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Proyecto de Acuerdo 025 de 2017 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

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PROYECTO DE ACUERDO 025 DE 2017


Por el cual se ordena actualizar la Política Distrital de turismo en Bogotá- región, se declara la localidad de la Candelaria como zona de desarrollo turístico prioritario y se dictan otras disposiciones


Artículo 1. Objeto. Establecer las directrices y lineamientos para la formulación, adopción, implementación, seguimiento y evaluación de la Política Distrital de Turismo de Bogotá, que integre el ámbito regional, nacional e internacional, fortaleciendo y posicionando a Bogotá como destino turístico, generando mecanismos de desarrollo económico y social, enfocados a la innovación, tecnología, promoción y competitividad turística y sostenibilidad.

 

Artículo 2. Sistema Distrital de Gestión Turística. El Sistema Distrital de Gestión Turística es un conjunto de normas, programas, instituciones y recursos para garantizar la competitividad, sostenibilidad financiera, social, ambiental y técnica del sector turístico de la Ciudad a través de una política concertada y participativa entre los diferentes actores.

 

Artículo 3. Fines de la Política Distrital de Turismo para Bogotá. La Política Distrital de Turismo para Bogotá, tiene como fin principal promover, implementar, fomentar lineamientos, ejes y estrategias para el desarrollo económico que garanticen al turismo como alternativa para el crecimiento económico y el desarrollo sostenible a través del turismo mediante el fortalecimiento  y la articulación entre las instituciones públicas y privadas, el fortalecimiento del emprendimiento e innovación empresarial, la infraestructura, la competitividad turística y conectividad con los destinos turísticos dentro del marco de Bogotá y la Región para el posicionamiento nacional e internacional de la ciudad como destino turístico sostenible.

 

Artículo 4. Principios. La formulación de la Política Pública Distrital de Turismo deberá orientarse, como mínimo por los siguientes principios básicos:


1. Igualdad. Todos los habitantes de la ciudad y turistas accederán efectivamente a los servicios turísticos y culturales de la ciudad en igualdad de condiciones según las características y condiciones que le son propias.

 

2. Proyección. La Política Pública Distrital de Turismo tiene una naturaleza de largo plazo entendiendo que a medida que avanza los planes, programas, proyectos y acciones específicas enfocadas a una aproximación del significado de competitividad turística el cual indica que los productos, servicios y estructuras de los destinos turísticos deben aumentar su valor agregado y permitir el desarrollo de ventajas competitivas para el sector turístico en general.

 

3. Competitividad Turística. A través de estrategias conjuntas de gestión que involucre a todos los actores del sector tanto público como privado, que fortalezcan la sostenibilidad de la cadena de valor que permitan posicionar a Bogotá como una ciudad con destino turístico nacional e internacional.

 

4. Sostenibilidad. Fortalecer las estrategias dirigidas a la competitividad del turismo cumpliendo con los criterios de sostenibilidad, que enmarcan los procesos de desarrollo en las dimensiones económica, ambiental y sociocultural.

 

5. Corresponsabilidad. Es una responsabilidad conjunta entre las Entidades públicas y privadas relacionadas con el turismo, para garantizar el ejercicio de los derechos y obligaciones relacionados con la puesta en marcha de la política distrital de turismo.

 

Artículo 5. Estrategia de la Política Distrital de Turismo de Bogotá. Están encaminadas a posicionar a Bogotá como destino turístico nación e internacional, por medio del desarrollo de ventajas competitivas y comparativas y una efectiva promoción de ciudad que permitan aprovechar las tendencias y la prospectiva del sector turismo a nivel local, nacional e internacional. De esta manera se podrá convertir el turismo en eje de desarrollo, construcción de paz y felicidad para Bogotá - Región.  Así mismo, buscarán la determinación de herramientas para la viabilidad de la ejecución de la política y el sistema con recursos propios.

 

La estrategia tendrá en cuenta los siguientes componentes:

 

a. Competitividad Turística

 

b. Promoción y Mercadeo (Marketing) turístico de Bogotá

 

c. Conectividad y tecnología (Tics)

 

d. Gestión de territorio

 

e. Gestión cultural y ambiental

 

f. Garantía de los Derechos Individuales y Colectivos

 

g. Establecer la Zona de Desarrollo Turístico Prioritario – La Candelaria.

