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PROYECTO DE ACUERDO 015 DE 2017 Por el cual se dictan lineamientos de política pública para la prevención, sensibilización y protección sobre crímenes cibernéticos contra niñas, niños, y adolescentes de las Instituciones Educativas Distritales EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C., En uso de sus facultades constitucionales y
legales, en particular las conferidas en el numeral 1 del Artículo 313 y el
Artículo 322 de la Constitución Política y los numerales 1 y 25 del Artículo 12
del Decreto Ley 1421 de 1993, ACUERDA: ARTÍCULO 1. Objeto. La Administración Distrital, establecerá la implementación de los
lineamientos de una política pública integral e intersectorial con el fin de
prevenir, sensibilizar, y proteger a niñas, niños y adolescentes de las
Instituciones Educativas Distritales –IED, con el objeto de evitar que sean
víctimas de crímenes cibernéticos, así como para reducir riesgos por el uso
indebido de Internet, redes sociales e instrumentos informáticos. PARÁGRAFO: Así mismo, se
establecerán compromisos de responsabilidad y corresponsabilidad por parte del
entorno familiar y social. Para el
cumplimiento de este objetivo, se desarrollarán las siguientes acciones: a) Establecer una
estrategia integral de prevención, sensibilización y protección en beneficio de
las niñas, niños y adolescentes de las – IED, para que no sean víctimas de
delitos informáticos, mediante la articulación entre padres de familia,
docentes y con el concurso de las entidades distritales competentes. Así mismo,
se establecerán compromisos de responsabilidad y corresponsabilidad por parte
del entorno familiar y social. b) Las
instituciones educativas distritales y los proveedores de servicios adoptarán
un protocolo de seguridad tendiente a garantizar el cumplimiento de la
prevención de delitos informáticos. c) Las
instituciones distritales educativas adoptarán las acciones de coordinación con
organizaciones públicas, privadas y no gubernamentales (ONG) que redunden en la
materialización del cumplimiento del objeto de este Acuerdo. d) Las
instituciones educativas, establecerán un Plan de Contingencia en delitos
informáticos acorde con la particularidad de la población que conforma la
comunidad educativa. e) El sistema de
monitoreo, de seguimiento y control con respecto al cumplimiento del objeto
este Acuerdo, está conformado por la Secretaría de Seguridad del Distrito,
quien lo presidirá; la Secretaría de Educación; la Secretaría de Gobierno; la
Secretaría de Integración Social, y las Instituciones Educativas Distritales. ARTÍCULO 2. Fines de la política pública: Se focaliza que los lineamientos de la
política pública que se expone en el presente Acuerdo, se estructura en el
principio de prevención teniendo en cuenta el alto riesgo a que se encuentran
sujetos las niñas, niños y adolescentes en el uso inadecuado de Internet, redes
sociales e instrumentos informáticos, que los convierte en posibles víctimas de
crímenes cibernéticos que atentan contra el interés superior de las niñas,
niños y adolescentes. Nota: Se relaciona el principio de prevención
como estructura de la política pública con fundamento en el alto riesgo
exponencial que radica en el uso inadecuado de Internet, las redes sociales e
instrumentos informáticos. ARTÍCULO 3. Lineamientos de acción de la política pública sobre Crímenes
cibernéticos contra niñas, niños y adolescentes. La política pública sobre crímenes
cibernéticos contra niñas, niños y adolescentes en Bogotá deberá formularse a
partir de los siguientes lineamientos: 1. CAMPAÑAS: Establecer campañas de prevención, sensibilización
y protección sobre delitos informáticos contra niñas, niños y adolescentes de
las -IED-, a través de la articulación entre padres de familia, docentes, y las
entidades distritales competentes. 1.1. Construir
ambientes apropiados de convivencia en los entornos virtuales, a través del
fortalecimiento de los planes institucionales del uso responsable de las TIC,
con el fin de promover el manejo adecuado de Internet, las redes sociales y
demás informáticos. 1.2. Fortalecer el
entorno familiar y educativo con el fin de crear un vínculo de confianza que
incentive a las niñas, niños y adolescentes para comunicar a sus padres y
docentes las situaciones a las que se vean expuestos, relacionadas con los
delitos informáticos. 1.3. Brindar
estímulos, reconocimientos y apoyos complementarios, a quienes promuevan e
implementen medidas para la prevención, sensibilización y protección de las
niñas, niños y adolescentes sobre delitos informáticos. 1.4. Diseñar,
implementar y desarrollar un sistema de gestión de la seguridad informática
orientada a prever, detectar identificar, y reducir las posibilidades de
delitos informáticos contra niñas, niños y adolescentes que cuente con un Plan
Anual de Seguridad. 2. ACCIONES
PEDAÓGICAS: Proyectar acciones
pedagógicas dentro del marco de la autonomía escolar de las Instituciones
Educativas Distritales con base en: 2.1. Incorporar a los
PEI los temas y proyectos que incluyan el uso pedagógico y responsable de las TIC;
generando indicadores y herramientas de seguimiento y evaluación permanente,
