaria de la sociedad civil.

 

e. Ejercer y fortalecer el proceso de inspección, control y vigilancia sobre las organizaciones comunales de primero y segundo grado y sobre las fundaciones o corporaciones relacionadas con las comunidades indígenas cuyo domicilio sea Bogotá, en concordancia con la normativa vigente en particular con la Ley 743 de 2002 o la norma que la modifique o sustituya.

 

f. Ejecutar, controlar, coordinar y evaluar planes, programas y proyectos para la promoción de la participación ciudadana, el interés asociativo y la organización comunitaria en el Distrito, en el marco del Sistema de Participación Distrital.

 

g. Diseñar y construir metodologías y tecnologías que permitan a las comunidades organizadas planear, ejecutar, controlar y sostener obras de interés comunitarias y transferirlas a las demás entidades del Distrito Capital y a las localidades.

 

h. Fomentar procesos asociativos en las organizaciones sociales y comunitarias con instrumentos de desarrollo económico y social del Distrito Capital.

 

i. Liderar, orientar y coordinar los procesos de participación de los grupos poblacionales desde la perspectiva etaria, haciéndo énfasis en la juventud.

 

j. Liderar, orientar y coordinar los procesos de participación de los grupos poblacionales desde la perspectiva étnica.

 

k. Liderar, orientar y coordinar los procesos de participación de los grupos poblacionales desde la perspectiva de equidad de género.

 

l. Ejecutar obras de interés comunitario”

 

7. COMPETENCIA

 

· CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA. ARTICULO   313. Corresponde a los concejos:

 

“1. Reglamentar las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del municipio.”


· DECRETO LEY 1421 DE 1993. POR EL CUAL SE DICTA EL RÉGIMEN ESPECIAL PARA EL DISTRITO CAPITAL DE SANTAFÉ DE BOGOTÁ.

 

“ARTÍCULO.-  12. Atribuciones. Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y a la ley:

 

1.  Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito.

 

2. Adoptar el Plan General de Desarrollo Económico y Social y de Obras Públicas. El plan de inversiones, que hace parte del Plan General de Desarrollo, contendrá los presupuestos plurianuales de los principales programas y proyectos y la determinación de los recursos financieros requeridos para su ejecución.

 

5.  Adoptar el Plan General de Ordenamiento Físico del territorio, el cual incluirá entre otras materias, la reglamentación de los usos del suelo y el desarrollo físico en las áreas urbanas y rurales. Con tal fin, dictará las normas que demanden los procesos de urbanización y parcelación, la construcción de vías y el equipamiento urbano.

 

13. Regular la preservación y defensa del patrimonio cultural.

 

25. Cumplir las demás funciones que le asignen las disposiciones vigentes.”

 

8. IMPACTO FISCAL

 

De conformidad con el artículo 7 de la Ley 819 de 2003 “En todo momento, el impacto fiscal de cualquier proyecto de ley, ordenanza o acuerdo, que ordene gasto o que otorgue beneficios tributarios, deberá hacerse explícito y deberá ser compatible con el Marco Fiscal de Mediano Plazo. Para estos propósitos, deberá incluirse expresamente en la exposición de motivos y en las ponencias de trámite respectivas los costos fiscales de la iniciativa y la fuente de ingreso adicional generada para el financiamiento de dicho costo”.

 

La iniciativa propuesta por este proyecto de acuerdo no genera un impacto fiscal que implique una modificación en el marco fiscal de mediano plazo, toda vez, que no se incrementará el presupuesto del Distrito, ni ocasionará la creación de una nueva fuente de financiación, en la medida en que el presupuesto asignado para el desarrollo del presente proyecto de acuerdo, fue planteado dentro del marco fiscal del actual Plan de Desarrollo Distrital 2016-2019.

 

Cordialmente,

 

Diego Andrés Molano Aponte

Concejal

Autor

 

Ángela Sofía Garzón Caicedo

Concejal

 

Diego Fernando Devia Torres

Vocero Bancada Centro Democrático

 

Daniel Palacios Martínez

Concejal

 

Andrés Forero Molina

Concejal

 

Pedro Javier Santiesteban Millán

Concejal

 

 

PROYECTO DE ACUERDO No. 303 DE 2017

 

POR MEDIO DEL CUAL SE INSTITUCIONALIZA LA CAMPAÑA “DIA BOGOTÁ LIMPIA” COMO PROMOCIÓN DE UNA ESTRATEGIA DE CULTURA DE ASEO, RECICLAJE Y ORNATO EN LA CIUDAD”

 

El Concejo de Bogotá en uso de sus facultades constitucionales y legales, en   especial las conferidas por los numerales 18 y 23 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993 

 

ACUERDA: 

 

ARTÍCULO PRIMERO: Objeto. El presente acuerdo tiene por objeto institucionalizar el “DÍA BOGOTÁ LIMPIA”, durante la primera semana del mes de agosto, como herramienta de promoción de una estrategia de cultura ciudadana, de aseo, reciclaje, cuidado, ornato y embellecimiento de las fachadas y andenes de residencias,  establecimientos privados y  púbicos, instituciones educativas y hospitales  entre otras, que ayude a mejorar la apariencia de la ciudad y que contribuye al mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes del Distrito Capital, así como el fomento de la protección del ambiente  a través de campañas de limpieza y reciclaje.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Responsabilidades y componentes de la estrategia. “DÍA BOGOTÁ LIMPIA”. Las Secretarias Distritales de Ambiente y de Hábitat junto con la U.A.E.S.P y el I.D.P.A.C, establecerán los programas específicos para crear e incentivar estrategias para el ornato, aseo y embellecimiento de espacios públicos en el “Día de Bogotá Limpia”.

 

Utilizando estrategias en las que se vinculen el sector público y el sector privado, a los ciudadanos del Distrito Capital y demás entidades del Distrito Capital.

 

ARTÍCULO TERCERO: Reconocimiento. El I.D.P.A.C., y la U.A.E.S.P., crearán un incentivo para las comunidades e instituciones participantes en la jornada “DIA BOGOTA LIMPIA”. Los incentivos o reconocimientos se asignarán a través de concursos donde se determinen los sectores con mayores resultados dentro del marco de la jornada “DÍA BOGOTÁ LIMPIA”.

 

Parágrafo: Corresponderá a la administración el diseño y características del incentivo de participación, así como los criterios según los cuales este será entregado.

 

ARTÍCULO CUARTO: Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación.

 

Publíquese y Cúmplase

 

NOTAS DE PIE DE PÁGINA

 

James Q. Wilson and George L. Kelling. «BROKEN WINDOWS: The police and  neighborhood  safety» (PDF)en http://www.manhattan-institute.org/pdf/_atlantic_monthly-broken_windows.pdf sitio web consultado el día 08 de septiembre de 2016 a las 4:39 p.m.

 

2 http://www.rudi.net/pages/16989

 

3 https://en.wikipedia.org/wiki/Britain_in_Bloom, página web consultada el día 16 de septiembre de 2016 a las 4:30 p.m.

 

4 https://www.leticiahoy.com/sites/default/files/noticias/imagen/oseoelleticia.jpg, página web consultada el día 26 de septiembre de 2016 a las 2:30 p.m.