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Proyecto de Acuerdo 149 de 2017 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO No. 149 DE 2017

 

"POR EL CUAL SE ESTABLECE EL SISTEMA DE REGISTRO DISTRITAL VOLUNTARIO ÚNICO DE CONTROL Y MARCACIÓN DE BICICLETAS EN BOGOTÁ D.C."

 

I. OBJETO DEL PROYECTO

 

El presente Proyecto de Acuerdo, tiene como propósito la creación del Sistema Único Distrital de Registro de Bicicletas en la ciudad de Bogotá, con el fin de establecer un mecanismo de gestión pública para la identificación, control y monitoreo de este tipo de vehículos no motorizados que circulan a lo largo de la red de ciclorrutas que integran la ciudad.

 

De esta manera, la información suministrada y almacenada por este registro público, le brindará a las instituciones distritales mejores herramientas de gestión para la plena identificación y control del número total de bicicletas y usuarios que se desplazan por la ciudad a través de este medio de transporte; además ofrece una mayor capacidad de reacción relacionada con transacciones ilegales de bicicletas y partes de bicicletas robadas.

 

Por último, esta iniciativa permite que los ciudadanos usuarios de este medio de transporte alternativo, tengan herramientas de denuncia mucho más efectivas, las cuales se traducen directamente en una mejor coordinación con las autoridades competentes para combatir los índices de inseguridad en materia de movilidad en la ciudad de Bogotá.

 

II. ANTECEDENTES

 

Esta iniciativa, se presenta por cuarta ocasión ante el Honorable Concejo de Bogotá:


• Durante el periodo de sesiones ordinarias del mes de mayo de 2016, el Proyecto de Acuerdo 036 del año en mención, fue acumulado por Unidad de Materia con el Proyecto de Acuerdo 059. En esa ocasión, se presentaron Ponencias Positivas con modificaciones por parte de los Honorables Concejales Diego Molano Aponte y Cesar García Vargas.

 

Para la presentación de esta iniciativa, se tienen en cuenta algunos de los comentarios sugeridos por parte de los concejales ponentes del Proyecto de Acuerdo 036 de 2016, en especial las propuestas relacionadas con:

 

a) Desarrollar una plataforma para la habilitación de un módulo de denuncias de robos de bicicletas; además de brindar información sobre zonas inseguras, incidentes y accidentes en la ciudad en donde se vean involucrados biciusuarios.

 

b) Promover estrategias en seguridad vial para los biciusuarios, cuando se presenten casos de emergencia por hurto o accidentes de tránsito en los cuales se vean involucrados estos actores viales.


• Por otra parte, el Proyecto de Acuerdo 211 de 2016 fue acumulado por Unidad de Materia con el Proyecto de Acuerdo 175 de 2016. En este caso se presentó Ponencia Negativa por parte del Honorable Concejal Jorge Durán Silva.


• Por su parte, el Proyecto de Acuerdo 330 de 2016, acumulado por unidad de materia con el Proyecto de Acuerdo 291 de 2016, contó con Ponencia Positiva del Honorable Concejal Venus Albeiro Silva, además de Ponencia Positiva con modificaciones del Honorable Concejal Hosman Martínez Moreno.


 Por último, el Proyecto de Acuerdo 418 de 2016, acumulado por unidad de materia con el Proyecto de Acuerdo 425 de 2016, contó con Ponencia Positiva con modificaciones del Honorable Concejal Jorge Eduardo Torres Camargo, así como Ponencia Negativa del Honorable Concejal Jorge Durán Silva

 

Para finalizar, se informa que durante el inicio del año 2014, se establecieron mesas de trabajo compuestas por organizaciones de usuarios de bicicletas del Distrito Capital y el ex Concejal Carlos Roberto Sáenz, dejando como resultado un borrador de Decreto Distrital que traía a colación, entre otras cosas, la importancia de crear un Registro único de Bicicletas a nivel Distrital como estrategia para combatir los hurtos y la venta ilegal de bicicletas robadas en la ciudad. Este borrador de trabajo fue presentado ante la Secretaría de Gobierno, sin embargo, su implementación y sanción quedó temporalmente aplazada.

 

III. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

 

A. Transporte y Movilidad Urbana

 

El concepto de movilidad es uno de los aspectos centrales introducidos recientemente dentro de los proyectos de gestión del transporte y gerencia urbana en los últimos veinte años. En él, se transforma la visión limitada del pasajero/usuario que se traslada a través de la ciudad desde un punto específico hacia otro –generalmente desde el hogar hacia su lugar de trabajo o estudio y viceversa – dentro de un vehículo de uso particular o público; proyectándose un nuevo enfoque de gestión administrativa que revaloriza el papel del ciudadano como titular de derechos en el uso del transporte público para los desplazamientos al interior de la ciudad.

 

De este modo, el concepto involucra principios constitucionales como la igualdad y la equidad en el acceso a la infraestructura y los sistemas viales urbanos, lo cual permite fortalecer el control social ciudadano, desde la construcción de procesos de apropiación de los espacios públicos por parte de los distintos actores que integran y juegan diversos roles en el ámbito de la movilidad (conductores de transporte públicos y privados, pasajeros, peatones, motociclistas y ciclistas).

 

Esta transformación conceptual ha tratado de responder a los cambios producto de los nuevos flujos de movilidad que se presentan en las ciudades. Por ejemplo, para el caso de la ciudad de Bogotá, durante los últimos años, el aumento progresivo del parque automotor que circula por la malla vial del Distrito Capital, genera la producción de nuevas y complejas problemáticas que tienen un alto impacto en el campo físico y social.

 

En el plano físico, un mayor tráfico de vehículos circulando diariamente por las calles y avenidas de la capital, tiene consecuencias adversas asociadas con:

 

(1) el aumento de los tiempos de desplazamientos de los ciudadanos a través de la ciudad, (2) la probabilidad de registrar mayores accidentes vehiculares que ponen en riesgo la vida de los ciudadanos, (3) un crecimiento de los riesgos ambientales perjudiciales para la población bogotana, asociados con altos índices de polución del aire y contaminación auditiva

 

Por su parte, en el plano social, la masiva presencia de vehículos motorizados a lo largo y ancho de la ciudad, genera:

 

(1) Altos costos económicos para los individuos a partir del uso de medios de transportes motorizados, bien sean públicos o privados, (2) baja competitividad asociada a la falta de eficiencia en los desplazamientos de los ciudadanos, (3) relaciones de inequidad social producto de los límites existentes en el acceso y uso de la infraestructura vial disponible, (4) en general, conlleva a un detrimento de la calidad de vida de las personas.

 

Producto de estas dificultades, dentro de los campos investigativos de la gestión urbana, se ha venido planteando la necesidad de fortalecer el empleo de medios de transporte sustentables tales como la bicicleta, siendo ésta una estrategia alternativa que viene siendo empleada con mayor regularidad dentro de las dinámicas de movilidad de las grandes urbes.

 

B. El papel de la bicicleta en la movilidad urbana

 

Para hacerle frente a los actuales retos de la movilidad urbana en Latinoamérica, relacionados con la falta de una fuerte estructura integral de malla vial, el aumento de las congestiones producto de una mayor presencia de vehículos automotores dentro de las vías, los problemas ambientales derivados de procesos de contaminación, y las inequidades en el acceso y uso de la infraestructura disponible para el desplazamiento al interior de las ciudades; la bicicleta se convierte en “una opción de movilidad democrática, equitativa, ecológica y saludable; responde, en gran medida, al desafío de crear ciudades con calidad de vida. Impulsar el uso de la bicicleta (…) otorga la posibilidad de transformar nuestras ciudades en sitios de alta competitividad”1.

 

Está claro que toda inversión por parte de los tomadores de decisiones públicas, destinada a fortalecer la movilidad de los ciudadanos en bicicleta como modo de transporte alternativo en las ciudades, “está directamente relacionada con una inversión positiva para la movilidad, la salud, la seguridad vial, el medio ambiente, el desarrollo económico y la calidad de vida”2.

 

En el caso de los tiempos de desplazamientos dentro de las ciudades, la relación entre vehículos motorizados y bicicletas por trayecto urbano es muy simila.

 

Por su parte, el uso de la bicicleta permite mejorar el uso del espacio público vial, ya que “la circulación y el estacionamiento de bicicletas necesita una superficie mucho menor que la de los automóviles y, por lo mismo, también se limita la invasión al paisaje derivada de la infraestructura y su uso”3.

 

Otra de las ventajas identificadas en aquellas grandes urbes que promueven campañas en favor del uso de la bicicleta como alternativa de movilidad, tiene que ver con la percepción social de contar con ciudades mucho más seguras, equitativas y vanguardistas. En ese sentido, cuando los tomadores de decisiones públicas crean todo un conjunto de herramientas de gestión, relacionadas con sistemas de información unificados y espacios públicos destinados exclusivamente a proteger los ciclistas que ruedan por la malla vial

 

(…) se construye un sistema cívico de seguridad informal que transforma la vía pública en un espacio más incluyente y con un tejido social más robusto. Además, transitar en bicicleta posiciona a los ciudadanos como iguales, aumenta la democratización y la equidad al desplazarse por la ciudad, demerita el significado social que confiere el uso del automóvil y suaviza la brecha que separa a los ciudadanos cuando conviven en el espacio público4.

 

C. Bogotá y el uso de la bicicleta

 

Bogotá no ha sido ajena a las transformaciones de replantear los sistemas viales que integran la movilidad, para hacer de ésta, un derecho común a todos los ciudadanos. Para ello, desde hace más de dos décadas, los tomadores de decisiones públicas en el Distrito Capital vienen trabajando para plantear alternativas reales con el objetivo de hacer frente a las crecientes problemáticas de tránsito y transporte de la ciudad, siendo la bicicleta el eje transversal de las transformaciones de Bogotá en materia de movilidad urbana.

 

Según información de la Secretaría Distrital de Movilidad, actualmente Bogotá cuenta con una red de 376 kilómetros de CicloRutas destinadas al uso de los biciusuarios de la capital, fomentando un escenario que revaloriza el importante papel de la movilidad sostenible en las grandes urbes. De hecho, según estimaciones de esta Secretaría, “a diario se realizan cerca de 450 mil viajes por estas vías exclusivas”5.

 

Entre las CicloRutas donde se ha identificado un mayor uso por parte de ciclistas, se pueden señalar las siguientes:

 

 Av. Ciudad de Cali

 

 Av. Boyacá

 

• Av. NQS

 

 Kr 19.

