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PROYECTO DE ACUERDO No. 183 DE 2017 POR EL CUAL SE DICTAN LINEAMIENTOS PARA PROMOVER LA
CREACIÓN DE PARQUES CIENTIFICOS, TECNOLÓGICOS Y DE INNOVACIÓN EN BOGOTÁ D.C Y
SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES. I. OBJETO. Este proyecto busca que el Distrito potencie e incentive la creación de
parques científicos, tecnológicos y de innovación-PCTI en la ciudad,
aprovechando que existe un escenario normativo y de conveniencia
favorable, fundamentado en el artículo 12 del Plan Nacional de Desarrollo
2014-2018, (Ley 1753 del 9 de junio de 2015) y en el Plan Distrital de
Desarrollo, (Acuerdo 645 de 2016). El primero define a éstos parques
como zonas geográficas especiales destinadas a promover la innovación basada en
el conocimiento científico y tecnológico y a contribuir a la productividad
empresarial y la competitividad regional. El segundo mediante el artículo 68
definió el programa Asociación para para (sic) Actividades Científicas y
Tecnológicas y facultó al Alcalde Mayor para que en un término de 6 meses se
asocien con otras entidades públicas o con particulares con el fin de adelantar
actividades científicas y tecnológicas, entre ellas organizar parques
tecnológicos. II. ANTECEDENTES DE LA INICIATIVA. Este proyecto lo
presentamos por cuarta vez, siendo el antecedente el Proyecto 165 de 2016 cuyos
ponentes fueron los Concejales Lucia Bastidas y German García donde rindieron
ponencia positiva conjunta.
III. JUSTIFICACIÓN DE LA INICIATIVA. Los parques científicos, tecnológicos y de innovación-PCTI
pueden ser definidos en varios sentidos, una de las más concisas, la define
como: “Una iniciativa
–la mayoría de las veces pública- de creación de un área geográfica
delimitada y destinada a favorecer el desarrollo y la aplicación de actividades
científicas y tecnológicas, con el fin de promover y albergar instituciones de investigación
y empresas intensivas en conocimiento. El objetivo último de toda esta
actividad es la generación de crecimiento económico sostenible en el largo
plazo en el territorio en el que se instala el PCT. (…) Los
elementos esenciales de un PCT son: a) Un componente tecnológico importante; b)
la presencia de flujos de cooperación tecnológica; c) el desarrollo de nuevas
empresas de base tecnológica; y, por último d) una contribución al desarrollo
del entorno, basado en la promoción y difusión del conocimiento. El componente
tecnológico importante está basado en la presencia in situ de empresas,
universidades y centros de investigación intensivos en conocimiento y que
desempeñan actividades tecnológicas de carácter avanzado. (…) los PCT
tienen que contribuir a incrementar la capacidad tecnológica y científica de
las empresas en el entorno geográfico donde se sitúan (Sheramur y Doloreux,
2000). Por su parte el Programa de
Integración Regional e Innovación Tecnológica, la Universidad Nacional de
Colombia, utiliza una definición más sencilla: “Un Parque Científico y Tecnológico (PC&T) es un
espacio en el cual confluyen diferentes sectores de la sociedad (académico,
productivo, estatal, privado) con el objetivo común de incrementar la
competitividad, generar bienestar y riqueza social mediante la apropiación
social de la ciencia y la tecnología y la realización de investigación e
innovación.”1 La creación de los
Parques Científicos, Tecnológicos y de Innovación en el
Distrito Capital tendrá los siguientes objetivos: • Lograr la confluencia de actores como empresas,
centros de Investigación,
desarrollo e innovación (I+D+i), centros de
entrenamiento, servicios profesionales, alternativas de financiamiento,
incubadoras de empresas, entre otros. • Generar beneficios derivados de las economías de aglomeración que
incrementan la competitividad y las economías de escala. • Promover la competitividad y la cultura de la
innovación. • Propiciar el flujo de
conocimiento y tecnología entre universidades,
instituciones de investigación, empresas y mercados. • Estimular la creación y el
crecimiento de empresas de base tecnológica mediante
mecanismos de incubación en busca de un alto valor agregado. • Impulsar la generación de
empleo de alto valor
agregado. • Promover esquemas de
financiación que estimulen la generación de emprendimiento tecnológico. • Propiciar una dinámica de renovación
urbana que mejora la calidad de vida de los ciudadanos. 2.1. Necesidad de un Parque Tecnológico en Bogotá. A diferencia de los parques
industriales, los parques tecnológicos han sido utilizados por los países en
desarrollo como plataformas para promover industrias intensivas en tecnología y
conocimiento. En la práctica, la mayoría de ciudades que lograron consolidarse
internacionalmente en un sector económico puntual y ser exitosas, desarrollaron
parques tecnológicos como parte de sus estrategias. Esto les permitió concentrar
geográficamente los esfuerzos alrededor de un proyecto específico para obtener
resultados concretos y tangibles. Adicionalmente, las ciudades utilizaron
la creación de parques tecnológicos como un instrumento de política para
generar empleo de alta calidad y de valor agregado. Los parques tecnológicos permiten
la materialización de estrategias de la política pública como: • La consolidación de las apuestas
productivas. • Economía centrada en el
conocimiento. • Impulso de sectores de alto valor
agregado que generen externalidades económicas y sociales positivas, como son
vínculos entre las pequeñas y grandes empresas, crecimiento económico y
empleo. Podemos encontrar varios aspectos
favorables para justificar la necesidad de un Parque Científico y Tecnológico
en Bogotá. a. Constituye un instrumento de ejecución política pública clave para la implementación de la
Política Distrital de Productividad, Competitividad y Desarrollo Socioeconómico
de Bogotá D.C. La política pública de
Productividad, Competitividad y Desarrollo Socioeconómico de Bogotá, D.C.
aprobada mediante Decreto 064 de 2011 tiene como fines principales la promoción
del crecimiento económico y el posicionamiento competitivo de Bogotá, la
creación y desarrollo de alternativas productivas, el fortalecimiento
empresarial, la generación de ingresos y oportunidades de empleo y la promoción
de las capacidades y potencialidades de las personas; en dicha Política se
planteó que Bogotá: “(…) promoverá los más altos estándares en la educación superior
dirigidos a la ciencia, la tecnología y la innovación, lo que le permitirá ser
reconocida como una sociedad del conocimiento y una economía de la innovación,
la educación, la cultura científica y tecnológica, y, en consecuencia, le
posibilitará la apropiación social del conocimiento y la capacidad de generar y
asimilar transferencia de tecnologías avanzadas. …Impulsar, buscando diversificar la estructura productiva de la ciudad,
los sectores industriales y de servicios para consolidar a Bogotá como polo de
desarrollo de la industria y los servicios avanzados de la nación en el contexto
de una ciudad del conocimiento y la innovación, de maximización de las
economías derivadas del proceso de aglomeración, así como de minimización de
los efectos nocivos que dicho proceso genera. Igualmente, logrará la
permanencia de las industrias existentes, la llegada de nuevas empresas y la
repotenciación de la localización industrial maximizando las ventajas
recíprocas del mercado bogotano y regional… La ciudad se enfocará a los desarrollos en innovación, ciencia y
tecnología, en especial en los sectores líderes. Se procurará elevar, en la
próxima década, los gastos de Innovación y Desarrollo, proceso que debe ser el
resultado de un esfuerzo continuo y sistemático, independiente de la situación
de tesorería o del ciclo económico.”2 b. Fue una apuesta contemplada en el Plan de Desarrollo Distrital
2016-2019. Las Bases del Plan Distrital de
Desarrollo, aprobado por el Concejo de Bogotá, apuesta en su Segundo eje
transversal el “Desarrollo económico basado en el conocimiento”. “4.5.1 Fundamentar el desarrollo
económico en la generación y uso del conocimiento para mejorar la
competitividad de la Ciudad Región. La administración de Bogotá le apuesta a convertir la generación y uso
del conocimiento en el eje de desarrollo económico para la ciudad. Este
propósito se alcanzará mediante la consolidación del ecosistema de
emprendimiento y de innovación, de tal manera que se fortalezcan las
capacidades de los diferentes actores, se potencien los espacios de
colaboración y apoyo a iniciativas empresariales, se reconozca el desarrollo de
la industria creativa y la economía naranja, se dinamice la interacción pública
y privada para alcanzar los objetivos comunes de la ciudad y se utilicen las
capacidades científicas y tecnológicas en dichos objetivo.”3 El diagnóstico establecido en el
Plan de Desarrollo “Bogotá Mejor Para Todos” señala que la falta de desarrollo
económico en la ciudad corresponde fundamentalmente a tres problemáticas, en
primer lugar a falencias en la generación y consolidación de negocios en razón
a que el emprendimiento y la innovación son bajos. También a la productividad y
competitividad de las mipymes evidencia importantes brechas entre los sectores
de la economía y entre tamaños empresariales. Señaló el Plan: “Una ciudad como Bogotá debe enfocarse en crear espacios holísticamente
interconectados en donde confluyan todos los agentes de una comunidad. Se trata
de habilitar espacios y equipararlos con la combinación de fuerzas políticas,
culturales y económicas orientadas a la creación, difusión y transferencia de
conocimiento, en el fortalecimiento de las actividades intensivas de
conocimiento, y articular las cadenas productivas con los ecosistemas
regionales de innovación. Este tipo de prácticas se han convertido en una
actividad clave para las ciudades consideradas como innovadoras y para aquellas
que quieren convertirse en una ellas.”4 Incluso el Portal de bogota.gov.co
señaló posterior a la aprobación del Plan de Desarrollo una nota de prensa que
expresaba: “En 2020 funcionaría el
Parque Científico y Tecnológico de Bogotá”, allí se anuncia: “Vamos a tener el estudio de factibilidad en el segundo semestre de
2016. Y con la información del Plan Maestro, sumada a la del estudio de
factibilidad, ya se podrán tomar las decisiones que permitan implementar el
Parque Científico y Tecnológico. En el escenario más positivo, para el 2017 ya
se podría iniciar dicha implementación. La construcción tomaría aproximadamente
dos años, lo cual quiere decir que el Parque entraría en operación para el año
2020.5” Es importante destacar el impulso
que la Universidad Nacional ha venido brindando en este tema, es así que por
ejemplo el pasado 14 de diciembre de 2016, la Universidad Nacional Sede Bogotá,
convocó una mesa de trabajo con varios Concejales donde asistieron Rolando
González, Horacio Serpa, Jorge Torres, Lucia Bastidas y Antonio Sanguino para
poder liderar la creación de un parque tecnológico en la ciudad. Al respecto
señaló: “Este importante proyecto, que se espera sea uno de los más grandes y
modernos del continente, generará gran impacto para la ciudad, por lo que los
directivos de la Universidad Nacional de Colombia (U.N.) Sede Bogotá y los
integrantes del Concejo acordaron una estrategia para sacarlo adelante” Al respecto, el profesor Jaime Franky, vicerrector
de la U.N. Sede Bogotá, señaló que “el proyecto ya está estructurado y ahora se
encuentra en los estudios de factibilidad, los cuales arrojarán alternativas de
las mejores ubicaciones posibles”.6. c. Potencia la vocación económica del sector servicios de la ciudad en segmentos de mayor valor agregado. Según un estudio de la
Secretaria de Desarrollo Económico, la importancia de Bogotá como centro
económico del país se ve reflejada en su capacidad para generar empleo, valor
agregado y como referente de la localización de las actividades económicas. En
términos de valor agregado, los servicios han aportado durante la última década
el 62% del valor agregado de la actividad económica bogotana, el sector
comercio aporta el 14,1% y las actividades industriales el 13,9%. Analiza el
informe que la mayoría de los establecimientos industriales de Bogotá se
encuentran dedicados a la producción de bienes no durables. Si se compara el aporte del
empleo con la contribución del valor agregado de cada sector de la industria se
puede observar que sectores con alta participación en el valor agregado como la
maquinaria u aparatos eléctricos generan mayor empleo en la ciudad.7 La ciudad necesita transformar su empleo con poco valor agregado hacía
empleos mejor remunerados, incentivando el desarrollo de sectores intensivos en
conocimiento, que el ejercicio de especialización inteligente ha recogido bien
por medio de una construcción colectiva. d. Se aprovecha el potencial de Bogotá en la economía
regional y nacional. Uno de los elementos importantes
es que contar con parques científicos y tecnológicos permite que la ciudad
pueda disponer los recursos de regalías8 que el gobierno tiene
previsto destinar para promover la innovación y el desarrollo regional con base
en Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018. El Gobierno Nacional ha
venido trabajando para desarrollar los mecanismos que permitan canalizar estos
recursos a través de proyectos que buscan la mejora en competitividad de los
sectores de transformación productiva que presenten las
regiones. Dada la situación económica es necesario que Bogotá se posicione
como una de las mejores ciudades para invertir en América Latina a la altura de
México D.F. y Sao Paulo por los beneficios que ofrece. Adicionalmente este tipo de
parques puede generar un beneficio para el distrito en el sentido de dar
oportunidades de colaboración entre empresas y universidades y otras
instituciones de investigación para incentivar la transferencia de tecnología y
conocimiento a los programas y proyectos sociales que la ciudad requiere para
garantizar la calidad de vida. Según lo manifestado en las
ponencias de los Concejales Lucia Bastidas y German García, citando un
documento de la Cámara de Comercio se expresa: “Según estudios de la Cámara de Comercio
de Bogotá (CCB), los sectores más atractivos para los inversionistas extranjeros
son los de “tecnología, desarrollo de software y servicios de valor compartido,
la industria de materiales de construcción”. Según la cifras CCB “finales de
2014 existían en la Capital 324.196 empresas, de ellas 1.565 extranjeras, y los
principales sectores de actividad de las que tenían matrículas activas eran los
de servicios (45,5%), comercio (23,4%), industria (20,4%), agro y minería
(2,7%) y otros sectores (8%)”, lo que indica el alto porcentaje que puede
llegar a tener la ciudad en el sector servicios por medio de la ciencia, la
tecnología y la innovación.”9 2.2. Una
estrategia de actores de la Región para proyectar a Bogotá como ciudad
Innovadora Un proyecto de esta dimensión permite
impulsar la labor que viene impulsado Colciencias en Bogotá para posicionarla
estratégicamente en el tema de innovación. Cabe señalar que una de las
fortalezas de la ciudad es su posicionamiento económico, puesto que de la
ciudad concentra el 26% del PIB de Colombia, con una población de 8 millones de
personas, hay 406.000 empresas y el 55% de las inversiones del país en
Actividades de Ciencia e Innovación. Además en Bogotá está el
39% de las Universidades del país, el 37% de los grupos
de investigación e Investigadores Activos y el 65% de las empresas de
Software y TI del País. Aprovechando este escenario, desde el año 2009, ha surgido un
plan piloto para desarrollar proyectos de parque tecnológico de Bogotá en el
sector de las Tecnologías de la Información y las comunicaciones TIC, que ha
contado con el liderazgo de actores como la Universidad Nacional de Colombia,
la Cámara de Comercio de Bogotá e Invest in Bogotá. En 2012, el proyecto fue seleccionado para desarrollar su
plan maestro a través de la Cooperación Colciencias-Corea que inició en 2014.
