PROYECTO DE
ACUERDO 032 DE 2017
“·POR MEDIO DEL CUAL SE HONRA LA MEMORIA DE MIEMBROS DE LA FUERZA
PÚBLICA Y ORGANISMOS DE SEGURIDAD DEL ESTADO CAIDOS EN EL ASALTO POR PARTE DEL M-19
Y LA RECUPERACION DEL PALACIO DE JUSTICIA POR PARTE DEL ESTADO,
Y SE ORDENA ADOSAR UNA PLACA CONMEMORATIVA EN LAS INSTALACIONES DEL PALACIO DE
LIEVANO"
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
1.
Objeto del
proyecto
Exaltar la
memoria de los miembros de la Fuerza Pública y de Organismos de Seguridad del
Estado, quienes prestando sus servicios a la Patria perdieron la vida en la
toma y retoma del Palacio de Justicia el 6 y 7 de noviembre de 1985, como
víctimas del accionar de grupos al margen de la ley; siendo este reconocimiento
una manifestación para rendirle Homenaje Póstumo por su sacrificio en ejercicio
de sus funciones constitucionales.
2.
Justificación
Enaltecer el
esfuerzo y sacrificio de quienes al servicio de las Fuerzas Armadas y los Organismos
de Seguridad del Estado, se destacaron por su valor, entrega, arrojo y heroísmo
en beneficio de los colombianos y en especial de los habitantes del Distrito
Capital.
Resulta
importante que el Concejo de Bogotá otorgue reconocimiento póstumo a estos
servidores públicos y se adose una placa conmemorativa con sus nombres en las
instalaciones del Palacio de Liévano, sede más representativa de la administración
del Distrito Capital y como emblemática edificación en donde se encuentran
adosadas 24 placas que rememoran la historia de la ciudad.
Al ser entonces
parte de la historia de la Capital y del país los trágicos hechos ocurridos en
la sede de la máxima autoridad de la Justicia colombiana, se pretende adosar
una placa conmemorativa, como
reconocimiento a todos aquellos que ofrendaron sus vidas enfrentando a quienes
atentaron contra la defensa y la seguridad nacional.
3.
Fundamento
Jurídico
Teniendo
en cuenta lo dispuesto en la Carta Política de 1991 artículo 72 dicta que el “patrimonio cultural de la Nación
está bajo la protección del Estado. El patrimonio arqueológico y otros bienes
culturales que conforman la identidad nacional, pertenecen a la Nación y son
inalienables, inembargables e imprescriptibles”.
Y
de acuerdo a lo dispuesto en El Estatuto Orgánico del Distrito Capital, Decreto
Ley 1421 de 1993 artículo 8, "El
Concejo es la suprema autoridad administrativa del Distrito Capital" y
dentro de sus competencias se establecen el artículo 12:
1) Dictar las normas
necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de sus funciones y la
eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito;
13) Regular la prestación y
defensa del patrimonio cultural.
Según
el Artículo 66, del Acuerdo 348 de 2008, "Origen y Trámite de los Proyectos de Acuerdo” INICIATIVA. Los
Proyectos de acuerdo pueden ser presentados por los Concejales...”.
De conformidad
con en el Decreto 070 de 2015 “Por el cual se
establece el Sistema Distrital de Patrimonio Cultural, se reasignan
competencias y se dictan otras disposiciones”.
Estipulado en el Acuerdo 257 de
2006 "por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización
y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, distrito
capital, y se expiden otras disposiciones" Artículo 95 la “Naturaleza,
objeto y funciones del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural. El
Instituto Distrital de Patrimonio Cultural es un establecimiento público, con
personería jurídica, patrimonio independiente y autonomía administrativa y
financiera que tiene por objeto la ejecución de políticas, planes y proyectos
para el ejercicio efectivo de los derechos patrimoniales y culturales de los habitantes
del Distrito Capital, así como la protección, intervención, investigación,
promoción y divulgación del patrimonio cultural tangible e intangible y de los
bienes de interés cultural del Distrito Capital”.
Literal
A, “El Instituto Distrital de Patrimonio
Cultural tiene las siguientes funciones básicas: Gestionar la ejecución de
políticas, planes, programas y proyectos para la protección, intervención,
investigación, promoción y divulgación del patrimonio cultural tangible e intangible
y de los bienes y servicios de interés cultural del Distrito Capital”.
4.
Impacto Fiscal
Los gastos
ocasionados por adosar placa conmemorativa en las instalaciones del Palacio de
Liévano, se imputará con cargo al presupuesto del Instituto Distrital de
Patrimonio Cultural.
Cordialmente,
BANCADA CENTRO DEMOCRÁTICO
DANIEL PALACIOS
MARTÍNEZ ANGELA
GARZÓN CAICE
Concejal de Bogotá D.C Concejal
de Bogotá D.C
Partido Centro Democrático Partido Centro Democrático
Partido Centro Democrático Partido Centro
Democrático
PROYECTO DE ACUERDO DE
2016
“POR MEDIO DEL CUAL SE HONRA LA
MEMORIA DE MIEMBROS DE LA FUERZA PÚBLICA Y ORGANISMOS DE SEGURIDAD DEL ESTADO
CAIDOS EN EL ASALTO POR PARTE DEL M-19 Y LA
RECUPERACION DEL PALACIO DE
JUSTICIA POR PARTE DEL ESTADO, Y SE ORDENA ADOSAR UNA PLACA CONMEMORATIVA EN
LAS INSTALACIONES DEL PALACIO DE LIEVANO"
De
acuerdo a lo dispuesto en la Carta Política, El Estatuto Orgánico del Distrito
Capital, Decreto Ley 1421 de 1993 artículos 8 y 12 numerales 1 y 13, y el
artículo 66, del Acuerdo 348 de 2008,
ACUERDA
ARTÍCULO PRIMERO: El Distrito Capital rinde homenaje a
la memoria de los miembros de la Fuerza Pública y Organismos de Seguridad del Estado, caídos en el asalto por parte del
M-19 y la recuperación del Palacio de Justicia por parte del Estado
que perdieron la vida el 5 y 6 de noviembre de 1985.
ARTICULO SEGUNDO: Adosar una placa conmemorativa con los nombres de los miembros de
la Fuerza Pública y Organismos de Seguridad caídos en cumplimiento del deber
durante estos hechos, la cual
estará ubicada en las instalaciones del Palacio de Liévano y se fijará en
ceremonia pública presidida por Alcalde Mayor de la Ciudad.
ARTICULO TERCERO: Para la
elaboración de la placa, la Secretaria de Seguridad del Distrito solicitará al
Ministerio de Defensa Nacional se certifiquen los nombres y grados de los
miembros de la Fuerza Pública y Organismos de Seguridad del Estado que perdieron
la vida en estos hechos.
ARTICULO CUARTO: El presente Acuerdo, rige a partir
del momento de su promulgación.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE