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PROYECTO DE
ACUERDO 038 DE 2017 “POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECEN LINEAMIENTOS PARA LA POLÍTICA PÚBLICA DEL SÍNDROME DEL EDIFICIO
ENFERMO EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ” I.
OBJETO DEL PROYECTO Establecer los
lineamientos para la formulación de la Política Pública del Síndrome del
Edificio Enfermo (SEE) en los edificios públicos del Distrito Capital que empleen sistemas térmicos de aire
acondicionado y refrigeración con el fin de garantizar la protección de
la salud de los trabajadores y contratistas que en ellos laboran. II.
ANTECEDENTES El presente proyecto de acuerdo ha sido
presentado cuatro veces (4) así: En primer término le correspondió
el No 322 de 2015, donde ejercieron como ponentes los Honorables
Concejales JORGE DURAN SILVA y GERMAN GARCIA ZACIPA, emitiendo ponencias positivas, el primero
señalando que la iniciativa tiene impacto fiscal. En la segunda oportunidad de su presentación
le correspondió el No 396 de 2015, donde se asignaron como ponentes los
Honorables Concejales CARLOS ROBERTO
SAENZ VARGAS y JOSÈ ARTHUR BERNAL
AMOROCHO, arrojando respectivamente,
una ponencia positiva con modificaciones en el artículo segundo al involucrar a
los animales y negativa, por tener impacto fiscal. En la tercera oportunidad, correspondió el No
042 de 2016, donde se asignaron como ponentes los Honorables Concejales DAVID BALLEN HERNÁNDEZ y JORGE LOZADA VALDERRAMA, arrojando
respectivamente, una ponencia positiva condicionada a disponibilidad
presupuestal y una ponencia positiva
sin modificaciones ni condiciones. En la cuarta oportunidad, correspondió el No
186 de 2016, donde no fue sorteado. En quinta oportunidad, es decir agosto de
2016, correspondió el No 343 de 2016, asignándose como ponentes al autor de
esta iniciativa, quien emitió ponencia positiva y, al Honorable Concejal ROBERTO HINESTROSA REY, manifestando
ponencia positiva. En sexta oportunidad, se radica el presente
proyecto de acuerdo, asignándose el No 498 de 2016, el cuál no fue sorteado. III.
JUSTIFICACION DEL
PROYECTO En Bogotá, las autoridades distritales miden
y evalúan la calidad del aire exterior, no obstante, la interior no ha sido
considerada desde la institucionalidad. De esta manera existen diversas
estaciones[i] en
la ciudad que conforman la Red de Monitoreo de la Calidad del Aire, cuyo objeto
es identificar la concentración de contaminantes de origen antropogénico y natural
y el comportamiento de las variables meteorológicas que regulan la distribución
de los mismos en la atmósfera bogotana. Esta Red, funciona para la Secretaria
Distrital de Ambiente. No obstante, en la ciudad no se mide la
calidad interna del aire que se presenta en los edificios públicos de la
ciudad, el cual repercute en la salud y bienestar de los trabajadores. En este
sentido se define como Síndrome del
Edificio Enfermo, la afectación
nociva sobre la salud de las personas
que ocupan un edificio asociado con el tiempo de permanencia en este lugar. Los síntomas pueden incluir dolor de
cabeza, tos seca, hormigueo en la piel, vértigo, náuseas e irritación de ojos,
nariz y garganta.[ii] La Organización
Mundial de la Salud, define el Síndrome del Edificio Enfermo (SEE) como la existencia simultanea de síntomas en un conjunto
de personas (15 y 20%) del mismo edificio con manifestaciones generales, en las
membranas mucosas y en la piel[iii]. Clasificando edificios
temporalmente enfermos, los cuales incluyen edificios nuevos o de reciente
remodelación en los que los síntomas disminuyen y desaparecen con el tiempo,
aproximadamente medio año, y los edificios permanentemente enfermos, cuando los
síntomas persisten, a menudo durante años, a pesar de haberse tomado para
solucionar los problemas[iv]. Las causas del Síndrome del Edificio Enfermo
( SEE) se producen por oficinas ubicadas en edificios herméticos, con sistemas
centralizados de ventilación de control y aire acondicionado, detectándose
casos de edificios con ventilación natural, teniendo en común los edificios
afectados por este síndrome las siguientes características[v]: ·
Casi siempre tienen
un sistema de ventilación forzada que generalmente es común a todo el edificio
o a amplios sectores y existe recirculación parcial del aire. Algunos edificios
tienen la localización de las tomas de renovación de aire en lugares
inadecuados mientras que otros usan intercambiadores de calor que transfieren
los contaminantes desde el aire de retorno al aire de suministro. ●
Con frecuencia son de construcción
ligera y poco costosa. ●
Las superficies interiores están
en gran parte recubiertas con material textil, incluyendo paredes, suelos y
otros elementos de diseño interior, lo cual favorece una elevada relación entre
superficie interior y volumen. ● Practican
el ahorro energético y se mantienen relativamente calientes con un ambiente
térmico homogéneo. ●
Se caracterizan por ser edificios
herméticos en los que, por ejemplo, las ventanas no pueden abrirse. Los síntomas[vi] en
el personal, al presentarse el Síndrome del Edificio Enfermo son: ·
Irritaciones de ojos,
nariz y garganta. ·
Sensación de sequedad
en membranas mucosas y piel. ·
Ronquera. ·
Respiración
dificultosa. ·
Eritemas (Erupciones
cutáneas). ·
Comezón. ·
Hipersensibilidades
inespecíficas. ·
Náuseas, mareos y
vértigos. ·
Dolor de cabeza. ·
Fatiga mental. ·
Elevada incidencia de
infecciones respiratorias y resfriados. En ciertos edificios pueden, además, estar potenciadas algunas enfermedades comunes del individuo,
tales como sinusitis y algunos tipos de eczemas. Los antecedentes del Síndrome del Edificio
Enfermo, se remontan a 1976 durante
una reunión de la American Legion en el Hotel
Bellevue-Stratford de Filadelfia, cuando cuatro personas murieron y 99
resultaron infectadas al respirar aire contaminado con una variedad de hongo
que se había desarrollado en una torre de enfriamiento y que luego se diseminó
por el sistema de ventilación[vii]. En Colombia, se relaciona un caso de un
empleado del Ministerio de Trabajo, que fue víctima de un edificio enfermo. Esto
sucedió cuando el funcionario, después de una ardua jornada de trabajo, se lavó
la cara en el baño de su oficina para refrescarse. Al día siguiente tenía una
infección que con el tiempo fue empeorando. Más tarde se supo que la infección
había sido causada porque el tanque de almacenamiento de agua de dicho edificio
estaba completamente sucio. Un hongo en ese tanque ocasionó el problema
dermatológico del trabajador[viii]. Las
causas del SEE, son las siguientes[ix]:
MARCO
LEGAL CONSTITUCIÓN POLITICA DE COLOMBIA: Artículo 49. La atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios
públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los
servicios de promoción, protección y recuperación de la salud. Corresponde al
Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a
los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de
eficiencia, universalidad y solidaridad. También, establecer las políticas para
la prestación de servicios de salud por entidades privadas, y ejercer su
vigilancia y control. Así mismo, establecer las competencias de la Nación, las
entidades territoriales y los particulares, y determinar los aportes a su cargo
en los términos y condiciones señalados en la ley. Los servicios de salud se
organizarán en forma descentralizada, por niveles de atención y con
participación de la comunidad. La ley señalará los términos en los cuales la
atención básica para todos los habitantes será gratuita y obligatoria. Toda
persona tiene el deber de procurar el cuidado integral de su salud y la de su
comunidad. Artículo 79. Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley
garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan
afectarlo. Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del
ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la
educación para el logro de estos fines. Artículo 313 Numeral 9: Corresponde a los concejos: 1.
Reglamentar las funciones y la
eficiente prestación de los servicios a cargo del municipio. NORMAS DISTRITALES: Decreto Distrital 566 de 2014 “Por el cual se adopta la Política Pública de Eco urbanismo y Construcción
Sostenible de Bogotá, Distrito Capital 2014-2024”. Documento Técnico de Soporte de Política
Pública de Ecourbanismo y
Construcción Sostenible de Bogotá D.C. LEYES: Ley 1562 de 2012 Por la Cual se modifica el Sistema de riesgos laborales y se Dictan
otras disposiciones en materia de salud ocupacional. La Ley 715 de 2001 Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y
competencias de conformidad con los artículos 151, 288, 356 y 357 (Acto
Legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras
disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y
salud, entre otros, en donde en el artículo 44 se establece: Vigilar en su jurisdicción, la calidad del
agua para consumo humano; la recolección, transporte y disposición final de
residuos sólidos; manejo y disposición final de radiaciones ionizantes,
excretas, residuos líquidos y aguas servidas; así como la calidad del aire.
Para tal efecto, coordinará con las autoridades competentes las acciones de
control a que haya lugar. (Subrayado es mío) Decreto 1443 de 2014 Por el cual se dictan
disposiciones para la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y
Salud en el Trabajo (SG-SST)
IMPACTO FISCAL La
apropiación fiscal que demande esta iniciativa, estará sujeta a lo establecido
en los presupuestos de las Entidad Distritales. El proyecto de Acuerdo no
genera impacto fiscal porque no se está decretando gasto público adicional. Cordialmente, MARCO FIDEL
RAMIREZ ANTONIO H. Concejal de Bogotá PROYECTO DE ACUERDO No. ____ DE 2017 “POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECEN LINEAMIENTOS PARA LA POLÍTICA PÚBLICA DEL SÍNDROME DEL EDIFICIO
ENFERMO EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ” EL CONCEJO DE BOGOTÁ,
DISTRITO CAPITAL, En uso de sus atribuciones constitucionales y legales,
especialmente de las contenidas en el artículo 12, numerales 1 y 3 del Decreto
1421 de 1993, ACUERDA Artículo 1º. Objeto.