El plan maestro apoyado técnicamente por la Universidad Nacional presentó la
hoja de ruta general del proyecto en mayo de 2016. Actualmente, el proyecto se ha fortalecido con la vinculación
de actores clave adicionales como la Secretaría Distrital de Desarrollo
Económico, Connect Bogotá Región, PROBOGOTA, la ANDI, Colciencias, y el
Programa de Transformación Productiva. El parque científico y tecnológico se diseña buscando
identificar las necesidades de las empresas ubicadas en Bogotá, cruzarlas con
las tendencias de la tecnología del sector, para que a partir de esa unión,
diseñar los servicios que ofrecerá el parque a empresarios y expertos
identificando las tecnologías priorizadas y atender las necesidades futuras y
así generar mayor valor y mayor nivel de empleo en la ciudad. El proyecto está enmarcado y
ha sido priorizado dentro de la estrategia de especialización
inteligente que es una agenda integrada de desarrollo productivo
construida colectivamente para la transformación de Bogotá Cundinamarca, basada
en el conocimiento y la innovación. Esta agenda, fue construida entre 2014
y 2015 a partir de consensos logrados entre la sociedad civil,
la academia, el sector público y el sector empresarial de Bogotá-Región. 2.3. Ejemplos
de Parques Tecnológicos a Nivel Nacional: Parque Tecnológico de Guatiguará. El Parque Tecnológico
Guatiguará - PTG entró en operación desde el 2013 y es administrado por la
Universidad Industrial de Santander-UIS con el respaldo de Colciencias, el
apoyo de la Comisión Regional de Competitividad y la Gobernación de Santander,
y está contemplado dentro de la política de parques tecnológicos del Ministerio
de Comercio, Industria y Turismo y las políticas de desarrollo científico,
tecnológico y competitivo del gobierno nacional10. Es una organización que integra la aplicación y generación de conocimiento al desarrollo del país mediante la promoción y albergue de centros de investigación y empresas de base tecnológica principalmente en las áreas de energía, salud, software, agroindustria y biotecnología11. En la actualidad el Parque cuenta con un Polo de Innovación construido sobre un área de 13.000 m2, donde funcionan 5 corporaciones privadas de investigación y desarrollo, 6 centros y 4 grupos de investigación de la Universidad Industrial de Santander, con sus laboratorios especializados y oficinas administrativas.12 Este parque ha tenido un éxito importante dado el impulso que se le ha venido dando desde el gobierno regional, el Plan de Desarrollo de Piedecuesta 2012-2015, estableció el Programa Competitividad e Innovación un mejor camino. Según el informe del BID en
el año 2012, un total de 10 parques han sido identificados en el Caso de
Colombia, 5 están operativos, 2 en proceso de implantación y 3 en proyectos. A
parte de Parque Tecnológico Guatiguará, tenemos otras experiencias a nivel
nacional, que se detallan a continuación: “Departamento
de Antioquia: Distrito de Innovación Medellín Innovation y Ruta N: Ruta N es
una corporación creada por la Alcaldía de Medellín, UNE y EPM, que facilita la
evolución económica de la ciudad hacia negocios intensivos en ciencia,
tecnología e innovación, de forma incluyente y sostenible. Su principal
objetivo al año 2021, es posicionar a Medellín como la ciudad más innovadora de
América Latina.13
El Distrito Meedellin Inovation es el espacio donde se concentra la innovación de
Medellín. Está ubicado al norte de la Ciudad en un territorio organizado que reúne
emprendedores, compañías e instituciones de la economía del conocimiento,
fortaleciendo un hábitat sostenible e incluyente que mejora la calidad de vida
de sus habitantes. Se enmarca entre las comunas 4 y 10 de la Ciudad, su
área de planificación es de 168,61 hectáreas comprendidas entre los barrios
Chagualo, Jesús Nazareno, Sevilla y parte de San Pedro; localizados de manera
contigua al corredor del Río Medellín y a entidades e instituciones de gran
trascendencia como el Hospital San Vicente de Paúl, la Universidad de
Antioquia, el Parque Norte, el Parque Explora, y el Jardín Botánico.14 Departamento del Valle del Cauca: Parque Tecnológico Biopacífico:
El Parque Biopacífico es un polo de desarrollo regional y nacional,
un espacio de excelencia e innovación, un punto de relación estratégica
entre universidades, centros de investigación y de desarrollo
tecnológico, empresas públicas y privadas, organizaciones colombianas o del
exterior y agencias del gobierno central y regional, para promover y desarrollar
la cultura de la innovación y la competitividad de las organizaciones e
instituciones instaladas en el Parque o asociadas a él. Este parque lo
conforman La Universidad del Valle, la Universidad Nacional de Colombia, el
Centro Internacional de Agricultura Tropical CIAT, Corpoica, el ICA, la Cámara
de Comercio de Palmira, la Alcaldía de Palmira, la Gobernación del Valle. Durante el evento "Gestión y política de Parques
Tecnológicos", que se llevó a cabo del 4 al 6 de febrero de 2013 en
Bogotá, se creó la Red Colombiana de Parques Tecnológicos, Incubadoras y
Territorios de Innovación, cuya tarea inicial es la elaboración de los
estatutos que regirán la Red. IV. FUNDAMENTO
LEGAL. La Constitución Política en sus artículos 70 y 71 consagró el
acceso a la política científica como un pilar fundamental para el desarrollo
del país, el artículo 71 de la Carta expresa: “Los planes de desarrollo
económico y social incluirán el fomento a las ciencias y, en general, a la