 

Entre las localidades donde hay mayor uso de la bicicleta se pueden nombrar las siguientes: “Kennedy, Suba, Bosa, Engativá, las cuales tienen más de 60 mil viajes por día. La localidad con mayor número de viajes por día es Kennedy con más de 90 mil”6.  Por su parte “las localidades de menor uso son Chapinero, Santafé y Candelaria”7.

 

Por otra parte, entre las campañas diseñadas por parte de la Administración Distrital para fortalecer un uso más eficiente y seguro de la bicicleta, se han planteado los siguientes programas integrados

 

 Monta y Suma

 

 Onda Bici Segura

 

 Déjate ver

 

 Apoyo ciclorrutas

 

 Juego de Roles

 

Entre las últimas medidas adoptadas en el Distrito Capital, con el fin de incentivar el uso de la bicicleta como alternativa de movilidad sostenible en la ciudad, se encuentra el Decreto 596 de 2014 “Por medio del cual se adopta el Sistema de Bicicletas Públicas para la ciudad de Bogotá D.C. y se dictan otras disposiciones relativas al uso de la bicicleta en el Distrito Capital”, el cual buscaba generar las condiciones para garantizar el uso de bicicletas públicas por parte de los ciudadanos bogotanos, previo registro y afiliación de los usuarios, respondiendo así a los lineamientos definidos en el actual Plan Maestro de Movilidad 2006-2016.

 

Todas estas iniciativas han sido vistas con muy buenos ojos por pate de organizaciones internacionales como el Banco Interamericano de Desarrollo. Para inicios del año 2015, el BID publicó el informe “Ciclo-inclusión en América Latina y el Caribe: guía para impulsar el uso de la bicicleta”, el cual destaca ejemplos de gestión urbana en la región de América Latina, especialmente en el campo del ciclismo urbano y los beneficios socioeconómicos y ambientales que  esto genera8

 

En este estudio, la ciudad de Bogotá se destaca en dos ámbitos fundamentales, número de viajes diarios realizados en bicicleta (611.472 por día, siendo la segunda ciudad por detrás de Rosario), e infraestructura destinada para el uso de ciclistas (392 kilómetros, primera ciudad en la región)


Sin embargo, los procesos de gestión urbana en materia de movilidad para el caso de Bogotá, se han concentrado en el campo de la seguridad vial para los ciclistas (construcción de la infraestructura requerida y campañas de sensibilización ciudadana), olvidando que la vulnerabilidad de los biciusuarios también está medida en su capacidad de reacción frente a problemáticas relacionadas con la seguridad ciudadana. En este campo, aún hace faltan decisiones públicas que mitiguen los riesgos relacionados con el hurto a los ciclistas.

 

D. Los robos de bicicletas en la ciudad de Bogotá          

 

A pesar del aumento progresivo de los logros de Bogotá durante los últimos 20 años, en materia de accesibilidad e infraestructura disponible para el uso ciudadano de la bicicleta como medio de transporte alternativo en el Distrito Capital; el flagelo de la inseguridad no es ajena a las dinámicas de la movilidad urbana, especialmente sobre uno de los actores viales más vulnerables: Los ciclistas.

 

Según información de la Secretaría Distrital de Movilidad, la Administración Distrital “tiene la firme intención de aumentar las condiciones de seguridad y de confort del ciclista para hacer que más ciudadanos opten por convicción por este modo de transporte. Eso permitirá que muchos ciudadanos mejoren su calidad de vida”9. Sin embargo, la realidad es otra.

 

Hoy por hoy, las cifras de robos y atracos a usuarios de bicicletas en Bogotá son alarmantes. A mitad del año 2015, “los índices de delincuencia relacionados con el hurto a bicicletas arrojaron cifras de 889 a finales del primer semestre (en promedio 150 al mes)”10. Si a esto le sumamos los robos registrados durante el período 2012-2014, se obtiene un saldo de robos “de más de 5100 ciclas hurtadas en toda la ciudad”11. Entre las localidades donde más se roban diariamente bicicletas en la ciudad, se pueden identificar “las localidades de Suba, Kennedy, Usaquén, Chapinero, Engativá, Teusaquillo, Fontibón y Bosa”12.        

 

Para septiembre de 2016, las cifras en materia de hurtos a bicicletas en la ciudad habían superado los registros de años anteriores. En particular, durante el periodo 2015-2016 aumentaron los casos de hurtos en la ciudad de Bogotá en un 3%, pasando de 1538 y 1582 casos de bicicletas robadas en la ciudad, en las cuales se pudieron identificar denuncias realizadas ante las autoridades competentes.

 

Las localidades que registraron mayores números de hurtos en el 2016 fueron Suba 18%, Kennedy 13%, Usaquén con 12% y Chapinero 9%. Existen unas variaciones importantes en las diferentes localidades:

 

En Suba aumentó cerca de un 30% de los casos de hurto con respecto a 2015, en Usaquén 28,2%, dentro de la localidad de Puente Aranda se aumentó en un 23,5 los casos reportados; además en las localidades de Kennedy y Barrios Unidos se presentaron incrementos de los hurtos cercanos a los15,4%13.

 

Esta situación de creciente vulnerabilidad para los ciclistas de la ciudad, es reconocida por parte de la actual Administración Distrital. Por ello, a principios del año 2016, se efectuó la designación del nuevo Gerente de la Bicicleta de Bogotá, el cual se le asignó como una de sus principales funciones, “articular las entidades distritales para mejorar las condiciones, tanto de seguridad como de infraestructura de los ciclistas”14.