Establecer los lineamientos para la formulación
de la Política Pública del Síndrome del Edificio Enfermo (SEE) para el Distrito
Capital. Artículo 2º. Objetivos
específicos. Garantizar la protección y
bienestar de las personas que laboran en los edificios públicos del Distrito
Capital que empleen sistemas térmicos de aire acondicionado y refrigeración; y
mejorar la calidad del aire interior, disminuyendo el impacto de los
contaminantes generados por los refrigerantes, gases y partículas de dichos
sistemas a la salud humana. Artículo 3º. Definición: Acójase la definición de Síndrome del
Edificio Enfermo (SEE) de la Organización Mundial de la Salud, entendido como
la existencia simultánea de síntomas en un conjunto de personas (entre el 15% y
20%) del mismo edificio con manifestaciones generales, en las membranas mucosas
y en la piel. Artículo 4º.
Lineamientos. La Política Pública del Síndrome del
Edificio Enfermo (SEE), deberá
formularse según los siguientes lineamientos: 1.
Identificar y diagnosticar las condiciones de
los sistemas térmicos de aire acondicionado y refrigeración de los edificios públicos del Distrito Capital. 2.
Identificar y diagnosticar las diversas
manifestaciones o síntomas que se presentan en la salud humana de los
trabajadores y contratistas que laboran en los edificios públicos del Distrito
Capital, que se deriven del Síndrome del Edificio Enfermo (SEE). 3.
Garantizar la transversalidad y la
coordinación intersectorial para la identificación, diagnóstico, y propuestas
de solución del Síndrome del Edificio
Enfermo en el Distrito Capital (SEE), así como la puesta en marcha de las
acciones para disminuir su impacto. 4.
Diseñar y desarrollar planes, programas,
instrumentos y estrategias con el fin de prevenir y solucionar las
problemáticas del Síndrome del Edificio Enfermo (SEE). 5.
Diseñar campañas de educación, promoción,
sensibilización y formación a los ciudadanos, con el fin de que conozcan la
problemática del Síndrome del Edificio Enfermo (SEE). Artículo 5. Competencia. Las Secretarías de
Ambiente y Salud, serán las encargadas de formular, implementar, desarrollar,
coordinar, vigilar y evaluar la Política Pública del Síndrome del Edificio
Enfermo (SEE), hacer la coordinación
intersectorial e interinstitucional, generar los espacios de participación
ciudadana y emitir los conceptos técnicos que las autoridades requieran para
todos los efectos. Parágrafo. La Secretaria de Salud
implementará un Observatorio de la Política Pública del Síndrome del Edificio
Enfermo, como instrumento de investigación, seguimiento y monitoreo. Artículo 6. Financiación. La implementación de la
Política Pública del Síndrome del Edificio Enfermo, quedará supeditada a la
disposición de los recursos provenientes de las fuentes de financiación de los
respectivos sectores y entidades administrativas en las correspondientes
vigencias, y del Plan Distrital de Desarrollo. Artículo
7. Desarrollo de la
Política. La Administración mediante un Decreto Distrital, desarrollará la
Política Pública del Síndrome del Edificio Enfermo, teniendo en cuenta los
lineamientos generales previstos en el presente Acuerdo y estándares
internacionales que sean aplicables. Artículo 7. El presente Acuerdo rige a
partir de la fecha de su publicación. PUBLIQUESE Y CUMPLASE ROBERTO HINESTROSA REY ARMANDO GÓMEZ RAYO Presidente Secretario General ENRIQUE
PEÑALOSA LONDOÑO Alcalde Mayor de Bogotá, D.C. NOTAS AL PIE DE PÁGINA [i] Existen 13 estaciones de medición
de la calidad del aire en la ciudad: Guaymaral,
Usaquén, Suba, Bolivia Las Ferias, Parque Simón Bolívar, Sagrado Corazón,
Fontibón, Puente Aranda, Kennedy, Carvajal, Tunal, San Cristóbal. http://ambientebogota.gov.co/estaciones-rmcab [ii]
http://scielo.isciii.es/scielo.php?pid=S1135-57272005000200011&script=sci_arttext&tlng=e [iii]http://www.seslap.com/seslap/html/curCong/congresos/xixcongreso/jueves_26/bastida/mesa6/ana_adellac.pdf [iv]http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Documentacion/FichasTecnicas/NTP/Ficheros/201a300/ntp_289.pdf [v] Organización Mundial de la Salud en
http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Documentacion/FichasTecnicas/NTP/Ficheros/201a300/ntp_289.pdf [vi]http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Documentacion/FichasTecnicas/NTP/Ficheros/201a300/ntp_289.pdf [vii]
http://www.construdata.com/BancoConocimiento/E/edificio_enfermo/edificio_enfermo.asp [viii] [viii]
http://www.construdata.com/BancoConocimiento/E/edificio_enfermo/edificio_enfermo.asp [ix]
http://www.construdata.com/BancoConocimiento/E/edificio_enfermo/edificio_enfermo.asp |