cultura. El Estado creará incentivos para personas e instituciones que
desarrollen y fomenten la ciencia y la tecnología y las demás manifestaciones
culturales y ofrecerá estímulos especiales a personas e instituciones que
ejerzan estas actividades”. Con el Acto
Legislativo 005 de 2011, se modificó el artículo 361 y plasmó que parte de
los recursos de las regalías iban dirigidos a fomentar la ciencia, tecnología e
investigación. Así: “Artículo 361. Los ingresos del
Sistema General de Regalías se destinarán
al financiamiento de proyectos para el desarrollo social, económico y ambiental
de las entidades territoriales; al ahorro para su pasivo pensional; para
inversiones físicas en educación, para inversiones en ciencia, tecnología e
innovación; para la generación de ahorro público; para la fiscalización de la
exploración y explotación de los yacimientos y conocimiento y cartografía
geológica del subsuelo; y para aumentar la competitividad general de la
economía buscando mejorar las condiciones sociales de la población. (…) (…) Para efectos de cumplir con
los objetivos y fines del Sistema General de Regalías, créanse los Fondos de
Ciencia, Tecnología e Innovación; de Desarrollo Regional; de Compensación
Regional; y de Ahorro y Estabilización. Los ingresos del Sistema General de
Regalías se distribuirán así: un
porcentaje equivalente al 10% para el Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación;
un 10% para ahorro pensional territorial, y hasta un 30% para el Fondo de
Ahorro y Estabilización. Los recursos restantes se distribuirán en un
porcentaje equivalente al 20% para las asignaciones directas de que trata el
inciso 2o del presente artículo, y un 80% para los Fondos de Compensación
Regional, y de Desarrollo Regional. Del total de los recursos destinados a estos
dos últimos Fondos, se destinará un porcentaje equivalente al 60% para el Fondo
de Compensación Regional y un 40% para el Fondo de Desarrollo Regional”. Hay que anotar que
con la Ley 29 de 1990, “Por la cual
se dictan disposiciones para el fomento de la investigación científica y el
desarrollo tecnológico” se señalado varias disposiciones importantes para el
Estado Colombiano: “Artículo 1º. Corresponde al
Estado promover y orientar el adelanto científico y tecnológico y, por lo
mismo, está obligado a incorporar la ciencia y la tecnología a los planes y
programas de desarrollo económico y social del país y a formular planes de
ciencia y tecnología tanto para el mediano como para el largo plazo. Así mismo,
deberá establecer los mecanismos de relación entre sus actividades de
desarrollo científico y tecnológico y las que, en los mismos campos, adelanten
la universidad, la comunidad científica y el sector privado colombianos.” Artículo 2º. La acción del
Estado en esta materia se dirigirá a crear condiciones favorables para la
generación de conocimiento científico y tecnología nacionales; a estimular la
capacidad innovadora del sector productivo; a orientar la importación selectiva
de tecnología aplicable a la producción nacional; a fortalecer los servicios de
apoyo a la investigación científica y al desarrollo tecnológico; a organizar un
sistema nacional de información científica y tecnológica; a consolidar el
sistema institucional respectivo y, en general, a dar incentivos a la
creatividad, aprovechando sus producciones en el mejoramiento de la vida y la
cultura del pueblo. Un hecho importante fue la Ley 1286 de 2009 que transforma a
Colciencias en Departamento Administrativo, se fortalece el Sistema Nacional de
Ciencia, Tecnología e Innovación en Colombia y se dictan otras disposiciones,
planteó diversos propósitos en las políticas públicas en materia de estímulo y
fomento de la ciencia, la tecnología y la innovación Con la Ley 1753 de
2015, Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Todos
por un nuevo país”, el Estado ha dado un impulso para promover una estrategia
de creación de Parques Científicos, Tecnológicos y de Innovación, “ATÍCULO
12. PARQUES CIENTÍFICOS, TECNOLÓGICOS Y DE INNOVACIÓN (PCTI). Con el
propósito de promover la transferencia de conocimiento, la transferencia y
comercialización de tecnología, y el establecimiento de vínculos de
colaboración entre los diversos actores del Sistema Nacional de Competitividad,
Ciencia, Tecnología e Innovación, entre otros, dentro de los ocho (8) meses
siguientes a la expedición de la presente ley, Colciencias, el Ministerio de
Comercio, Industria y Turismo, y el Departamento Nacional de Planeación,
desarrollarán una estrategia para la promoción de Parques Científicos,
Tecnológicos y de Innovación (PCTI) en el territorio colombiano, entendidos
como zonas geográficas especiales destinadas a promover la innovación basada en
el conocimiento científico y tecnológico y a contribuir a la productividad
empresarial y la competitividad regional. Igualmente definirán los mecanismos
para atraer personal altamente calificado e inversión pública y privada, así
como los criterios para estructurar los PCTI en el marco del Fondo de Ciencia,
Tecnología e Innovación del Sistema General de Regalías. Para el efecto, Colciencias determinará los requisitos
y las condiciones que deben cumplir las organizaciones especializadas
encargadas de administrar los PCTI. PARÁGRAFO. En los procesos de revisión y ajuste de los
planes de ordenamiento territorial se podrán determinar los terrenos destinados
a la localización de Parques Científicos, Tecnológicos y de Innovación (PCTI)
en suelo urbano, de expansión urbana y rural. Artículo 186.