 

Si bien el plano de la seguridad vial es importante para las dinámicas de la movilidad urbana, la seguridad ciudadana para actores vulnerables como los ciclistas no es un caso menor y requiere de decisiones públicas que permitan establecer marcos de acción con el fin de reducir los índices de delincuencia en el plano de la movilidad urbana.


A partir de lo anterior, se propone como Proyecto de Acuerdo para mejorar los índices de seguridad en favor de los ciclistas bogotanos, la definición de un Registro Único Distrital de Bicicletas, que tenga por objetivo principal ejercer un mayor conocimiento y control por parte de las autoridades distritales, de los índices de delincuencia relacionados con el robo de bicicletas en la ciudad.

 

De esta manera, se espera combatir el comercio de bicicletas hurtadas. A su vez, esta iniciativa permite fortalecer la relación entre ciudadanos y autoridades en materia de denuncias por robo y atraco a biciusuarios en la ciudad de Bogotá.

 

Experiencias de Registros de Bicicleta a nivel internacional:

 

REINO UNIDO15

 

BikeRegister es una iniciativa implementada en el Reino Unido la cual al bici usuario disfrutar de una serie de beneficios, entre esos que “la bicicleta sea un objetivo menos atractivo para los ladrones, y si es robada y recuperada por la Policía, su bicicleta puede ser fácilmente devuelta al propietario (Bikeregister, 2016).

 

En primer lugar, “los datos se almacenan en la base de datos en línea de manera segura. En adición, las fuerzas de policía del Reino Unido tienen acceso seguro a la información. Y así si se roban una bicicleta, puede "marcarla" como robada en la base de datos, a través de la cuenta en línea” (Bikeregister, 2016).

 

BikeRegister también proporciona protección para compradores y vendedores de bicicletas de segunda mano: “El documento de propiedad (descargable a través de su cuenta) es su libro de registro y proporciona prueba de propiedad para cual-quier comprador potencial” (Bikeregister, 2016).

 

El registro de la bicicleta no tiene costo y le ofrece los siguientes beneficios (Bike-register, 2016):

 

•  Registro de por vida en la base de datos BikeRegister

 

• Un registro para ser usado como prueba de propiedad

 

• Acceso en línea seguro a su cuenta

 

TORONTO – CANADÁ16

 

Dos métodos de registro se han implementado en la ciudad de Toronto:


• Sistema de registro de bicicletas en línea.


• Formulario de inscripción impreso que es enviado a las autoridades competentes, con el fin de tener un registro de la bicicleta en la base de datos de las instituciones públicas.

 

FRANCIA17

 

El BICYCODE es sistema de un único número marcado y estandarizada a nivel nacional (Francia) que permite la devolución de las bicicletas para sus propietarios en caso de robo. El objeto de BICYCODE es “luchar contra el robo, posesión de bienes robados y la reventa ilegal de bicicletas en el país”18. De esta manera, busca  aumentar las condiciones de seguridad para incentivar el uso frecuente de la bicicleta en los desplazamientos diarios de los ciudadanos (Bicycode, 2016)19

 

Esta estrategia consiste en una base de datos segura gestionada por la FUB, una red de operadores de bicicletas en asociación con la policía (Bicycode, 2016), a través de la cual el registro BICYCODE permite incluir en la bicicleta un número único y estandarizado que tiene una referencia en una base de datos nacional francesa accesible en línea: www.bicycode.org. (Bi-cycode, 2016)20.

 

El Sistema BICYCODE es reconocido por el Estado Francés para la lucha contra el robo de bicicletas, y ha recibido el apoyado de los Ministerios de Medio Ambiente e Interior21.

 

Finalmente, cabe resaltar la experiencia de la página web BiciRegistro.co, la cual posee un conjunto de herramientas de verificación de la identidad personal de los propietarios y una base de datos que permite registrar el número y marca de las bicicletas, constituyéndose así en una comunidad informática de carácter gratuito destinada a combatir y reducir el comercio de bicicletas robadas o desaparecidas en Colombia22.

 

LA BICICLETA EN EL PLAN DE DESARROLLO 2016-2020 “BOGOTÁ MEJOR PARA TODOS”

 

Dentro del diagnóstico realizado por la Administración Distrital en el documento Bases del Plan de Desarrollo 2016-2020, se reconoce la creciente participación de biciusuarios en las dinámicas de movilidad en la ciudad

 

Tabla 1. Total viajes considerando viajes peatonales mayores o iguales a 15 minutos

 

Medio

BOGOTÁ

Total viajes

Porcentaje

Peatón

2.623.036

20,60%

TPC-SITP

3.405.451

26,70%

Transmilenio

2.062.125

16,20%

Auto

1.686.924

13,20%

Moto

699.227

5,50%

Taxi

695.480

5,50%

Bicicleta

575.356

4,50%

Especial

548.474

4,30%

Alimentador

221.646

1,70%

Otros

92.943

0,70%

Ilegal

84.331

0,70%

Intermunicipal

60.833

0,50%

Total

12.755.826

100,00%

Fuente: Elaboración a partir de Encuesta de Movilidad Bogotá

 

El desplazamiento de más ciudadanos hacia modos sostenibles de movilidad como la bicicleta, requiere de acciones concretas que busquen mejorar la infraestructura y la seguridad de aquellos que hacen uso de este medio de transporte. Este diagnóstico derivó en la definición de estrategias específicas dentro del Plan de Desarrollo 2016-2020, en beneficio del uso de la bicicleta en la ciudad:

 

Para estos modos no motorizados se adaptará la ciudad para incentivar el uso de estas alternativas y educar a la ciudanía para tener una movilidad más respetuosa y segura. Se celebrará anualmente la semana de la bicicleta para incentivar en la población el uso de este medio de transporte sostenible, saludable y amigable con el medio ambiente, mediante el desarrollo de actividades culturales, pedagógicas, lúdicas en diversos espacios de la ciudad.

