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Proyecto de Acuerdo 005 de 2017 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

MEMORANDO

PROYECTO DE ACUERDO 005 DE 2017


Por el cual se establecen medidas para los servicios prestados por los establecimientos que presten servicios relacionados con actividades deportivas de cualquier tipo en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones


EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.,


En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 1º, del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993

 

ARTÍCULO PRIMERO.- APLICACIÓN: El presente Acuerdo establece medidas para los servicios prestados en gimnasios, academias, CAPF (Centros de Acondicionamiento y Preparación Física) y demás establecimientos que  presten servicios relacionados  con actividades deportivas de cualquier tipo.

 

ARTICULO SEGUNDO: Todo establecimiento que preste servicios relacionados con actividades deportivas de cualquier tipo, deberá prestar sus servicios como mínimo con personal certificado en las áreas de nutrición, medicina deportiva, fisioterapeuta, educación física/licenciatura deportiva/tecnología deportiva o afines. Adicionalmente dichos establecimientos deben garantizar que los servicios de prevención, atención, recuperación, rehabilitación y control sean prestados con las debidas condiciones de higiene y salud.

 

PARÁGRAFO PRIMERO: La Secretaría Distrital de Salud dentro de sus funciones de inspección, vigilancia y control deberá supervisar que en los establecimientos que presten servicios relacionados con actividades deportivas de cualquier tipo se brinde el servicio médico adecuado.

 

PARÁGRAFO SEGUNDO: Corresponde al Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD verificar que los servicios prestados establecimiento que preste servicios relacionados con actividades deportivas de cualquier tipo cumplan con las condiciones establecidas en éste artículo, para lo cual deberá contar con un registro de los establecimientos que presten servicios relacionados con actividades deportivas de cualquier tipo que hay el Distrito Capital.

 

ARTÍCULO TERCERO: La Secretaría Distrital de Gobierno coordinara con las Alcaldías Locales para que estas realicen por lo menos una visita anual a los centros de acondicionamiento y preparación física, con el propósito de verificar que en los establecimientos que presten servicios relacionados con actividades deportivas de cualquier tipo se cumpla con todos los requisitos establecidos en las normas.

 

ARTÍCULO CUARTO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.


Nota: Ver anexos