 

Artículo 6°. Lineamientos de Acción de la Política Distrital de Turismo. La política distrital de turismo para Bogotá deberá formularse a partir de los siguientes lineamientos:

 

1. Coordinar con las entidades públicas y privadas relacionadas con el desarrollo turístico la articulación de un trabajo mancomunado en beneficio de Bogotá, integrando las propuestas del Plan de Competitividad de Bogotá - Región (RAPE).  Es ese sentido se unirán esfuerzos para que exista un trabajo interinstitucional, donde las entidades cuyas funciones tengan relación con el desarrollo del turismo en la ciudad, coordinen sus acciones con la entidad encargada de la formulación y ejecución de la política de turismo.

 

2. Identificar, desarrollar y poner en ejecución con la Secretaria Distrital de Planeación la herramienta de planificación efectiva para el ordenamiento de la actividad turística de la ciudad.

 

3. Fortalecer en coordinación con el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural la formulación del Plan Especial de Manejo y de Protección del Centro Histórico, con el fin que se definan medidas de protección del patrimonio, con ocasión de la actividad turística.

 

4. Fortalecer y consolidar los productos y/o servicios turísticos de la Ciudad - Región incluyendo los sitios estratégicos para el desarrollo sostenible del territorio, dentro del Ordenamiento Territorial, de la ciudad.

 

5. Sensibilizar a los habitantes de la ciudad, para que se entiendan los beneficios del turismo y la importancia de brindar un buen trato al turista, con la debida información de la ciudad como destino turístico sostenible.

 

6. El turismo debe ser responsable, es importante tener en cuenta los pactos existentes de la ciudad al respecto, e incluir la protección de los niños, niñas y adolescentes.

 

7. Establecer alianzas para la Capacitación y formación a los prestadores de servicios turísticos para que mejoren sus competencias y aptitudes laborales, con el objeto de brindar un buen servicio y constituir empresas sostenibles.

 

8. Valorar periódicamente los atractivos turísticos de la ciudad, para que se elaboren productos turísticos competitivos.

 

9. Potencializar herramientas de mercadeo, promoción y comercialización que se empleen en el sector, con la realización de actividades de promoción y posicionamiento turísticos del destino tales como Ferias estratégicas, viajes de familiarización para agentes de viajes y periodistas, workshops, campañas de medios locales, nacionales e internacionales y cualquier otro mecanismo que genere valor para el posicionamiento de Bogotá - Región a la vanguardia del turismo en el mundo.

 

10. Fortalecer la innovación empresarial para el sector turismo enfocado a la prestación de los servicios técnicos especializados tales como emprendimiento, asistencia técnica, calidad formalización empresarial, innovación, encadenamientos productivos, asociatividad, empleo y demás aspectos relacionados con el sector.

 

11.  Promover el Encadenamiento productivo, para que los empresarios turísticos entiendan la importancia de trabajar de manera coordinada, con el fin de lograr un sector competitivo e irrigar efectos positivos en otros sectores, cadenas y eslabones del tejido productivo de la ciudad.

 

12. Ofrecer Sostenibilidad, para que las acciones de promoción del turismo tengan en cuenta los valores socio - culturales, ambientales y económicos de la ciudad.

 

13. Fomentar la consecución de recursos, tales como cooperación internacional, alianza público privadas y regalías, para que se dirijan al desarrollo del turismo.

 

14. Generar información estadística, para que los sectores público y privado puedan tomar decisiones informadas de esta manera consolidar la generación y difusión de la información que fortalezca el sector turístico, bajo los conceptos de veracidad, oportunidad y pertinencia.

 

15. Impulsar la participación comunitaria, para que los diferentes actores sociales contribuyan a su formulación, implementación y evaluación.

 

16. Fortalecer la Red Distrital de Información Turística mejorando el servicio de los puntos de información con intervención de tres componentes como recurso humano calificado y bilingüe, infraestructura física y tecnológica, y ubicación estratégica.

 

17. Posicionamiento de la marca “Bogotá” como herramienta de la capital con destino turístico en mercados Nacionales e Internacionales.