 

(…)

 

Todo lo anterior, acompañado de una estrategia integral para la bicicleta frente a los adecuados comportamientos en las vías, y un modelo de gestión de los modos no motorizados que garantice la integralidad y coordinación de las intervenciones.

 

Se institucionalizará la gerencia de la bicicleta que coordinará todas las actividades en el Distrito y se apoyarán los grupos promotores del uso de la bicicleta con el fin de liderar los proyectos relacionados y propender por mejorar la percepción de seguridad ciudadana y vial para su uso23.

 

Asimismo, es pertinente tener en cuenta que, junto al componente de movilidad sostenible que trae consigo la presente iniciativa, existe un aspecto fundamental que se propone en este documento relacionado con plantear estrategias para el mejoramiento de la seguridad de los bici usuarios.

 

En particular, dentro del Pilar 3 CONSTRUCCIÓN DE COMUNIDAD Y CULTURA CIUDADANA del Plan de Desarrollo 2016-2020, se definió una meta de resultado en el componente de seguridad ciudadana, en la cual se proyecta Disminuir 20% la tasa de hurto a personas por cada cien mil habitantes. En este caso, se incluye en la categoría de hurto todos los bienes y propiedades de los ciudadanos, entre los que se encuentran las bicicletas.

 

Por esta razón, es pertinente indicar que la Administración Distrital, a través del Sector Seguridad, se comprometió en el documento Bases del Plan de Desarrollo 2016-2020, mejorar las condiciones de seguridad de los biciusuarios en Bogotá:

 

También se desarrollarán acciones para combatir el hurto de bicicletas, para lo cual se debe construir su línea base, correspondiente al número de bicicletas hurtadas en la ciudad”24.

  

Programa

Sector

Meta Resultado

Indicador Resultado

LB/fuente/año Resultado

19. Seguridad y convivencia para todos

14 - Sector Seguridad, convivencia y justicia

Disminuir 20% la tasa de hurto a personas por cada cien mil habitantes

Tasa de hurto a personas por cada cien mil habitantes

1.573,9; 2015;
Hurto a personas: SIEDCO, Policía Nacional; Población: DANE; Tasa de denuncia: Encuesta CCB

Fuente: Matriz de Productos y Resultados Plan Distrital de Desarrollo 2016-2020: Bogotá Mejor Para Todos

 

IV. FUNDAMENTO JURÍDICO

 

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA

 

Artículo 1º.- Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.

 

(…)

 

ARTÍCULO 2. Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.

 

Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.

 

(…)

 

Artículo 24º.- Todo colombiano, con las limitaciones que establezca la ley, tiene derecho a circular libremente por el territorio nacional, a entrar y salir de él, y a permanecer y residenciarse en Colombia.

 

(…)

 

MARCO LEGAL

 

Ley 769 de 2002. Por la cual se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre y se dictan otras disposiciones.

 

ARTÍCULO   3°. AUTORIDADES DE TRÁNSITO. Son autoridades de tránsito en su orden, las siguientes:

 

El Ministerio de Transporte

 

Los Gobernadores y los Alcaldes.

 

Los organismos de tránsito de carácter departamental, municipal o distrital.

 

La Policía Nacional en sus cuerpos especializados de policía de tránsito urbano y policía de carreteras.

 

(…)

 

ARTÍCULO  7°. CUMPLIMIENTO RÉGIMEN NORMATIVO. Las autoridades de tránsito velarán por la seguridad de las personas y las cosas en la vía pública y privadas abiertas al público. Sus funciones serán de carácter regulatorio y sancionatorio y sus acciones deben ser orientadas a la prevención y la asistencia técnica y humana a los usuarios de las vías (Subrayado fuera del texto).

 

Ley 1083 de 2006. Por medio de la cual se establecen algunas normas sobre planeación urbana sostenible y se dictan otras disposiciones.

 

Artículo 1º. Con el fin de dar prelación a la movilización en modos alternativos de transporte, entendiendo por estos el desplazamiento peatonal, en bicicleta o en otros medios no contaminantes, así como los sistemas de transporte público que funcionen con combustibles limpios, los municipios y distritos que deben adoptar Planes de Ordenamiento Territorial en los términos del literal a) del artículo 9º de la Ley 388 de 1997, formularán y adoptarán Planes de Movilidad según los parámetros de que trata la presente ley.

 

LEY 1811 de 2016: Por la cual se otorgan incentivos para promover el uso de la bicicleta en el territorio nacional y se modifica el Código Nacional de Tránsito.

