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PROYECTO DE
ACUERDO N036 DE 2017 “POR EL CUAL SE PROMUEVEN ACCIONES PARA FOMENTAR EL RESPETO, LA
CONVIVENCIA Y LA SOLIDARIDAD CIUDADANA,
EN SEMANA SANTA EN EL DISTRITO CAPITAL, Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES” EXPOSICION DE MOTIVOS I. OBJETIVOS DEL PROYECTO A.
Objetivo General. El presente Proyecto de Acuerdo tiene como
objetivo general, promover el respeto, la convivencia y la solidaridad
ciudadana ante y durante la Semana Santa, mediante la concertación y puesta en
marcha de acciones y medidas conjuntas entre el Distrito Capital y las
confesiones religiosas interesadas; dentro del marco de recogimiento y
reflexión espiritual, propios de la época, con el fin de rescatar la solemnidad de la misma y motivar
cambios positivos de comportamiento de los bogotanos, que logren una considerable disminución en los
índices de violencia y de accidentalidad. B.
Objetivos Específicos. 1.
Evitar que en el espacio público del Distrito
Capital, se realicen espectáculos públicos y se utilicen alto parlante o
equipos de sonido en establecimientos abiertos al público o en inmuebles en
general, que perturben, afecten o irrespeten la solemnidad de las celebraciones
de la Semana Santa. 2.
Promover los principios de honestidad, honradez,
respecto por el conciudadano, el valor sagrado de la vida, para evitar que en
la semana santa se sigan presentando muertes, riñas, lesiones personales,
hurtos y comportamientos que van en contravía de los principios y enseñanzas
que se promulgan en las ceremonias y eventos de la confesión cristiana. 3.
Contrarrestar toda forma de violencia física o
moral y cualquier comportamiento que comprometa la seguridad y el orden público
y que vaya en contra de la celebración solemne que debe reinar en las
actividades propias de la semana santa en
el Distrito Capital. II.
JUSTIFICACIONES Semana Santa es un tiempo de reflexión en la
cual los ciudadanos están más abiertos y receptivos a todas las acciones de
promoción, prevención y de sensibilización, por lo que entonces es propicio incrementar
las actividades que promuevan el respeto, la solidaridad y la convivencia
ciudadana y en especial y como derecho fundamental, el valor de la vida. Al conseguir un mayor impacto de las
acciones y actividades que se desarrollen en este sentido ante y durante las
celebraciones, eventos y programas de Semana Santa, se logrará disminuir
ostensiblemente los índices de violencia, como muertes, homicidios, hurto a
residencias y comercio, lesiones personales y además riñas y accidentes de
tránsito ocasionados por consumo de alcohol. Por lo cual es importante y
significativo que la administración Distrital facilite la participación activa
de los representantes de las confesiones religiosas, interesadas en la
celebración de la Semana Santa en la toma de decisiones, medidas, acciones y
actividades que se ejecutarán. Además
porque la ocurrencia de los delitos referidos, la permisividad en el consumo de
alcohol y la contaminación por ruido en Semana Santa, irrespetan las creencias
y las celebraciones solemnes que se adelantan. Semana Santa es una época oportuna y
acertada para promocionar y promover la aplicación de principios como la
honestidad, honradez, respeto al conciudadano
y el derecho humano de la vida, con el propósito de influir
positivamente en el comportamiento de los ciudadanos de Bogotá y por ende
mejorar las condiciones de convivencia social que tanto necesita nuestra
ciudad. Es evidente que el
significado y la celebración de la Semana Santa, ha logrado establecer un
arraigo indiscutible e innegable en el pueblo colombiano, consolidándose en una
de las mayores costumbres y tradiciones
espirituales y religiosas de Colombia, recibiendo así con justo merecimiento el
nombre de la Semana Mayor. Por lo cual es obligación del estado y
de las autoridades reconocer este acontecimiento, rescatar y mantener el sentido de solemnidad que se ha
establecido a través de toda la historia
de Colombia y propender porque se mantenga el respeto por las creencias de los
ciudadanos que profesan la fe cristiana y garantizar que permanezca la
solemnidad de sus celebraciones espirituales. Por lo anterior y para fundamentar aún más
la responsabilidad del estado y de las autoridades nacionales como distritales,
es pertinente analizar la Sentencia de
la Corte Constitucional C-224/94 que sobre la definición, repercusión y
aplicación de la costumbre señala: “En tratándose de la costumbre, es
ostensible que su fuerza obligatoria viene directamente de la comunidad, es
decir, del pueblo, sin que pueda hablarse de que éste delega su poder. Así como los hechos sociales llevan al
legislador a dictar la ley escrita, esos mismos hechos, en ocasiones,
constituyen la ley por sí mismos. No tendría sentido a la luz de la democracia
reconocerle valor a la ley hecha por los representantes del pueblo, y negársela
a la hecha por el pueblo mismo, que es la costumbre”. (Sentencia Corte
Constitucional C-224-94.) “la costumbre es una regla de derecho que
resulta de la unión de dos elementos: uno, de orden material, que consiste en
la práctica por medio de la cual se resuelve, en una época dada y al margen de
la ley, una dificultad jurídica determinada; el otro, de orden psicológico,
constituido por la convicción en los que recurren a ella, o en los que la
sufren, de su fuerza obligatoria. En
suma, la costumbre es una regla de derecho que se constituye progresivamente
bajo la influencia subconsciente de la noción de derecho y de las aspiraciones
sociales, o en otras palabras, de las fuentes jurídicas reales."
(Sentencia Corte Constitucional C-224-94.) “la costumbre, creada por el pueblo, recibe
su fuerza obligatoria del pueblo mismo” Además es indispensable tener en cuenta el
análisis que hace la corte en la sentencia referida, relacionada con la Moral
Cristiana en la Constitución Política de Colombia. MORAL
EN LA CONSTITUCION VIGENTE “La Constitución de 1991 no es contraria a
la moral cristiana. No hay uno solo de
sus preceptos que pugne con lo que hoy se entiende por "moral
cristiana" en Colombia. El hecho de
haber desaparecido del preámbulo de la Constitución la referencia a la Iglesia
Católica, Apostólica y Romana como "la de la nación" y como
"esencial elemento del orden social", no trae consigo un cambio en la
moral social. Apenas ratifica la
separación de la Iglesia y el Estado. No puede, en consecuencia, ser contraria
a la Constitución una norma que se limita a reconocer la moral de las
mayorías”. (Sentencia Corte
Constitucional C-224/94.) Es de aclarar que ante la demanda del " Artículo 13 de la Ley 153 de 1887 que
a la letra señala “La costumbre, siendo general y conforme con la moral
cristiana, constituye derecho, a falta de legislación positiva", la Corte
Constitucional en su Sentencia C-224/94 resolvió declararlo exequible, por
considerar que no es contrario a la Constitución, entendiéndose que la
expresión "moral cristiana" significa "moral general" o
"moral social". Es más la Corte Constitucional profundizó en
su estudio del caso y señaló las siguientes consideraciones: “Pero aun aceptando que la referencia a la
"moral cristiana" tenga una especial connotación religiosa, tampoco
sería inconstitucional por este motivo el artículo 13 de la ley 153 de
1887. ¿Por qué? Sencillamente, por esto: 1o.-
Pese a la ausencia de estadísticas exactas en este campo, como en otros,
es un hecho incontrovertible que la religión Católica es la de la mayoría de la
población. 2o.-
Pero la religión Católica es sólo una de las iglesias cristianas, la
mayor por su número, pero apenas una de ellas.
Si a sus adeptos se suman los de las demás iglesias cristianas
existentes en Colombia, la mayoría distaría de la unanimidad sólo un pequeño
porcentaje. 3o.-
La Constitución, como todas las que han existido en Colombia, está basada
en la democracia liberal, uno de cuyos principios es el reconocimiento de las
mayorías. “No puede, en consecuencia, ser contraria a
la Constitución una norma que se limita a reconocer la moral de las mayorías”. De otra parte es claro que la Administración
Distrital cuenta con la información detallada de los índices de violencia y de
accidentalidad generada por el consumo de alcohol y que tiene su ocurrencia en
la Semana Santa, a través de los informes de la policía y de la secretaria de
movilidad la policía que justifican la intención de este Proyecto de Acuerdo. Por parte de la Policía de Bogotá se manejan
la siguiente información y estadísticas: “Las
riñas, por su parte, han dejado 10.390 lesionados y el 40 por ciento del total
de los crímenes. Tan solo el pasado fin de semana ocurrieron 1.300 riñas”. “En un fin de semana mueren entre 16 y 18
personas, y en la mayoría de los casos fueron dentro delas viviendas por
personas que conocían, familiares, amigos o vecinos”, explica el General Guatibonza. En todos el país, no solo en Bogotá, las riñas,
las lesiones y los muertos en estas peleas, han estado marcadas por el consumo
de licor”. “La Policía calcula que en promedio el 48
por ciento de los homicidios ocurren en medio de riñas entre familiares,
vecinos, amigos o conocidos; y usualmente tienen que ver por la intolerancia y
los celos”. “Por eso, este fin de año, en el que el
consumo de licor aumenta sustancialmente, la Policía espera contener
principalmente las riñas, para así mantener la reducción de los homicidios.” http://www.eltiempo.com/politica/justicia/reduccion-de-homicidios-en-colombia-en-2014/14952936 “Según cifras reveladas por la Policía,
5.626 de los asesinatos del 2013 (el 38 por ciento) se originaron en la
intolerancia. Las autoridades atendieron casi 74 mil casos de peleas graves”. “Después del sicariato,
según las estadísticas oficiales, las riñas son la segunda causa de asesinatos
en el país. De hecho, por peleas, muchas de ellas relacionadas con consumo no
responsable de alcohol, mueren cinco veces más personas que por el conflicto
armado, que el año pasado dejó cerca de un millar de víctimas fatales”. “Las cifras de lesionados también son
alarmantes. De las 80.072 personas que resultaron heridas o lesionadas el año
anterior, 69.935 (el 87,3 por ciento) fueron protagonistas o víctimas de una
disputa que terminó violentamente. “¿Cuántas vidas se salvarían si no
acudiéramos a los puños para resolver nuestras diferencias?”, cuestiona el
general Palomino”. “A finales del año pasado intensificamos los
controles sobre la venta de bebidas embriagantes en sitios no autorizados (...)
También incautamos 35.000 armas de fuego y 51.000 corto punzantes, lo que
disminuyó el impacto mortal de las peleas”, dijo el general Jorge Hernando Nieto,
director de Seguridad Ciudadana”. “Fabián Sanabria, director del Instituto
Colombiano de Antropología e Historia (Icanh), dice
que el impacto violento de las riñas y venganzas se explica por la ausencia de
una cultura que enseñe a resolver conflictos por vía del diálogo. Agrega que ha
hecho carrera la cultura de la intolerancia y el desquite, que se vuelve más
peligrosa cuando hay licor de por medio” Publicacióneltiempo.com Sección Fecha de publicación 4 de enero de
2014AutorREDACCIÓN JUSTICIA Además es pertinente que se consideren las
siguientes cifras: según estadísticas del “Estudio
de la Situación de la Misión de la Iglesia en el Mundo” en Colombia los
Ciudadanos que profesan la fe Cristiana representan el 98% de la población
Colombiana. [1] De las 5219 Iglesias que se encuentran en el
Registro Público de Entidades Religiosas del Ministerio del Interior se hallan
1.297 con domicilio en Bogotá. Según
informes se tiene la Policía en la Semana Santa del año 2014 visitaron el cerro de Monserrate 162.543
feligreses y a Guadalupe llegaron más de 26.000 personas. El Distrito Capital cuenta con la
información del estudio elaborado por la Secretaria Distrital de Movilidad
denominado “CARACTERIZACIÓN DE
ACCIDENTES POR CAUSA PROBABLE “EMBRIAGUEZ” PARA LOS AÑOS 2007 A 2012 “ En cual encontramos las siguientes estadísticas:
Gráfica 2. Fuente: Elaboración propia. Datos:
IPAT – Oficina de Información Sectorial-Secretaria Distrital de Movilidad. Distribución
accidentalidad por causa probable “embriaguez” Bogotá
Discriminada por mes de marzo y abril para los años 2007 a 2012 Fuente: Elaboración
propia. Datos: IPAT – Oficina de Información Sectorial-Secretaria Distrital de
Movilidad “Por su parte, el
Secretario Distrital de Gobierno dijo que el desarme no puede ser solamente del
alma y del corazón, tiene que contemplar las armas de fuego y las armas cortopunzantes, ya que estas últimas causan casi el 40 por
ciento de los homicidios y muertes en la ciudad, dejando como principales
afectados a los jóvenes de Bogotá Los delitos de mayor impacto que afectan
seriamente la ciudad son el hurto a personas, lesiones comunes, hurto a
residencias, hurto a establecimientos comerciales y hurto de vehículos, delitos
que se cometen en un alto porcentaje con armas blancas”. “Otro delito que
viene flagelando a la población en Bogotá es el robo de celulares en la
modalidad de atraco que se comete en un altísimo porcentaje con armas blancas y
que no solo desemboca en lesiones a las personas sino en la muerte como se
registra en el presente año”. El incremento del
robo de celulares y de los homicidios y lesiones asociados a estos delitos es
alarmante. «En lo que va del
año la Policía ha registrado 1.500 celulares que han sido robados en la
ciudad.» (El Espectador. 20 de junio de 2012) "las localidades donde con
mayor frecuencia se registran los hurtos a celulares son Suba, Kennedy, Bosa y
el centro de la ciudad." (El
Periódico. 1 de junio de 2012) “Las principales
víctimas del robo de celulares son los jóvenes y las mujeres. Lo más grave de
este tipo de delitos es que no solo les roban el celular a las personas sino
que los asesinan o les causan graves lesiones especialmente con armas blancas”.
“Ratificó que la
Administración de la Bogotá Humana sigue apoyando este importante proyecto de
ley que se adelanta en el Senado de la República. Y afirmó además que se hace
fundamental y urgente implementar todas las medidas necesarias, entre ellas el
desarme, para que miles de jóvenes y niños que no tienen la posibilidad de
salir adelante cuenten con espacios para
que reciban educación, tanto en los colegios como en las universidades” “http://bogota.gov.co/article/gobierno%20seguridad%20y%20convivencia/respaldo%20del%20congreso%20a%20penalizacion%20de%20porte%20de%20armas%20blancas Como complemento de la justificación del
presente Proyecto de Acuerdo, se hace necesario conocer la respuesta a la
siguiente pregunta ¿Porque es tan importante la Semana santa para los Católicos? Porque en sus ceremonias se conmemora la
pasión, muerte y resurrección de Jesucristo, buscando fortalecer la fe y la
devoción en él. Además porque “La Liturgia dedica especial
atención a esta semana, a la que también se le ha denominado “Semana Mayor” o
“Semana Grande”, por la importancia que tiene para los cristianos el celebrar
el misterio de la Redención de Cristo, quien por su infinita misericordia y
amor al hombre, decide libremente tomar nuestro lugar y recibir el castigo
merecido por nuestros pecados”. “Para esta celebración, la Iglesia invita a todos los fieles al
recogimiento interior, haciendo un alto en las labores cotidianas para contemplar
detenidamente el misterio pascual, no con una actitud pasiva, sino con el
corazón dispuesto a volver a Dios, con el ánimo de lograr un verdadero dolor de
nuestros pecados y un sincero propósito de enmienda para corresponder a todas
las gracias obtenidas por Jesucristo”. “Para los cristianos la semana santa no es
el recuerdo de un hecho histórico cualquiera, es la contemplación del amor de
Dios que permite el sacrificio de su Hijo, el dolor de ver a Jesús crucificado,
la esperanza de ver a Cristo que vuelve a la vida y el júbilo de su
Resurrección.” “Para nosotros no existen cosas
extraordinarias, calumnias, disgustos, problemas familiares, dificultades
económicas y todos los contratiempos que se nos presentan, servirán para
identificarnos con el sufrimiento del Señor en la pasión, sin olvidar el perdón, la paciencia, la comprensión y la generosidad
para con nuestros semejantes.” “La muerte de Cristo nos invita a morir también, no físicamente, sino a
luchar por alejar de nuestra alma la sensualidad, el egoísmo, la soberbia, la
avaricia... la muerte del pecado para estar debidamente dispuestos a la vida de
la gracia.” Articulo
Tomado de: http://www.diocesisdecanarias.es/preguntarespuesta/fecatolica/021c4c979c0acc501.html Otro aspecto que debemos tener en cuenta en
la justificación del Proyecto acuerdo es el Significado de la Semana Santa
para los cristianos el cual se explica así: “Para los cristianos, la Semana Santa es el
tiempo litúrgico más importante, y es dedicado a la oración y reflexión de los
misterios de la pasión, muerte y resurrección de Jesucristo, hijo de Dios.” “La Semana Santa, se inicia el Domingo de
Ramos, y finaliza el Domingo de Resurrección o Pascua de Resurrección, en esta
semana se celebran los últimos días de Jesús en la tierra”. “El
significado de esta semana es puramente cristiano, sin embargo, este período de
asueto es empleado por muchas personas para realizar actividades de
esparcimiento y diversión”. “Este “tiempo santo” muy bien podría ser utilizado para reflexionar en
qué cosas podemos hacer para realizar cambios positivos en nuestras vidas,
trabajo, en el país y por qué no hasta en el mundo”. “El verdadero significado de la gran Fiesta
Pascual, como también se le llama a este período, es tener un encuentro con
Dios y acercarnos más al prójimo
realizando buenas acciones”. “Los cristianos interpretan la Semana Santa, no como el recuerdo de un
hecho histórico, o un momento de vacaciones sin sentido, para ellos es tiempo
de perdón y de reconciliación fraterna, expulsando de sus corazones el rencor,
odio y la envidia”. Artículo Tomado de: http://www.educando.edu.do/articulos/estudiante/significado-de-la-semana-santa-para-los-cristianos/ Con las anteriores justificaciones queda
entonces muy claro, que la autoridades distritales, deben tener en cuenta
las consideraciones de la Corte Constitucional en la Sentencia referida y
actuar de manera coherente con la realidad evidente, cual es, que en Colombia la Iglesia Cristiana
congrega a la mayoría de ciudadanos y que tiene como costumbre y tradición la
celebración de la Semana Santa, que es catalogada como la Semana Mayor. Además
que el gobierno distrital debe garantizar las condiciones para que las
celebraciones en la ciudad de Bogotá, se realicen dentro un entorno que
reconozca y valore sus principios. Deben entonces las autoridades
distritales brindar condiciones con
mínima o nula ocurrencia de violencia y accidentalidad de tránsito. Evitar la realización
de espectáculos públicos y eventos que contaminen por ruido o que perturben,
alteren o trastornen las ceremonias y los eventos o que vayan en contra de sus
creencias. Además que no puede desconocer que son los
representantes de esta Confesión Religiosa a quienes en mayor manera les
compete y les interesa, que la Semana trascurra
dentro de un ambiente y entorno de respeto, solidaridad y convivencia
ciudadana. Por lo que el gobierno Distrital debe facilitar su participación en
las decisiones y en las acciones que pretenda desarrollar. Es un propósito común lograr que la
ciudadanía comprenda el valor de la vida, que se disminuyan los accidentes de
tránsito generados por el consumo de alcohol, que las riñas, peleas, lesiones personales
y muertes, se solucionen dentro del marco del diálogo, que no se presente casos
de hurto. Hechos de violencia que se consideran en contra de
la moral cristiana. Es justificado
entonces la conveniencia y pertinencia de este Proyecto de Acuerdo con el que se mejoraría el respeto, la