 

18. Generar un sentido de pertenencia y apropiación en los habitantes de la ciudad, para que promueva una experiencia de recordación positiva sobre la visita a la ciudad.

 

19. Desarrollo de infraestructuras acorde con la actividad turística sin generar pasivos sociales y ambientales.

 

20. Fomento del ecoturismo y agroturismo en las Unidades de Planeación Rural del Distrito, tales como los cerros orientales, quebradas las delicias, entre otros.

 

21. Incluir en la actividad turística de la ciudad, destinos y actividades dirigidas a poblaciones diferenciadas por ciclo vital, por condición y a estudiantes de colegios y en general a los habitantes de la Ciudad.

 

22. Fomentar el desarrollo equitativo de los destinos turísticos y/o culturales en las diferentes localidades del Distrito.

 

23. Promover el Centro Histórico de Bogotá como un destino turístico sostenible.

 

24. Fomentar la Ruta Del Dorado dentro de la estrategia Bogotá-Región y Cundinamarca y Boyacá.

 

25. Consolidar las alianzas público privadas que contribuyan al desarrollo del turismo con bienestar social, sostenibilidad ambiental, territorial y Cultural.

 

ARTICULO 7°. La Candelaria Zona de Desarrollo Turístico Prioritario. Declárase como zona de desarrollo turístico prioritario a la localidad de La Candelaria. La cual tendrá los siguientes objetivos:

 

1. Lograr una planificación sostenible a mediano y largo plazo de la localidad de la Candelaria.

 

2. Promover beneficios sociales, ambientales y económicos para los habitantes y visitantes de La Candelaria.

 

3. Mejorar, mantener y complementar del patrimonio histórico y cultural que se encuentra en La Candelaria.

 

4. Fomentar la inversión nacional y extranjera en La Candelaria, generando empleo digno.

 

5. Delimitar y establecer las vías de acceso, dando prioridad a los peatones.

 

6. Reducir los agentes contaminantes que afectan tanto a turistas, residentes, comerciantes y transeúntes.

 

7. Conservar la identidad cultural de los habitantes de La Candelaria y fortalecimiento de su sentido de pertenencia con el sector.

 

8. Concienciar de los habitantes de Bogotá del valor histórico y cultural de La Candelaria.

 

9. Prevenir el turismo sexual, la trata de personas, la pornografía infantil y toda forma de violencia sexual o afectación a la dignidad humana.

 

ARTICULO 8°. Coordinación de acciones. Inclúyase los siguientes literales al segundo inciso del artículo 2º del Acuerdo Distrital 275 de 2007 "Por el cual se crea el Instituto Distrital de Turismo".

 

“n. Coordinar con las demás con las demás entidades internacionales, nacionales y territoriales, así como con el sector privado, las políticas públicas, acciones, programas y proyectos destinados a promocionar y potenciar la Zona de Desarrollo Turístico Prioritario de La Candelaria.”

 

“ñ. Proyectar, con la asesoría y visto bueno de la Secretaría Distrital de Hacienda, para estudio del Concejo de Bogotá, exenciones sobre los tributos de competencia del Distrito Capital, para la Zona de Desarrollo Turístico Prioritario de La Candelaria.”

 

ARTICULO 9°. Metodología. La Administración Distrital en cabeza de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, definirá la metodología para la modificación y actualización de la Política Distrital del Turismo, haciendo énfasis en la participación, concertación y el trabajo conjunto con los distintos actores.

 

ARTICULO 10°. Plan de Acción. La Administración Distrital en cabeza del Instituto Distrital de Turismo establecerá un plan de acción anual de la Política Pública Distrital de Turismo de Bogotá y de la Zona de Desarrollo Turístico Prioritario La Candelaria, que será objeto continuo de seguimiento según las pautas establecidas por la Administración Distrital.

 

ARTICULO 11°. Evaluación de la Política: La Administración Distrital en cabeza del Instituto Distrital de Turismo, establecerá los indicadores para la evaluación de la Política y de los respetivos Planes de Acción Anual. Dicho informe se publicará en la página web de la entidad, a más tardar el primer trimestre de cada año y será radicado al Concejo para su respectivo seguimiento


ARTICULO 12°. Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias en especial el Acuerdo 305 de 2007.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.


Nota: Ver anexos