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Resolución 397 de 1998 Departamento Administrativo de Planeación Distrital

Fecha de Expedición:
--//1998
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 0397 DE 1998

RESOLUCIÓN 397 DE 1998

(septiembre 17)

 

por el cual se crea el Comité de Adquisiciones y se establecen sus funciones.

 

La Directora del Departamento Administrativo de Planeación Distrital, en ejercicio de sus facultades legales y especialmente las que le confiere el ordinal 12 del numeral 2, del artículo segundo del Decreto 1087 de 1997 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Departamento requiere organizar la adquisición de bienes y servicios, garantizando el cumplimiento de los objetivos de transparencia y selección objetiva consagrados en los artículos 24 y 29 de la Ley 80 de 1993.

 

Que es necesario establecer criterios para la definición y el adecuado manejo de las adquisiciones en el Departamento Administrativo de Planeación Distrital.

 

Que es pertinente definir los términos para la preparación y aprobación del Plan Anual de Compras del Departamento Administrativo de Planeación Distrital, así como sus responsables.

 

RESUELVE:

 

Artículo 1º.- Crear el Comité de Adquisiciones del Departamento Administrativo de Planeación Distrital con el fin de organizar la adquisición de bienes y servicios para el funcionamiento de la entidad, el cual estará conformado así:

 

  • El Director del Departamento o su delegado, quien lo presidirá,

 

  • El Subdirector Corporativo.

 

  • El Subdirector Jurídico o su delegado.

 

  • El Coordinador del área de Gestión de la Subdirección Corporativa, quien actuará como Secretario del Comité.

 

Artículo 2º.- El Comité podrá invitar a servidores públicos de esta u otras entidades o a particulares, cuando a su juicio, la opinión de estos sea importante para la revisión de las ofertas y cotizaciones. Los invitados tendrán voz pero no voto.

 

Artículo 3º.- El Comité se reunirá cuando las necesidades de adquisiciones o compras lo requieran. La citación de los miembros del Comité la hará el Coordinador de Gestión de la Subdirección Corporativa.

 

Artículo 4º.- Los objetivos fundamentales del Comité de Adquisiciones son:

 

  • Fomentar el estricto cumplimiento de los principios rectores de la contratación estatal establecidos en la Ley 80 de 1993.

 

  • Establecer los estudios que se requieran según el tipo y naturaleza del contrato que ha de celebrarse, coordinar su elaboración y consolidarlos en una recomendación de adjudicación, si a ello hubiere lugar.

 

  • Coordinar con las dependencias que intervienen en los procesos de contratación de la entidad, una debida planeación encaminada al cumplimiento del objeto y finalidades del Departamento Administrativo de Planeación Distrital, buscando especialmente que se cumplan los programas de compras y de inversión, para que los recursos se administren con austeridad y eficacia en términos de obtener los mejores resultados en el menor tiempo y a los mejores costos.

 

Artículo 5º.- Son funciones del Comité de Adquisiciones:

 

  1. Evaluar las ofertas y cotizaciones, asesorar y recomendar a la Dirección del Departamento en lo relativo a la adquisición de bienes y servicios para la entidad.
  2.  

  3. Estudiar y aprobar el Plan de Compras del Departamento para la vigencia fiscal correspondiente, los primeros quince días del mes de febrero de cada año.
  4.  

  5. Autorizar ajustes al Plan de Compras, debidamente justificados, para atender una necesidad urgente, que impida el cumplimiento de las funciones del Departamento.
  6.  

  7. Evaluar trimestralmente el nivel de ejecución del Plan de Compras y presentar un informe ejecutivo a la Dirección de la entidad.

 

Artículo 6º.- La elaboración del Plan Anual de Compras corresponderá al Coordinador del área de Gestión de la Subdirección Corporativa, teniendo en cuenta las solicitudes de cada dependencia del Departamento, sus consumos históricos y un estudio sobre precios de mercado y las mejores alternativas de adquisición.

 

Artículo 7º.- La Coordinación de Gestión de la Subdirección Corporativa elaborará la evaluación de las ofertas y cotizaciones que se presenten para la adquisición de bienes y servicios y la presentará para el respectivo análisis y recomendaciones del Comité de Adquisiciones.

 

Artículo 8º.- Esta Resolución deroga la Resolución 205 del 22 de abril de 1998.

 

Publíquese y cúmplase.

 

Dada en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 17 de septiembre de 1998.

 

La Directora, NORA C. ARISTIZABAL LÓPEZ.

 

NOTA: La presente Resolución aparece publicada en el Registro Distrital No. 1745 de septiembre 23 de 1998.