convivencia y la solidaridad ciudadana, se lograría un excepcional de manejo de
orden público y de garantías de seguridad en Semana Santa, lo que redundaría en
el rescate de la solemnidad de la celebración de la misma y en la disminución
de la violencia y la ocurrencia de accidentes de tránsito ocasionados en
especial por el consumo de alcohol, logrando así una Bogotá mejor. PLAN DE DESARROLLO 2016-2020 “Bogotá Mejor Para Todos “ 4.3 Tercer Pilar: Construcción de Comunidad y Cultura Ciudadana 4.3.1.1 Diagnóstico “La criminalidad es un fenómeno multicausal
que tiene diversas manifestaciones y afecta a los ciudadanos de diversas
maneras, especialmente a aquellos grupos más vulnerables. En este sentido, las
causas de la delincuencia son el resultado de factores estructurales y
coyunturales dentro de los cuales el comportamiento ciudadano es crucial para
la seguridad y la convivencia en la ciudad. Estos aspectos han impactado el
comportamiento de la criminalidad en Bogotá”. “Por ello, la seguridad en Bogotá puede ser
valorada a través de los delitos que afectan principalmente a los ciudadanos,
siendo los principales el homicidio, las lesiones personales y el hurto a
personas. En estos tres casos, la situación evidencia retos para la ciudad”. “En cuanto al homicidio, en los últimos
cuatro años la ciudad no tuvo avances, contrario a lo observado en otras
ciudades del país. Entre 2010 y 2013 se presentó una notoria disminución en la
tasa de homicidios en Bogotá pasando de una tasa de 23,6 homicidios por cada
cien mil habitantes a una de 14,9. Sin embargo, durante el último año esta tasa
dejó de caer y se ha mantenido constante entre 17,5 y 17,4 homicidios por cada
cien mil habitantes”. “Las lesiones personales han registrado una
preocupante tendencia creciente. La tasa de lesiones personales por cada cien
mil habitantes en la ciudad, que venía cayendo entre 2003 y 2005, desde este
último año ha mostrado una tendencia creciente de mediano plazo, pasando de una
tasa de 96,9 lesiones por cada cien mil habitantes en 2005 a una tasa de 169,3
en 2015. En otras palabras, en los últimos diez años la tasa de este delito ha
tenido un incremento de 74,7%.” “El hurto a personas requiere especial
atención, ya que es uno de los delitos de más alto impacto en la ciudad y el
que mayor número de ciudadanos afecta. En 2003 se registró una tasa de 102,1
por cien mil habitantes y en el 2015 aumentó a 337,5. esto representa un
incremento del 230% en la tasa de este delito entre 2003 y 2015”. “Este breve diagnóstico de la situación de
criminalidad en Bogotá permite definir las siguientes características del
crimen en Bogotá”: 1. “El hurto a personas y las lesiones
personales son dos de los delitos de más alto impacto en la ciudad en los últimos
años. Aunque la frecuencia con la que ocurren estos delitos ha aumentado, la
tasa de denuncia presenta una tendencia al descenso, mostrando que el aumento
del crimen no es un efecto de una mayor tasa de denuncia de delitos por parte
de los ciudadanos a las autoridades competentes. Así mismo, el descenso
observado en las tasas de denuncia ciudadana es un claro indicador de la falta
de confianza de los ciudadanos en las autoridades”. 2. “Los crímenes violentos (homicidios y
lesiones personales) ocurren mayoritariamente en las noches y las madrugadas de
los días del fin de semana, especialmente los domingos. Por el contrario, los
crímenes contra la propiedad suceden a lo largo de la semana y en horas del
día”. 3. “El crimen en Bogotá está altamente concentrado
geográficamente. Esto conlleva a que las políticas públicas que se diseñen para
combatir la criminalidad se enfoquen prioritariamente en las zonas más
afectadas de la ciudad”. 4.” La percepción de inseguridad en Bogotá se
ha incrementado en los últimos 4 años. Además, las tasas de victimización
corresponden a las altas tasas de percepción de inseguridad que se registran en
la ciudad. Por lo tanto, las políticas de seguridad deben al mismo tiempo
disminuir las cifras objetivas de criminalidad y aumentar la confianza
ciudadana en las autoridades. Esto se verá reflejado en una mejor percepción de
seguridad, mayores tasas de denuncia y menores tasas de victimización.” 5. “En Bogotá operan estructuras de crimen
organizado que se manifiestan en delitos como la extorsión, el secuestro y el
tráfico de estupefacientes”. III. ANTECEDENTES Es meritorio y complaciente presentar
inicialmente el caso de varios municipios en especial el de Usiacuri,
que han logrado reducir la tasa de homicidios a cero, lo que nos motiva y
alienta para creer que en Bogotá también es posible. MUNICIPIO EN ATLÁNTICO COMPLETA 12 AÑOS SIN HOMICIDIOS Enero
2015 - El Espectador. “Se trata de Usiacurí,
donde hasta el sepulturero se volvió fotógrafo porque no tiene trabajo “. “En contraste con los hechos violentos que a
diario se registran en Colombia, hay un municipio en el centro del departamento
de Atlántico que completa 12 años sin homicidios “. “Se trata de Usiacurí,
conocido como ‘el pesebre del Atlántico’ por su quebrada geografía, donde la
paz y la armonía son una constante, siendo la tranquilidad, la tolerancia y la
conciliación sus principales baluartes”. “El origen de esta paz, según sus habitantes, es que les han inculcado a
los menores el sentido de pertenencia por el pueblo, el respeto por los demás,
los buenos principios y la sana convivencia”. “En mi casa somos de los que dormimos con
las puertas abiertas, porque uno ya se acostumbra a que aquí no hay ladrones”,
manifestó a Noticias Caracol Jairo cera, uno de los pobladores de Usiacurí. “Adicionalmente, el trabajo coordinado que adelanta la Policía con la
comunidad en labores de prevención y jornadas de paz han contribuido a mejorar
el entorno de los pobladores”. “Se estima que sumado a Usiacurí,
otros municipios de paz en el país son Colón (Putumayo), con 10 años sin
muertes violentas; Guayabetal (Cundinamarca), con 10
y Salamina, en Magdalena, con ocho años “.
Artículo Tomado de: http://www.elespectador.com/noticias/nacional/municipio-atlantico-completa-12-anos-sin-homicidios-articulo-535908 AL MENOS 602 MUERTOS EN ACCIDENTES DURANTE LA SEMANA SANTA EN AMÉRICA
LATINA Agencia EFE | 21 de Abril de 2014 Bogotá, 21 abr (EFE).- “Al menos 602 muertes
violentas dejó la temporada vacacional de Semana Santa en Latinoamérica, cifra
menor a las 755 víctimas mortales reportadas el año pasado, de acuerdo con los
informes de las autoridades que señalaron los accidentes de tránsito como la
principal causa”. “En Colombia se registraron 201 fallecimientos violentos, principalmente
en accidentes de tráfico, una de las mayores cifras en la región, pese a que
hubo una disminución del 34 % en el número de muertes (303) en comparación con
2013”. “Las principales causas de los accidentes
fueron la ingesta de alcohol por parte de conductores y peatones, y la
conducción con exceso de velocidad, señaló el coronel Óscar Vargas, jefe de la
Prefectura de Tránsito y Carreteras de Carabineros de Chile”. “Asimismo, en El Salvador al menos 93
personas murieron por homicidios, accidentes de tránsito o ahogamiento durante
las vacaciones de Semana Santa, según informaron fuentes oficiales”. “Finalmente, la Policía Nacional de
Nicaragua reportó un saldo de 46 muertos, de los cuales 20 fueron por
accidentes de tránsito, 16 por homicidios y 10 por sumersión. Esa cifra fue
menor a la de 2013, cuando se registraron 51 muertes, de ellos 21 por
homicidios, 20 por sumersión y 10 por accidentes de tránsito”. Articulo Tomado de: http://www.caracol.com.co/noticias/internacionales/al-menos-602-muertos-en-accidentes-durante-la-semana-santa-en-america-latina/20140421/nota/2187710.aspx COLOMBIA REGISTRA 201 MUERTES VIOLENTAS DURANTE LA SEMANA SANTA - Agencia EFE | 21 de Abril de 2014. “La temporada de Semana Santa en Colombia
dejó un saldo de 201 muertes violentas, incluidas las de accidentes de tráfico,
lo que representa una disminución del 34 % en comparación con 2013, informó hoy
la Policía”. “El año pasado se registraron en el mismo
periodo 303 víctimas mortales, agregó la información”. "Este indicador representa 102 vidas salvadas frente a la
conmemoración religiosa del año anterior", dijo a Efe un portavoz de la
Policía. “La mortalidad en accidentes de tráfico
disminuyó en un 42 % al pasar de 189 muertos en 2013 a 110 casos este año”. “Durante la Semana Mayor transitaron por las
principales carreteras colombianas 8.073.396 vehículos y se registraron 346
accidentes, un 64 % menos que los 962 ocurridos en 2013, según la institución”. “Los planes de control de la Policía en el puente festivo más largo del
año permitieron la captura de 4.050 delincuentes, de los cuales 3.574 fueron in
fraganti y 476 como parte de procesos investigativos”. “También se decomisaron 376 armas de fuego, se incautaron más de seis
toneladas de droga en diferentes operaciones y los 218 vehículos reportados
como robados en ese periodo fueron recuperados y devueltos a sus propietarios,
según el balance general divulgado hoy por la Policía”. http://www.caracol.com.co/noticias/internacionales/colombia-registra-201-muertes-violentas-durante-la-semana-santa/20140421/nota/2187151.aspx BOGOTÁ NO CEDE “Las cifras de la Policía muestran que
contrario a la mayoría de ciudades capitales, que tienen una reducción, Bogotá,
Cartagena y Tunja reflejan cifras por encima de las del 2013. “Aunque la capital ha logrado mantener la
tasa: 15 por cada 100.000 habitantes, las autoridades buscan romper la
tendencia al aumento que viene mostrando mes a mes el Distrito Capital”. “El general Humberto Guatibonza,
comandante de la Policía Metropolitana, señala que, si bien durante el mes de
diciembre ha habido una reducción, la cifra del año no llega a niveles
inferiores por cuenta de las disputas de las redes de microtráfico
y la intolerancia”. “Cada vez que se desarticula una banda de microtráfico hay represalias entre ellos con asesinatos”,
dice el general Guatibonza, quien señala que espera
que este mes ocurran menos de 126 casos, que fue la cifra de diciembre del
2013. “Las riñas, por su parte, han dejado 10.390 lesionados y el 40 por
ciento del total de los crímenes. Tan solo el pasado fin de semana ocurrieron
1.300 riñas. “En un fin de
semana mueren entre 16 y 18 personas, y en la mayoría de los casos fueron
dentro de las viviendas por personas que conocían, familiares, amigos o
vecinos”, explica el general Guatibonza. “En todos el país, no solo en Bogotá, las riñas, las lesiones y los
muertos en estas peleas, han estado marcadas por el consumo de licor”. “La Policía calcula que en promedio el 48 por ciento de los homicidios
ocurren en medio de riñas entre familiares, vecinos, amigos o conocidos; y
usualmente tienen que ver por la intolerancia y los celos”. “Por eso, este fin de año, en el que el consumo de licor aumenta sustancialmente,
la Policía espera contener principalmente las riñas, para así mantener la
reducción de los homicidios” Articulo Tomado de: http://www.eltiempo.com/politica/justicia/reduccion-de-homicidios-en-colombia-en-2014/14952936 LAS RIÑAS CAUSAN MÁS DE 100 MUERTOS CADA SEMANA REPRESENTAN EL 38 POR
CIENTO DE TODOS LOS ASESINATOS Y SON LA SEGUNDA CAUSA DE HOMICIDIO. “Cuatro
de cada 10 homicidios de los 14.782 que ocurrieron el año pasado en el país se
dieron en medio de riñas y disputas personales. Cada día, al menos 15 personas
pierden la vida por casos de intolerancia. Son más de un centenar de víctimas
fatales cada semana, que se suman a casi 1.500 que resultan lesionadas o
heridas de consideración en medio de peleas.” “Historias como la de David Manotas Char, el hombre que asesinó a cuchilladas a un vecino en
Bogotá en una disputa por el alto volumen a la música, no son tan inusuales”.
(Lea también: Manotas Char, rostro de la violencia
sin control). “Según cifras reveladas por la Policía,
5.626 de los asesinatos del 2013 (el
38 por ciento) se originaron en la intolerancia. Las autoridades atendieron casi 74 mil casos de peleas graves”.
“Después
del sicariato, según las estadísticas oficiales, las
riñas son la segunda causa de asesinatos en el país. De hecho, por peleas,
muchas de ellas relacionadas con consumo no responsable de alcohol, mueren
cinco veces más personas que por el conflicto armado, que el año pasado dejó
cerca de un millar de víctimas fatales” “Las cifras de lesionados también son
alarmantes. De las 80.072 personas que resultaron heridas o lesionadas el año
anterior, 69.935 (el 87,3 por ciento) fueron protagonistas o víctimas de una
disputa que terminó violentamente. “¿Cuántas vidas se salvarían si no
acudiéramos a los puños para resolver nuestras diferencias?”, cuestiona el
general Palomino”. “El sociólogo y antropólogo Fabián Sanabria
asegura que lo que se está viendo es reflejo de un problema cultural. “En casa,
a muchos niños los enseñan a ser violentos con la excusa de que no pueden dejársela
‘montar’ del otro”, señala. “La Policía lanzará la campaña ‘Colguemos
los guantes’, que busca “invitar a los colombianos a solucionar pacíficamente
sus conflictos personales”. También se reforzará la capacidad de las Centrales
Automáticas de Despacho (CAD), que el año pasado recibieron 1’287.709 llamadas
con reportes de altercados y golpizas”. “A finales del año pasado intensificamos los
controles sobre la venta de bebidas embriagantes en sitios no autorizados (...)
También incautamos 35.000 armas de
fuego y 51.000 cortopunzantes, lo que diminuyó el impacto mortal de las peleas”, dijo el general
Jorge Hernando Nieto, director de Seguridad Ciudadana. “Las riñas fueron
el único indicador negativo en las festividades de fin de año, cuando cayeron
homicidios, accidentes de tránsito y casos de ebrios al volante. El solo día de
Año Nuevo, en todo el país, se reportaron 5.408 peleas. En Navidad fueron
5.396. Solo en Bogotá, se reportaron 4.317 casos, 1.499 más que en la
Navidad del 2012, con un saldo de 85 heridos”. Agresores cercanos “Las estadísticas del Instituto de Medicina
Legal, consignadas en el último informe Forensis,
confirman las alertas de la Policía. Al menos uno de cada cuatro incidentes
con lesionados ocurrió en fiestas o reuniones sociales. De hecho, una de
las fechas con más violencia en el año es el día de la Madre, en mayo”. “El Forensis 2012
señala que en al menos en la mitad de casos de violencia interpersonal de ese
año (77.739), el agresor fue una persona conocida: familiar, vecino, cliente
o compañero de trabajo o estudio. Y no se trata de peleas sin
consecuencias. Medicina Legal señala que en casi 7.000 de esos casos hubo
secuelas físicas permanentes: 2.336 dejaron deformaciones en el rostro”. La carga cultural “Redacción Vida de Hoy. Fabián Sanabria,
director del Instituto Colombiano de Antropología e Historia (Icanh), dice que el impacto violento de las riñas y
venganzas se explica por la ausencia de una cultura que enseñe a resolver
conflictos por vía del diálogo. Agrega que ha hecho carrera la cultura de la
intolerancia y el desquite, que se vuelve más peligrosa cuando hay licor de por
medio”. “Jorge Restrepo, director del Cerac, advierte que las cifras sobre esta violencia deben
ser revisadas, pues en su concepto aparecen muy altas y podrían enmascarar
otras causas”. Publicacióneltiempo.com Sección Fecha de publicación 4 de enero de 2014AutorREDACCIÓN JUSTICIA http://www.eltiempo.com/archivo/documento/CMS-13336500 SECRETARÍA DE AMBIENTE INVITA A CELEBRAR LA
SEMANA SANTA EN PAZ CON LA NATURALEZA 07/04/2014 Por: Secretaría Distrital de Ambiente (SDA) “Con la llegada de la Semana Santa, la comunidad católica inicia un
tiempo de recogimiento y reflexión que inicia con el Domingo de Ramos, una
tradición que pone en riesgo varias especies de flora y fauna del país, como
las palmas de cera y de vino, materias primas con las que se elaboran los
tradicionales ramos amarillos”. “Por esta razón,
desde el 2001 la Secretaría Distrital de Ambiente realiza la campaña "Porque
la vida es sagrada, reconcíliate con la naturaleza”�, que busca desestimular
el uso de este tipo de ramos y hacer un llamado para que la ciudadanía opte
por otras opciones más ambientales, como las plantas vivas y los ramos
ecológicos elaborados en cáscara de mazorca”. “Este año, el
lanzamiento de la campaña será este domingo 6 de abril en el templete del
Parque Simón Bolívar, donde a partir de las 11 de la mañana se realizará una
eucaristía presidida por monseñor Carlos López”. “Asimismo, servidores de la SDA estarán informando y educando a los
asistentes sobre las diversas alternativas que existen para reemplazar los
ramos elaborados en palma de cera y vino”. “Durante las semanas previas las autoridades ha estado realizando
operativos de decomiso de las hojas de palma de cera y vino con las que se
fabrican estos ramos en los principales puntos de comercialización y vías de
acceso a la ciudad; en 2013, se lograron decomisar 36 bultos de palma de vino”. "Recordemos que la palma de cera es el hogar del loro orejiamarillo, por tal motivo el llamado es para que la
ciudadanía se abstenga de comprar este tipo de ramos y que denuncie ante las
autoridades pertinentes la venta y comercialización ilegal de productos elaborados
en palma de cera y de vino”�, puntualizó García. http://oab.ambientebogota.gov.co/es/con-la-comunidad/eventos/secretari-a-de-ambiente-invita-a-celebrar-la-semana-santa-en-paz-con-la-naturaleza IV. SUSTENTO
JURIDICO A.
La
Constitución Política de Colombia ARTICULO 2. Son fines esenciales
del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad
general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes
consagrados en la Constitución; facilitar
la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la
vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la
independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la
convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo. Las autoridades de la República están
instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su
vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar
el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares. Artículo 19. Se garantiza la libertad de cultos. Toda
persona tiene derecho a profesar libremente su religión y a difundirla en forma
individual o colectiva. Artículo 95. La calidad de colombiano enaltece a todos los
miembros de la comunidad nacional. Todos están en el deber de engrandecerla y
dignificarla. El ejercicio de los derechos y libertades reconocidos en esta
Constitución implica responsabilidades. Toda persona está obligada a cumplir la
Constitución y las leyes. Son deberes de la persona y del ciudadano: 1. Respetar los derechos ajenos y no
abusar de los propios; 2. Obrar conforme al principio de
solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que
pongan en peligro la vida o la salud de las personas; 3. Respetar y apoyar a las autoridades
democráticas legítimamente constituidas para mantener la independencia y la
integridad nacionales; 4. Defender y difundir los derechos
humanos como fundamento de la convivencia Pacífica; 5. Participar en la vida política, cívica
y comunitaria del país; 6. Propender al logro y mantenimiento de la
paz; 7. Colaborar para el buen funcionamiento de
la administración de la justicia; 8. Proteger los recursos culturales y naturales
del país y velar por la conservación de un ambiente sano, 9. Contribuir al financiamiento de los gastos
e inversiones del Estado dentro de Conceptos de justicia y equidad. B.
Ley de cultos y 133 de 1994 “Por la cual se
desarrolla el Decreto de Libertad Religiosa y de Cultos, reconocido en el
artículo 19 de la Constitución Política”. Artículo 2º.- Ninguna Iglesia o Confesión religiosa es ni será
oficial o estatal. Sin embargo, el
Estado no es ateo, agnóstico, o indiferente ante los sentimientos religiosos de
los colombianos. El Poder Público protegerá a las personas en sus creencias, así como a las
Iglesias y confesiones religiosas y facilitará
la participación de éstas y aquellas en la consecución del bien común.