para garantizar que su ejecución, esté articulada con el Sistema de Monitoreo
de las condiciones de vida de la infancia y la adolescencia en el Distrito
Capital1. 2.2. Promover el
seguimiento a patrones de comportamiento de posibles prácticas de delitos
informáticos que pongan en riesgo a las niñas, niños y adolescentes de las
Instituciones Educativas Distritales. 2.3. Fomentar la
adecuación pedagógica en las IED, con el fin de que le permitan a las niñas,
niños, adolescentes, y autoridades escolares identificar y denunciar posibles
casos de delitos informáticos. 2.4. Impulsar la
creación de herramientas pedagógicas e informáticas para hacer de las
instituciones educativas distritales espacios que brinden a las niñas, niños y
adolescentes protección y seguridad frente a eventuales casos de delitos
informáticas. 3. COORDINACIÓN INTER
E INTRA INSTITUCIONALES: 3.1. Garantizar la coordinación
entre autoridades distritales en la consecución de planes, programas proyectos
y acciones, que se desarrollan en las localidades para que contribuyan a la
prevención, sensibilización y protección sobre delitos informáticos contra
niñas, niños y adolescentes de las Instituciones Educativas del Distrito. 3.2. Establecer
alianzas con entidades nacionales e internacionales, vinculadas a los temas de
protección a las niñas, niños y adolescentes, en materia de delitos
informáticos, y con el sector privado, incluyendo gremios y empresas de los
sectores de transporte, hotelero y actividades turísticas. 3.3. Gestionar los
recursos necesarios para el diseño, publicación, divulgación e implementación
de la política pública contra delitos informáticos. ARTÍCULO
4. Coordinación Intra e Interinstitucional. Para la
formulación, implementación y desarrollo de la política pública que se dicta
mediante este Acuerdo para la prevención, sensibilización y protección sobre
crímenes cibernéticos contra niñas, niños y adolescentes de las Instituciones
Educativas Distritales, las entidades públicas responsables y corresponsables,
deben tener en cuenta los siguientes elementos: a) Brindar apoyo y
asistencia sectorial e intersectorial a las demás entidades distritales que
tengan relación con la materia. b) Fomentar la
participación activa y coordinada de la comunidad educativa del Distrito,
familias, entidades distritales responsables y corresponsables y otros actores
involucrados. c) Efectuar un
seguimiento de las alertas y casos reportados de crímenes cibernéticos que
indiquen su afectación y/o prevalencia en la comunidad educativa. d) Promover la cooperación de la
Policía Nacional (PONAL), el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF)
y la Fiscalía General de la Nación, en materia de asesoría y capacitación para
la prevención, sensibilización y protección sobre los crímenes cibernéticos
contra niñas, niños y adolescentes de las Instituciones Educativas Distritales.
e) Promover la capacitación al personal de la comunidad educativa
(estudiantes, docentes y padres de familia) en la detección temprana y
diagnóstico oportuno de casos de delitos informáticos en las Instituciones
Educativas Distritales. f) Fortalecer la
estrategia RIO (Respuesta Integral de Orientación Escolar) contra el
hostigamiento y la violencia escolar con los mecanismos de prevención,
sensibilización y protección sobre delitos informáticos contra las niñas, niños
y adolescentes de las Instituciones Educativas Distritales. g) Participar en las
acciones compartidas de las organizaciones privadas. ARTÍCULO 5. Diseño, Implementación y Publicación. La
Secretaría Distrital de Educación y la Secretaría Distrital de Seguridad,
Convivencia y Justicia, en coordinación con la Secretaría Distrital de
Gobierno, y demás sectores públicos con corresponsabilidad en el tema, serán
las encargadas de coordinar el diseño, publicación, implementación, seguimiento
y evaluación de la política pública para promover la prevención,
sensibilización y protección sobre crímenes cibernéticos contra niñas,
niños y adolescentes de las Instituciones Educativas Distritales. ARTÍCULO 6. Creación de la Mesa Técnica Distrital de prevención contra
los crímenes cibernéticos. La Secretaría Distrital de Seguridad,
Convivencia y Justicia en el marco de sus competencias creará la Mesa Técnica
Distrital de prevención contra los crímenes cibernéticos para velar por el
cumplimiento de la política pública que se ordena implementar mediante este
Acuerdo. Parágrafo Primero: La Mesa Técnica emitirá su propio
reglamento. Parágrafo Segundo: La Mesa Técnica podrá invitar a autoridades
de instituciones educativas, padres de familia y expertos, cuando lo considere
conveniente. Parágrafo
Transitorio: Para todas las
acciones y/o actividades que demande el presente Acuerdo, la Administración
Distrital tendrán hasta un año para su formulación e implementación. ARTÍCULO 7.
Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación. Nota: Ver anexos NOTAS DE PIE DE PÁGINA 1 Decreto 031 de 2007 "Por el cual se reglamenta el Acuerdo 238 de 2006, que crea y estructura en el Distrito Capital el sistema de monitoreo de las condiciones de vida de la infancia y la adolescencia" |