 

Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por objeto incentivar el uso de la bicicleta como medio principal de transporte en todo el territorio nacional; incrementar el número de viajes en bicicleta, avanzar en la mitigación del impacto ambiental que produce el tránsito automotor y mejorar la movilidad urbana.

 

Artículo 2°. Beneficiarios. Los beneficiarios de la presente ley serán peatones y ciclistas en los términos definidos por la Ley 769 de 2002.

 

(…)

 

Artículo 7°. Información de modos no motorizados de transporte. Las Secretarías de Movilidad o quien haga sus veces en los entes territoriales de más de 100.000 habitantes consolidarán, siempre y cuando existan los recursos, un sistema de información de uso y proyección de la demanda de modos no motorizados de transporte así como un sistema de registro de quejas, preguntas y solicitudes sobre el uso de los medios no motorizados de transporte.

 

Parágrafo. El Ministerio de Transporte establecerá en un término inferior a tres (3) meses a partir de la promulgación de esta ley, la información mínima a consolidar dentro del Sistema de Información de modos no motorizados de transporte del que habla este artículo.

 

ACUERDOS DISTRITALES

 

Acuerdo Distrital 645 de 2016 “POR EL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL, AMBIENTAL Y DE OBRAS PÚBLICAS PARA BOGOTÁ D.C. 2016 - 2020 “BOGOTÁ MEJOR PARA TODOS”


 

Artículo 27. Mejor movilidad para todos


El objetivo de este programa es mejorar la calidad de la movilidad y la accesibilidad que provee el Distrito Capital para todos los usuarios: peatones, ciclistas, usuarios del transporte público colectivo e individual, así como del transporte privado.


El eje estructurador de este programa es el Sistema Integrado de Transporte Masivo, compuesto por Transmilenio y Metro. En lo relacionado con el subsistema Transmilenio, se ampliará la red de troncales y se optimizará el sistema operacional mejorando la cobertura y la calidad del servicio. En cuanto al metro se contratará y dará inicio a la construcción de la primera línea, proceso que liderará la nueva Empresa Metro de Bogotá S.A. El Sector Movilidad promoverá su adecuada integración y coordinación con proyectos regionales. Así mismo, buscará potenciar las redes de transporte masivo como catalizadores de la renovación urbana.

 

DECRETOS DISTRITALES

 

DECRETO 319 DE 2006. Por el cual se adopta el Plan Maestro de Movilidad para Bogotá Distrito Capital, que incluye el ordenamiento de estacionamientos, y se dictan otras disposiciones.

 

Artículo 8 Objetivos.

 

Este Plan Maestro tiene por objeto concretar las políticas, estrategias, programas, proyectos y metas relacionados con la movilidad del Distrito Capital, y establecer las normas generales que permitan alcanzar una movilidad segura, equitativa, inteligente, articulada, respetuosa del medio ambiente, institucionalmente coordinada, y financiera y económicamente sostenible para Bogotá y para la Región. Para el logro de estos fines, se establecen los siguientes objetivos específicos:

 

(…)


4. Priorizar los subsistemas de transporte más sostenibles, como el transporte público o el transporte no motorizado (peatonal o bicicleta).

 

(…)

 

Artículo 26. La Administración promoverá el transporte no motorizado de peatones y ciclo usuarios para que los habitantes del Distrito Capital incrementen su participación en el número de viajes, dadas sus ventajas económicas, ambientales, sociales, de salud pública y bienestar.

 

DECRETO 397 DE 2010. Por el cual se adopta el Plan Distrital de Seguridad Vial para Bogotá, Distrito Capital.

 

Artículo 16. Líneas de acción. Son líneas de acción del Eje de Infraestructura Vial para la Movilidad Segura, las siguientes:

 

1. Infraestructura vial para la movilidad segura. Ejecución de acciones que conduzcan a la adecuación y el mejoramiento de la infraestructura vial en la escala local y urbana, la señalización y la recuperación del espacio público, como parte de las acciones para la mitigación de la accidentalidad de los usuarios. De igual forma se armonizarán las condiciones del tráfico, la función de la vía, los aspectos geométricos y de infraestructura, con las actividades y usos del suelo adyacente y la consistencia y homogeneidad en los diseños de todo tipo de infraestructura para la movilidad: tanto peatonal como vehicular y para bicicletas.

 

(…)

 

Artículo 18. Línea de acción. Es línea de acción del Eje de Protección a Usuarios Vulnerables, la siguiente:

 

Seguridad vial para usuarios vulnerables. Desarrollo de programas dirigidos hacia la movilidad segura de los usuarios vulnerables buscando su protección por medio de acciones sobre la infraestructura y los equipos en el sistema de transporte.

 

(…)

 

3. Programa de circulación segura de bicicletas y motocicletas. Se desarrollarán proyectos que mejoren las condiciones de circulación y seguridad del ciclo-usuario y de los motociclistas. Este programa estará en cabeza de la Secretaría Distrital de Movilidad en coordinación con el Instituto de Desarrollo Urbano - IDU.

 

DECRETO 596 DE 2014. Por medio del cual se adopta el Sistema de Bicicletas Públicas para la ciudad de Bogotá D.C. y se dictan otras disposiciones relativas al uso de la bicicleta en el Distrito Capital

 

 

Artículo 1°.- Adopción. Se adopta el Sistema de Bicicletas Públicas de Bogotá "SBP", el cual se define como el conjunto organizado de elementos, equipos y operaciones logísticas para facilitar a los ciclousuarios de Bogotá su movilización o desplazamiento por la ciudad, utilizando bicicletas de uso público.

