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ACUERDO
LOCAL 002 DE 2017 (Junio 20) Por el cual se efectúa una Adición al
Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Rafael
Uribe Uribe para la vigencia fiscal de 2017 LA JUNTA
ADMINISTRADORA LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE En uso de
sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la
Constitución Política de Colombia en su artículo 324 y el Decreto 372 del 2010. CONSIDERANDO: Que el artículo 38 del Decreto 372 de 2010,
“por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo
Local – F.D.L.”, sobre “Distribución de Excedentes Financieros”, señala que el
CONFIS distribuirá entre las localidades el monto de excedentes financieros
determinados por los FDL, con criterio de eficiencia, teniendo en cuenta las
necesidades apremiantes no financiadas. Que el FDL de Rafael Uribe Uribe
a 31 de diciembre de 2016 presentó un monto de excedentes de Liquidez de NUEVE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES
SEICIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS
($9.847.685.685.) Moneda Corriente. Que mediante la Circular CONFIS No. 02 de 2017,
se comunica que en la Sesión No. 03 celebrada los días 30 y 31 de marzo de
2017, conforme a lo establecido en los artículos 37º y 38º del Decreto
Distrital No. 372 de 2010, el CONFIS determinó un monto total de SESENTA MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS
MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS M/CTE
($60.452.231.233) de Excedentes Financieros generados a 31 de diciembre de
2016 por los FDL, los cuales se destinarán A: I. Para las sedes administrativas
de las alcaldías locales de Usaquén, Santafé, Tunjuelito y Puente Aranda; II.
Para la construcción, mantenimiento y adecuación de parques vecinales y de
bolsillo en las localidades de Chapinero y Antonio Nariño; III. Para la
localidad de La Candelaria que serán utilizados en malla vial y espacio público
– mobiliario urbano en la parte baja del sendero en el proceso de recuperación
integral de Monserrate; IV. Para la atención de puntos críticos de residuos
sólidos en las localidades de Chapinero, Santafé, San Cristóbal, Usme,
Fontibón, Engativá, Barrios Unidos, Teusaquillo Los Mártires, Antonio Nariño,
La Candelaria y Rafael Uribe Uribe; y V. Para la
localidad de Ciudad Bolívar en eventos culturales. Que en concordancia con lo señalado por el
CONFIS en la Circular No. 02 de 2017, y en la distribución de los excedentes
financieros, se asignó al FDL de RAFAEL URIBE URIBE
un monto total de CIENTO VEINTISEIS
MILLONES NOVECIENTOS UN MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO PESOS M/CTE
($126.901.324), distribuidos así: Para la atención de puntos críticos de
residuos sólidos. Que mediante radicado Nº 2017-681-003787-2 de
fecha 28 de abril de 2017, la Secretaría Distrital de Planeación emitió
CONCEPTO FAVORABLE sobre la asignación de los Excedentes Financieros asignados
al FDL de RAFAEL URIBE URIBE, conforme a lo
estipulado en el numeral 4.2 de la Resolución No. SDH-000383 de 2010 “por medio
del cual se adopta el manual del proceso presupuestal de los Fondos de
Desarrollo Local – FDL.”. En mérito de lo anteriormente expuesto, ACUERDA: ARTÍCULO
1°:
Adicionar el Presupuesto de Ingresos y de Gastos del Fondo de Desarrollo Local
de Rafael Uribe Uribe para la Vigencia Fiscal de
2017, conforme al siguiente detalle:
ARTICULO
2°: El
presente Acuerdo Local rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE
Y CÚMPLASE. Dado en
Bogotá, D.C., a los 20 días del mes de junio del año 2017 CHRISTIÁN
GONZÁLEZ ÁLVAREZ Presidente
JAL RUU MARÍA
EUGENIA GÍL ESPITIA Vicepresidente
JAL RUU SANDRA
MILENA SANDOVAL Secretaria
JAL RUU El
presente Acuerdo Local fue sancionado por el Alcalde Local de Rafael Uribe Uribe el día 6 del mes de junio del año 2017, en Bogotá
D.C. JAIME
MARTÍNEZ SUESCUN Alcalde
Local de Rafael Uribe Uribe (E) |