De igual manera, mantendrá relaciones armónicas y de común entendimiento con
las Iglesias y confesiones religiosas existentes en la sociedad colombiana. Artículo 6º.- La libertad religiosa y de cultos garantizada por
la Constitución comprende, con la siguiente autonomía jurídica e inmunidad de
coacción, entre otros, los derechos de toda persona: a.
De profesar las creencias religiosas que
libremente elija o no profesar ninguna; cambiar de confesión o abandonar la que
tenía; manifestar libremente su religión o creencias religiosas o la ausencia
de las mismas o abstenerse de declarar sobre ellas; b.
b. De practicar, individual o
colectivamente, en privado o en público, actos de oración y culto; conmemorar
sus festividades; y no ser perturbado en el ejercicio de sus derechos; (….) f. De reunirse o manifestarse públicamente con fines religiosos y
asociarse para desarrollar comunitariamente sus actividades religiosas, de
conformidad con lo establecido en la presente Ley y en el ordenamiento jurídico
general. Como está dicho en la ley, estos derechos
para las personas se reconocen con dos características importantes, como son:
a. Autonomía jurídica y b. Inmunidad de coacción. Así es como lo menciona la
ley estatutaria de Libertad de Cultos. La expresión “Entre otros” da a entender
que esta lista de derechos que traen estos artículos, no es taxativa sino
meramente enunciativa ya que existen otros derechos que se reconocen en otras
leyes y que también están incluidos. Es importante también resaltar el contenido
del artículo 7 de la misma Ley que igualmente contiene los derechos, ya para
las iglesias y denominaciones, como son: Art. 7º. El derecho de
libertad religiosa y de cultos, igualmente comprende, entre otros, los
siguientes derechos de las iglesias y confesiones religiosas: (…) f) De anunciar, comunicar, y
difundir, de palabra y por escrito, su propio credo a toda persona, sin
menoscabo en el derecho reconocido en el literal g) del artículo 6º. y manifestar libremente el valor peculiar de su doctrina
para la ordenación de la sociedad y la orientación de la actividad humana; g) De cumplir actividades de
educación, de beneficencia, de asistencia que permitan poner en práctica los
preceptos de orden moral desde el punto de vista social de la respectiva
confesión. Código
penal Colombiano:
Artículo 202 “El que perturbe o impida la celebración de
ceremonia o función religiosa de
cualquier culto permitido, incurrirá en multa.” C.
Sentencia
No. C-224/94 MORAL
“No es posible negar la relación entre la
moral y el derecho. Y menos desconocer
que las normas jurídicas en algunos casos tienen en cuenta la moral vigente,
para deducir consecuencias sobre la validez de un acto jurídico. Hay siempre
una moral social, que es la que prevalece en cada pueblo en su propia
circunstancia. Entendida así, la moral no es individual: lo individual es la
valoración que cada uno hace de sus actos en relación con la moral social”. MORAL CRISTIANA “La referencia hecha en el artículo 13, a la
moral cristiana, no implica, como pudiera pensarse, una exigencia de carácter
dogmático que suponga un privilegio para esa moral frente a otras. Significa,
más bien, la referencia a uno de los elementos constitutivos de la costumbre,
la " opinio juris",
según la cual la costumbre, para que sea jurídica, debe generar en la comunidad
que la observa, la convicción de obligatoriedad. Porque si se acepta que el
legislador se dirige a una comunidad cristiana, tiene que tener presente que en
ella no puede darse la convicción de obligatoriedad con respecto a un uso que
contraríe los postulados de esa moral. Sería una contradicción lógica afirmar
que alguien está convencido de que es obligatorio algo que juzga perverso o
inmoral. Sería como afirmar que tengo por obligatorio algo que considero, no sólo no obligatorio, sino reprochable. Entendida la expresión "moral cristiana" como la moral
social o moral general, es evidente que
en casos excepcionales tendría validez como fuente del derecho una costumbre
que no sea acorde con la moral general del país, pero que sea conforme con la
moral de un grupo étnico y cultural en particular”. COSTUMBRE-Obligatoriedad “En tratándose de la costumbre, es
ostensible que su fuerza obligatoria viene directamente de la comunidad, es
decir, del pueblo, sin que pueda hablarse de que éste delega su poder. Así como
los hechos sociales llevan al legislador a dictar la ley escrita, esos mismos
hechos, en ocasiones, constituyen la ley por sí mismos. No tendría sentido a la
luz de la democracia reconocerle valor a la ley hecha por los representantes
del pueblo, y negársela a la hecha por el pueblo mismo, que es la costumbre”. MORAL EN LA CONSTITUCION VIGENTE “La Constitución de 1991 no es contraria a
la moral cristiana. No hay uno solo de
sus preceptos que pugne con lo que hoy se entiende por "moral cristiana"
en Colombia. El hecho de haber
desaparecido del preámbulo de la Constitución la referencia a la Iglesia
Católica, Apostólica y Romana como "la de la nación" y como
"esencial elemento del orden social", no trae consigo un cambio en la
moral social. Apenas ratifica la
separación de la Iglesia y el Estado. No puede, en consecuencia, ser contraria
a la Constitución una norma que se limita a reconocer la moral de las
mayorías”. V. COMPETENCIA El Concejo de Bogotá tiene la iniciativa y competencia para regular
aspectos de la Convivencia y la Seguridad Ciudadana, de conformidad con las
siguientes normas: El Decreto Ley 1421 de 1993 "Por el
cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Santa Fe de
Bogotá" Art. 12 Atribuciones. Corresponde al Concejo
Distrital, de conformidad con la Constitución y a la ley: Núm. 1 "Dictar las normas necesarias
para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente
prestación de los servicios a cargo del Distrito", como lo es la
Convivencia y Seguridad Ciudadana en éste caso. Núm. 25 "Cumplir las demás funciones
que le asignen las disposiciones vigentes", VI. Normatividad
Distrital ACUERDO 79 DE 2003 (Enero 20) "POR EL CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE POLICÍA DE BOGOTÁ D.C." ARTÍCULO
1.- Principios y valores fundamentales para la convivencia ciudadana:
Este Código comprende las reglas mínimas que deben respetar y cumplir todas las
personas en el Distrito Capital para propender por una sana convivencia
ciudadana. Está fundamentado en los siguientes principios y valores: 1.1 PRINCIPIOS GENERALES DEL CODIGO: Son
principios generales de este Código: 1.
La supremacía formal y material de la Constitución; 2.
La protección de la vida digna; 3.
La prevalencia de los derechos de las niñas y los niños; 4.
El respeto a los derechos humanos; 5.
La búsqueda de la igualdad material; 6.
La libertad y la autorregulación; 7.
El respeto mutuo; 8.
El respeto por la diferencia y la diversidad; 9.
La prevalencia del interés general sobre el particular; 10.
La solidaridad; 11.
La eficacia; 12.
