RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Proyecto de Acuerdo 083 de 2017 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

MEMORANDO

PROYECTO DE ACUERDO 083 DE 2017

 

Por medio del cual se adoptan medidas para fortalecer las prácticas de Ecoconducción en el Distrito Capital


EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.,

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 1º. Del artículo 12 del Decreto – Ley 1421 de 1993

 

ACUERDA:

 

Artículo 1º. La Administración Distrital, representada por la Secretaria Distrital de Movilidad, incluirá en los programas de capacitación e información existentes destinados a conductores del sector público y particular las prácticas existentes en materia de ecoconducción a los:

 

• Conductores de los buses del servicio troncal.

 

• Conductores de servicio alimentador de Transmilenio.

 

• Conductores del servicio urbano complementario y especial del Sistema Integrado de Transporte Público (SITP).


• Conductores que efectúen el curso sobre normas de tránsito para obtener el descuento en el pago de comparendo por infracciones de tránsito.

 

• Conductores que realicen los cursos de seguridad vial

 

Artículo 2º. Las Secretarías Distritales de Ambiente y Movilidad implementaran actividades de monitoreo y control que permitan analizar el impacto ambiental y en la seguridad vial, derivado de las acciones implementadas por medio del presente acuerdo.

 

Artículo 3º. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.


NOTA: Ver anexos