 

El Sistema de bicicletas públicas tiene como objetivo promover el uso de la bicicleta como un mecanismo alternativo de transporte, que favorece la salud pública, genera beneficios en materia ambiental, de movilidad y de intercambio modal.

 

(…)

 

Artículo 4°.- Principios de implementación: La Secretaría Distrital de Movilidad desplegará las acciones que se requieran para la implementación del Sistema de Bicicleta Pública, observando los siguientes principios:

 

4.1 El SBP deberá ser implementado como un sistema de transporte que atienda las necesidades de viajes cortos intrazonales e interzonales, genere intercambio modal y desincentive el uso del automóvil particular para éste tipo de desplazamientos.

 

4.2 Se estimulará una movilidad urbana limpia y sostenible, amigable con el medio ambiente y la salud de los ciudadanos

 

4.3 Se velará por el mantenimiento y promoción del espacio público en condiciones de calidad y debido aprovechamiento económico, de acuerdo con las normas que rigen la materia.

 

4.4 Se integrarán todas las acciones a nivel sectorial o interinstitucional que estén relacionadas con el uso de bicicletas públicas para la movilización de ciudadanos en las vías y espacios públicos de la ciudad, las cuales se implementarán en forma armónica y coordinada con el SBP, bajo la dirección y aprobación previa de la Secretaría Distrital de Movilidad.

 

4.5 La Secretaría de Movilidad diseñará políticas de seguridad, protección, prelación y fomento del uso de la bicicleta pública para el ciclousuario.

 

Artículo 5°.- Accesibilidad. El Sistema de Bicicletas Públicas será un servicio accesible a todos aquellos que se registren como usuarios y que cumplan con las condiciones, requisitos y obligaciones establecidas para hacer uso del mismo.

 

V. COMPETENCIA DEL CONCEJO DE BOGOTÁ

 

La presente iniciativa, se enmarca dentro de las competencias dispuestas por el Decreto 1421 De 1993, numerales 1, 19 y 25 del artículo 12:

 

ARTICULO 12. ATRIBUCIONES. Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y a la ley: 


1. Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito.

 

(…)

 

19. Dictar normas de tránsito y transporte.

 

(…)

 

25. Cumplir con las demás funciones que le asignen las disposiciones vigentes.

 

 

VI. IMPACTO FISCAL

 

De conformidad con el artículo 7 de la Ley 819 de 2003 “En todo momento, el impacto fiscal de cualquier proyecto de ley, ordenanza o acuerdo, que ordene gasto o que otorgue beneficios tributarios, deberá hacerse explícito y deberá ser compatible con el Marco Fiscal de Mediano Plazo. Para estos propósitos, deberá incluirse expresamente en la exposición de motivos y en las ponencias de trámite respectivas los costos fiscales de la iniciativa y la fuente de ingreso adicional generada para el financiamiento de dicho costo”.

 

Teniendo en cuenta lo anterior, hay que aclarar que la presente iniciativa no genera un impacto fiscal que implique una modificación en el marco fiscal de mediano plazo, toda vez, que no se incrementará el presupuesto del Distrito, ni ocasionará la creación de una nueva fuente de financiación, en la medida en que el presupuesto asignado para el desarrollo del presente proyecto de acuerdo, fue planteado dentro del marco fiscal del actual Plan de Desarrollo Distrital 2016-2020.

 

Para ello, se trae a colación el artículo 27 del Acuerdo 645 de 2016 “POR EL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL, AMBIENTAL Y DE OBRAS PÚBLICAS PARA BOGOTÁ D.C. 2016 - 2020 “BOGOTÁ MEJOR PARA TODOS”:

 

Artículo 27. Mejor movilidad para todos

 

El objetivo de este programa es mejorar la calidad de la movilidad y la accesibilidad que provee el Distrito Capital para todos los usuarios: peatones, ciclistas, usuarios del transporte público colectivo e individual, así como del transporte privado.

 

El eje estructurador de este programa es el Sistema Integrado de Transporte Masivo, compuesto por Transmilenio y Metro. En lo relacionado con el subsistema Transmilenio, se ampliará la red de troncales y se optimizará el sistema operacional mejorando la cobertura y la calidad del servicio. En cuanto al metro se contratará y dará inicio a la construcción de la primera línea, proceso que liderará la nueva Empresa Metro de Bogotá S.A. El Sector Movilidad promoverá su adecuada integración y coordinación con proyectos regionales. Así mismo, buscará potenciar las redes de transporte masivo como catalizadores de la renovación urbana.

 

Asimismo, en el programa Seguridad y Convivencia Para Todos del Plan de Desarrollo, se define una programación de recursos cercana a los $ 652.160 millones de pesos durante la vigencia 2016-2020, con el fin de desarrollar “estrategias para la reducción de los factores de riesgo que facilitan la ocurrencia de los delitos25

 

Cordialmente,

 

PATRICIA MOSQUERA MURCIA

Honorable Concejal

 

RUBEN TORRADO PACHECHO

Honorable Concejal

 

DAVID BALLÉN HERNÁNDEZ

Honorable Concejal

 

RICARDO CORREA MOJICA

Honorable Concejal

 

JAIRO CARDOZO SALAZAR

Honorable Concejal

 

GLORIA STELLA DÍAZ ORTIZ

Honorable Concejal

 

JUAN CARLOS FLÓREZ ARCILA

Honorable Concejal

 

 

PROYECTO DE ACUERDO NO. 149 DE 2017

 

“POR EL CUAL SE ESTABLECE EL SISTEMA DE REGISTRO DISTRITAL VOLUNTARIO ÚNICO DE CONTROL Y MARCACIÓN DE BICICLETAS EN BOGOTÁ D.C.