Comisiones Regionales de Competitividad. Intégrese el Sistema de Competitividad
e Innovación con el Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación para consolidar
un único Sistema de Competitividad, Ciencia, Tecnología e Innovación. En el marco de ese
Sistema, las distintas instancias departamentales que promueven agendas de
competitividad, productividad, ciencia, tecnología e innovación, tales como los
Consejos Departamentales de Ciencia, Tecnología e Innovación (CODECTI), Comités
Universidad-Empresa-Estado, Comités de Biodiversidad, Redes Regionales de
Emprendimiento, Consejos Regionales de PYME, Consejos Ambientales Regionales,
Comités de Seguimiento a los Convenios de Competitividad y las demás que sean
promovidas por el Gobierno Nacional, deberán integrarse a las Comisiones
Regionales de Competitividad en cada departamento, con el propósito de
articular sus agendas de trabajo. Corresponderá a cada Comisión Regional de
Competitividad ajustar su estructura de manera que garantice la participación
de estas instancias. Las Comisiones serán la única instancia de interlocución
con el Gobierno Nacional para la implementación de la Agenda Nacional de
Competitividad, Ciencia, Tecnología e Innovación. El Gobierno Nacional
reglamentará la organización, articulación y funcionamiento de ese Sistema”. 15 Otro
elemento de la política pública nacional es el CONPES 3834 del 2 de Julio
de 2015, “Lineamientos de política
para estimular la inversión privada en ciencia, tecnología e innovación a
través de deducciones tributarias”, señala que quienes inviertan en esta
para promover este tema reciben el 175% de descuentos sobre la renta máximo
sobre el 40% de renta líquida. Este documento también establece que se
realizará un piloto donde se seleccionarán 3 PCTi para que las empresas allí ubicadas
puedan beneficiarse de la calificación automática de proyectos de I+D+i y así
ser elegibles automáticamente para las deducciones tributarias mencionadas Con
base al Plan de Desarrollo y al CONPES, para mejorar la productividad y
competitividad, el Distrito debe generar un instrumento de ejecución de política
pública que es importante aprovechar y que ésta no quede desvaída y lejana como
las “inaccesibles voces los de sueños”, parafraseando al maestro Piero
Calamandrei. A
nivel distrital existe un antecedente como lo es el Acuerdo 146 de 2005, “Por
el cual se conforma la Comisión Distrital de Ciencia, Tecnología e Innovación”,
según el Acuerdo las funciones de la Comisión serán las siguientes: 1. Promover ante el Gobierno Distrital
estrategias para incorporar la ciencia y la tecnología en los planes de
educación, desarrollo económico, social y cultural, buscando estimular la
capacidad innovadora de los sectores educativo y productivo, así como de las
entidades Distritales encargadas del manejo ambiental, la salud y los servicios
públicos, procurando la adaptación de las políticas nacionales a las
condiciones y necesidades del Distrito. 2. Asesorar al Distrito Capital en la
formulación de políticas, programas y proyectos de ciencia, tecnología e
innovación y disponer las medidas indispensables para su cumplimiento,
seguimiento y evaluación. Así mismo, diseñar los mecanismos e instrumentos de
interacción entre los actores públicos y privados vinculados con su ejecución. 3. Promover la satisfacción de las
necesidades sociales y productivas, mediante la apropiación social de la
ciencia y la tecnología, la adquisición del conocimiento y la construcción de
una cultura que fomente la innovación y la creatividad que permita al sector
productivo, especialmente a las cadenas y conglomerados empresariales dinámicos
y relevantes, insertarse pro-activamente en los mercados nacionales e
internacionales, estimulando el desarrollo económico, social y ambiental del
Distrito Capital. 4. Asesorar en el fortalecimiento y
modernización de la infraestructura científica y tecnológica del Distrito
Capital, mediante la definición de políticas claras y sostenibles que hagan
posible la estructuración de un proyecto social en ciencia, tecnología e
innovación para la ciudad. 5. Apoyar la socialización de una cultura
científico-tecnológica e innovativa en el Distrito Capital, mediante la
apropiación social del conocimiento, con el fin de acercar la investigación
científica y la innovación tecnológica a la solución de problemas reales
específicos de los habitantes de Bogotá. 6. Participar en el Grupo de Gestión de
Ciencia, Tecnología e Innovación del Consejo Regional de Competitividad para
Bogotá y Cundinamarca, con miras a articular los procesos, políticas,
estrategias y planes en ciencia, tecnología e innovación del Distrito con los
de la región. 7.
