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Proyecto de Acuerdo 059 de 2017 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO 059 DE 2017

 

Por medio del cual se dictan medidas para mejorar la convivencia y seguridad dentro y fuera de escenarios deportivos en el ámbito del fútbol en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones

 

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.,

 

En uso de las atribuciones Constitucionales y legales, en especial las contenidas en el Artículo 313, numerales 7 y 9 de la Constitución política; Articulo 12, numeral 7 del Decreto Ley 14 21 de 1993.

 

ACUERDA:

 

ARTICULO 1. La Administración Distrital deberá incluir dentro de los lineamientos para la formulación de la política pública para la Seguridad y Convivencia en el Futbol en Bogotá, los parámetros establecidos en el Plan Decenal de Seguridad y Convivencia en el Futbol del Ministerio del Interior 2014-2024.

 

La formulación de la política pública para la Seguridad y Convivencia en el Futbol Bogotá estará en cabeza de la Secretaría de Gobierno y la Secretaría de Seguridad, Convivencia y Justicia quienes articularán con las demás secretarias distritales de acuerdo a sus competencias.

 

ARTICULO 2. La Administración Distrital diseñará estrategias de comunicación para que las instituciones distritales y los medios de comunicación adopten el término de “barras de fútbol” y eliminen el concepto de “barras bravas”, desincentivar la transmisión de imágenes violentas que ocurran al interior de los estadios e impulsar nuevas estrategias que difundan los avances y los programas que fortalecen el barrismo en la ciudad desde un enfoque social.

 

ARTICULO 3. La Secretaría de Seguridad, Convivencia y Justicia y el Instituto Distrital de la Participación y la Acción Comunal (IDEPAC) capacitará a las barras de fútbol del Distrito Capital en conocimientos sobre mecanismos de resolución alternativas de conflictos, tolerancia y respeto por las diferencias.

 

ARTICULO 4. Realizar por medio de la Secretaría Distrital de Salud y la Secretaría Distrital de Educación campañas de prevención de consumo de sustancias psicoactivas y del alcoholismo, autocuidado, salud mental, fortalecimiento de habilidades para la vida, reducción de daños frente al consumo de SPA y prevención de violencia dentro de las “barras de fútbol”.

 

Igualmente, la Secretaria Distrital de Salud realizará prevención selectiva e indicada con los integrantes de las “barras de fútbol”, en los casos donde ya se evidencia consumo de sustancias psicoactivas legales e ilegales.  

 

ARTICULO 5. La Secretaria Distrital de Cultura Recreación y Deporte, realizará un torneo de futbol anual para las barras, enfocado en el desarrollo de valores, la paz y la convivencia.

 

ARTICULO 6. Antes de cada partido de alto riesgo respecto a la participación de las barras de futbol, los representantes de cada una de ellas se reunirán junto con un representante de la Policía Metropolitana de Bogotá y un representante de la Administración Distrital, para establecer compromisos de conservación del orden la convivencia y la paz.

 

ARTICULO 7.  Adelantar estrategias de seguridad con los alcaldes del país para garantizar el traslado y asistencia de los miembros de las “barras de fútbol” a los diferentes escenarios deportivos a nivel nacional.

 

ARTICULO 8.  La Secretaria Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia apoyada en la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación, realizará acciones pertinentes para identificar a las personas que registren antecedentes de hechos violentos y prohibir su ingreso a los escenarios deportivos en Bogotá.

 

ARTICULO 9. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación, y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.


NOTA: Ver anexos