La moralidad; 13.
La economía y celeridad; 14.
La imparcialidad y publicidad; 15.
El principio democrático. 1.2 VALORES
FUNDAMENTALES PARA LA CONVIVENCIA CIUDADANA: Son valores fundamentales para la
convivencia ciudadana: 1.La corresponsabilidad
entre los administrados y sus autoridades para la construcción de convivencia; 2.El sentido de
pertenencia a la ciudad; 3.La
confianza como fundamento de la seguridad; 4.La solución de los
conflictos mediante el diálogo y la conciliación; 5.La responsabilidad de
todos en la conservación del ambiente, el espacio público, la seguridad y el
patrimonio cultural; 6.El fortalecimiento de estilos de vida
saludable; 7.El mejoramiento de la calidad de vida y el
desarrollo humano sostenible, la vocación de servicio y el respeto de las
autoridades distritales. PLAN DE DESARROLLO
2016-2020 “Bogotá Mejor Para Todos “ 4.3 Tercer Pilar:
Construcción de Comunidad y Cultura Ciudadana Este pilar se enfoca en aumentar el
cumplimiento de la ley y la cooperación ciudadana, consolidando espacios
seguros y confiables para la interacción de la comunidad, fortaleciendo la
justicia, reduciendo la criminalidad y mejorando la percepción de seguridad,
con el fin de transformar a Bogotá en una ciudad líder en la promoción de
cultura ciudadana, donde los ciudadanos disfrutan una gran oferta de espacios
culturales, recreativos y deportivos, y los vecinos se conocen, conviven
solidariamente y participan en actividades que contribuyan a mejorar su
entorno, para incrementar así el sentido de pertenencia a Bogotá y preparar la
ciudad para la paz. Con el pilar se busca aumentar la eficacia y
eficiencia de la acción del gobierno y de las acciones colectivas e
individuales de los ciudadanos, mediante la promoción de la cultura ciudadana
de la ciudad para lograr bienestar, igualdad de calidad de vida, democracia
urbana y construcción de comunidad. La cultura ciudadana estará encaminada al
cumplimiento voluntario de normas, la capacidad de celebrar y cumplir acuerdos
y la mutua ayuda para actuar según la propia conciencia, en armonía con la ley,
en un marco de valoración de las decisiones de la mayoría y un respaldo radical
por los derechos de las minorías consagrados en la Constitución. La cultura ciudadana construirá al sentido
de pertenencia a la ciudad y al bienestar de los ciudadanos y con el fin de
fortalecer la eficacia y eficiencia de la acción del Distrito y de las acciones
individuales y colectivas de los ciudadanos. La cultura ciudadana estará
encaminada a transformar aquellas creencias y comportamientos que justifican
violar la ley, los atajos, el todo vale y el incumplimiento de los acuerdos, la
violencia y el delito, y a impactar positivamente la movilidad, el hábitat, el
ambiente, las finanzas de la ciudad, la educación, la cultura, recreación y
deporte, la salud, la integración social y la convivencia, promoviendo la
adhesión moral y cultural al cumplimiento de la ley en los escenarios donde se
aprende a ser ciudadano: el espacio público, el transporte, los colegios, la
familia, el barrio, los parques y las entidades públicas. VII. ANALISIS DEL IMPACTO FISCAL El presente Proyecto de Acuerdo no implica
impacto fiscal, comoquiera que de acuerdo con la Ley 819 de 2003, no se
compromete al Distrito en asignar apropiaciones presupuestales sino que obedece
al ejercicio propio de las funciones de las entidades comprometidas. Con base en los anteriores argumentos,
presentamos “POR EL CUAL SE PROMUEVEN
ACCIONES PARA FOMENTAR EL RESPETO, LA CONVIVENCIA Y LA SOLIDARIDAD CIUDADANA,
EN SEMANA SANTA EN EL DISTRITO CAPITAL, Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES” CORDIALMENTE, MARCO
FIDEL RAMÍREZ ANTONIO Concejal de Bogotá PROYECTO DE ACUERDO _____2017 “POR EL CUAL SE PROMUEVEN ACCIONES PARA FOMENTAR EL RESPETO, LA
CONVIVENCIA Y LA SOLIDARIDAD CIUDADANA, EN SEMANA SANTA EN EL DISTRITO CAPITAL,
Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES” EL CONCEJO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL En uso de sus atribuciones legales, en especial las que le confiere los
numerales 1 y 10 del artículo 12 del decreto ley 1421 de 1993, ACUERDA Artículo 1º. Con el propósito de garantizar la solemnidad de la Semana
Santa, no se podrán realizar espectáculos públicos, ni utilizar altoparlantes o
equipos de sonido, en el espacio público del distrito capital que perturben,
afecten o irrespeten su celebración. Artículo 2°. La Administración Distrital implementará en esta
semana, la aplicación de medidas de restricción de expendio y consumo de
bebidas alcohólicas, prohibición del porte de armas de fuego y plan desarme de
armas blancas, con el propósito de disminuir los índices de violencia y de
accidentes de tránsito, con los cuales
se garantice las condiciones de seguridad, de orden público y respeto. Artículo 3° La Secretaria de Gobierno convocará a los
representantes de las confesiones religiosas del Distrito Capital, para
facilitar su participación, concertar y poner en marcha acciones conjuntas, que
promocionen y promuevan la solidaridad
ciudadana, la convivencia en sociedad, el dialogo como mecanismo para
resolución de conflictos, el respeto al prójimo y el valor de la vida. Artículo 4°. La Administración Distrital implementará ante y
durante la celebración de la semana santa, campañas masivas de
sensibilización, utilizará los medios de
comunicación y tecnológicos disponibles, en especial el Canal Capital y el
Sistema de Transmilenio, para que en el ámbito de sus funciones y competencias,
promuevan y promocionen la información, los principios y los valores sociales y
comunitarios, además las actividades y acciones que se adelantarán en la
ciudad, que fomenten el respeto, la convivencia, la solidaridad ciudadana y el
valor de la vida. Parágrafo. La Secretaria de Educación adelantará las
acciones que sean necesarias, para que en los medios de comunicación y
tecnológicos con los que cuenten las Instituciones educativas del Distrito, se
promocione y divulgue la información y la temática referida en el inciso
anterior. Artículo 5º. Divulgación. La Secretaría de Gobierno realizará las
acciones necesarias para dar a conocer el presente acuerdo. Artículo 6°. La Secretaría de Gobierno liderará e implementará
con las entidades pertinentes, las acciones para el cumplimiento del presente
acuerdo. Artículo 7º. Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la
fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE ROBERTO HINESTROSA REY ARMANDO GÓMEZ RAYO Presidente Secretario General ENRIQUE
PEÑALOSA LONDOÑO Alcalde Mayor de Bogotá, D.C. |