 

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.,

 

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en particular las conferidas por los Artículos 313 y 322 de la Constitución Política y el Artículo 12 numerales 1 y 19 del Decreto Ley 1421 de 1993.

 

ACUERDA:

 

Artículo 1. La Administración Distrital, en cabeza de la Secretaría Distrital de Movilidad, y en coordinación con la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, promoverá la creación del Sistema Único Distrital de Registro Voluntario de Bicicletas para la identificación, el control, el monitoreo y el mejoramiento de la seguridad de los biciusuarios en el Distrito Capital.

 

Parágrafo Primero. El Sistema Único Distrital de Registro Voluntario de Bicicletas funcionará a través de una plataforma virtual, la cual permitirá el ingreso de datos relacionados con el nombre y número de identificación del propietario, así como la marca y el número de serie ubicado en el marco de la bicicleta, y la demás información que señale el Ministerio de Transporte en los términos de la legislación vigente que regula la materia. La Secretaría Distrital de Movilidad establecerá los mecanismos necesarios para el registro en la plataforma virtual de las bicicletas que circulen en el Distrito Capital.

 

Parágrafo Segundo. Cuando el propietario de la bicicleta fuera un menor de edad, la información que se registrará en el Sistema Único Distrital de Registro Voluntario de Bicicletas, será el de uno de sus padres, acudientes o adulto responsable.


Parágrafo Tercero. El registro de las bicicletas en el Sistema Único Distrital de Registro será de carácter voluntario por parte de sus propietarios e incluirá una marcación alfanumérica permanente en el marco de la bicicleta, llantas, horquilla, manubrio y en cada uno de los componentes que puedan ser objeto de comercialización ilegal, la cual será asumida por la Secretaría de Movilidad. Los usuarios que deseen incluir tecnología de avanzada podrán hacerlo asumiendo su costo.

 

Artículo 2. El Sistema Único Distrital de Registro Voluntario de Bicicletas brindará información cuantitativa y cualitativa relacionada con el uso de las bicicletas en el Distrito Capital, la identificación de zonas inseguras y zonas de mayor accidentalidad vial en la ciudad. También contendrá un módulo para realizar denuncias sobre robos de bicicletas.

 

Parágrafo: La Secretaría Distrital de Movilidad coordinará con las entidades públicas y autoridades responsables y corresponsables en la materia, para realizar el seguimiento al Sistema Único Distrital de Registro Voluntario de Bicicletas.

 

Artículo 3. La Administración Distrital, en cabeza de la Secretaría Distrital de Movilidad, en coordinación con la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, promoverá estrategias de comunicación para informar a los comerciantes y usuarios sobre los beneficios que derivan de la inscripción voluntaria de bicicletas en el Sistema Único Distrital de Registro. Asimismo, promoverá estrategias dirigidas a biciusuarios sobre temas de marcación de las partes de la bicicleta con su número de serie, seguridad vial y primeros auxilios.

 

Artículo 4. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación

 

 

NOTAS DE PIE DE PÁGINA

 

1 En: “La movilidad en bicicleta como política pública” (2011). http://www.ciclociudades.mx/pdf/tomo1.pdf. pg. 44.

 

2 Ibídem. pp. 1.

 

3 Ibídem. pp. 2

 

4 Ibídem 2.

 

5 En: http://www.movilidadbogota.gov.co/?sec=8.


6 Ídem.

 

7 Ídem.

 

8 Banco Interamericano de Desarrollo. Ciclo-inclusión en América Latina y el Caribe: guía para impulsar el uso de la bicicleta. BID, 2015. pp. 4.

 

9 Secretaría Distrital de Movilidad. Óp. Cit. pp. 8.

 

10 En: http://www.eltiempo.com/bogota/bicicletas-en-bogota-en-menos-de-4-anos-se-han-robado-mas-de-5000-bicicletas/16080418.

 

11 Ídem.

 

12 En http://www.bluradio.com/104602/tenga-cuidado-estas-son-las-localidades-donde-mas-roban-bicicletas-en-bogota.

 

13 Ponencia Proyecto de Acuerdo 418 de 2016. H.C. Jorge Eduardo Torres Camargo. pp. 15

 

14 En: http://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/es/cultura-en-bici/gerente-de-la-bicicleta-en-bogota.

 

15 Óp. cit. H.C. Jorge Eduardo Torres Camargo, pp. 18.

 

16 Ibídem.  pp. 18.

 

17 Ibídem. pp. 20

 

18 Ibídem. pp. 21

 

19 Ibídem. pp. 21

 

20 Ibídem. 21.

 

21 Ibídem. 22.

 

22 Ibídem. 23.

 

23 Bases del Plan de Desarrollo 2016-2020. Programa Mejor Movilidad para Todos. pp. 191.

 

24 Ibídem. pp. 211

 

25 Ibídem. pp. 210.