Participar en los espacios de integración de políticas y planes de corto,
mediano y largo plazo, en los que participen entidades nacionales, regionales y
locales para el desarrollo científico, tecnológico e innovativo”. a. Plan de
Desarrollo Bogotá Mejor Para Todos. El Plan De
Desarrollo aprobado recientemente incorporó dos aspectos sobre los PCT y la
creación de un Fondo Cuenta para la Innovación, así: “Artículo 68. Asociación para Actividades
Científicas y Tecnológicas. Facúltese al Alcalde Mayor de Bogotá por el
término de seis (6) meses, contados a partir de la sanción del presente
Acuerdo, para que el Distrito y sus entidades descentralizadas, en los términos
de las disposiciones legales vigentes, se asocien con otras entidades públicas
o con particulares con el fin de adelantar actividades científicas y
tecnológicas, proyectos de investigación y de creación o implementación de
tecnologías, con los siguientes propósitos: a) Adelantar proyectos de investigación
científica. b) Apoyar la creación, el fomento, el
desarrollo y el financiamiento de empresas que incorporen innovaciones
científica o tecnológicas aplicables a la producción nacional, al
aprovechamiento de los recursos naturales y el manejo del medio ambiente o al control
de riesgos para la salud. c) Organizar centros científicos y
tecnológicos, parques tecnológicos, e incubadoras de empresas. d) Formar y capacitar recursos humanos para
el avance y la gestión de la ciencia y la tecnología. e) Establecer redes de información científica
y tecnológica. f) Negociar o asesorar la negociación para la
aplicación y adaptación de tecnologías nacionales y extranjeras. g) Prestar servicios que requieran alto
énfasis en conocimiento o tecnología. …. Artículo 106. Créase el Fondo Cuenta Distrital de Innovación,
Tecnología e Industrias Creativas, el cual es un Fondo Cuenta administrado como
una cuenta especial sin personería jurídica. Su administración estará a cargo
del Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., quien definirá la entidad a la cual será
asignada. El objeto del Fondo Cuenta es promover el desarrollo de la innovación,
nuevas tecnologías e industrias creativas en la ciudad a través de la
administración, recaudo y canalización de recursos para efectuar gastos e
inversiones para la adquisición de bienes, servicios y la construcción de obras
de infraestructura para el cumplimiento de su objeto. Para el desarrollo de sus
actividades se articulará con las redes de innovación y conocimiento públicas,
privadas y académicas de la ciudad. Se autoriza al Alcalde Mayor de Bogotá, D.C. para realizar aportes al
Fondo Cuenta Distrital de Innovación, Tecnología e Industrias Creativas, como
“Capital Semilla”, sin perjuicio de la posibilidad que el Distrito Capital o
sus entidades descentralizadas realicen aportes posteriores, de conformidad con
lo dispuesto en las normas presupuestales aplicables. Los recursos del Fondo Cuenta provendrán del aporte inicial denominado
“Capital Semilla, condicionado a la obtención de ingresos producto de la enajenación
de activos que gestione la Administración Distrital, así como a los
rendimientos, y los (sic) demás fuentes autorizadas por la ley. El Alcalde
Mayor de Bogotá, D.C. adoptará las medidas reglamentarias necesarias para
garantizar el adecuado funcionamiento del Fondo Cuenta y el cabal cumplimiento
de sus objetivos. Ahora bien, el tema de parques científicos y tecnológicos
fortalecería las acciones que permitan al distrito cumplir adecuadamente las
funciones que están dentro de la Comisión Distrital de Ciencia, Tecnología e
Innovación”. b. Competencia del Concejo
de Bogotá. El
Decreto-Ley 1421 de 1993. Artículo
12. Atribuciones. Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución
y a la ley: Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado
cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a
cargo del Distrito.” Cabe
señalar que por primera vez que se presenta al cabildo un proyecto que fomente
la creación de Parques Tecnológicos; no obstante, el tema de Innovación
Tecnológica es un tema que ha sido de interés de esta corporación fortalecer
durante las últimas administraciones distritales:
Es por ello que se necesita
brindar un impulso normativo distrital que permita que este tipo de proyectos puedan
desarrollarse exitosamente donde los actores involucrados, distritales,
empresariales y académicos cuenten con la suficiente seguridad jurídica que sus
proyectos van a ser priorizados en la agenda pública de la ciudad y gozar de
una sostenibilidad en el largo plazo. c. Impacto fiscal. La Ley 819 de 2003
"Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de presupuesto,
responsabilidad y transparencia fiscal y se dictan otras disposiciones",
en su artículo 7º señala que el impacto fiscal de todo Proyecto de Acuerdo debe
ser explícito y compatible con el Marco Fiscal de Mediano Plazo, para lo cual
en la respectiva Exposición de Motivos deberán incluirse expresamente los
costos fiscales de la iniciativa. En cumplimiento de la norma señalada,
conviene enfatizar que la presente iniciativa no tendría impacto fiscal ni
afecta sobre el Marco Fiscal de Mediano Plazo, por cuanto lo que busca es
contar con lineamientos de política para promover la creación de parques
científicos y tecnológicos, que en caso de generar gastos atribuibles al
presupuesto distrital. Adicional a ello es importante precisar que el Acuerdo 27 (30 de abril de 2015) de la
Comisión Rectora del Sistema General de Regalías en el artículo 6 numeral 2
se presentan los requisitos para financiar Parques Científicos y Tecnológicos
por el Fondo. La Resolución 590 de 2016, estableció: “ARTÍCULO 1. Criterios de priorización de Proyectos. Se
establecen como criterios para priorización de proyectos a ser financiados con recursos
del Fondo de Desarrollo Regional del Sistema General de Regalías asignados a
Bogotá D.C, los siguientes: 1. Concordancia con el Plan
Distrital de Desarrollo, con una ponderación del cuarentapor ciento (40%); 2. Concordancia con la
priorización de sectores de inversión ante el Órgano Colegiado de
Administración y Decisión — OCAD, con una ponderación del veinte por ciento
(20%); 3. Impacto regional, con
una ponderación del veinte por ciento (20%); 4. Concordancia con el
Sistema de Evaluación por Puntajes o el instrumento que lo modifique o
remplace, con una ponderación del veinte por ciento (20%)16”. Cordialmente,
Honorables Concejales del Partido Cambio Radical:
PROYECTO DE
ACUERDO No. 183 DE 2017 POR EL CUAL SE DICTAN LINEAMIENTOS PARA PROMOVER LA CREACIÓN
DE PARQUES CIENTIFICOS, TECNOLÓGICOS Y DE INNOVACIÓN - PCTI EN BOGOTÁ D.C Y SE DICTAN
OTRAS DISPOSICIONES. El Concejo de Bogotá, Distrito Capital, En ejercicio de sus atribuciones constitucionales
