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PROYECTO DE ACUERDO No. 330 DE 2017 “POR EL CUAL SE RINDE
HOMENAJE AL PAPA FRANCISCO CON MOTIVO DE SU VISITA A BOGOTÁ” 1. OBJETO DEL PROYECTO DE
ACUERDO Este proyecto busca que el
Concejo de Bogotá sea parte activa en la visita que realizará el Papa
Francisco, Jorge Mario Bergoglio, en el mes de septiembre de 2017 a Colombia.
Para ello, y como gesto de agradecimiento por su presencia y por su mensaje de
reconciliación hacia el pueblo colombiano, se busca nombrarle hijo ilustre de
la ciudad. Igualmente, el proyecto pretende
que una o varias obras a ejecutar mediante el plan económico, social, ambiental
y de obras públicas para Bogotá D.C. 2016 - 2020 “Bogotá Mejor para Todos”
lleven el nombre del Sumo Pontífice como homenaje a su visita a la ciudad, a
potestad del Alcalde Mayor de Bogotá. 2. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El 10 de marzo de 2017 se
anunció la visita del Papa Francisco a nuestro país, líder de la Iglesia
Católica y jefe de estado de la Ciudad del Vaticano. En el marco de esta
visita, se contempla que el Sumo Pontífice recorra cuatro ciudades: Bogotá,
Villavicencio, Medellín y Cartagena del 6 al 10 de septiembre de 2017. De acuerdo a un informe
publicado por el diario El Tiempo el
17 de abril de 2017, la visita ya cuenta con una agenda preliminar. Francisco
llegará directamente a Bogotá el 6 de septiembre, recorrerá varias avenidas
principales de la ciudad, tendrá varios actos protocolarios entre los que se
cuenta la entrega de las llaves de la ciudad por cuenta del Alcalde Mayor y
ofrecerá una misa campal en el Parque Simón Bolívar. Más allá del fervor que
puede generar el máximo líder del catolicismo en Colombia, reflejado en que de
acuerdo al estudio publicado por el Pew Research Center en 2014, el 79% de los colombianos se
considera católico, se trata de la visita de una personalidad de relevancia
internacional que desde el inicio de su pontificado se ha referido en varias
ocasiones a Colombia. Es del conocimiento general la insistencia del Sumo
Pontífice en que nuestro país alcance una paz justa. Sobre todo, es destacable
su gestión por buscar canales de comunicación entre sectores divididos de
nuestra nación. Al ser una figura que puede
ser símbolo de reconciliación para los colombianos, conviene que el Concejo de
Bogotá no pase por inadvertida la visita del pontífice. Es en este marco que se
proponen dos medidas con el propósito de homenajear su presencia y dejar un
legado para la ciudad. En primer lugar, se propone
que el Concejo Distrital nombre al Papa Francisco como hijo ilustre de la
ciudad. El propósito de esta medida es que la autoridad suprema del Distrito
Capital en representación de los ciudadanos ofrezca como un gesto autónomo una
distinción al pontífice, más allá de que otras autoridades del nivel nacional o
distrital realicen lo mismo. En segundo lugar, se sugiere
al Alcalde Mayor nombrar a una o varias de las obras estratégicas que se
construyan como parte del Plan de Desarrollo Distrital “Bogotá Mejor para
Todos” con el nombre del Santo Padre. De acuerdo a este proyecto, queda bajo la
potestad del alcalde el hacerlo o no, pero bajo la idea de que Francisco deje
un legado de reconciliación a los bogotanos, sería ideal que dicho legado quedara
explícitamente marcado en lugares representativos de la ciudad que lleven su
nombre. Este proyecto de acuerdo se
presenta sin perjuicio de las potestades que ostenta el Alcalde Mayor de Bogotá
para otorgar distinciones al Sumo Pontífice, en particular la Orden Civil al
Mérito “Ciudad de Bogotá” en el grado Gran Cruz Extraordinaria que se otorga a
jefes de estado definida por el artículo 13 del decreto 555 de 2016 y la
declaratoria de Huésped de Honor y entrega de las Llaves de la Ciudad mencionada
en el artículo 21 del mismo decreto. 3. ANTECEDENTES Es la primera vez que este
proyecto de acuerdo se presenta ante el Concejo Distrital. No obstante, en la
actualidad se encuentra en trámite una iniciativa similar en el Concejo Municipal
de Medellín bajo la denominación del proyecto de acuerdo 078 de 2017 “Por medio
del cual Concejo de Medellín se asocia a un acontecimiento” 4. MARCO LEGAL Constitución Política Artículo 19.
Se garantiza la libertad de cultos. Toda persona tiene derecho a profesar
libremente su religión y a difundirla en forma individual o colectiva. Todas las confesiones
religiosas e iglesias son igualmente libres ante la ley Artículo 287.
Las entidades territoriales gozan de autonomía para la gestión de sus
intereses, y dentro de los límites de la Constitución y la ley. En tal virtud
tendrán los siguientes derechos: 1.
Gobernarse por autoridades propias. 2.
Ejercer las competencias que les correspondan. […] Decreto Ley 1421 de 1993 Artículo 12. Atribuciones. Corresponde
al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y a la ley: 1.
Dictar las normas necesarias para garantizar el
adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los
servicios a cargo del Distrito. […] 25.
Cumplir las demás funciones que le asignen las disposiciones vigentes 5. IMPACTO FISCAL De acuerdo al artículo 7 de
la Ley 819 de 2003, la cual establece que “En todo momento, el impacto fiscal
de cualquier proyecto de ley, ordenanza o acuerdo, que ordene gasto o que
otorgue beneficios tributarios, deberá hacerse explícito y deberá ser
compatible con el Marco Fiscal de Mediano Plazo”, el presente proyecto de acuerdo
no genera impacto fiscal. No se
compromete al Distrito en asignar apropiaciones presupuestales ni en buscar
recursos adicionales. Particularmente, en lo referido
a denominar a ciertas obras con el nombre del Papa, medida que implica la instalación
de placas en el espacio público de la ciudad, se entiende que estos costos
están cubiertos en los presupuestos de cada una de las obras correspondientes.
PROYECTO DE ACUERDO No. __________
DE 2017 “POR EL CUAL SE RINDE HOMENAJE AL
PAPA FRANCISCO CON MOTIVO DE SU VISITA A BOGOTÁ” EL CONCEJO DE BOGOTÁ En uso de
sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el
Decreto Ley 1421 de 1993, articulo 12 numerales 1 y 25 ACUERDA ARTÍCULO 1. Con motivo de la visita apostólica de su
Santidad Papa Francisco a Colombia, otórguesele el reconocimiento de Hijo
Ilustre de la ciudad de Bogotá. ARTÍCULO 2.
A potestad del Alcalde Mayor de Bogotá, alguna de las obras de infraestructura
social que se construya en el marco del Acuerdo 645 de 2016 que adopta el Plan
Distrital de Desarrollo “Bogotá Mejor para Todos” podrá llevar el nombre del
Sumo Pontífice. ARTÍCULO 3. El
presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación. |