y legales, en especial de las conferidas por el Numeral 1o. del Artículo 12 del
Decreto Ley 1421 de 1993, ACUERDA: Artículo
1. Objeto.
La administración distrital en cabeza de la Secretaria de Desarrollo Económico
promoverá la creación de Parques Científicos, Tecnológicos y de Innovación-PCTI
para que ejecuten proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico
e innovación. Artículo 2. Lineamientos. Para fomentar la creación
de los Parques Científicos, Tecnológicos y de Innovación-PCTI,
la Administración Distrital deberá desarrollar como mínimo los siguientes
lineamientos: a. Exigir a los proponentes un Plan Maestro que presente la
hoja de ruta general del PCTI a implementar. b. Impulsar la confluencia de
actores institucionales como universidades, gremios, empresas,
centros de Investigación, desarrollo e innovación, centros de
entrenamiento, centro de servicios profesionales, incubadoras de empresas,
entre otros. c. Estimular el intercambio de
conocimiento y tecnología entre el Distrito y las entidades participantes
en los Parques. d. Facilitar los escenarios e
instancias de coordinación adecuados para la competitividad y la cultura
de la innovación. e. Instar a que las construcciones
de los PCTI se efectúen bajo altos estándares
de sostenibilidad ambiental y el uso de energías renovables. f. Promover el uso de los PCTI
para la generación de conocimiento en los sectores
productivos de servicios, TICS, conocimiento aplicado y productos de valor agregado. g. Suministrar los informes
anuales de gestión y de resultados de los PCTI. Artículo
3. Zonas y
espacios físicos. La Secretaria Desarrollo Económico y la Secretaria
Distrital de Planeación determinarán las zonas en donde se implementarán los
PCTI, de conformidad con el Plan de Ordenamiento Territorial vigente y demás
normas del uso del suelo. Parágrafo: Para la creación de PCTI, la Administración Distrital podrá identificar los terrenos o predios de
propiedad del Distrito o de particulares, idóneos para la ubicación de los
Parques Científicos y Tecnológicos que se pretendan implementar. La
infraestructura que se instale en estos Parques guardará correspondencia con su
respectivo Plan Maestro y con las autorizaciones emitidas de las normas
urbanísticas vigentes. Artículo
4: Autonomía.
La instalación, administración y operación de cada PCTI será responsabilidad de los entes que la crean y
participan en este. Las Secretarías Distritales podrán suscribir los convenios
pertinentes que permitan al Distrito recibir una contraprestación social
derivada de las investigaciones aplicadas y desarrollos tecnológicos
susceptibles de ser destinada a fortalecer los programas de sus entidades. Artículo 5. Participación de actores. La
Secretaria Distrital de Desarrollo Económico, liderará con los actores
vinculados,
las acciones pertinentes que permitan la participación de agremiaciones o
actores privados, en el desarrollo de los PCTI. Así como de promocionar la información
acerca de los proyectos y los beneficios de la creación de los PCTI. Artículo
6. Vigencia.
El siguiente Acuerdo rige a partir de la fecha de publicación. PUBLIQUESE
Y CUMPLASE NOTAS DE PIE DE PÁGINA 1 Ver: Universidad Nacional (2010).
Programa de extensión. Sede Bogotá. PC&T.
Foro de Extensión, octubre 2010. http://www.unal.edu.co/extensionbog/adjuntos/presentaciones/16.pdf
2 Ver: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41651
3 Bases Plan distrital de Desarrollo, Página 295. 4 Anteproyecto Plan distrital de Desarrollo, Página 337. 5 Consultado en: http://www.bogota.gov.co/article/temas-de-ciudad/desarrollo-economico/educacion/en-2020-funcionaria-parque-tecnologico-bogota
6 Consultado en: http://agenciadenoticias.unal.edu.co/detalle/article/la-un-y-el-concejo-de-bogota-trabajaran-juntos-por-el-parque-cientifico-y-tecnologico.html
7 Junca, Gustavo y Manrique Olga. Cuadernos
de Desarrollo Económico # 26. “Caracterización e identificación de
aglomeraciones y cadenas productivas en los sectores de industria y servicios
en la ciudad de Bogotá. 8 El artículo 6 del acuerdo 027 de 2015
del Sistema General de Regalías define los requisitos para la presentación de
proyectos al fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación con el objetivo de la creación
y fortalecimiento de Parques Científicos y Tecnológicos 9 Bastidas y García (2016) Ponencia
Proyecto de Acuerdo 165 de 2016. Citando documento CCB. 10 Ver: http://www.santandercompetitivo.org/proyectos-11-m/44-parque-tecnologico-de-guatiguara.htm
11 Ver: https://uis.edu.co/webUIS/es/investigacionExtension/guatiguara/index.html
12 Ver: https://www.uis.edu.co/webUIS/es/investigacionExtension/guatiguara/planDesarrollo.html
13 http://rutanmedellin.org/es/sobre-nosotros 14 http://www.medellinnovation.org/distrito/ 15 Ver: http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1753_2015.html
16 Resolución 590 de 2016, Consultado en: http://www.sdp.gov.co/portal/page/portal/PortalSDP/InformacionEnLinea/Notificaciones/resoluciones/Resolucion_590_regalias.PDF
Proyectó:
CTorresC Revisó:
RPardo |